UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS
PERIODO COLONIAL
1501-1600
DECADA 1501-1510
CAPITULO III-XVI
Eduardo
Pedro García Rodríguez
1505 Mayo 27.
490-5.-Requerimiento de Fernando
de Horna. Pareció F. H. e dijo q. a su noticia es venido q. el Sr. Adelantado
hovo dado un mandamiento a Gonzalo Rodrigues por el cual mandaba a mi el dho.
escribano le diese posesión de sus tas. de r. q. le fueron dadas en el primer
repartimiento e q. el dho. G. R. diz q. señaló por suyas unas tas. del dho. F.
de H. de q. ha tenido posesión de cinco años a esta parte el dho. F. de H.
despedradas, i
desmontadas, aradas e puestas de
cañaverales crecidos sustânciados según es notorio; en q. el dho. G. R. señalar
e nombrar estas, dhas tas. por suyas yo el dho. escribano dije q. si ellas eran
q. le metía en la posesión de ellas. ..[Reverso: Alonso Peres Navarrete: el
jurado Vallejo me hizo relación q. de todos los repartimientos del agua q. se
han fecho en Taoro ha pagado lo q. le cabe, como diz q. vereis por la nómina,
ecepto 10 rs. q. queda debiendo; e por las nóminas e conciertos q. ha escrito y
fecho no se le ha pagado cosa alguna, q. le pedía estos 10 rs. le fuesen
descontados así por lo q. ha trabajado como por lo q. trabajará de aquí
adelante. Por ende yo visto ser justicia yo os mando q. no le leveis los dhos.
10 rs. porque yo le hago quito dellos por el dho. trabajo. y si alguno se
sintiere agraviado paresca ante mi q. yo le oiré e guardaré su justicia. Fecho
en mi engenio del Realejo. 27 de mayo de 1505. El Adelantado]. (Datas de
Tenerife, libros I al IV)
1505 Mayo 28.
1.843-9.-Alonso de Astorga,
conquistador. Un solar en el molino de viento, de 40 pasos por la calle y otros
tantos por la otra parte, que sale a la laguna, con sus entradas y salidas a la
laguna y en el campo. Vos lo do alrededor de su molino de viento. 28-V-1505.
(Datas de Tenerife, libros I al IV)
1505 Mayo 30.
503-18.-Ybone d Armas. Antón de
Ballejo, escribano de Cabildo: yo vos mando señaleis las tas. q. Ibone d Armas
tiene en el Arautava de r. según se contiene en el repartimiento primero q. yo
mandé facer ante Jaime Joben y vos tenéis en el libro de repartimiento y
mandoos q. señaleis los linderos. q. digo q. le pongais en la posesión de las
tas. del primer repartimiento de q. fue escribano Jaime Joven. 30-V-1505. (Datas de Tenerife,
libros I al IV) (Datas de Tenerife, libros I al IV)
1505 Mayo 30. Dto. 503-18.-Ybone
d Armas. Antón de Ballejo, escribano de cabildo: yo vos mando señaleis las tas.
q. Ibone d Armas tiene en el Arautava de r. según se contiene en el
repartimiento primero q. yo mandé facer ante Jaime Joben y vos tenéis en el
libro de repartimiento y mandoos q.
señaleis los linderos. O. digo q. le pongais en la posesión de las tas. del
primer repartimiento de q. fue escribano Jaime Joven. 30-V-1505.
1505 Junio 2.
492-7.-Gonzalo Rodrigues. Antón
de Vallejo, escribano público y escribano del repartimiento de las tas. de
Tenerife: yo vos mando q. metais en la posesión de sus tas. q. le fueron dadas
a G. R. en el primer repartimiento en la Arotaba. El Adelantado [autógrafo]. 2-VI-1505.
