lunes, 30 de marzo de 2015

EFEMÉRIDES DE LA NACIÓN CANARIA





UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS


PERIODO COLONIAL 1501-1600

DECADA 1501-1510

CAPITULO III-XVI



Eduardo Pedro García Rodríguez

1505 Mayo 27.
490-5.-Requerimiento de Fernando de Horna. Pareció F. H. e dijo q. a su noticia es venido q. el Sr. Adelantado hovo dado un mandamiento a Gonzalo Rodrigues por el cual mandaba a mi el dho. escribano le diese posesión de sus tas. de r. q. le fueron dadas en el primer repartimiento e q. el dho. G. R. diz q. señaló por suyas unas tas. del dho. F. de H. de q. ha tenido posesión de cinco años a esta parte el dho. F. de H. despedradas, i
desmontadas, aradas e puestas de cañaverales crecidos sustânciados según es notorio; en q. el dho. G. R. señalar e nombrar estas, dhas tas. por suyas yo el dho. escribano dije q. si ellas eran q. le metía en la posesión de ellas. ..[Reverso: Alonso Peres Navarrete: el jurado Vallejo me hizo relación q. de todos los repartimientos del agua q. se han fecho en Taoro ha pagado lo q. le cabe, como diz q. vereis por la nómina, ecepto 10 rs. q. queda debiendo; e por las nóminas e conciertos q. ha escrito y fecho no se le ha pagado cosa alguna, q. le pedía estos 10 rs. le fuesen descontados así por lo q. ha trabajado como por lo q. trabajará de aquí adelante. Por ende yo visto ser justicia yo os mando q. no le leveis los dhos. 10 rs. porque yo le hago quito dellos por el dho. trabajo. y si alguno se sintiere agraviado paresca ante mi q. yo le oiré e guardaré su justicia. Fecho en mi engenio del Realejo. 27 de mayo de 1505. El Adelantado]. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1505 Mayo 28.
1.843-9.-Alonso de Astorga, conquistador. Un solar en el molino de viento, de 40 pasos por la calle y otros tantos por la otra parte, que sale a la laguna, con sus entradas y salidas a la laguna y en el campo. Vos lo do alrededor de su molino de viento. 28-V-1505. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1505 Mayo 30.
503-18.-Ybone d Armas. Antón de Ballejo, escribano de Cabildo: yo vos mando señaleis las tas. q. Ibone d Armas tiene en el Arautava de r. según se contiene en el repartimiento primero q. yo mandé facer ante Jaime Joben y vos tenéis en el libro de repartimiento y mandoos q. señaleis los linderos. q. digo q. le pongais en la posesión de las tas. del primer repartimiento de q. fue escribano Jaime Joven. 30-V-1505. (Datas de Tenerife, libros I al IV) (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1505 Mayo 30. Dto. 503-18.-Ybone d Armas. Antón de Ballejo, escribano de cabildo: yo vos mando señaleis las tas. q. Ibone d Armas tiene en el Arautava de r. según se contiene en el repartimiento primero q. yo mandé facer ante Jaime Joben y vos tenéis en el libro de repartimiento y mandoos q. señaleis los linderos. O. digo q. le pongais en la posesión de las tas. del primer repartimiento de q. fue escribano Jaime Joven. 30-V-1505.

1505 Junio 2.
492-7.-Gonzalo Rodrigues. Antón de Vallejo, escribano público y escribano del repartimiento de las tas. de Tenerife: yo vos mando q. metais en la posesión de sus tas. q. le fueron dadas a G. R. en el primer repartimiento en la Arotaba. El Adelantado [autógrafo]. 2-VI-1505. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

493-8.-Traslado en 1533 de una data a favor de Luis de Mesa, q. luego sigue original, en el núm. 495. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

494-9.-Otro traslado idéntico, de 1512. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

