CAPITULO XXI
Chaurero n Eguerew
INVASIÓN, SAQUEO Y OCUPACIÓN DE LA ISLA CHINECH
(TENERIFE) XVI
Los Once Menceyes de
Chinech (Tenerife) en los años de la invasión española. VIII
MENCEYATO DE ADEJE
Adexe. Tf. ant.
Top. Demarcación socioterritorial en la
banda sudoccidental de la Isla,
hoy convertida en municipio, localizado a 28º 7' de latitud Norte y 16º 43' de
longitud Oeste. Ú. m. Adeje. Expr. t. Adex, Adege. 2. GC. Pago entre Santa Lucía de Tirajana y Agüímes. Ú. m. Adeje. 3.
Fv. Cortijo situado entre Tuineje
y Pájara Ú. m. Adeje.
― *a-dɣeɣ,
s. m. sing. de [D·Γ] ‘montaña, macizo montañoso’.
(Dr. Ignacio Reyes García, 2004)
Según la tamusni fue sede del
Menceyato Universal de la
Isla Chinech (Tenerife), también lo fue del penúltimo como
veremos en el capitulo dedicado al Gran Ichasagua.
Los menceyatos estaban divididos en sectores, llamados achimenceyatos,
a cuyo mando se hallaban los achimenceyes. A su vez, los
achimenceyatos se dividían en tagoros o
concejos y éstos, en auchones o familias civiles dirigidas por un chaurero.[1] El
menceyato de Adeje estuvo dividido en
cinco de estos achimenceyatos: Tamaimo, Isora, Taucho, Adeje y Chasna.
El menceyato de Adeje abarcó un territorio tan extenso que permite
calificarlo como uno de los mayores de los nueve que integraron la isla.
Por el Oeste se prolongaba hasta el macizo
de Teño, frontera con el reino de Daute, incluyendo los actuales municipios de Guía de Isora y Santiago del
Teide. Por el Norte ascendía hasta las Cañadas. Por el Sur, el mar, y
por el naciente con el Río de Chasna. La
ubicación de este último, confín con el reino de Abona.
TINERFE EL GRANDE. Héroe legendario igual que todos sus
predecesores, tenía su corte en Adeje desde aproximadamente cien años antes de
la invasión y ocupación de la isla por los mercenarios españoles. Tinerfe el
Grande heredó el reino único de Chinech, llegando a ser el mencey más poderoso
de la dinastía, aunque también el último: a su muerte, sus hijos se dividieron
la isla en nueve menceyatos como queda dicho.
Algunos historiadores siguiendo
la tamusni nos dicen que este fue el último mencey que ostentó el gobierno
único de la isla en la época pre-colonial, celebre mencey que había mantenido
unido todos los reinos de la isla de Tenerife bajo su mandato, insigne capitán
y consumado político y heredero de su padre Sunta en la
época de su reinado alcanzo Chinech gran prosperidad. Según Bethencourt
Alfonso, hijo de Sunta gran guerrero e
inventor del arma de su nombre y del perfeccionamiento de la esgrima,
aleccionado por su padre Titañe quien tuvo que disputar su reinado a sus tíos, alecciono a su hijo
Sunta, para que
pudiera hacer frente a la posible deslealtad sus tíos. Efectivamente, a la
muerte de Titañe los hermanos de este se hicieron
proclamar menceyes por los gobiernos de su mando, pero Sunta
actuando con rapidez previsora atacó a
los rebeldes derrotándolos, con cuya acción consiguió que todos tíos lo reconocieran como único
soberano de Chinech.
“Al rey se le denominaba mencey
y guevehiera cuando hablaban con él.
Disponía el
reparto de tierras destinadas a pastos, de acuerdo con el número de cabezas de
ganado, así como de las reservadas al cultivo agrícola.
Consiguientemente, era potestad del mencey repartir estas posesiones
entre sus subditos, a tenor del linaje y
de las necesidades. Sin embargo, estas concesiones eran temporales y retornaban a ser propiedad del monarca tras el
fallecimiento del concesionario.