(Datas de Tenerife, libros I al IV)
493-8.-Traslado en 1533 de una
data a favor de Luis de Mesa, q. luego sigue original, en el núm. 495. (Datas
de Tenerife, libros I al IV)
494-9.-Otro traslado idéntico, de
1512. (Datas de Tenerife, libros I al IV)
495-10.-Luis de Mesa 150 f . en el término de Adex,
lindes Diego Fernandes Castellano y el bailadero de los guaches. Vos doy 5 c.
en el dho. lugar. [s. f. pero antes de la Capitanía de Berbería, q. no se menciona en la
titulación]. (Datas de Tenerife, libros I al IV)
1505 Junio 3.
87.-Después de esto en
cumplimiento de lo susodicho Guillén Castellano de junto con Martín Ponce,
Martín Ponce, en lugar de Fernando el Negro, puso a Fernando de Forna porque
asy fue mandado por el Sr. Adelantado, e en nombre de los vecinos se puso Lope
Gallego y Bartolomé de Villanueva, los quales todos y Guillén Castellano
pusieron sus manos derechas sobre la señal de la cruz y juraron a Dios y a
santa María ya las palabras de los santos evangelios, que ellos y cada uno de
ellos regarán un día y una noche la nuestra cañaveral segund que es entre ellos
fuere acordado y votado que se
deve de regar con la dicha azada
de agua segund se contiene en el poder del sr. Adelantado, mirando en todo el
servicio de Dios y de sus altezas e bien e pro e utylidad de los vecinos que
tyenen tierras bien y re(c)tamente con toda fialidad, syn arte, syn engaño, syn
cautela, ni otra colasyon alguna, e que s y asy lo hiziere que Dios, que es
todopoderoso, les ayude en los cuerpos y en el otro las ánimas, y lo contrario
haziendo que el diablo les llevase el ánima a lo profundo del ynfierno so él a
el de Judas y se lo demande Dios mal y caramente.
(Hay una raya que atraviesa lo
escrito a manera de querer tacharlo a partir de los quales hasta el final).
En 3-VI-1505.
E después de esto Guillén
Castellano e Lope Gallego y Bartolomé de Villanueva e Fernando de Forna e
Martín Ponce parecieron en presencia de mí, el dicho escribano, e testigos de yuso
escriptos e dixeron que ellos, en cumplimiento y efeto de lo susodicho para
bien e fielmente hacer cumplir lo susodicho, marcaron en la canal del achón de
Lope Gallego marcaron e filaron pusyeron en perfección y perfecta verdad una
azada de agua, segund Dios y sus conciencias, dando dos barrenos de la una
parte y de la otra de las paredes de la canal e pusyeron dos tarugos cortados a
rays de la tabla que beníe en el agua, y con la dicha azada de agua regaron
desde que se puso el sol hasta otro día que se puso, en manera que regaron día
e noche en un cañaveral de un año de Alonso Pérez Navarrete que bien e
fielmente, so cargo del juramento, hallaron que se devía asy hacer, el qual
cañaveral que fue asy regado, medido de la medida con que en el postrero repartymiento
se midieron, que se hallaron de una vanda 50 luengo y de la otra vanda de
lacabezada 25, y de la otra otras 50 y de la otra otras 25 en quadra medido, en
manera que de una vanda donde avíen de ser cinquenta de cumplido quedaron por
regar treynta y tres, e de las veinte e cinco de la frente quedaron seys brazas
por regar, lo qual que asy se midió es una suerte de tres fanegas regado y por
regar. (Datas de Tenerife, libro V de datas originales)
1505 Junio 5. Segovia. Incitativa al gobernador o juez de
residencia de Gran Canaria, para que determine en la petición de don Diego, rey
que fue de Adeje, que se queja de la prisión a la que Alonso de Lugo,
gobernador de Tenerife y La
Palma , le tiene sometido para que no pueda quejarse ante la
corte de sus agravios. Episcopus cordubensis. Zapata. Tello. Carvajal.
Santiago. Medina. Polanco. (E.Aznar; 1981)
1505 Junio 5. Comisión al govemador o
jues de residencia de la ysla de la Grand Canaria.
De
don Diego, rey que fue de Adex.