495-10.-Luis de Mesa 150 f. en el término de Adex, lindes Diego Fernandes Castellano y el bailadero de los guaches. Vos doy 5 c. en el dho. lugar. [s. f. pero antes de la Capitanía de Berbería, q. no se menciona en la titulación]. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1505 Junio 3.
87.-Después de esto en cumplimiento de lo susodicho Guillén Castellano de junto con Martín Ponce, Martín Ponce, en lugar de Fernando el Negro, puso a Fernando de Forna porque asy fue mandado por el Sr. Adelantado, e en nombre de los vecinos se puso Lope Gallego y Bartolomé de Villanueva, los quales todos y Guillén Castellano pusieron sus manos derechas sobre la señal de la cruz y juraron a Dios y a santa María ya las palabras de los santos evangelios, que ellos y cada uno de ellos regarán un día y una noche la nuestra cañaveral segund que es entre ellos fuere acordado y votado que se
deve de regar con la dicha azada de agua segund se contiene en el poder del sr. Adelantado, mirando en todo el servicio de Dios y de sus altezas e bien e pro e utylidad de los vecinos que tyenen tierras bien y re(c)tamente con toda fialidad, syn arte, syn engaño, syn cautela, ni otra colasyon alguna, e que s y asy lo hiziere que Dios, que es todopoderoso, les ayude en los cuerpos y en el otro las ánimas, y lo contrario haziendo que el diablo les llevase el ánima a lo profundo del ynfierno so él a el de Judas y se lo demande Dios mal y caramente.

(Hay una raya que atraviesa lo escrito a manera de querer tacharlo a partir de los quales hasta el final).

En 3-VI-1505.
E después de esto Guillén Castellano e Lope Gallego y Bartolomé de Villanueva e Fernando de Forna e Martín Ponce parecieron en presencia de mí, el dicho escribano, e testigos de yuso escriptos e dixeron que ellos, en cumplimiento y efeto de lo susodicho para bien e fielmente hacer cumplir lo susodicho, marcaron en la canal del achón de Lope Gallego marcaron e filaron pusyeron en perfección y perfecta verdad una azada de agua, segund Dios y sus conciencias, dando dos barrenos de la una parte y de la otra de las paredes de la canal e pusyeron dos tarugos cortados a rays de la tabla que beníe en el agua, y con la dicha azada de agua regaron desde que se puso el sol hasta otro día que se puso, en manera que regaron día e noche en un cañaveral de un año de Alonso Pérez Navarrete que bien e fielmente, so cargo del juramento, hallaron que se devía asy hacer, el qual cañaveral que fue asy regado, medido de la medida con que en el postrero repartymiento se midieron, que se hallaron de una vanda 50 luengo y de la otra vanda de lacabezada 25, y de la otra otras 50 y de la otra otras 25 en quadra medido, en manera que de una vanda donde avíen de ser cinquenta de cumplido quedaron por regar treynta y tres, e de las veinte e cinco de la frente quedaron seys brazas por regar, lo qual que asy se midió es una suerte de tres fanegas regado y por regar. (Datas de Tenerife, libro V de datas originales)

1505 Junio 5. Segovia. Incitativa al gobernador o juez de residencia de Gran Canaria, para que determine en la petición de don Diego, rey que fue de Adeje, que se queja de la prisión a la que Alonso de Lugo, gobernador de Tenerife y La Palma, le tiene sometido para que no pueda quejarse ante la corte de sus agravios. Episcopus cordubensis. Zapata. Tello. Carvajal. Santiago. Medina. Polanco. (E.Aznar; 1981)