El gobierno del territorio guanche se desarrollaba con un carácter
hereditario bastante peculiar. Los hermanos del
rey fallecido, según el orden de nacimiento, gozaban de prioridad sucesoria sobre los hijos del fallecido y
éstos sólo tenían la oportunidad del nombramiento después de
reinar sus tíos.” (Pedro de las Casas, 1997: 62)
El tabor era la unidad de los guerreros del achimenceyato. Cada
uno de estos sectores disponía de un
espacio destinado a la concentración de sus fuerzas. En Adeje existieron dos: uno llamado el Tabor, situado por encima
del Pozo de la Reina, cerca de la Casa Fuerte y otro,
llamado el Tabordo, entre Taucho e Ifonche,
ubicado en el Topo Alto, por encima de la Boca del Paso.
PELINOR
Nombre atribuido por el poeta criollo Antonio de Viana al mencey que
gobernaba el Menceyato de Adeje cuando la invasión española de quien fue
aliado, su nombre guanche nos es desconocido ya que en los documentos
coloniales sólo se cita el nombre que le fue impuesto por el rito católico don
Diego de Adeje.
Una vez pactada las incumplidas por
parte de los invasores paces de Los Realejos en 1496, Pelinor creyó estar a
salvo de los desmanes de los invasores ya que él había contribuido a la
invasión aliándose con los españoles. Poco tiempo tardó el ingenuo mencey en
darse cuenta de error y del poco honor que daban los invasores a sus
compromisos aunque estos hubiesen sido contraídos en nombre de su dios. Su
menceyato fue uno de los primeros en ser victima de la insaciable sed de rapiña
del mercenario esclavista Alonso de Lugo y su horda de mercenarios.
Tal como
recoge Leopoldo de la
Rosa Olivera: “Lo
único que sí
podemos asegurar es que más de
una vez
tuvo que sentirse arrepentido de la actitud que adoptó.
Si las víctimas de la conducta
de Lugo fueron en
un principio las gentes
de su bando, pronto don
Diego sufriría en su
propia carne su
situación; pese a
lo que pese, de vencido.
La antigua
condición de jefe
de un pequeño estado
pastoril, con todos
los peligros de
las incursiones piráticas
y de las
envidias y luchas con
los otros bandos, quedaría oscurecida con
la sumisión a un conquistador sin
escrúpulos y a
sus desaprensivos compañeros.”
Según Arribas. “Fué Adeje no solo
uno de tantos Menceyatos que se formaron con motivo de la rebelión que mermó a
Tinerfe el grande su poder omnímodo sino el centro mismo de éste. Quedó el gran
Tinerfe reducido á este menceyato, pues su cuarto hijo Albitocazpeyel fué el
único que no se rebeló, por lo que heredó pacíficamente el territorio; sucedióle
su hijo Pelinor, que bautizado se llamó Diego de Adeje, siendo su padrino Don
Diego de Muros, obispo de Canarias, quien en 1497 había estado en Tenerife, en
visita pastoral circunstancia que aprovechó para impartir personalmente el
bautismo a un determinado número de guanches. Su mujer apadrinada por el dicho
Obispo tomó el nombre de Catalina Murillo.
Tubo repartos de tierras y además
se le concedió Don y el escudo de armas siguiente: “En campo de oro dos palmas
verdes cruzadas con una corona encima, de oro; aliado derecho una R y al
siniestro una D; en la parte media del escudo dos rejas abiertas por medio y en
cada lado tres ovejas blancas por la parte de adentro y al pié dos lobos
blancos con collares rojos”. 1.-
Hubieron los hijos siguientes:
Fernando Díaz (alias Alonso)
Príncipe Moreque,[2] fue uno de los que
confirieron poder para no ir á Berbería por ante Vallejo en 1512 folio 715; 2.-
siguió un pleito contra el Adelantado sobre la pertenencia de 200 cabras, que
se tranzó. Véase para saber de esta familia, un documento de la partición de
bienes entre sus hijos, ante Antón Martín en Garachico el año 1533 en 15 de
Septiembre, como así mismo el testimonio de 1541 ante el referido escribano.
Hija fue Isabel Díaz; María de Lugo, tomando el apellido de su padrino el
Adelantado, 3.- á la que dotó; casó primero con
Diego de Adeje[3] su
tío y en segundas nupcias con Andrés de Llarena,4.- indígena de Güimar. Fueron
hijos del D. Diego referido; Alonso Díaz
Llarena. Márcos Díaz. Fernán Pérez. Diego Díaz. Juan de Regla que casó con Luisa Delgado.
