1977 agosto 6.
TAGOROR NACIONAL
INDEPENDENTISTA. (CU) NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL TAGOROR INSULAR DE TENERIFE.
El Tagoror insular es el máximo
órgano del frente entre dos asambleas. Está compuesto por la secretaría
insular, 5 secretarios insulares elegidos en asamblea, y el representante
político de cada tagoror popular, rectificado por el tagoror general.
Reuniones.
El Tagoror insular se reunirá con
carácter ordinario cada 15 días y con carácter extraordinario cuando lo
convoque el secretario insular o cuando sea solicitado a éste por la mayoría de
sus miembros.
Las convocatorias, tanto
ordinarias como extraordinarias, se harán por escrito y 5 días antes de su
celebración como mínimo. Sólo aquellas reuniones con carácter urgente podrán
ser convocadas verbalmente y con 24 horas de antelación.
Para que un tagoror insular quede
constituido es necesaria la presencia de la mitad mas uno de sus miembros, en
primera convocatoria. En caso de que no exista cuorum, se llevará a cabo la
reunión en segunda convocatoria una hora más tarde, sea cual sea el número de
asistentes, siendo válidos los acuerdos tomados en la misma.
La asistencia a las reuniones del
Tagoror insular es obligatoria para todos sus miembros. En caso de no asistir
es necesario justificar la ausencia y comunicarlo al secretario insular o, en
su defecto, a algún miembro del Tagoror, siendo éste el primer punto a tratar
en el orden del día. Los miembros del Tagoror insular que no justifiquen su
inasistencia a las reuniones más de tres veces consecutivas o 5 alternas serán
excluidas del mismo, teniendo que ser rectificada dicha decisión por la Tagoror insular.
Las cuestiones que no se acuerden por consenso deberán ser
llevadas a votación a mano alzada, después de exponerse las diferentes
posturas, necesitándose la mayoría simple para ganar una votación.
Actas.
De cada una de las reuniones que
celebre el Tagoror insular se levantará el acta correspondiente. Al inicio de
cada reunión se designará al miembro del Tagoror insular que se encargará de la
confección de la misma.
En el acta se reflejará cada una
de las propuestas que se realice, las intervenciones resumidas de cada uno de
sus miembros y los acuerdos adoptados, además de todo aquello que se solicite
que conste en acta.
Se nombrará a cada uno de los
miembros del Tagoror por el cargo o representación que ostente. Todos los
miembros del Tagoror insular así como todos los organismos del frente, tendrán
su clave de siglas de acuerdo al anexo 1.
La siguiente reunión se dará a
cada uno de los miembros del Tagoror copia del acta, que se leerá para su
aprobación por mayoría absoluta de los asistentes a la reunión a la que
corresponda el acta. Tanto las modificaciones que se introduzcan con mayoría de
votos como los votos particulares, se harán constar en una diligencia que se
añadirá al acta.
Una vez aprobada el acta, la
secretaría de organización la trasladará al libro de actas. Cada acta irá
firmada en el libro por el secretario de organización, por el miembro del
Tagoror insular que la confeccionó y visada por el secretario insular.
Competencias.
a) Velar por el correcto ejercicio y aplicación
de los acuerdos y resoluciones del Congreso Nacional, Tagoror Nacional y
Tagoror insular.
b) Elaborar y modificar sus propias normas de
funcionamiento (reglamento).
c) Dirigir y orientar la política del frente en
su ámbito territorial, coordinando
a los diferentes
tagorores populares para
el desarrollo de la misma, para lo cual tiene que elaborar un plan anual
de actuaciones que abarque todas las áreas y en las que se incluyan todas las
secretarías insulares. Este proyecto podrá ser reformado o ampliado en función
del desarrollo de los acontecimientos.
d) Aprobar el presupuesto económico y balance de
la organización en la isla.
e) El Tagoror insular tendrá las siguientes
responsabilidades de secretaría, pudiendo agruparla según criterios de afinidad
o individualizadas, a saber:
- Secretaría Insular
- Secretaría de Organización y Afiliación
- Secretaría de Información, Prensa y
Propaganda.
- Secretaría de Finanzas
- Secretaría de Documentación y Formación
- Secretaría de Seguridad
- Secretaría de Relaciones Externas
Competencias de las diferentes
secretarías:
Secretaría insular. Tiene como
misión fundamental representar públicamente al frente en el ámbito insular.
Ejercerá las tareas de coordinación de las actividades del frente en el ámbito
insular. Convocará las reuniones, tanto ordinarias como extraordinarias, del
Tagoror insular.
A su cargo estará el secretario
insular, que gozará de la suficiente autonomía dentro de las directrices
emanadas de los órganos superiores, para el desempeño de sus funciones.