1505 Junio 5. Comisión al govemador o jues de residencia de la ysla de la Grand Canaria.

De don Diego, rey que fue de Adex.
Doña Juana, por la gracia de Dios, etc. A vos el que es o fuere mi govemador corregidor o juez de residencia de la ysla de la Canaria, o a vuestro alcalde en el dicho oficio, salud e gracia. Sepades que don Diego, rey que fue de Adex, me fizo relación por su petición, que en el nuestro Consejo presentó, diziendo: que Alonso de Lugo, nuestro govemador de las yslas de Tenerife e de La Palma, le tiene a él e a toda su hacienda por fuerza, non aviendo cabsa nin razón para ello, lo qual diz ques a cabsa que no venga a mi corte a se me quexar de las muchas ynjusticias e synrazones, de lo qual diz quél recibe mucho agravio e daño; e me suplicó e pidió por merced sobre ello le mandásemos proveer de remedio con justicia, mandándovos que le fiziésedes conplimiento de justicia, dexando salir a él e a sus parientes, con sus ganados e fazienda, a donde quesyese, pues que heran mis vasallos, por manera quél fuese libre e esento de las prysyones que as y le tenía, o como la mi merced fuese. Lo qual visto en el mi Consejo fue acordado que devíamos mandar dar esta mi carta en la dicha razón. E yo tóvelo por bien, e confiando de vos que soys tal persona que guardaréys mi servicio e el derecho de las partes, e bien e fiel e deligentemente faréys lo que por mí vos fuere encomendado e cometido es mi merced de vos encomendar e cometer lo susodicho e por la presente vos lo ecomiendo e cometo: por que vos mando que luego veades lo susodicho, llamadas e oydas las partes a quien atañe, syn estrépitu nin figura de juizio, salvo solamente la verdad savida, libredes e determinedes cerca de lo susodicho lo que falláredes por justicia, por vuestra sentencia o sentencias, asy ynterlocutorías como definitibas. La qual o las quales, e el mandamiento o mandamientos que en la dicha razón diéredes e pronunciáredes, llevedes e fagades llevar a pura e devida execución con efecto quánto e cómo con fuero e con derecho devades; e mando a las partes a quien lo susodicho atañe, e a otras qualesquier personas que entendiéredes ser ynformado e saber la verdad c;erca de lo susodicho, que vengan e parezcan e se presenten ante Vos, a vuestros llama- mientos e enplazamientos, e so las penas que vos de nuestra parte les pusyére- des e mandáredes poner , que yo por la presente las pongo e he por puestas. Para lo qual todo que dicho es por esta mi carta vos doy poder conplido, con todas sus yncidencias e dependencias, anexidades e conexidades. E los unos nin los otros non fagades ende al, etc. Dada en Segovia, a cinco días del mes de junio de mili e quinientos e cinco años. = Joanes, episcopus cordobensys. = Licenciatus Zapata. =Fernandus Telio. =Licenciatus de Caravajal. =Licenciatus de Santiago.=Yo Luis Peres de Medina, escrivano, etc.=Licenciatus Polanco (rubricado).

1505 Junio 5. Dto. 687-29.-Pedro de Lugo, natural de Grand Canaria. 2 c. de ta. de s. cerca de las tas. q. di a vuestra mujer en Ycode. Así mesmo vos do unas cuevas q. se llaman Veynguaraçerys, q. están en el barranco de los Cauallos. 5-VI-1505. [Reverso: En 12-II-1506 lo presentaron Pedro de Lugo e María Fernandes, su mujer].

1505 Junio 8.
380.38.-Alonso Fernandes Gallego. Una f. en el Sauzal, linda conmigo el dho. Adelantado, con Francisco de Mérida y Rodrigo de León; y por cuanto yo hobe dado esta f. de ta. a Lope de Fuentes y él la vendió antes del tiempo, la haya perdido. Al alcalde Pedro de Vergara. Registrada 8-VI-1505 [Autógrafa, al parecer]. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1505 Junio 12. Segovia. Incitativa al gobernador de Gran Canaria, para que determine en la reclamación de Francisco Riberol, vecino de Sevilla, sobre cierta cantidad de orchilla de la isla de El Hierro que le vendió el adelantado Alonso de Lugo, tutor dé Guillén Peraza, y que ahora éste no quiere entregar, por estar libre de dicha tutoría. Obispo de Córdoba. Tello. Moxica. Santiago. Polanco. Mármol. Polanco. (E.Aznar; 1981)

1505 Junio 13.
Segovia. Orden al gobernador de Gran Canaria, a petición de Alonso de Campo, procurador de Guillén Peraza, para que dé traslado a este último de la comisión que le fue dada, a petición del adelantado Alonso de Lugo, para entender en la actuación del padre de Guillén Peraza, y para que reciba los descargos y probanzas que le fueren presentados. Moxica. Tello. Carvajal. Polanco. Mármol. (E.Aznar; 1981)

1505 Junio 16.
861-40.-Juan de Badaxoz. 60 f. en Heneto. 16-V-1505. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1505 Junio 18. Segovia. Orden alas justicias de Gran Canaria, para que determinen en la petición presentada por Pedro de Ferrera, en nombre propio y en el de otros canarios, sobre la cautividad a la que están sometidos, a pesar de ser libres por su condición de cristianos. Episcopus cordubensis. Zapata. CarvaSantiago. Polanco. Medina. (E.Aznar; 1981)