Isabel Pérez que casó con Juan Doramas e1 2º. -Hijos del segundo matrimonio
ósea de Andres Llarena; Andrés de
Llarena e1 2º, casó con Margarita González.
María Diaz, casó con Juan Gaspar. 3er hijo fue Isabel Díaz y Pérez y
fueron hijos; Juan Díaz. Estéban.
Alonso, casó con María Trujillo. -Anna Roquesa, casada con Pedro
Hernández. Ángela Gómez. Melchora Bonilla. Julián Gómez. Isabel Díaz, monja en Garachico. (C.
Arribas y Sánchez, 1993: 131-2).
Fue por los españoles muy considerado y no por eso dejó de tener que ir
á Berbería con sus parientes más cercanos, donde parece que murió. Con
estas o similares palabras algunos autores pretenden imbuirnos de una supuesta
afectividad de los invasores hacía don Diego de Adeje, empeñados en
presentarnos la figura del “buen salvaje” en aquellos que no supieron ver a
tiempo la verdadera cara del cristianismo, es lamentable que determinados
canarios con cierta capacidad intelectual continúen empecinados en hacernos
“comulgar con ruedas de molino”. De la documentación de la época se deduce que
las relaciones entre sometedores y sometidos no fueron tan bucólicas como estos
pretenden. Como ejemplo de lo dicho veamos uno de los documentos relativo a los
ultrajes de que fue objeto don Diego de Adeje por parte el esclavista Alonso de
Lugo, documento rescatado y publicado por Antonio Rumeu:
El rey don
Diego de Adeje se queja del gobernador Alonso de Lugo, quien pone
cortapisas a su libertad y le tiene ocupada la hacienda. Comisión al gobernador
de Gran Canaria para que restablezca la justicia.
Segovia,
5 de junio de 1505.
Comisión al govemador o jues de
residencia de la ysla de la
Grand Canaria. De don
Diego, rey que fue de Adex.
Doña Juana, por la gracia de Dios, etc. A ves el
que es o fuere mi governador o corregidor o
juez de residencia de la ysla de la
Canaria, o a vuestro alcalde
en el dicho oficio, salud e gracja. Sepades que don Diego, rey que fue de Adex, me fizo relación por su petición, que en el
nuestro Consejo presentó, diziendo: que
Alonso de Lugo, nuestro governador de las yslas de Tenerife e de La
Palma, le tiene a él e a toda su hacienda por fuerça, non
aviendo cabsa nin razón para ello, lo qual diz
ques a cabsa que no venga a mi corte a se me quexar de las muchas ynjustigias e synrazones, de lo qual diz quél
recibe mucho agravio e daño; e me
suplicó e pidió por e merçed sobre ello le mandásemos proveer de remedio con justicia, mandándovos que le fiziésedes
conplimiento de justigia, dexando salir a él e a sus parientes, con sus ganados
e fazienda, a donde quesyese, pues que heran mis vasallos, por manera quél
fuese libre e esento de las
prysyones que asy le tenía, o como la mi merged fuese. Lo qual visto en el mi Consejo fue acordado que
devíamos mandar dar esta mi
carta en la dicha razón. E yo tóvelo por bien, e confiando de vos que soys tal persona que guardaréys mi servigio e el derecho
de las partes, e bien e fiel e
deligentemente faréys lo que por mí vos fuere encomendado e cometido es mi merçed de vos encomendar e cometer lo susodicho
e por la presente vos lo encomiendo
e cometo: por que vos mando que luego veades lo susodicho, llamadas e oydas las partes a quien atañe, syn
estrépitu nin figura de juizio, salvo solamente la verdad savida, libredes e determinedes çerca de lo
susodicho lo que falláredes por
justigia, por vuestra sentengia o sentengias, asy ynterlocutorias come definitibas. La qual o las quales, e el
mandamiento o mandamientos que
en la dicha razón diéredes e pronungiáredes, llevedes e fagades llevar a pura e devida execugión con efecto quánto e cómo
con fuero e con derecho devades;
e mando a las partes a quien lo susodicho atañe, e a otras qualesquier personas que entendiéredes ser ynformado e saber la verdad cerca
de lo susodicho, que vengan e parezcan e se
presenten ante vos, a vuestros llamamientos
e enplazamientos, e so las penas que vos de nuestra parte les pusyéredes e mandáredes poner, que yo
por la presente las pongo e he por
puestas. Para lo qual todo
que dicho es por esta mi carta vos doy poder conplido, con todas sus ynçidengias e dependencias, anexidades e
conexidades. E los unos nin
los otros non fagades ende al, etc. Dada en Segovia, a çinco días del mes de junio de mili e quinientos e çinco años.=Joanes,
episcopus cordobensys. = Liçengiatus
Zapata. =Fernandus Tello. Liçengiatus de Caravaj al, = Liçençiatus de Santiago.
