UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS
PERIODO COLONIAL 1501-1600
DECADA 1521-1530
CAPITULO VI-XXII-II
Eduardo
Pedro García Rodríguez
Viene de la
entrega anterior
Concretamente, el
15 de abril de
1511 se le
concedían cuatro caballerías
de tierra con agua, y en
este caso, al ser
el beneficiario el
gobernador, la orden
iba dirigida al
alcalde mayor45.
Lope de Sosa, para conseguir tal merced, tuvo que desplegar
todas sus influencias cortesanas,
y es bien sabido que los favores se
pagan con otros favores y, casi
con toda seguridad, podemos
afirmar que el gobernador grancanario
dio a conocer las posibilidades que las
nuevas aguas a explotar ofrecían
en Gran Canaria a los consejeros de quien esperaba la gracia. Así, al mismo tiempo que a Sosa, los
monarcas otorgaron otras tierras en
la Isla a varios miembros del Consejo Real;
el mismo día 15 se conceden seis
caballerías al licenciado Zapata;
el día
24 otras dos concesiones de más de
seis caballerías, de lo perteneciente a los
dos tercios de la Corona , a favor de
Ortún Ibañez de Aguirre, del Consejo Real
y al licenciado Fernand Tello,
procurador fiscal y también consejero real46; otra concesión de cua- tro
caballerías se produce el 8
de mayo a favor de
Pedro de Torres, secretario de la Reina 47; y por último, otra concesión, esta vez meses más tarde, el 8 de noviembre, también seis caballerías al secretario real Lope de
Conchillos. En esta última conce-
sión la Reina especificaba
claramente la ubicación exacta de la tierra en
Aldea Blanca:
«...Por quanto
yo he
sido informada que en
la isla de
Grand Canaria en tiempo que los
canarios no heran reduzidos
a nuestro serviçio, salía un
barranco que está çerca
de Aldea Blanca çierta
quantidad de agua que
yva a dar
en la dicha Aldea
Blan- ca, e que
desta agua se
aprovechavan los canarios en Varvega, que
estava debaxo de dicha Aldea Blanca, la
qual dicha agua agora está
perdida y que luego
fue adjudicada a Luis de
Armas por estar desaprovechada...»48.
A diferencia de
Luís de Armas, quien ya había empezado a explotar la merced regia de las
aguas, los nuevos beneficiarios
no recibirán en exclusiva la
propiedad del agua, sino que esta iría unida a la
tierra.
Luís de Armas y Lope de Sosa volvieron a Gran Canaria en el verano de 1511. De Armas ya sabemos que
comenzó a trabajar en la
recuperación de las aguas perdidas en Varvega, y
a Lope de Sosa lo tenemos
localizado en Gran Canaria en diciem- bre
de ese año en
una reunión del Cabildo49.
La adjudicación de estas aguas perdidas como propiedad privada a
Luís de
Armas trajo consigo, desde los
primeros momentos, una serie de
litigios entre el nuevo
propietario y los anteriores adjudicatarios de tierras con
el agua necesaria para las mismas. Muchos se vieron afectados y
reclamaron la protección de sus derechos ante el gobernador Lope de Sosa, pero no siempre vieron satisfechas
sus demandas, por lo
que tuvieron que apelar a
instancias superiores dada la
patente parcialidad del
gobernador en cuanto atañía
a Luís
de Armas. De los
conflictos que la actuación de
Luís de Armas suscitó en muchos vecinos de Gran Canaria propietarios de heredamientos afectados por la
merced regia hablaremos en profundidad
en el próximo epígrafe, pero reseñemos que nos
han llegado noticias de al menos
ocho procesos judiciales impugnando las
actividades de Armas.
Otro motivo de descontento para los vecinos fue
que a con- secuencia del nuevo orden de cosas en
torno al agua en la Isla , Lope de Sosa practicó a partir de
1512 una política tendente a
convertir tierras de secano en regadío, entregándolas para ello a los
hacendados que estaban en condición de
regarlas50. A veces, esta entrega
de tierras de secano a
los grandes agricultores, entre los
que se encontraban
algunos propietarios genoveses, venía precedida de
la incautación de las
mismas a vecinos que no podían regarlas, intentando en algunas ocasiones su compensación
por otros terrenos en lugares que
no siempre les
satisfacían.
Un ejemplo de
los edictos del gobernador Sosa en ese sentido nos
ha llegado a través del
libro de Repartimientos que se ha
conservado en Gran Canaria.