Doña
Juana, por la gracia de Dios, etc. A vos el que es o fuere mi govemador
corregidor o juez de residencia de la ysla de la Canaria , o a vuestro
alcalde en el dicho oficio, salud e gracia. Sepades que don Diego, rey que fue
de Adex, me fizo relación por su petición, que en el nuestro Consejo presentó,
diziendo: que Alonso de Lugo, nuestro govemador de las yslas de Tenerife e de La Palma , le tiene a él e a
toda su hacienda por fuerza, non aviendo cabsa nin razón para ello, lo qual diz
ques a cabsa que no venga a mi corte a se me quexar de las muchas ynjusticias e
synrazones, de lo qual diz quél recibe mucho agravio e daño; e me suplicó e
pidió por merced sobre ello le mandásemos proveer de remedio con justicia,
mandándovos que le fiziésedes conplimiento de justicia, dexando salir a él e a
sus parientes, con sus ganados e fazienda, a donde quesyese, pues que heran mis
vasallos, por manera quél fuese libre e esento de las prysyones que as y le
tenía, o como la mi merced fuese. Lo qual visto en el mi Consejo fue acordado
que devíamos mandar dar esta mi carta en la dicha razón. E yo tóvelo por bien,
e confiando de vos que soys tal persona que guardaréys mi servicio e el derecho
de las partes, e bien e fiel e deligentemente faréys lo que por mí vos fuere
encomendado e cometido es mi merced de vos encomendar e cometer lo susodicho e
por la presente vos lo ecomiendo e cometo: por que vos mando que luego veades
lo susodicho, llamadas e oydas las partes a quien atañe, syn estrépitu nin
figura de juizio, salvo solamente la verdad savida, libredes e determinedes
cerca de lo susodicho lo que falláredes por justicia, por vuestra sentencia o
sentencias, asy ynterlocutorías como definitibas. La qual o las quales, e el
mandamiento o mandamientos que en la dicha razón diéredes e pronunciáredes,
llevedes e fagades llevar a pura e devida execución con efecto quánto e cómo
con fuero e con derecho devades; e mando a las partes a quien lo susodicho
atañe, e a otras qualesquier personas que entendiéredes ser ynformado e saber
la verdad c;erca de lo susodicho, que vengan e parezcan e se presenten ante
Vos, a vuestros llama- mientos e enplazamientos, e so las penas que vos de
nuestra parte les pusyére- des e mandáredes poner , que yo por la presente las
pongo e he por puestas. Para lo qual todo que dicho es por esta mi carta vos
doy poder conplido, con todas sus yncidencias e dependencias, anexidades e
conexidades. E los unos nin los otros non fagades ende al, etc. Dada en
Segovia, a cinco días del mes de junio de mili e quinientos e cinco años. = Joanes, episcopus cordobensys. =
Licenciatus Zapata. =Fernandus Telio. =Licenciatus de Caravajal. =Licenciatus
de Santiago.=Yo Luis Peres de Medina, escrivano, etc.=Licenciatus Polanco (rubricado).
1505 Junio 5. Dto. 687-29.-Pedro de Lugo, natural de
Grand Canaria. 2 c. de ta. de s. cerca de las tas. q. di a vuestra mujer
en Ycode. Así mesmo vos do unas cuevas q. se llaman Veynguaraçerys, q. están en
el barranco de los Cauallos. 5-VI-1505. [Reverso: En 12-II-1506 lo presentaron
Pedro de Lugo e María Fernandes, su mujer].
1505 Junio 8.
380.38.-Alonso Fernandes Gallego.
Una f. en el Sauzal, linda conmigo el dho. Adelantado, con Francisco de Mérida
y Rodrigo de León; y por cuanto yo hobe dado esta f. de ta. a Lope de Fuentes y
él la vendió antes del tiempo, la haya perdido. Al alcalde Pedro de Vergara.
Registrada 8-VI-1505 [Autógrafa, al parecer]. (Datas de Tenerife, libros I al
IV)
1505 Junio 12. Segovia. Incitativa al gobernador de Gran Canaria,
para que determine en la reclamación de Francisco Riberol, vecino de Sevilla, sobre
cierta cantidad de orchilla de la isla de El Hierro que le vendió el adelantado
Alonso de Lugo, tutor dé Guillén Peraza, y que ahora éste no quiere entregar,
por estar libre de dicha tutoría. Obispo de Córdoba. Tello. Moxica. Santiago.
Polanco. Mármol. Polanco. (E.Aznar; 1981)
1505 Junio 13.
Segovia. Orden al gobernador de
Gran Canaria, a petición de Alonso de Campo, procurador de Guillén Peraza, para
que dé traslado a este último de la comisión que le fue dada, a petición del
adelantado Alonso de Lugo, para entender en la actuación del padre de Guillén
Peraza, y para que reciba los descargos y probanzas que le fueren presentados.
Moxica. Tello. Carvajal. Polanco. Mármol. (E.Aznar; 1981)
1505 Junio 16.
861-40.-Juan de Badaxoz. 60 f . en Heneto. 16-V-1505.