= Yo Luis Peres de Medina, escrivano, etc. = Liçençiatus Polanco (rubricado)
(A. S.: Registro del Sello. Fol. 58. En: A.
Rumeu de Armas, 1975:474-5)
“El Consejo
real de Castilla, al fallar el juicio de residencia, varias veces aludido,
condenó al conquistador a indemnizar con 40.000 maravedíes “a los hijos
del rey de Adeje” (seguramente por muerte de don Diego), para mitigar las
extorsiones padecidas.Carente de numerario el gobernador a la sazón,
se hizo cargo del débito Bartolomé Benítez, su sobrino,
aunque mediando las garantías oportunas.
El
pertinente documento hipotecario aparece otorgado en El Realejo el 5 de octubre
de 1508.”
(A. Rumeu, 1975: 345)
En el
descargo 38 de
la residencia que
Lope de Sosa
le siguió a Lugo,
el procurador de éste
dice. «no enpece al dicho
señor Adelantado lo que
algunos testigos quisieron
decir que avía
tomado ciertas cabras
al Rey de Adexe, porque
sobre lo susodicho hay
proceso en residencia e
por el paresce
lo contrario e
como el dicho
llamado Rey de Adexe se
enbarcó sus cabras
e se aprovechó
dellas e hizo dellas
lo que quiso». Aunque no
conocemos tal proceso, seguramente a
lo resuelto en el
mismo se refiere la
condena del Adelantado a
pagar a los
hijos del rey de
Adexe, ya fallecido,
40 000 maravedís”
Don Diego debió morir
en el verano o a
comienzos del otoño del 1505, pues en el
acta del Cabildo de 17 de noviembre de
tal año los regidores
se quejan de la actitud de los
“herederos del Rey de
Adexe”, porque incumplían
ordenanza sobre la carne. (Leopoldo de la Rosa Olivera, 1979:
175 y sgtes)
Para concluir estas breves notas en
torno al Mencey Pelinor o don Diego de Adeje, vamos a reproducir el testamento
de su hijo don Diego, debemos tener en cuenta que el encabezamiento de este
tipo de documentos se hacía mediante un formulario fijo que usaban los
escribanos de la época, con ligeras variantes en cuanto a las mandas pías.
Sepan quantos
esta carta de
testamento e mandas
e postrimera voluntad
vieren como yo
Diego Dias, guanche,
natural de la
isla de Tenerife,
otorgo e conosco
que fago e
hordeno este mi testamento
e mandas e postrimera
voluntad al servicio
de Dios e
paz e tranquilidad
de mis herederos, creyendo
como creo firmemente
en la Santysima
Trenidad,
Padre e Fijo
e Espíritu santo,
que sea tres
persvnas e Un solo Dios
verdadero, que bive e
reyna por sienpre
sin fin, encomendándome a Nuestra
Señora Santa María,
madre de Nuestro
Señor, virgen antes del
parto, en el
parto e después
del parto y a
toda la corte
de los San-
tos e Santas.
Primeramente mando
mi anima a
Nuestro Señor, que
la conpró e redimió
por su presciosa
sangre y el cüerpo
a !a tierra
de fue formado e
mando que si a Dios
pluguiere de me llevar
desta vida presente
que mis osequias se
digan en la
Yglesia de
Nuestra Señora de la
Concebición e
me digan
una misa de
requiem cantada, ofrendada de pan
e vino e cera y ocho
misas rezadas a
cunplimiento de novenación
ofrendadas.