El vecino de Telde Francisco
Hernández se quejaba del
no aprovechamiento de tierras dadas en dicha villa
«y en las
visitaçiones que hizo Lope
de Sosa seyendo gobernador, porque yo
e otros vezinos nos
quexamos de lo (en
blanco) por mandamientos que
quedavan a la puerta de
yglesia de Telde
que todas las personas que tuviesen tierras de
sequero o solares, que los edificasen e aprovechasen las dichas tierras dentro de un año, con cargo
que pasado, se darian a
otros...»51.
Esta técnica de agrupamiento de propietarios
solventes de cara a la producción agraria le trajo algunos problemas con los vecinos afectados. Así, el 3 de
junio de 1513, los monarcas en- cargaban al juez
de residencia de la Isla , ya que
Lope de Sosa había sido suspendido en
su mandato durante la tramitación
del juicio de residencia, comprobar si
en la actuación de éste
había habido visos de nepotismo hacia los genoveses52. Sosa saldría indemne de esta acusación, por cuanto no
hay constancia de que fuera juzgado por este
asunto.
Con estos antecedentes, varios pobladores de Gran Canaria resolvieron enviar un procurador a
la Corte para que
diera cuenta de las irregularidades que se
estaban cometiendo en Gran Canaria por
parte de los oficiales de
designación real. El elegido, el regidor Hernando de Aguayo, denunció ante el Consejo Real
la interesada actuación del gobernador:
«...e que agora
vos el dicho
governador con algunos
regidores, mirando sus provechos e yntereses e
non el bien del
pueblo...», solicitando del alto
tribunal que realizara una pesquisa
«...contra los que avian
llevado muchos cohechos e castigar los
que por ella paresçiesen culpantes...»53.
A mediados de abril de
1513, el Consejo Real comenzó a sentir la necesidad de
controlar a Lope de Sosa y a
sus oficia- les. En
un primer momento, se ordenó al
propio Sosa que hiciera
investigaciones sobre los hechos
denunciados por los vecinos, aviso a tener en
cuenta. Además de la de
Aguayo, se presentaron otras
denuncias ante el Consejo Real.
Así, se
acusaba al gobernador de hacer
dejación en la promoción de la elección de personero de
la Isla , cargo que solía ser
incómodo al regimiento por su
capacidad de oponerse a las decisiones del cabildo
hasta que la Corona decidiese en última instancia54. También se le
acusaba de ser parcial a
Luis de Armas, al
que intitulan «su pariente», en
la reclamación que varios vecinos le hicieron por incumplir obligaciones contractuales sobre
suministro de agua55. Otra denuncia contra Sosa le imputaba la utilización del
procurador de la isla
en la Corte ,
el regidor García de Llerena, enviado a
costa del Concejo, para resolver asuntos
personales56. Finalmente, otra trataba
sobre la función de reformador de repartimientos que Sosa todavía mantenía. En su
política de quitar tierras de
secano a varios habitantes
grancanarios para convertirlas en
regadío otorgándoselas a otros
vecinos que sí tenían agua, el representante
vecinal abogaba para que se tomaran las
medidas oportunas para que
«...todos los vecinos de la dicha
ysla toviesen tierras e agua,
e no estoviese todo en
poco numero de personas, e se pudiesen mantener...»; esta utópica
petición fue contestada por el Consejo Real ordenando, de
forma impersonal, al gobernador o
al juez
de residencia que estuviese en
Gran Canaria, que informase
qué tierras se habían incautado, a
quién se las habían entregado y la causa del
cambio57.
En septiembre de
1513, los monarcas resolvieron
enviar un juez especial con poderes de
gobernación para realizar el correspondiente juicio de residencia a
Lope de Sosa, que quedó sus- pendido en el
cargo durante su tramitación.
El elegido era el licenciado Sebastián de Bricianos58. No conocemos con
exactitud la fecha de toma de
posesión de Bricianos en Gran Canaria.
Debió ser a principios de 1514, posiblemente en febrero, ya que hay
constancia de su presencia en
la isla en
los primeros meses de ese
año59. Con el cese de
Lope de Sosa perdió Luis de Armas su
principal apoyo en Gran Canaria;
a partir de ahora los
problemas se multiplicarían progresivamente y la protección de las
autoridades locales si no
desapareció, al menos no volvió a ser
la misma que antes.
