José Luís Cabrera fue
diputado por la
Constituyente en Guanarito y el único canario firmante del
acta de la declaración de Independencia. Fue uno de los más fieles exponentes
de la ideología liberal en el parlamento. Desde el primer momento fue elevado
su protagonismo en las sesiones del Congreso.
Su nacimiento y formación. José
Luis Cabrera Charbonier nació en Las Palmas de Gran Canaria el 10 de febrero de
1767. Fue apadrinado por el canónigo de la catedral canariense José Ventura
Reyes. Vivió con su madre, Magdalena Charbonier, en Las Palmas, mientras que su
padre, Francisco Hernández Cabrera, nacido en el barrio marinero de Triana el
31 de julio de 1733, diputado del común de su ciudad natal, se embarcó para
Caracas, donde ejerció como mercader y tuvo también una bodega que administraba
con su paisano el palmero José Pagues, a partir de las ganancias1.
Vinculado al tráfico canario-americano con anterioridad a su establecimiento
definitivo en Caracas, fue en 1763 maestre del buque Santísimo Sacramento alias
El Santiago, que viajó a Campeche desde Las Palmas, y en 1761 había
sido capitán del Vencedor que lo hizo desde Santa Cruz de Tenerife a La Guaira. Sus abuelos
por parte materna procedían de Francia y fallecieron en Las Palmas en 1759.
Eran Juan Charbonier, natural de Cognac, y Ana Teresa Marchand de Tolón. Su
madre Magdalena había nacido en Las Palmas con anterioridad a su marido el 30
de octubre de 1727. Sus padres contrajeron nupcias en la parroquia del Sagrario
de su ciudad natal el 28 de agosto de 1757. Sus relaciones familiares con
personas del comercio canario-americano eran notables, pues su prima María Ana la Sala era sobrina carnal del
Marqués del Buen Suceso, Bartolomé Naranjo, que adquirió su título por sus
actividades en Venezuela y era primo hermano de Fernando Calimano, miembro de
una familia de la burguesía mercantil grancanaria de origen genovés, dueña de
navíos de ese tráfico. José Luis fue también familiar del obispo Herrera, y
emigró finalmente a Venezuela en 1785, pues firma sus informaciones de
genere poco antes de embarcarse, el 15 de septiembre de ese año2.
Bebió, por tanto, en su formación de las fuentes ilustradas del Seminario
Conciliar de Canarias, escuela que fue plataforma de introducción de tal
ideología, no sólo en el clero, sino entre las capas altas y medias de la
sociedad insular.
Nuestro biografiado alcanzó el grado de
bachiller en Artes el 3 de junio de 1788 y el de bachiller en Medicina en 1790.
Finalmente inició los dos últimos años de estudios clínicos en los hospitales caraqueños
de Nuestra Señora de la
Caridad y militar hasta que el Protomedicato de la ciudad de
Caracas le entregó el grado de licenciado de Medicina en 1792, quedando de esa
forma autorizado para su ejercicio como facultativo3.
El Libertador, por su decreto del 25 de
julio de 1827, erigió la
Facultad de Medicina de la Universidad de
Caracas. Sustituía en sus funciones al extinto protomedicato y asignaba
jurisdicción en los departamentos de Venezuela, Maturín, Orinoco y Zulia. Casi
un mes después, se erigió su tribunal y José Luis Cabrera fue su primer
presidente. Cabrera falleció en Caracas a las 8:20 de la noche del 18 de
septiembre de 1837, a los setenta y un años de edad. La Gaceta de
Venezuela del 1 de octubre le tributó un homenaje en el que glosó la pérdida
que representaba para las ciencias y la humanidad del eminente profesor de
medicina, al que consideró revestido de una exquisita sensibilidad y
de cualidades de espíritu las más brillantes; de percepción clara, de
imaginación viva y fecunda, de juicio recto y maduro, pese a lo endeble y
delicado de su salud.