Mando a la
Santa Cruzada diez
maravedis e a
la redención de
catyvos diez maravedís e a Nuestra
Señora de la Merced diez maravedís e para
la obra de Nuestra Señora de la Concebición un
real para su obra.
Mando que
paguen a Fernand
López, cuñado que
fue de mi hermano
don Pedro, dobla
e media que
yo le devo.
Yten que paguen
a Ruy Blas una dobla
que le devo.
Mando que
paguen e den
de limosna a
Nuestra Señora Candelaria una dobla.
Mando que
paguen a Alonso
de Jaén quatro doblas poco
más o menos
que se an
de pagar a San Juan
primero que viene
en el año de
veynte.
A
Juan Mendes siete reales
que le devo.
E mando que
paguen todo lo que
mas paresciere que
yo deva.
Mande que
cobren de Gaspar
Fernandes un cahís
de tierra que me es obligado a
dar en el
pago del Peñol,
porque dizen que me
pertenescia por escriptura
de obligación y
repartimiento.
Mando que
cobren de Francisco
Ximenes la guarda
de quinze meses
que le guardé
veynte e una
cabrillas que se montaron.
Yten mando
que cobren todo
lo otro que me
fuere devido.
Yten mando
que paguen a Martín
Núñez treynta cabras
de prencipal, con
la renta de
tres años, que
son a real
cada cabra, el
qual arrendamiento conmencó a
correr dende San
Juan de junio
que paso deste año de quinientos
e diez e
nueve en adelante.
Yten mando
que paguen dozientas
e veinte cabrillas
a María, mi sobrina,
hija de Fernando
Dias, desta navidad
primera que viene
en un año, lo
qual tenía a
cargo como tutor.
Yten digo
que yo soy
tutor de mis
sobrinos hijos de mi hermano don
Pedro e digo
que arrendé a
Pedro Delgado y
Alonso Sanches noventa
y siete cabras,.de
lo qual ay
contrato ante Segundo
Piamontes, escribano del Realejo,
mando que aquel
arrendamiento se guarde.
Mas arrendé quarenta
cabrillas a Alonso
Dias, mi primo,
de los dichos menores, de lo qual
ay contrato ante
dicho escribano, mando se
guarde el arrendamiento.
Mas arrendé
quarenta cabrillas de mi sobrino
Marcos a Pedro
de Vargas, hay contrato que paso ante Pedro Angel, Escribano de Adeje.
Yten arrendé
a Francisco Tacoronte,
mi suegro, de los dichos
menores, quinze borregas.
No ay contrato,
remítolo a su
juramento lo que pasó
acerca dello e
aquello que declarare
cunpla e pague.
Yten arrendé
a Juan Castellano
e Francisco López
sesenta cabrillas de los
dichos menores. Ay
contrato ante Alonso
de Llerena, escribano publico Mando
que se cunpla
el contrato.
Otras cabras
que sobraron y
ovejas de los
dichos menores e
asnos quedan y están
en su poder
e de su
madre María de Lugo,
mujer de Andrés de
Guídmad e mas un
buey.
Mando más
a Nuestra Señora
la Candelaria para
su obra media dobla, porque
lo susodicho que le
mando dar se
lo devo.
Mando al monesterio
del Espíritu Santo media
dobla.
Mando a
todas las otras
yglesias, monesterios, espitales
desta ysla cinco maravedis
para sus obras
Mando que me
digan en el
monesterio de San Francisco
dos treyntanarios abiertos
e se pague
lo acostumbrado.
Mando que
paguen al canónigo
Diego de Herrera,
por mi hermano Fernando Dias,
dos doblas que
se le deven.
Mando que
paguen a mi
sobrina Isabel cierto
resto de cabrillas
que le devo, de
que tiene noticia María
de Lugo, muger de Andrés
de Guidma, la qual
lo declare e
aquello se resciba
en dinero, porque
no tengo cabrillas de
que cunplir, rescibiéndose
en quenta seis
doblas y media que
tengo pagado por
mi hermano Fernando
(padre de la susodicha al
(-testado-), su tío
[de] la susodicha,
mi hermano y
ase poner a la
cuenta de la menor
Isabel.