Volviendo a Luís de
Armas, sabemos que en 1513
volvió a la Corte a quejarse de la
fuerte oposición que los vecinos de
Gran Canaria le hacían a su
trabajo. Fruto de esta nueva
estancia en el entorno real se
emitieron tres provisiones importantes para nuestro personaje. Por la
primera de ellas, se reafirmaba la merced de las
aguas perdidas en Gran Canaria
en los
términos concedidos, especificándose claramente que también se incluían en ellas
las aguas sobrantes desde
sus nacientes, lo que
era el meollo de los
problemas de Armas con los
vecinos grancanarios. La
redacción de la carta no
dejaba dudas, ya que ordenaba al gobernador que fuera a
«los rios madres e a
otras qualesquier partes donde oviere
aguas en la dicha ysla».
Esta sobrecarta es de 7 de
junio de 1513, y el mismo día
se emitió una segunda provisión
otorgando la misma merced de recuperar las
aguas perdidas y manaderas, pero esta vez en
las islas de Tenerife
y La Palma 60.
La tercera provisión era otra concesión excepcional a su favor, tal
vez en compensación de los
problemas sufridos. Se trataba
de su
nombramiento como regidor
vitalicio de Tenerife, fechado el 9
de julio de 1513, sustituyendo al fallecido Sebastián
Páez, que dejaba vacante el cargo61. Éste había renunciado el cargo
en su
hermano García Páez, e incluso se emitió carta real ratificando el cambio en
noviembre de 1512 62, pero
el oficio quedó vacante al no presentar
este último el título en
el plazo previsto63.
La primera presencia de Luís
de Armas en Tenerife no
podemos documentarla con
precisión, aunque si sabemos
que fue beneficiario de tierras por
parte del Adelantado, pero como
luego no
residió en la Isla se
las quitó y se las
dio a otro64.
A su vuelta de
la Corte , Armas tomó posesión
del cargo de regidor, posiblemente el
29 de
diciembre de 1513, ya que
fue el día en
que presentó al Adelantado la
carta de merced de las aguas perdidas. Aparece en la lista de
regidores presentes en los
cabildos desde el 30 de diciembre de
1513.
Su asistencia a los cabildos del
concejo tinerfeño fue
inconstante. Está presente en
las cuatro sesiones del mes de
enero de 1514 y en la
primera de febrero, sin participar activamente en ninguna de ellas65. Después de esa
fecha se ausenta totalmente
de las
sesiones, aunque tenemos constancia de
que mantenía casa en La Laguna , ya que
aparece en la lista de
vecinos, con- cretamente en
la villa de
arriba, en el reparto del
coste de la limpieza de la
ciudad que se llevó
a cabo en 1514 66. En
el mes de octubre de ese
año reaparece en el cabildo
del día
6 y vuelve a hacerlo en
los siguientes, celebrados
el 27
y el 30 de
esclavos, Luys de Armas, vecino
de la ysla de Tenerife, acatando vuestra
sufiçiençia e abilidad y los muchos e
buenos e leales servicios que me
aveys fecho, es mi merçed e
voluntad que agora e
de aquí adelante para
en toda vuestra vida seays mi regidor
de la villa de San Christoval,
que es en la dicha ysla, en
logar e por fyn e vacaçion de
Sebastian Paez, mi regidor que
fue de la
dicha villa, por quanto él es
falleçido e pasado desta presente vida». mes67. En la primera es nombrado como «persona que sabe
en el sacar de las aguas», y
se le pide asesoramiento sobre un trasvase de
aguas desde Tegueste. A partir de
esa fecha se ausenta por completo
de los
cabildos y no hay más referencia a su persona como regidor.
Con independencia de su actuación
como regidor, durante el año 1514
se abrió un expediente sobre una relación presentada
por Luís de
Armas relativa a las aguas que
en Tenerife y La
Palma podían englobarse dentro de su
merced al considerarlas perdidas
o desaprovechadas. En la tramitación su solicitud fue contestada por varios vecinos, iniciándose unos autos municipales que
abordaremos en el epígrafe
correspondiente.
A finales de 1514, dada la
falta de apoyo de los
principales jueces de Gran
Canaria y Tenerife, Luis de Armas se vio aboca- do a
volver a pedir el amparo de
los monarcas. La oposición desplegada por los
vecinos afectados contra sus
pretensiones y el elevado número de pleitos que
se revisaban en apelación en el Consejo Real
aconsejaban otro viaje a la Corte. Una vez
allí y fruto de sus gestiones obtuvo varias provisiones reales,
fechadas en febrero de
1515. Por la primera conocemos
su denuncia, basada en que él
«ha sacado e
aprovechado e fecho
sacar algunas açequias
de agua, e que algunas personas por henemistad e odio que
con él tienen a cabsa de
lo susodicho le han
quebrado algunas de las dichas
açequias, e que se teme que
le quebrarán las que de
aquí adelante sacare».