Su protagonismo en la emancipación
venezolana. Fue notable su protagonismo político en la época de
las guerras de Independencia. Desde muy joven se identificó con el
republicanismo más radical. Así lo refrendó la necrológica citada que subrayó
que ya alimentaba en su pecho el fuego sagrado de la libertad, aun desde
aquellos tiempos aciagos para los Guales y Españas, su inmensa reputación se
impuso a los tiranos y le salvó entonces4. Se vio implicado en
la conspiración de Gual y España de 1797 y representó a Guanarito en el primer
Congreso Constituyente de Venezuela, firmando la declaración de independencia.
Desde bien temprano formó parte de los sectores más radicales que abogaban por
la secesión. Testimonio temprano de tales ideas lo encontramos en su actuación
conflictiva ante el arribo a Caracas del nuevo prelado de la diócesis, Narciso
Coll y Prat, que había tomado posesión de su cargo y fue consagrado en Las
Palmas de Gran Canaria, donde recibió el palio el 11 y 13 de junio de 1810. El
13, tras desembarcar en La
Guaira , se enteró de la deposición del capitán general y de
la toma del poder por la
Junta Suprema ; ahí tuvo un incidente con el facultativo que,
como él mismo refirió, se hallaba con la orden de exigirme todos los
títulos, bulas y despachos que yo trajese para enviarlos en la misma noche para
Caracas. Le respondió el obispo que los tenía su paje y que se los
entregaría a tiempo a la máxima autoridad militar y a la Audiencia , a lo que le
replicó Cabrera: ¡Qué Audiencia, capitán general ni intendente!, no lo
tenemos, sino somos gobernados por una Junta Provincial. A lo que Coll
exclamó: ¡Junta! ¿Con qué autoridad y bajo qué nombre? Contestó
el clérigo: De Fernando VII, para conservarle estos dominios, librándolos
de toda invasión enemiga y subordinándose a la autoridad suprema que se
erigiese en España después de la disolución de la Junta de Sevilla con el
legítimo consentimiento de los dos hemisferios y representación del mismo señor
Don Fernando VII5.
Desde los primeros momentos se involucró
directamente en el proceso insurgente. Como la mayoría de sus paisanos tomó
abierto partido por la
Junta Suprema. Se puede apreciar ese apoyo en la
representación que firma, encabezándola junto con otros ciento quince isleños
avecindados en La Guaira.
En ella ofrecen a sacrificar nuestros intereses y
nuestras vidas en la justísima defensa de nuestra Santa Religión Católica y los
derechos de nuestro muy amado Soberano Rey el Sr. Fernando VII y de la muy
noble Patria de Venezuela. El propósito que les animaba era justificar su
instauración como el más legítimo, equitativo y benéfico gobierno, que
nos defiende y ampara en segura paz y tranquilidad, libres de la opresión y
violencia6.
José Luis Cabrera fue diputado por la Constituyente en
Guanarito y el único canario firmante del acta de la declaración de
Independencia. Fue uno de los más fieles exponentes de la ideología liberal en
el parlamento. Desde el primer momento fue elevado su protagonismo en las
sesiones del Congreso. La disponibilidad de erario público fue uno de los temas
más candentes en los que intervino. En la sesión del 2 de julio de 1811 precisó
que se debía plantear con urgencia ya que era la sangre del cuerpo
político, sin él no hay defensa y esa es la que más necesitamos7.
El 25 de octubre seguía insistiendo en la gravedad de la situación ya que de no
tomarse ninguna providencia para que se firmasen con la posible brevedad
los billetes de papel moneda y empezasen a correr, quedaría inútil el proyecto
por ser muy dilatada la operación8.