Mando que
se cunpla e
pague a mi
mujer Luysa de
Vera todas las cabrillas
e tierras e
otras cosas que
recibí con ella
en dote e
casamiento, con todo
lo que le pertenece de
la mitad de
lo multiplicado desde que
nos casamos hasta
oy e oviere
hasta que a Dios
plega de me llevar desta
presente vida y
todos los bienes
remanentes, así muebles
como rayzes y derechos
e aciones los
hereden mis fijos
e fijos de
Luysa de Vera, mi legítima
muger, Perico y
Juanico e Hernandico, todos
tres por iguales partes, tanto
el uno como el
otro.
Mando que
sea tutora de
mis hijos la
dicha mi muger
mientras no se casare
y si se
casare que lo
sea mi primo
Juan Delgado e Marcos, mi
sobrino y de
los otros menores
cuyo tutor yo
so, la
Justicia
les dé su tutor.
Mando que
sean mis albaceas
e testamentarios deste
mi testamento e mandas
e postrimera valuntad
la dicha mi
muger Luisa de
Vera e Francisco Tacoronte, mi
suegro e Martín Núñeze,
a los quales
e a cada uno dello concedo
poder bastante para
que de todos mis bienes,
asi en rayzes como
en muebles, los
quales vendan e
rematen e dellos
de su valor cunplan
este mi testamento
e mandas e
postrimera voluntad e revoco
todos los otros
testamentos e mandas
e postrimera voluntad
e cobdecillos que yo
aya fecho, en
publico o en
secreto, para que
no tengan tuerca
ni vigor, sino
este que valga
por mi cobdecillo
e su no en aquella mejor manera que de derecho
haya lugar.Hallare por mi cobdecillo
valga por mi postrimera
voluntad y en
aquella mejor manera
que de derecho
aya logar.
E
porque esto sea
cierto e firme
e no venga
en duda, otorgué
esta carta ante escribano
e testigos de
yuso escripto, la
qual rogué a los
presentes firmasen por
mi, porque yo
no se escribir.
Fecha la
carta en la
villa de San
Christóval, en el
escritorio de Antón
de Vallejo, escribano público
e del Concejo
de la ysla
de Tenerife, en veynte días
del mes de agosto
año del nascimiento
de Nuestro Señor
Ihesucristo de mil1 e
quinientos e diez
e nueve años.
Testigos que
fueron presentes a lo que
dicho es Luis
Alvares, Juan de la
Mar, Gerónimo Joven,
Juan Ruvio e Juan Luis
e Pero Luis y Diego
Alvares e Diego Cionzales
e Alonso de
Carmona e otros
muchos vecinos estantes en la
dicha Ysla.
Por testigo,
Juan de la
Mar - Alonso
de Carmona - Por
testigo Gerónimo Joven
- Juan Hernández. (AHP, leg.
9, fols. 860
r. y sigs.)
NOTAS:
1.- Las Datas que obtuvo Don
Diego de Adeje fueron las siguientes:
Don Diego de Adexe.
“Otorgamos y conocemos Jirónimo de Valdés y
Gyllén Castellano y Francisco d Espinosa y Andrés Suares Gallinato, todos cuatro a mancomún a bos de uno, cada uno el todo, q. damos y prometemos a vos don
Diego, natural de Tenerife, q.
fuestes Rey d Adexe en la isla de Tenerife, de daros 30 f.
de ta. con su agua ellas, y si por la ventura desta alguna ta. en algún tiempo desta alguna ta. se quitare, q.
no sea ninguna parte de la del dho.
don Diego; y estas dhas. 30 f.
son en la ta. y agua del río de
Chasna, q. es en el Reino d Adés, adonde se parten los caminos con Abona; y
para la seguridad desto firmamos aquí
nuestros nonbres; ay condición en dar las dhas. 30 f. q. a de aver al dho. don Diego q. a de aver en la dha. ta.
y en sus hanegas y agua para regalías, y si más huviere de aver al respeto, y
si más no a de aver más de las dhas. 30 f.; fecho a xi de julio de
mil y quinientos y cuatro años». [Signaturas
autógrafas. A la vuelta dice]: «Q.