(Datas de Tenerife, libros I al IV)
1505 Junio 18. Segovia. Orden alas justicias de Gran Canaria, para
que determinen en la petición presentada por Pedro de Ferrera, en nombre propio
y en el de otros canarios, sobre la cautividad a la que están sometidos, a
pesar de ser libres por su condición de cristianos. Episcopus cordubensis.
Zapata. CarvaSantiago. Polanco. Medina. (E.Aznar; 1981)
1505 Junio 23. Segovia. Orden al gobernador o juez de residencia de
Gran Canaria para que determine en la petición de Martín de Vera, procurador de
Pedro de Vera, su padre para que sea remitida al corregidor de Jerez la demanda
presentada por Fernando, sobrino del primer obispo de Canaria y vecino de dicha
ciudad, sobre dos esclavos negros y unas vacas que Pedro de Vera compró a dicho
obispo, en pública almoneda. Episcopus
cordubensis. Zapata. Carvajal. Santiago. Polanco. Ramírez. Polanco. (E.Aznar;
1981)
1505 junio 24.
Juan Canario (natural de la Gomera , criado de Juan de
Xerés, vesyno de Sevyllia en la
collación de Santa Maria) entra a servir
por aprendiz con Diego Salero (prrador, vesyno desta dicha cibdad en la
collación de Sant Nicolás, qu'está presente)
desde primer día d'este mes de junio
en que estamos de la fecha
d'esta carta, fasta dos
años e medio compiicios
primeros siguientes ... (L. F. S., Toi. S63 v.
j )
1505 Junio 25.
487-2.-Pedro de Lugo. 6 f . de tas. de r. en el
Arabtaba q. fueron dadas a Gonzalo Mexía e por cuanto no residió. 25-VI-1505.
(Datas de Tenerife, libros I al IV)
1505 Julio 6.
1.359-xxxiij.-Lope Gallego, vo.
Un herido para un molino de moler pan q. es en la cabezada de un majuelo q. vos
tenéis puesto en el Arautava. q. digo q. vos do el dho. asiento. 6-VII-1505.
(Datas de Tenerife, libros I al IV)
1505 Julio 8.
505-20.-Pablo Martín. Beso las
manos de V. Señoría a la cual fago saber como habrá 8 años ...q. V. S. me dio e
fizo merced de 6 c. de ta. frontero de Artehone en las cuales tas. están dos
fuentes, la una se seca el verano del todo y la otra se seca sino cuanto pueden
sacar agua con una escudilla e vala por donde me las dio V. S. fue fecha al
tiempo desta por donde V. S. me dio una cueva en Tacoronte y han por linderos
las dhas. tas. un barranco junto del cual está una palma a mano esquierda yendo
arriba y más arriba della está una sabina donde está un tagoro y las tas. están
d aquel cabo del barranco escuentra Daute en el Lomo Cabezo, las cuales soplico
a V. S. me las confirme porque se me perdieron los albalaes, y en esto V. S. me
fará gran limosna porque no tengo otras tas. y estó en la posisión y allí moro
con mi ganado y entiendo de morar. Nuestro Señor acreciente vida y estado de V.
S. como desea, amén. Fue fecha el alabalá en 8 de junio de noventa y siete
años. q. digo q. vos do 4 c. de sembradura y las cuevas q. decís. El
Adelantado. [Al pie otra mano da el nombre y comienzo del texto hasta
«Artehone», y la fecha, 8-VII-1505]. (Datas de Tenerife, libros I al IV)
1506 Julio 9.
585-49.-Antón de Tegueste y
Bastián de San Clemente, 50 pasos de ta. de solar en q. fagáis dos casas los
cuales solares vos doy en la villa de Arriba q. lindan con Fernando de
Tacoronte e por delante la calle real. Digo q. vos do el solar para ambos y vos
den sendos c. de ta. 9-VII-1506. (Datas de Tenerife, libros I al IV).
1505 julio 19.
Jueves.-Poder
de Pedro Romero (canario, natural
de la Ysla de
Tenerife) a Andrés Guillén (Procurador, vecino de Sevilla) para que
en su nombre pueda parecer ante
los Alcaldes, Jueces y Justicias para pedir e alegar su libertad contra Pedro Fernández, sayalero,
que le
compró de Alonso Sánchez, marinero, vecino
de la villa de Palos, o contra el
dicho Alonso Sánchez que le vendió,
o contra otras qualesquier persona o
personas, y que pueda hacer y faga
los autos y
diligencias necesarios ... (B. Q.,
26 fol. 349).