Fue precisamente uno de los partícipes del
debate del 4 de julio de 1811 que culminó en la declaración de Independencia,
de la que fue uno de los firmantes, como dijimos. Manifestó que la Europa antes de la Revolución Francesa
había reconocido estados independientes mucho más pingües que Venezuela,
como eran las Repúblicas de Luca y San Marino, por lo que la
diferencia de estabilidad debe estar a favor de la América , que no tiene aún
los estados preponderantes, que puedan absorber los pequeños que van a
formarse, mientras se ligan entre sí los dos continentes, meridional y
septentrional. Acusó a la
Regencia de conducirles a la ruptura, ya que Fernando VII
no debe imputarnos a nosotros esta resolución, la Regencia que lo
representa es quien nos ha conducido a ella, bloqueándonos, atacándonos,
amotinándonos y haciéndonos cuanta guerra está a su alcance. Cuando ella
respetaba nuestro talismán, justo era que respetásemos el suyo; pero declarados
insurgentes, tenemos que ser independientes para borrar esa nota. Ahora
tendremos existencia propia, aunque no de grande estatura, y cesarán las
maquinaciones y otros males fomentados por la ambigüedad, aprovechemos, pues,
la ocasión que se nos presenta, antes que no podamos volver a conseguirla, y
nos expongamos a la execración de nuestra posteridad; se acabó el tiempo de los
cálculos y entró el de la actividad y energía; seamos, pues, independientes,
pues queremos y debemos serlo9. Precisamente el día 5, día de
su declaración, procedió a presentar una ligera vista de los motivos
por qué Venezuela había declarado su independencia10.
Se mostró partidario de no obstaculizar la
salida de los disidentes, ya que subrayó que tales migraciones se verificaban regularmente
por un efecto de las preocupaciones. Por consiguiente esta misma razón debe
obligarnos a conceder los pasaportes con mayor franqueza, pues sería cosa
fuerte que unos Estados libres forzasen a hombres descontentos y los obligaran
a quedar en su seno, cuando por este medio se libertaban de sus intrigas y
maquinaciones. El perjuicio que a primera vista parece resultar contra la
población, si se examina atentamente es quimérico y de ningún momento. El lugar
de los que emigrasen sería reemplazado inmediatamente por otros muchos que
vengan de Europa, Norte América y de todos los pueblos del mundo, en lo que
perdemos unos hombres malvados y holgazanes, ganando, al mismo tiempo, artistas
industriosos y gente útil11. Sus ideas profundamente
democráticas le llevaron a oponerse con vehemencia el 2 de julio a la
instauración del senado o tribunal de censura propuesto por Antonio Nicolás
Briceño. Planteó que en su concepto era inútil, perjudicial y extemporáneo
semejante establecimiento, inclinándose tanto más a esta opinión cuanto que no
lo había visto en ninguna de las constituciones de Norteamérica. Reflejó
al respecto que el reglamento ya ha prevenido expresamente que los
funcionarios del poder ejecutivo sean juzgados por una comisión compuesta de
individuos del Congreso y del poder judiciario. Luego si delinquen éstos
últimos no se presenta inconveniente para que también se residencien por una
sesión del mismo Congreso. Manifestó que, por el contrario, se
presentarían infinitos obstáculos con la censura que quiere establecerse,
ya que se preguntaba sobre los encargados de residenciar a los censores, que
no son ángeles, sino hombres, y que pueden errar del mismo modo que los otros.
Sería por consiguiente un proceder al infinito cuando en mi dictamen todo está
evitado con que se escojan hombres que merezcan la confianza pública para
ejercer el poder judiciario y demás puestos principales de la República 12.
El 19 de agosto de 1811, ante la atmósfera
de agitación reinante y los poderes excepcionales depositados en el gobierno,
insistió en que tales poderes eran inviables si éste no disponía de fuerza
necesaria para ponerlos en práctica. Subrayó que no sabía cuál era la
soberanía extraordinaria que se ha dado al poder ejecutivo; siempre fue de su
resorte natural el uso de la fuerza y lo único que se ha dispensado son ciertos
trámites en los juicios. Sus providencias han sido consecuentes con sus
facultades, y cuando han tenido que asegurar y responder de la tranquilidad
pública no han podido hacerlo sin la fuerza necesaria; para esto habrá
aumentado las tropas, como que sin ellas eran ilusorias las facultades que se
le concedieron, y en esto no advierto yo el menor abuso13.