1505 Junio 23. Segovia. Orden al gobernador o juez de residencia de Gran Canaria para que determine en la petición de Martín de Vera, procurador de Pedro de Vera, su padre para que sea remitida al corregidor de Jerez la demanda presentada por Fernando, sobrino del primer obispo de Canaria y vecino de dicha ciudad, sobre dos esclavos negros y unas vacas que Pedro de Vera compró a dicho obispo, en pública almoneda. Episcopus cordubensis. Zapata. Carvajal. Santiago. Polanco. Ramírez. Polanco. (E.Aznar; 1981)

1505 junio 24.
Juan  Canario (natural de la Gomera, criado de Juan de Xerés, vesyno  de Sevyllia en la collación de Santa Maria)  entra a servir por aprendiz con Diego Salero (prrador, vesyno desta dicha cibdad en la collación de Sant Nicolás,  qu'está  presente)  desde primer  día d'este  mes de junio  en que estamos de  la fecha d'esta  carta, fasta dos
años e medio compiicios primeros  siguientes  ... (L. F. S.,  Toi.  S63  v. j )

1505 Junio 25.
487-2.-Pedro de Lugo. 6 f. de tas. de r. en el Arabtaba q. fueron dadas a Gonzalo Mexía e por cuanto no residió. 25-VI-1505. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1505 Julio 6.
1.359-xxxiij.-Lope Gallego, vo. Un herido para un molino de moler pan q. es en la cabezada de un majuelo q. vos tenéis puesto en el Arautava. q. digo q. vos do el dho. asiento. 6-VII-1505. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1505 Julio 8.
505-20.-Pablo Martín. Beso las manos de V. Señoría a la cual fago saber como habrá 8 años ...q. V. S. me dio e fizo merced de 6 c. de ta. frontero de Artehone en las cuales tas. están dos fuentes, la una se seca el verano del todo y la otra se seca sino cuanto pueden sacar agua con una escudilla e vala por donde me las dio V. S. fue fecha al tiempo desta por donde V. S. me dio una cueva en Tacoronte y han por linderos las dhas. tas. un barranco junto del cual está una palma a mano esquierda yendo arriba y más arriba della está una sabina donde está un tagoro y las tas. están d aquel cabo del barranco escuentra Daute en el Lomo Cabezo, las cuales soplico a V. S. me las confirme porque se me perdieron los albalaes, y en esto V. S. me fará gran limosna porque no tengo otras tas. y estó en la posisión y allí moro con mi ganado y entiendo de morar. Nuestro Señor acreciente vida y estado de V. S. como desea, amén. Fue fecha el alabalá en 8 de junio de noventa y siete años. q. digo q. vos do 4 c. de sembradura y las cuevas q. decís. El Adelantado. [Al pie otra mano da el nombre y comienzo del texto hasta «Artehone», y la fecha, 8-VII-1505]. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1506 Julio 9.
585-49.-Antón de Tegueste y Bastián de San Clemente, 50 pasos de ta. de solar en q. fagáis dos casas los cuales solares vos doy en la villa de Arriba q. lindan con Fernando de Tacoronte e por delante la calle real. Digo q. vos do el solar para ambos y vos den sendos c. de ta. 9-VII-1506. (Datas de Tenerife, libros I al IV).

1505 julio 19.
 Jueves.-Poder  de Pedro Romero  (canario, natural de  la Ysla  de Tenerife)  a Andrés Guillén  (Procurador, vecino de Sevilla)  para que  en su nombre pueda parecer  ante los Alcaldes,  Jueces y  Justicias para pedir  e alegar su libertad  contra Pedro Fernández,  sayalero,  que  le  compró  de Alonso  Sánchez, marinero,  vecino  de  la villa de Palos, o contra el dicho Alonso Sánchez que le vendió, o contra otras qualesquier  persona o personas,  y  que pueda hacer y  faga  los  autos y
diligencias necesarios  ... (B. Q.,  26 fol. 349).