digo q. confirmo todo lo desta otra parte contenido a vos don Diego por cuanto sois de acuerdo de aver
cada uno lo q. le cupiere; así q. he por bien q. se vos den todo como está acordada por todos los sobredichos, lo qual mando al
escribano q. lo asiente en el registro; fechos a xi de marco de M d v años. El Adelantado”. ll-VII-1504 y 11-111-1505. (En:
Elías Serra Rafols, 1978: 172)
Don Diego Rey. “Yo
don Alonso Fernandes de Lugo, Adelantado de
Canaria e Governador de Tenerife e de San Miguel de La Palma,
doy a vos Don Diego, Rey q. érades de Adexe, un barranco q. se llama Masca con todas sus tas.y aguas para vuestros ganados e para q. fagáis vuestras
heredades salvado 3 f.
q. di a Pedro Talabera, y lo demás de
estas 3 f.
vos do y vos fago merced dello e más
os do 100 f.
de sembradura de s. q. es en Taxo abajo Arjo, y por ésta os do para vos
y para vuestros herederos e supsecores y al
escriuano mando q. lo siente en el registro. Fecha a v días de otubre de M diij años. Q. mando q. se vos asiente si no es dado. El Adelantado”. (En: Elías Serra Rafols, 1978: 172)
2.- Los invasores conquistadores
europeos, Canariis y nobles guanches, fueron requeridos con los villanos por
Alonso de Lugo á alistarse para ir de expedición á Berbería, bajo el temor de
sublevarse por el descontento general que existía, además por el reparto de
tierras, viéndose algunos nobles de la isla en la precisión de ir; más otros
elevaron queja ante la corte castellana diciendo, que al pactar la paz, no
podían hacerlos salir de la isla, darles tierras y que serían libres en todo y
por todo y esto no se cumplió, ni respetó por 1o que concedieron un poder para
ante la Corte,
ante el escribano Antón Vallexo en 1512, Fo. 715, firmado por los siguientes
guanches; Pedro Guanchefira, Diego Ibaute
Diego Guañameñe, Alonso Diego ex-mencey de Adeje, Gaspar Hernandez
ex-mencey de Abona, Ximon de Guimar, Juan Soria, Alonso de Soria, Hernando de
Ibaute hermano de Diego, Francisco Tacoronte hijo del ex-mencey de Tacoronte,
Juan Alonso, Pedro Sebastián, Alonso Guil1én, Antonio Hernández hijo del
ex-mencey de Tacoronte, Sebastián Imoba abuelo de Agustín Rs, Juan de Guimar,
Juan Texena, Francisco Pedro Constantín, Pedro Asano, Diego Andrés Hernández,
Diego Guidama, Andrés Guidama y Fernando.
3.- Tal como nos narran los
hechos los cronistas, trasmiten la impresión de que el jefe de los invasores
Alonso de Lugo albergó algunos sentimientos fraternales hacía la familia de don
Diego de Adeje llegando incluso a apadrinar cristianamente a la hija del
mencey, que sería llamada María de Lugo, dotándola además con unas tierras en
Tijoco, actitud que chocaba frontalmente con el consabido desprecio que siempre
mostró el invasor por el pueblo sometido. La verdad es que un invasor sobrino
político de Alonso de Lugo violó tanto a la mujer del mencey don diego como a
su hija, ante las quejas de don Diego de Adeje y contando este con la
protección de la corona al ser de los bandos de paces, al Adelantado no le
quedó más remedio que tratar de poner remedio a la felonía de su sobrino para
evitar que el escándalo llegase a conocimiento del Consejo de Castilla lo que
probablemente, le hubiese costado la gobernación de las islas Benahuare y
Chinech, por ello trató de contentar a los ultrajados preemitiéndoles el uso de
una fracción de las tierras que les había usurpado, método habitual en Lugo
para pagar sus deudas, compromisos y
favores.