Defendió en el parlamento la profundización en la revolución liberal, tratando
de eliminar los privilegios nobiliarios. Reprochó en la sesión de 18 de
noviembre de 1811 el uso del título de Castilla de Conde de la Granja al señor Ascanio
[proponiendo] que se aboliesen en los oficios estos títulos en
Venezuela, independiente de Castilla, y todos los que no fuesen propios de un
gobierno democrático14. Sus planteamientos, aunque apoyados
suficientemente, quedaron diferidos para la Constitución.
Ante la sublevación de Valencia, Cabrera
fue partidario de tomar medidas radicales e imponer a esa ciudad un gravamen
que castigase su rebeldía. En la sesión del 5 de octubre de 1811 aseveró que
había sido una grave equivocación llamar contribución a lo que no es
propiamente más que una multa de guerra, en consecuencia del derecho de
conquista, bajo el cual se halla Valencia. Léanse todas las gacetas de la Europa y se hallarían en
ellas contribuciones de esta especie, impuestas por los generales franceses en
los países conquistados. En circunstancias comunes sería una usurpación de la
soberanía la exacción que se reclama, pero las de Valencia exigían que se
indemnizasen de algún modo los perjuicios que nos ha causado. Si bajo este
aspecto se cree injusta la multa o exacción impuesta a los criminales, no sé
que sea más legítima la confiscación impuesta a los reos de conspiración del 11
de julio, mucho peor hubiera sido esta confiscación. Creo además que la
decisión de este expediente toca al poder ejecutivo que envío al general
Miranda, y de ningún mozo al Congreso, porque nada hay en él de confederación15.
Se mostró partidario de no actuar de igual forma que en los tiempos tranquilos.
Sostuvo que la pluralidad de los insurgentes da el tono y está claro que
fue la de Valencia, aunque se expatriaron los más de los vecinos honrados.
Respaldó los poderes excepcionales depositados en Miranda, cuyas facultades
expuso que eran más amplias de lo que se cree. En su concepto la labor
de la Sala de
Justicia no era sino para discernir las cabezas y las contribuciones,
por corresponder su exacción al jefe militar, ya que se atiende mucho al
perjuicio que de ellas resultan aun particular y se desprecian los males
generales de la insurrección16.
Su exilio. Se exilió en las
islas del Caribe desde 1814, con el ascenso al poder de Monteverde.
Rodríguez Rivero reseñó que su renombre fue grande en las islas en que se
asentó, en las que ejerció la medicina, especialmente en Curaçao, donde
trabajó. Expuso que allí asistió al almirante Brión en la enfermedad que le
llevó a la tumba el 27 de febrero de 182117. Más crítico fue el
testimonio de su colega José de la Cruz Limardo en sus Memorias, quien
refirió que en Curaçao el holandés Mathey Ross requirió los servicios del
canario, recién llegado de Los Cayos (Haití), para atender a su ama de llaves: Yo
presumí lo que sucedió. Vino Cabrera y la recetó vomitivo de ipecacuana. No
contradije al profesor, a quien respetaba por mil títulos. Me contenté con
llevar al Dr. Allen para persuadir a Mathey Ross del verdadero mérito y
disuadirlo por lo menos del vomitivo. No pudimos lograrlo, aun opinando la
sangría indicada por la robustez de la negra y su comida nutritiva y uso de
licores. Tomó el vomitivo y acabó fatalmente18. No pudo
regresar hasta 1827 con la consolidación de la independencia.