1505 julio 19.
Contrato  de fletamento de Pedro González  de la Puebla  (vecino de Triana, maestre del navío  “Sancti  Spiritus”, surto  cerca  de la puente  del Río  de Guadalquivir)  a  Alvaro  de Briones  (mercader,  vecino  de Sevilla,  en  la collación  de  Santa María) para que cargue hasta 50 toneladas de melazas e azúcares, que se entiende cuatro caxas de azúcar de blanco por  tonelada, e dos pipas de melaza  otra  tonelada; y se obliga a  ir a recibirlo en la Ysla de Gran Canaria a los puertos de Las Ysletas, de Melenara o de Sardyna, o cualquier dellos que su factor diere o nombrare  a partir de ahora a mediados  de agosto, y  de cargar en 30 días,  pagándole por cada día de demora por no darle la carga un ducado de oro para gastos del  navío;  y  se obliga  a  partir para la Ciudad de Flandes, puerto de Amberes,  cobrando de flete en este dicho puerto de Amberes  cuatro coronas y media de oro...  (J. R. P., folio 932 v.). (Francisco  Morales Padrón, 1961) 

1505 agosto 4.
Poder  del Comendador Lope Sánchez de Valenzuela, Capitán del Rey nuestro Señor, vecino de la Ciudad  de Baeza,  a Alvaro Beltrán, su mayordomo, vecino de la villa de Moguer, e a Antón García, vecino de la Ciudad de Córdoba,  para que en  su nombre puedan llevar e lleven,  ellos o qualquier dellos, a  la Ysla de Grand Canaria ciertos onbres que yo tengo  cogidos para llevar a  la dicha Ysla  de Canaria,  e asy llevados los puedan conpeler e apremiar que hagan e cunplan todo aquello que son obligados a hazer en  la dicha Ysla, segund e para lo que los tengo cogidos,  e sobre ello pueda  fazer e faga todos  los autos e diligencias  e  requerimientos que yo mismo  faría  e  fazer podría  presente seyendo, e qand  conplido poder yo he e tey,  y obliga spersona y bienes...  (B. G. V.,  l.  fol. 538 V.). (Francisco  Morales Padrón, 1961) 

1507 Julio 20.
1.822-31.-Afonso Yanes, hermano de Gonzalo Yanes. 60 f. de s. en las ts. de Antonio de Padilla y Cristóbal Monduren, en las cabezadas de las mismas. Vos las do. 20-VII-1507. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1505 Agosto 2.
540-8.-Juan Moreno. Un pedazo de ta. que está bajo de vuestro majuelo en q. habrá media f. de sembradura para hacer una casa. 2-VIII-1505. Autógrafo. [Reverso. A 2-IV-1506 ante] Sr. Reformador la presentó J. M. e pidio le fuese confirmado]. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1505 Agosto 4.
1.172-1.-Alonso Galán. Un tejar q. está abajo de la casa del Obispo y 4 f. de ta. q. linda con el dho. tejar y con el cercado de Juan Zapata, con el agua q. viene por el arroyo. Digo q. vos do el agua q. hoviere menester para el tejar solamente y vos do para una
viña 3 f. 4-VIII-1505. (Datas de Tenerife, libros I al IV).

1505 agosto 4.
Juancho  de Ceverio  (labrador, marido de Costanza de Troya, vecino de la Ysla de Gran Canaria en la villa del Real de Las Palmas) debe  a Pedro de Puebla (vecino de Triana, maestre del navío  “Santi Espiritus”  surto en el puerto be Las Muelas dei rio Guadalquivir,  en Sevilla,  que  está presente)  diez mil maravedis,  prestadaos para  fornecimiento,  despacho  y  bastecimiento  de  dicha  nao, que van  a riesgo de Pedro de Puebla hasta  llegar  a  puerto  en  la Ysla de la Gran Canaria, donde se obliga  a  pagaslos,  a  485 maravedí  cada  castellano, y 375 mravedis cada ducado, a  los diez dias de su llegada allí a  salvo... (F. SE., fol. 276). (Francisco  Morales Padrón, 1961) 

1505 Agosto 7.
Segovia. Merced a Martín de Vera, hijo del comendador Pedro de Vera, ya difunto, de cuatro caballerías de tierra de regadío en la isla de Gran Canaria, que serán medidas con arreglo a la medida de dicha isla. Se ordena al gobernador o juez de residencia de dicha isla que le dé posesión de dichas tierras. El Rey. Grizio. Señalada: Zapata. Polanco. (E.Aznar; 1981)