1505 julio 19.
Contrato de fletamento de Pedro González de la Puebla
(vecino de Triana, maestre del navío
“Sancti Spiritus”, surto cerca
de la puente del Río de Guadalquivir) a
Alvaro de Briones (mercader,
vecino de Sevilla, en la
collación de Santa María) para que cargue hasta 50
toneladas de melazas e azúcares, que se entiende cuatro caxas de azúcar de
blanco por tonelada, e dos pipas de
melaza otra tonelada; y se obliga a ir a recibirlo en la Ysla de Gran Canaria a los
puertos de Las Ysletas, de Melenara o de Sardyna, o cualquier dellos que su
factor diere o nombrare a partir de
ahora a mediados de agosto, y de cargar en 30 días, pagándole por cada día de demora por no darle
la carga un ducado de oro para gastos del
navío; y se obliga
a partir para la Ciudad de Flandes, puerto
de Amberes, cobrando de flete en este
dicho puerto de Amberes cuatro coronas y
media de oro... (J. R. P., folio 932 v.).
(Francisco Morales Padrón, 1961)
1505 agosto 4.
Poder del Comendador Lope Sánchez de Valenzuela,
Capitán del Rey nuestro Señor, vecino de la Ciudad de
Baeza, a Alvaro Beltrán, su mayordomo,
vecino de la villa de Moguer, e a Antón García, vecino de la Ciudad de Córdoba, para que en
su nombre puedan llevar e lleven,
ellos o qualquier dellos, a la Ysla de Grand Canaria ciertos
onbres que yo tengo cogidos para llevar
a la dicha Ysla de Canaria,
e asy llevados los puedan conpeler e apremiar que hagan e cunplan todo
aquello que son obligados a hazer en la
dicha Ysla, segund e para lo que los tengo cogidos, e sobre ello pueda fazer e faga todos los autos e diligencias e
requerimientos que yo mismo
faría e fazer podría
presente seyendo, e qand conplido
poder yo he e tey, y obliga spersona y
bienes... (B. G. V., l.
fol. 538 V.). (Francisco Morales
Padrón, 1961)
1507 Julio 20.
1.822-31.-Afonso Yanes, hermano
de Gonzalo Yanes. 60 f .
de s. en las ts. de Antonio de Padilla y Cristóbal Monduren, en las cabezadas
de las mismas. Vos las do.
20-VII-1507. (Datas de Tenerife, libros I al IV)
1505 Agosto 2.
540-8.-Juan Moreno. Un pedazo de
ta. que está bajo de vuestro majuelo en q. habrá media f. de sembradura para
hacer una casa. 2-VIII-1505. Autógrafo. [Reverso. A 2-IV-1506 ante] Sr. Reformador
la presentó J. M. e pidio le fuese confirmado]. (Datas de Tenerife, libros I al IV)
1505 Agosto 4.
1.172-1.-Alonso Galán. Un tejar q. está
abajo de la casa del Obispo y 4
f . de ta. q. linda con el dho. tejar y con el cercado de
Juan Zapata, con el agua q. viene por el arroyo. Digo q. vos do el agua q.
hoviere menester para el tejar solamente y vos do para una
viña 3 f . 4-VIII-1505. (Datas de Tenerife, libros I
al IV).
1505 agosto 4.
Juancho de Ceverio
(labrador, marido de Costanza de Troya, vecino de la Ysla de Gran Canaria en la
villa del Real de Las Palmas) debe a
Pedro de Puebla (vecino de Triana, maestre del navío “Santi Espiritus” surto en el puerto be Las Muelas dei rio
Guadalquivir, en Sevilla, que
está presente) diez mil maravedis, prestadaos para fornecimiento, despacho
y bastecimiento de
dicha nao, que van a riesgo de Pedro de Puebla hasta llegar
a puerto en la Ysla de la Gran Canaria , donde
se obliga a pagaslos,
a 485 maravedí cada
castellano, y 375 mravedis cada ducado, a los diez dias de su llegada allí a salvo... (F. SE., fol. 276). (Francisco Morales Padrón, 1961)
1505 Agosto 7.
Segovia. Merced a Martín de Vera,
hijo del comendador Pedro de Vera, ya difunto, de cuatro caballerías de tierra
de regadío en la isla de Gran Canaria, que serán medidas con arreglo a la
medida de dicha isla. Se ordena al gobernador o juez de residencia de dicha
isla que le dé posesión de dichas tierras. El Rey. Grizio. Señalada: Zapata.