Tuvo que emigrar cuando la
contrarrevolución llegó a su apogeo y mantuvo siempre su apoyo a la
independencia. El 30 de marzo de 1816 se le abrió en La Guaira una información
sobre su conducta política. El comandante militar de la plaza Domingo María
Bobadilla de orden del tribunal superior de secuestros. Pedro Vergara expuso
que había emigrado a la entrada de las tropas realistas y que se refugió en
Curaçao. Manifestó que había oído decir que era un hombre enemigo acérrimo
de los españoles y no le gustaba le hablasen del nombre español y sólo de
Napoleón, de modo que demostraba gran incomodidad cuando se hablaba a favor de
nuestro Rey y contra la perfidia de Napoleón. Manuel Carmona refirió que respiraba
odio a los españoles y sus mismos paisanos isleños con una adhesión decidida a
favor de los rebeldes. Sin embargo, las pesquisas quedaron ahí y fueron
suspendidas el 12 de septiembre de ese año19. No obstante sus
propiedades quedaron incautadas y subastadas entre partidarios de la causa
realista. Al regresar en primer lugar su hijo José Eduardo el 15 de septiembre
de 1827 tomó posesión de su hacienda del Carmen. Ésta había sufrido una notable
disminución de su valor, por lo que solicitó reducir los considerables censos
con que estaba gravada, descenso que estaba plenamente justificado por la grave
merma sufrida en la plantación. Con anterioridad estaba cotizada en veinte mil
pesos y tenía una cosecha de doscientas a doscientas cincuenta fanegas de cacao
anuales. Pero por esas fechas sólo valía en total siete mil seiscientos ocho
pesos. Poseía setecientos setenta y nueve árboles de cacao evaluados en unos
tres mil ciento cincuenta y cinco pesos y contaba con setenta y siete árboles
frutales20.
Diputado de la Tercera República. Tras
la victoria de la causa republicana regresó a Caracas, siendo su posición
favorable a la ruptura de Venezuela con el proyecto unificador de la Gran Colombia. En
el Congreso Constituyente de la
República de Venezuela de 1830 resultó elegido diputado por
Caracas. En él, apoyando la proposición de José María Vargas de separación de
Venezuela de la Gran
Colombia , la modificó el 10 de mayo con una clara arremetida
contra el Libertador que Parra Pérez estimó abominable: Que el
enunciado pacto no pueda tener lugar mientras exista en el territorio
colombiano Simón Bolívar. Su propuesta quedó diferida, pero el 26 volvió a
reiterarla y el 28 fue aprobada. Su oposición al proyecto bolivariano era bien
visible. Aprovechó la ocasión para señalar que de este fárrago de
comunicaciones que se han enviado, incoherentes y mal combinadas, sólo se puede
inferir que los asuntos de Bogotá van caminando a una total disolución. En una
de ellas se supone a Bolívar en Cartagena, cuando por otras noticias sabemos
que está en Bogotá y la opinión general lo acredita. Entendía que el
Congreso no debía ocuparse de esos documentos dudosos, salvo que fuera para
autorizar de nuevo al gobierno para que obrara con toda la energía
necesaria y según las circunstancias21.
(Manuel Hernández González. Publicado en el número
529 de BienMeSabe)
Notas
1. M. Hernández González, Los canarios en la Venezuela colonial
(1670-1810), Caracas, 2008, p. 238.
2. AHPLP, Protocolos notariales, leg. 1879.
3. P. Rodríguez Rivero, p. 100. AHUCV, libro
segundo de grados médicos.
4. Ibídem.
5. N. Coll y Prat, Memoriales sobre la
independencia de Venezuela, Estudio preliminar de Manuel Pérez Vila,
Caracas, 1960, pp. 50-51.
6. Gaceta de Caracas, Caracas, 2 de
noviembre de 1810.
7. Congreso constituyente de 1811-1812,
tomo I, Caracas, 1983, p. 99.
8.
Ibíd., tomo II, p. 123.
9.
Ibíd., tomo I, p. 137.
10.
Ibíd., tomo I, p. 151.
11.
Ibíd., tomo I, p. 142.
12.
Ibíd., tomo I, pp. 187-188.
13. Ibíd., tomo I, p. 249.
14. Ibíd., tomo II, p. 159.
15. Ibíd., tomo II, p. 79.
16. Ibíd., tomo I, p. 80.
17. P. Rodríguez Rivero, Ob. cit., p. 104.
18. J.D.L. Limardo, Memorias, BAHV, Nº
128, p. 402.
19. AAH, Independencia, 411, 1974.
20. AAH, Judiciales, A15, C21, D8391.
21. C. Parra Pérez, Mariño y la independencia
de Venezuela, vols. 5, tomo V, Madrid, 1955, pp. 187 y 206.
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