1505 Agosto 12.
Segovia (f. 125). Orden a Lope de Sosa, gobernador de la isla de Canaria, para que tenga a su cargo los rescates y contratación de Berbería, Mar Pequeña y Torre de Santa Cruz, en sustitución del difunto Alonso Escudero, gobernador que fue de dichas islas, guardando en ello las ordenes de los oficiales de la casa de contratación de las Indias, en Sevilla, a los que ha de acudir con las rentas de dichos rescates y de los que recibirá las mercancias necesarias para los mismos, y para que informe de las mercancias dejadas por el doctor Alonso Escudero y Antonio de Torres, sus antecesores en el cargo. El Rey. Refrendada: Grizio. Señalada: Zapata. Polanco. (E.Aznar; 1981)

1505 Agosto 13.
Segovia. Incitativa al licenciado Zárate, reformador de las islas de Canaria, para que determine en la petición por Juan San Martín, colmenero, en nombre de los vecinos de La Palma, sobre un ejido y pasto común que servía de camino para traer la madera de la sierra, del que se apoderó el adelantado Alonso de Lugo, que lo tiene arrendado a su mayordomo por cien pares de gallinas al año. Episcopus cordubensis. Carvajal. Tallo. Moxica. Santiago. Rodericus. Polanco. Vitoria. Polanco. (E.Aznar; 1981)

1505 Agosto 14.
70-32.-Alonso Gonçales ferrero. Un solar para casas linde con casas de Gorje Grimón y solar e casas de Johan Ferrandes portogués; os lo ove dado por q. fisiéredes casas ...puede aver 7 años, agora de nuevo vos lo torno a confirmar por quanto sois poblador e vº e casado e avéis fecho e edeficado las dhas. Casas en los solares q. yo vos ove dado.

Por esto ruego a mi sobrino Valdés q. no entienda en esto deste solar por quanto yo se lo he dado seis años en su casamiento quando aquí vino y el fue el terzero en su casamiento y en todo lo quél es. 14-VI11-1505. (Datas de Tenerife, libros I AL IV)

1505 Agosto 15.
349-7.-Fernando de Hoyos, criado de Sus Altezas. Unas aguas q. son a la otra parte de la heredad de Fernando de Castro, de la parte del barranco q. son viñas, q. yo hube dado a Juan Fernandes, portugués, las cuales volvió a mí porque le di otras aguas, e así por esto como porque yo he hecho pregonar q. cualquier persona q. no resida yo lo pueda dar ...do a vos las dhas. aguas para en q. hagáis un engenio. 15-VIII-1505. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

350-8.-Alonso Sanches. Un pedazo en q. sembró antaño en q. hay 3 f. [Autógrafo].

1505 Agosto 16.
1.114-16.-Martín Alonso, portuguez, y Tomé Días. Dos partes de ta. de s. q. fueron dadas a Pedrianes, chachillero, y a su compañero, por cuanto se les dio con condición q. habían de venir a ser vs. e mantienen q. las traspasó en vos los dhos. Alindan con Gorge Vaes, zapatero, y Alvaro Vaes, hermitaño de Santa María de Gracia. 16-VIII-1505. (Datas de Tenerife, libros I al IV)


1505 Agosto 17.
371-29.-Sancho de Salazar. 100 f. en Tacoronte donde quier q. las fallardes q. no sean dadas. q. vos do en Heneto 2 c. 17-VIII-1505. (Datas de Tenerife)

1505 agosto 17.
372-30.-Alo de Córdova, canario de la Grand Canaria. Un c. en Taoro enfrente de Tafuriaste en ese lomo q. vos teníades tomado y una cueva y un corral de cabras en que solía morar Juan Redondo, después de la conquista y una cueva q. vos teníades adobada abajo de la carnecería q. se llamaba Terereuite [una raya sobre la 2a e] y esto vos doy por conquistador q. fueste de la dha. isla. Digo q. le do 6 f. y las dos cuevas de Tafuriaste. s. f. (Datas de Tenerife, libros I al IV)



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