En contestación a lo
planteado, la Reina
ordenó al gobernador que se informase de
los hechos y protegiera las obras de Armas68.
Por la
segunda se ordenaba al gobernador que hiciera justicia a
las partes enfrentadas, ante
la queja de que
se habían entregado mercedes
de tierras sin tener en
cuenta el tercio de la Corona concedido a Armas,
por lo que pedía que
se ordenara al gobernador «que de
aquí adelante no diesedes nin
repartiesedes las dichas
tierras de regadios e aguas, nin conpliesedes ningunas merçedes sin que a
él le diesedes su terçia parte»69.
La tercera resolvía
la denuncia realizada contra el licenciado
Bricianos, que seguía de juez
de residencia en Gran Canaria,
por no hacer cumplir la carta y sobrecartas a él
presentadas. Se ordenaba a Bricianos que resolviese las cuestiones pendientes de inmediato70.
La cuarta iba
dirigida al gobernador de Tenerife y
La Palma , Alonso de Lugo, y en
ella la Reina
se hacía eco de la
queja de Armas sobre la
lentitud en la tramitación del expediente abierto en el
concejo tinerfeño sobre sus
pretensiones: «en ello se ha tenido muchas disimulaçiones y escusas, dandole
diversos entendimientos a la dicha mi
carta de merçed». Se
ordenaba al gobernador que
aplicara la carta de modo
inmediato después de escuchar a las partes enfrentadas71.
Finalmente, el 20 de
abril se comisionaba al teniente de
gobernador de Tenerife, el
licenciado Cristóbal de Valcárcel, para
enjuiciar las causas de Luis
de Armas, dado que no
recibía justicia de los jueces de
Gran Canaria por tener como
opositores a
«personas que tienen muchas partes en
esas dichas yslas, y syn
contienda de juyzio no quieren
dexar las dichas aguas»72.
Nuestro personaje también
aprovechó el viaje para lograr un
privilegio añadido a los que ya poseía. Así, también obtuvo junto a
sus hermanos y parientes licencia
para exportación de ce- real en
la isla de
Tenerife73. La merced, fechada el
14 de
marzo de 1515, tiene una
redacción tan breve como complicada fue después su aplicación:
«Por la
presente doy liçençia [e
facultad] a Luís de Armas,
e Juan de Armas, e Andres de Armas, vuestros hermanos, [Ibone]
Fernandes, e Pedro
Negrin, e Jacome Sanches Negrin, vuestros primos, veçinos de la
ysla de Tenerife, que
se (roto) de Gran
Canaria para que
vosotros (roto) sacar e
llevar de vuestras yslas a otras
e de otras yslas
trigo e cevada e ganados vacuno e
ovejuno e cabruno que tovieredes de vuestra cosecha, ...pagando los derechos
que sois obligados a
pagar»74.
El Concejo se opuso frontalmente también a esta
merced, tal como se recoge en las
quejas presentadas en el Cabildo en
el año 1515, en la cual los
regidores prepararon los
capítulos que Juan Benítez iba a
presentar a los Reyes y su Consejo, entre los que se
incluía uno dirigido a
inhabilitar el contenido de la
cédula que autorizaba a la
familia Armas «...para que pudiese
sacar pan e ganados de
la Isla ». Realmente se
trataba de luchar contra un privilegio que contrariaba la estricta política de con- trol de
exportación de grano que había desarrollado el Concejo. No podemos detenernos en entrar en
esta otra problemática, pero digamos que
sobre la exportación de granos de
Tenerife a otras islas existieron
importantes contenciosos que duraron muchos años75.
Luís de
Armas no tuvo oportunidad de
presentar en Canarias las nuevas cartas que portaba. En
el camino de regreso, cuando iba a embarcarse en los
puertos andaluces, cayó muerto en el
Puerto de Santa María en una reyerta entablada con uno de sus
enemigos, Juan de Ciberio,
hijo de
Catalina Guerra, con quienes
tenía varios pleitos pendientes de
finalización por el asunto de
las aguas. De este novelesco final daremos detalles cuando
hablemos de los mencionados litigios en el próximo epí grafe.