Secretaría de Información, Prensa
y Propaganda. Tiene como misión fundamental, lo referente a las tareas de
información, y ser la canalización oficial de toda la información que genere o
reciba el frente en al isla. En cuanto a las tareas de presa, será el portavoz
oficial, coordinadamente con $t secretario insular, ante los medios
informativos. Será el máximo responsable de las comunicaciones periódicas del
frente en la isla, debiendo controlar y supervisar dichas tareas.
En cuanto a las labores de
propaganda, será el máximo responsable debiendo controlar y supervisar dicha
actividad, presentando la correspondiente propuesta al Tagoror insular.
A su cargo estará el secretario
insular de información, prensa y propaganda, que gozará de la suficiente
autonomía, dentro de las directrices emanadas de los órganos superiores, para
el desempeño de sus funciones.
Secretaría de Finanzas: Tiene
como misión fundamental procurar la captación y la administración de los fondos
económicos y patrimoniales a nivel insular. El control y supervisión de todos
los ingresos y gastos de la
Organización en la isla. Llevar los libros de contabilidad y
balance mensuales y anuales, que deberán ser aprobados por el Tagoror Insular.
Presentar ante el Tagoror Insular los presupuestos generales anuales, en la
isla.
A su cargo estará el secretario
insular de finanzas, que gozará de la suficiente autonomía, dentro de las
directrices emanadas de los órganos superiores, para el desempeño de sus
funciones.
Secretaría de Organización y
Afiliación. Tiene como misión fundamental, en cuanto a las tareas de
organización, el dirigir y supervisar las tareas organizativas de toda índole
del frente en el ámbito insular. En cuanto a las tareas de afiliación tiene
como misión fundamental dirigir y supervisar el control de la afiliación,
libros de registro, así como presentar propuestas de campaña de tareas
referentes a la filiación, en la isla.
Sustituir al secretario insular
por causa de enfermedad o fuerza mayor. A su cargo estará el Secretario insular
de organización y afiliación que gozará de la suficiente autonomía, dentro de
las directrices emanadas de los órganos superiores para el desempeño de sus
funciones.
Secretaría de Documentación y
Formación. En cuanto a las tareas de documentación tiene la misión de recopilar
información y elaborar dossier sobre todo aquello de interés para el frente.
Servirá de base para la formación de los militantes, para la toma de decisiones
del Tagoror insular y para la tarea de propaganda. En cuanto a las labores de
formación, es la responsable de la formación y preparación política de los
militantes del frente y de la elaboración de propuestas de planes y programas
así como de medios de información y llevar todas estas tareas a la práctica.
A su cargo estará el Secretario
Insular de Documentación y Formación que gozará de la suficiente autonomía,
emanadas de los órganos superiores para el desempeño de sus funciones
Secretaría de Relaciones Externas. Tiene como misión fundamental el llevar el
peso de las relaciones con todas las organizaciones políticas, culturales, sociales,
cabildos, ayuntamientos, etc..., en el ámbito insular, que previamente hayan
sido establecidas por el Tagoror insular.
A su cargo estará el secretario
insular de relaciones externas, que gozará de la suficiente autonomía, dentro
de las directrices emanadas de los órganos superiores, para el desempeño de sus
funciones.
Decretaría, de Seguridad.
Elaborará normas de actuación, colectivas e individuales con el fin de proteger
a la Organización
y a todos sus militantes en la isla. Igualmente velará por la atención y
defensa legal de los militantes de la Organización.
A su cargo estará el Secretario
Insular de Seguridad, que gozará de la suficiente autonomía, dentro de las
directrices emanadas de los órganos superiores, para el desempeño de sus
funciones.
Las Secretarías de este Tagoror
Insular quedan agrupadas de la siguiente manera:
- S. Insular
- S. de Organización y Afiliación
- S. de Finanzas.
- S. de Información, Prensa y Propaganda.
- S. de Documentación y Formación
- S. de Relaciones Externas
- S. de Seguridad.
La persona responsable de una
Secretaría Insular o el representante político de un Tagoror popular que no
cumpla con sus funciones será destituido de su cargo o responsabilidad,
decisión que tendrá que ratificar la asamblea insular, convocada a tal efecto,
en la cual se elegirá o ratificará, según corresponda a la nueva, persona
responsable de dicha tarea.
La presente propuesta de
reglamento es presentada al Tagoror insular para su aprobación si procede por
la secretaría de Organización y Afiliación.
Chinech a 6 de Agosto de 1977.
(Archivo personal de Eduardo
Pedro García Rodríguez)
No hay comentarios:
Publicar un comentario