Cuando en
abril del 1506
el Licenciado Juan Ortiz de Zárate,
con el título de
reformador de los
repartimientos de las
islas de Gran Canaria, La Palma y
Tenerife, recibió declaración
a diversos testigos
en la villa
capital de esta
última isla sobre
extremos, en tantos casos,
que nada tenían
que ver con
su misión, por
suerte para la curiosa
posteridad, el regidor
Lope Fernández,[4] de
cuya amistad con el
Adelantado no puede
dudarse, dijo, entre
otras cosas, que
“Gerónimo de Valdés forçó
una fija del
rey de Adexe e
a otra e
otras dos, por la qual dixo
el dicho Gerónimo de Valdés que se
iba a Berbería, porque
este testigo estaba allá a
la saçón”, y por
ello lo supo, y
Francisco de Albornoz
afirmó que “Gerónimo
de Valdés, sobrino que se dice
del Adelantado, que forçó
a una moça
guanche, fija de1 rey
de Adexe e
que oyó dezir
que sobre esto
el Adelantado lo avía desterrado a
Berberías”.
Tres años
después, en marzo
de 1509, en
el juicio de
residencia que se siguió a
Fernández de Lugo, en
uno de los
capítulos del memorial de
descargos del Adelantado, éste
dice, al responder
a acusación de
Alonso Sánchez de Morales,
“Menos enpece al
dicho mi parte lo
que el dicho
Alonso Sánchez quiso
decir de lo
de la Reyna de Adexe, que
se avía venido
a auexar su marido
de Gerónimo de Valdés,
seyendo theniente la
avía tomado por
fuerca e lo
avía thenido preso
dos días e lo avía
suelto... porque el dho
Adelantado, siendo theniente
el dicho Gerónimo
de Valdés por esto
se podía abstener de le castigar, no
enbargante esto, le
quitó la vara
e lo tuvo preso,
por sólo el
dicho de la
gente e que
aunque esto no se
provó lo
desterró a Tagaoz, donde
estuvo más de
ocho meses”.
4.- Andrés de Güímar,
que cautivado fue esclavo del
regidor Fernando de Llerena,
con cuyo apellido
fue también conocido. Ahorrado gracias la herencia que
para tal fin le dejó una tía suya,
parece ser que
Alonso de Lugo volvió
a esclavizarlo, por lo
que, al
tomar Lope de
Sosa la residencia
al Adelantado, Andrés se querelló
en su contra
y Lugo fue condenado
al pago de 50.000 maravedís,
en que se había tasado
“el rescate e premio e todo lo
demás que diz que perdiste
en ganar”. Don Alonso apeló
de la sentencia
y una Cédula de
emplazamiento a Andrés de Güímar,
de 9 de diciembre
de 1508, para que se
personase en la
apelación nos permite
conocer el resultado
de la sentencia lo.
Como es sabido,
este guanche se casó
con una hija de don Diego de Adje, María de Lugo, viuda de don Pedro de
Adeje, su tío, siguió manteniendo
buenas relaciones con su
antiguo dueño, Fernando
de Llerena, pero
continuaría defendiéndose del Adelantado y
defendiendo a los de sus raza
y, para
evitar las represalias
de Lugo, hubo
de solicitar y
obtuvo una carta de seguro
en el 1515.
[1] En el actual municipio de La Guancha se conserva el
topónimo Barranco del Chaurero, dicho topónimo fue adoptado como apellido,
estando documentado en Tenerife hasta 1877, mediante el acta matrimonial de
Baldomero Isidro Oramas, que casó dos
veces. El primer matrimonio fue en Realejo en 1877 con María Dolores Herminia
González Chaurero y Vasconcelos, hija de Cristóbal González Chaurero y María
Vasconcelos. De este matrimonio tuvo a Santiago, Herminia, Vicente (embarcados
para Cuba). Este apellido guanche está actualmente ampliamente difundido en
América, especialmente en la Republica
Bolivariana de Venezuela.
[2] En la actualidad un
complejo hotelero de Costa Adeje lleva el nombre guache de este Príncipe.
[3] D. Pedro de Adeje, este infante en el mes de
noviembre de 1502 por fútiles cuestiones, cuando fue puesto en
libertad, con el beneplácito de los regidores, para que contribuyera a reducir a los guanches alzados, teniendo
en cuenta su experiencia y
conocimiento de la comarca de Adeje (“el qual sabe la tierra del reyno de Adexe, do andan los alçados...”).
[4] Recordemos que Lope
Fernández de la Guerra,
fue uno de los inversores de la invasión, vendiendo para ello su hacienda de
Tamarant, siendo recompensado con las tierras del actual Valle de Guerra.
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