El hermano de
Luis, Juan de Armas, solicitó y
obtuvo que se le traspasara la
conflictiva merced otorgada años antes a
su hermano en las mismas condiciones originales. La carta, de
fecha 17 de diciembre de
1515, se enviaba a Alonso de
Lugo y a Lope de Sosa, los dos
gobernadores canarios76. Todavía Juan de Armas tuvo que penar no
sólo por la oposición de los
vecinos y la indiferencia de las
autoridades locales, sino también por
el poco cuidado que en otorgar mercedes tenía el Consejo Real. En
mayo de 1518, los monarcas concedieron a la
infanta doña Leonor, hermana del
rey, las tierras y aguas que en
Gran Canaria, Tenerife y La Palma
no tuvieran dueño, así como las
aguas que tenían en demasía los
propietarios de los heredamientos de dichas islas77. Esta merced
fue de
imposible aplicación, pero generó un
desasosiego en las Islas que
obligó a muchos afectados a pedir cartas de confirmación de sus
mercedes y privilegios. Así, para deshacer la confusión creada, el Consejo Real
se desdijo tácitamente al año siguiente emitiendo una sobrecarta
reafir- mando los derechos de Juan de
Armas sobre las aguas perdidas y
sobrantes de las islas de
realengo78.
IV. CASUÍSTICA
EN GRAN CANARIA
1. Agua del
barranco de Las Palmas llevada a Tasautejo
Desde la conquista de
Gran Canaria fue costumbre
estable- cida que los habitantes del Real
de Las Palmas disfrutaran de las aguas del
barranco de Guiniguada, con las
que se abastecía a la población, se regaban las tierras explotadas y se movían los ingenios
azucareros y molinos de su entorno próximo. No obstante, el gobernador Lope de Sosa y sus
oficiales tenían tierras en la zona de
Tasautejo, insuficientemente regada. La
solución más cómoda para Sosa era
desviar el agua presuntamente so-
brante del barranco de la
ciudad hacia esa otra zona. Según
una provisión de abril de 1513, el gobernador solicitó y obtuvo una
cédula real por la
que se le
facultaba para informarse so- bre
la existencia y posibilidad de
usar esas aguas sobrantes, que
pasarían en el segundo caso
automáticamente a ser de la
Corona , estando
apoderado Sosa para decidir su
destino79. Considerando que
efectivamente se podía disponer del
agua, en su calidad de
reformador de
repartimientos, sacó «la dicha agua
en almoneda publica para que se
rematase en la persona que
por menos parte della la quisyese
sacar e aprovechar»80, rematando la
subasta en Luis de
Armas, como no podía ser de
otra forma. La facultad concedida a
Luis de Armas consistía en
desviar dos azadas de agua
al heredamiento de Tasautejo, con la
condición de que si era
necesaria para el abastecimiento de
la ciudad, las aguas volverían a su
cauce original.
Esta decisión no agradó a
los propietarios de los
here- damientos de Las Palmas, que
se sintieron perjudicados
con el agua adjudicada por Armas y Sosa, para ellos insuficiente, por lo que
se entabló un pleito ante el propio Lope de Sosa, en
el que, como era previsible,
recayó sentencia en primera instancia
favorable a Armas.
No obstante la existencia del proceso, las
aguas comenzaron a regar la cañas de
azúcar plantadas en la comarca de
Tasau- tejo, de tal
manera que se esperaba recoger una cosecha de veinte
mil arrobas de azúcar.