Polanco. (E.Aznar; 1981)
1505 Agosto 12.
Segovia (f. 125). Orden a Lope de
Sosa, gobernador de la isla de Canaria, para que tenga a su cargo los rescates
y contratación de Berbería, Mar Pequeña y Torre de Santa Cruz, en sustitución
del difunto Alonso Escudero, gobernador que fue de dichas islas, guardando en
ello las ordenes de los oficiales de la casa de contratación de las Indias, en
Sevilla, a los que ha de acudir con las rentas de dichos rescates y de los que
recibirá las mercancias necesarias para los mismos, y para que informe de las mercancias
dejadas por el doctor Alonso Escudero y Antonio de Torres, sus antecesores en
el cargo. El Rey. Refrendada: Grizio. Señalada: Zapata. Polanco. (E.Aznar;
1981)
1505 Agosto 13.
Segovia. Incitativa al licenciado
Zárate, reformador de las islas de Canaria, para que determine en la petición
por Juan San Martín, colmenero, en nombre de los vecinos de La Palma , sobre un ejido y
pasto común que servía de camino para traer la madera de la sierra, del que se
apoderó el adelantado Alonso de Lugo, que lo tiene arrendado a su mayordomo por
cien pares de gallinas al año. Episcopus
cordubensis. Carvajal. Tallo. Moxica. Santiago. Rodericus. Polanco. Vitoria.
Polanco. (E.Aznar; 1981)
1505 Agosto 14.
70-32.-Alonso Gonçales ferrero. Un solar para
casas linde con casas de Gorje Grimón y solar e casas de Johan Ferrandes
portogués; os lo ove dado por q. fisiéredes casas ...puede aver 7 años, agora
de nuevo vos lo torno a confirmar por quanto sois poblador e vº e casado e
avéis fecho e edeficado las dhas. Casas en los solares q. yo vos ove
dado.
Por esto ruego a mi sobrino
Valdés q. no entienda en esto deste solar por quanto yo se lo he dado seis años
en su casamiento quando aquí vino y el fue el terzero en su casamiento y en
todo lo quél es. 14-VI11-1505. (Datas de Tenerife, libros I AL IV)
1505 Agosto 15.
349-7.-Fernando de Hoyos, criado
de Sus Altezas. Unas aguas q. son a la otra parte de la heredad de Fernando de
Castro, de la parte del barranco q. son viñas, q. yo hube dado a Juan
Fernandes, portugués, las cuales volvió a mí porque le di otras aguas, e así
por esto como porque yo he hecho pregonar q. cualquier persona q. no resida yo
lo pueda dar ...do a vos las dhas. aguas para en q. hagáis un engenio.
15-VIII-1505. (Datas de Tenerife, libros I al IV)
350-8.-Alonso Sanches. Un pedazo
en q. sembró antaño en q. hay 3
f . [Autógrafo].
1505 Agosto 16.
1.114-16.-Martín Alonso,
portuguez, y Tomé Días. Dos partes de ta. de s. q. fueron dadas a Pedrianes,
chachillero, y a su compañero, por cuanto se les dio con condición q. habían de
venir a ser vs. e mantienen q. las traspasó en vos los dhos. Alindan con Gorge
Vaes, zapatero, y Alvaro Vaes, hermitaño de Santa María de Gracia.
16-VIII-1505. (Datas de Tenerife, libros I al IV)
1505 Agosto 17.
371-29.-Sancho de Salazar. 100 f . en Tacoronte donde
quier q. las fallardes q. no sean dadas. q. vos do en Heneto 2 c. 17-VIII-1505.
(Datas de Tenerife)
1505 agosto 17.
372-30.-Alo de Córdova, canario
de la Grand Canaria. Un c. en Taoro enfrente de Tafuriaste en ese lomo q. vos
teníades tomado y una cueva y un corral de cabras en que solía morar Juan
Redondo, después de la conquista y una cueva q. vos teníades adobada abajo de
la carnecería q. se llamaba Terereuite [una raya sobre la 2a e] y esto vos doy
por conquistador q. fueste de la dha. isla. Digo q. le do 6 f . y las dos cuevas de
Tafuriaste. s. f. (Datas de Tenerife, libros I al IV)
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