Viendo las aguas revueltas, valga el símil, el
oportunista Juan de Ariñez, escribano
del concejo grancanario, con intereses también en aguas y tierras en la Isla , intentó, alegando
tener auto- rización de Lope de Sosa, sacar del barranco de
Las Palmas una tercera azada
de agua. Los herederos de
la ciudad trataron de impedirlo
poniendo «un arco para las
dos azadas», es decir, un dispositivo en la canalización para impedir sacar la tercera
aza que no podia ser
syn daño de los
herederos e de la dicha çibdad, e
que a esta causa él diz
que procuró una cedula del
Rey, mi señor e
padre, por la
qual vos (a Lope
de Sosa) mandó que oviesedes ynformacion e
mandasedes (en) las aguas e heredamientos de la
çibdad, por virtud de la
qual diz
que por el ynteres e que dello
vos viene, molestays a los
dichos herederos a que muden los
dichos heredamientos, lo
qual diz que
hera ynposyble, asy
porque los yngenios e molinos e
huertas e parrales e otros heredamientos
que están en la dicha çibdad diz que
no tienen otras aguas ni
fuentes para su servidumbre, e que
puesto que vos es
tan notorio e lo
aya alegado e
contradicho e está pleito pendiente sobre ello
en el mi
Consejo, que no les dexays
de molestar vos y vuestro alcalde, e les
tomays de hecho sus aguas e regays con
ellas ciertos cañaverales de vuestro alcalde e alguazil». ..da, que
fue destruido por Ariñez, con
lo que el conflicto se avivó
aún más81. La intervención
de Juan de Ariñez no
era novedosa en el tema de
las aguas pues con anterioridad había inter- venido en la obra
de traida de agua desde la
mina de Tejeda a la ciudad de
Las Palmas, realizada por Fernán Rodríguez Ga- llegos, y cambio a
de esta obra, Ariñez podía
disponer de la mitad del agua. Con
posterioridad, en 1532, una
de las
azadas de agua le sería
adjudicada a Ariñez con terrenos en el valle
del Dragonal y las otras tres
para Las Palmas82.
El pleito inicial pasó en apelación a la
Audiencia de
Granada, desde donde se remitió, al
tratarse de un asunto relativo a la reformación de tierras, al
Consejo Real, que tenía
competencia exclusiva sobre ello. Según se
dice en una provisión de di- ciembre de 1514, los
herederos de Las Palmas no
quisieron o no pudieron seguir el
pleito en la alta instancia, pero sí se ocuparon de reactivarlo en la
Isla cuando Lope
de Sosa fue suspendido en
su gobernación con la
llegada del juez de
residencia Sebastián de
Bricianos. Este último no dudó
en entrar a determinar sobre el asunto,
a pesar de las quejas de
Luís de Armas. Los
herederos de la ciudad practicaron una política de hechos consumados ahora que Sosa no
mandaba y «quebraron la madre
e tomadero de la
dicha açequia, lo qual
fueron a haser e hisieron con armas e por
fuerça e contra su voluntad», lo
que se repitió dos o tres veces, a medida que se
reparaba por los propietarios de Tasautejo83. El Consejo Real, apercibido por
éstos últimos, ordenó al
juez Bricianos que no
entrara a estudiar el caso, dado
que era
competencia de ese alto
tribunal e hiciera justicia
en la Isla a
los perjudicados por los
atentados contra la acequia. Sin
embargo la conclusión definitiva
se dilató en el tiempo, pues aún en el año 1520
encontramos una petición realizada por
el personero Juan de Escobedo, que intervenía en nombre de los
vecinos, para tratar de acabar
con los
enfrentamientos entre los pobladores.
Este litigio constituye un extraordinario ejemplo del desvío de aguas de unas parcelas a otras por
parte de aquellos que con taban con
el numerario suficiente para
apropiarse de recursos hídricos en beneficio propio, además de la anuencia
de las
autoridades pertinentes.
Hemos señalado que Luís
de Armas se dedicaba a
la construcción de
infraestructuras para el trasvase de
aguas, tal como se deduce de
otra reclamación contra él
presentada por parte de algunos vecinos y en su
nombre por Fernando de Aguayo84. Esta vez la reclamación no fue
por la apropiación de aguas, que era lo habitual, sino por la no
ejecución de unas obras a
que se había comprometido. Armas había
presumido de poder llevar en canalizaciones
ocho azadas de agua por «acequia estanque» a los propietarios de algunas tierras en el término de
Tafira a finales de diciembre de
1512. Así, en vez de
contratar a Cristóbal Ramírez, que
había ofertado 34.000 maravedíes por
tres azadas y media, se contrató la
obra con Luís de
Armas a cambio de 84.000
maravedíes por el trabajo. Los
vecinos, confiados, sembraron los
campos, pero cuando llegó el
plazo pactado y se hizo necesaria el
agua, ésta no llegó sino a
fines de marzo del año siguiente, y tan sólo en
cantidad de dos azadas y media, con lo que
se perdió la cosecha de grano.
La razón por la que
no cum- plió el compromiso se debía a que
estaba trabajando en la acequia del
gobernador en Tasautejo. La acusación de
los vecinos no sólo
implicaba al citado Luis de
Armas, sino que imputaba al gobernador por favorecerle, pues no ejecutó lo
pactado por trabajar en su beneficio, y además, el gobernador, aduciendo
que los vecinos se habían negado a pagar
la obra ejecutada por Luís de Armas, le concedió las tierras que
éstos poseían de derecho.
En estos casos da la
impresión que en el fondo lo
que ocurre es
un conflicto entre tierras de regadío y de
secano, o si se prefiere de la defensa de
los propietarios de tierras de
cañaveral frente a los de cereal, producto básico para la subsistencia
local que no proporcionaba los sustanciosos ingresos que se
derivaban del azúcar, de ahí la actuación de
un reducido grupo que pretendía
controlar el agua, en el
que evidentemente Luís de Armas es
una de las figuras más significativas.
2. Extracciones
en Tenoya
Uno de
los pleitos más llamativos
en los
que se vio
inmerso Luís de Armas en
Gran Canaria fue el que protagonizó con los herederos de Juan
Ciberio Muxica, conquistador
de la Isla y beneficiario de tierras, aguas y de
un ingenio en el
lugar de Tenoya. En este caso concreto los actores fueron el propio Luis de Armas y Catalina Guerra, viuda de Ciberio, y que se solventó con graves consecuencias para ambos, pues nuestro
protagonista será asesinado varios años después con motivo de
este enfrentamiento.
Lo curioso del
caso es que tanto Luís
de Armas como Cata- lina Guerra provenían de familias muy allegadas que habían coincidido en Lanzarote en
los años sesenta y setenta del
siglo XV. Ya
dijimos que Juan Negrín
llegó a
dicha Isla con los señores Inés Peraza y Diego de Herrera, siendo hombre de confianza de
éstos. Sin embargo su hijo
Juan de Armas se decantó por
el sentir contrario a los
señores de los vecinos, siendo su mensajero en la Corte. Por su
parte, Catalina Guerra era hija
de Hernán Guerra, otro ilustre vecino
lanzaroteño, que al igual que
Juan de Armas, cayó en desgracia a los señores de
las Islas por su
oposición política en la
Corte. Ambos tuvieron que huir de
sus casas, y la familia Guerra
fue auxiliada por la familia Armas para salvarla de las
iras de los señores85. Creemos que la madre de
Juan de Armas, Beatriz Guerra, y
Catalina eran parientes cercanas, posiblemente primas.
Esta estrecha unión se fue
olvidando con el tiempo. La hija de
Fernán Guerra, Catalina, casó con
un hidalgo vasco conquistador,
Juan de Ciberio, que fue
hombre importante en la política
local, llegando a ser teniente de
gobernador. De esta unión
nacieron varios hijos de los cuales tres de ellos
llegaron a ser regidores del concejo grancanario. Juan Ciberio murió
en torno a 1504 o
1505, y su mujer se hizo cargo de
la familia y de sus propiedades.
La principal de
ellas, aunque no la única, era
un ingenio de fabricación de azúcar situado en el barranco de Tenoya. Según reza en un
documento de febrero de 1513, Catalina Guerra se quejó al Consejo Real
de que, aproximadamente en junio de
1512 el
gobernador Sosa
«les han
tomado mucha parte de la
dicha agua para sy
e para Luis de Armas, su
pariente, e Nycolas Rodrigues,
su alcalde, e para
otros criados e amigos, sacandola
del dicho valle donde diz que
estava adjudicada e la llevó a
otro valle donde diz
que el dicho Lope
de Sosa e los
otros tienen tierras e
cañaverales...»86.
Si en
otros casos la demanda tenía como
objeto evitar la apropiación indebida de
aguas que les eran imprescindibles no sólo para el
riego de cañas sino también para
los ingenios de azúcar, principal
producción de cara a la
exportación de Gran Canaria
en aquellos momentos, ahora también
se deja entrever la
impunidad con que podía actuar el citado Luís
de Armas debido a su parentesco
con el
gobernador y reformador Lope
de Sosa y en
el que también
estaba implicado Nicolás Rodríguez, por
entonces alcalde bajo las órdenes
del citado gobernador.
Aunque los reyes destacaron al teniente de gobernador de
la vecina isla de Tenerife para que enjuiciara el
asunto, nada sabemos de su gestión, que
fue inoperante o infructuosa. El hecho
es que por
una provisión de febrero de 1514
sabemos que el proceso
abierto a raíz de
la denuncia de Catalina Guerra acabó en el Consejo Real, donde se decidió que volviera a Gran Canaria para ser sentenciado. Según la denunciante, entre las idas y venidas,
Luís de
Armas había conseguido una cédula por la
que se le
otorgaba parte del agua objeto
de conflicto en Tenoya. En dicha provisión se ordenaba al gobernador
de Gran Canaria que siguiera el
proceso en el punto en
que se encontraba sin
tener en cuenta la cédula87.
A pesar de ser emitida esta provisión, no llegó
en varios meses a Gran Canaria, de lo
que recelaron los Ciberio sospechando que Luís
de Armas tenía algo que
ver en ello,
por lo que el 15 de
marzo lograron que la Reina
enviara otra nueva misiva del mismo
tenor88.
Fue el
juez de residencia Sebastián de Bricianos quien se hizo cargo del pleito, pero su indolencia judicial tampoco ayudó a la
familia Ciberio Guerra, cuyos miembros tuvieron que solicitar de
nuevo al Consejo Real que llamara
la atención del juez para finalizar el pleito89. En marzo de
1515 se emitió otra provisión
por la
que se recomendaba a
los gobernadores y reformadores que antes de
repartir tierras estudiaran bien cada caso y dieran plazo para que los
posibles afectados pudieran presentar pruebas de sus
derechos, lo que por
lo visto, no se
hacía o se hacía mal90.
Como ninguna de las
partes obtenía sentencia dándoles la razón, ya que
poco después el juez de residencia Bricianos fue cesado en el
cargo, volviendo a tomar la gobernación
Lope de Sosa, de nuevo se acudió al
Consejo Real. Lope de Sosa,
a pe- sar de
las quejas presentadas por los
vecinos en su contra, continuó gozando del favor de
la Corte. Ejemplo claro
de ello
fue su designación, de nuevo, como gobernador de Gran Canaria en marzo de 1515. Esta nueva gobernación de
Sosa se extendió hasta agosto de 1517, fecha de la
llegada de su sucesor, Pedro Suárez de Castilla91.
En este
caso, el primer interesado
en la
resolución de un conflicto
que se
prolongaba era el propio Armas, que en
aquellos momentos ya residía
en Tenerife, donde se vio implicado en
otros litigios semejantes como veremos posteriormente. En el
primer semestre de 1515 estaba Luís
de Armas en la
Corte , donde defendió
sus intereses y donde coincidió,
casi con
toda seguridad, con miembros
de la familia Ciberio, que estaban allí
para lo mismo. Las tensas
situaciones, ya que entre ambas partes se habían entablado varios
procesos, debieron ser frecuentes. De
vuelta Luís de Armas para
Gran Canaria, tuvo un encuentro
desafortunado en el Puerto de Santa María con Juan de
Ciberio, el primogénito de la
familia, de modo que acabaron resolviendo sus diferencias con la
espada, cayendo muerto Luís
de Armas en la
refriega.
Según Juan de Armas,
«Juan de Çiverio mató a
Luys de Armas, su hermano, porque tenía cargo
de aprovechar las aguas perdidas que me
perteneçen (a la Reina ),
e porque (Juan) ansymismo
entiende en el dicho cargo,
se teme quel
dicho Juan de
Civerio le matara
como hesyeron al dicho su hermano o
le faran alguna afrenta»92.
Ciberio confesó el homicidio y se
abrió un proceso por el corregidor del Puerto de
Santa María, que se mostró benévolo con el homicida, permaneciendo libre durante todo
el proceso. Los autos fueron remitidos
al Consejo Real a petición de
la fa- milia Armas, y éste decidió que
lo finalizase el mismo corregidor, lo que
fue de nuevo apelado, por lo
que la decisión final fue que
acabara el proceso el gobernador de
Gran Canaria93. Tampoco esta solución era del
agrado de todos, por lo
que fi- nalmente el proceso fue
reclamado por los reyes para que lo sentenciaran los alcaldes de
casa y corte94.
Como solía ocurrir con personas de
cierta importancia, y hay que
recordar que Ciberio era familia del
consejero real Muxica, todo acabó
con una carta de perdón de
los monarcas en julio de
1519 95, previa presentación
de otra escritura en la
que la madre de Luis
de Armas, Beatriz Guerra,
perdonaba a Juan Ciberio por la
muerte de su hijo96.
En lo que
respecta al pleito de Tenoya,
Juan de Armas susti- tuyó a su
hermano en el mismo, y
los monarcas decidieron
encomendar su solución de forma colegiada al alcalde de
Gran Canaria junto con el licenciado Bartolomé de Tribaldos, para que finalizaran el proceso.
Continua en la entrega siguiente.
No hay comentarios:
Publicar un comentario