sábado, 19 de abril de 2014

CRIMENES DE LESA HUMANIDAD COMETIDOS EN CANARIAS





CAPITULO XXI



Chaurero n Eguerew


INVASIÓN, SAQUEO Y OCUPACIÓN DE LA ISLA CHINECH (TENERIFE) XVI


Los Once Menceyes de Chinech (Tenerife) en los años de la invasión española. VIII

MENCEYATO DE ADEJE



Adexe. Tf. ant. Top. Demarcación socioterritorial en la banda sudoccidental de la Isla, hoy convertida en municipio, localizado a 28º 7' de latitud Norte y 16º 43' de longitud Oeste. Ú. m. Adeje. Expr. t. Adex, Adege. 2. GC. Pago entre Santa Lucía de Tirajana y Agüímes. Ú. m. Adeje. 3. Fv. Cortijo situado entre Tuineje y Pájara Ú. m. Adeje.
*a-dɣeɣ, s. m. sing. de [D·Γ] ‘montaña, macizo montañoso’.
(Dr. Ignacio Reyes García, 2004)

Según la tamusni fue sede del Menceyato Universal de la Isla Chinech (Tenerife), también lo fue del penúltimo como veremos en el capitulo dedicado al Gran Ichasagua.

Los menceyatos estaban divididos en sectores, llamados achimenceyatos, a cuyo mando se hallaban los achimenceyes. A su vez, los achimenceyatos se dividían en tagoros o concejos y éstos, en auchones o familias civiles dirigidas por un chaurero.[1] El menceyato de Adeje estuvo dividido en cinco de estos achimenceyatos: Tamaimo, Isora, Taucho, Adeje y Chasna.

El menceyato de Adeje abarcó un territorio tan extenso que permite cali­ficarlo como uno de los mayores de los nueve que integraron la isla. Por el Oeste se prolongaba hasta el macizo de Teño, frontera con el reino de Daute, incluyendo los actuales municipios de Guía de Isora y Santiago del Teide. Por el Norte ascendía hasta las Cañadas. Por el Sur, el mar, y por el naciente con el Río de Chasna. La ubicación de este último, confín con el reino de Abona.
TINERFE EL GRANDE. Héroe legendario igual que todos sus predecesores, tenía su corte en Adeje desde aproximadamente cien años antes de la invasión y ocupación de la isla por los mercenarios españoles. Tinerfe el Grande heredó el reino único de Chinech, llegando a ser el mencey más poderoso de la dinastía, aunque también el último: a su muerte, sus hijos se dividieron la isla en nueve menceyatos como queda dicho.
Algunos historiadores siguiendo la tamusni nos dicen que este fue el último mencey que ostentó el gobierno único de la isla en la época pre-colonial, celebre mencey que había mantenido unido todos los reinos de la isla de Tenerife bajo su mandato, insigne capitán y consumado político y heredero de su padre Sunta en la época de su reinado alcanzo Chinech gran prosperidad. Según Bethencourt Alfonso, hijo de Sunta gran guerrero e inventor del arma de su nombre y del perfeccionamiento de la esgrima, aleccionado por su padre Titañe quien tuvo que disputar su reinado a sus tíos, alecciono a su hijo Sunta, para que pudiera hacer frente a la posible deslealtad sus tíos. Efectivamente, a la muerte de Titañe los hermanos de este se hicieron proclamar menceyes por los gobiernos de su mando, pero Sunta actuando con rapidez previsora atacó a  los rebeldes derrotándolos, con cuya acción consiguió que  todos tíos lo reconocieran como único soberano de Chinech.

Al rey se le denominaba mencey y guevehiera cuando hablaban con él.

Disponía el reparto de tierras destinadas a pastos, de acuerdo con el número de cabezas de ganado, así como de las reservadas al cultivo agrícola.

Consiguientemente, era potestad del mencey repartir estas posesiones entre sus subditos, a tenor del linaje y de las necesidades. Sin embargo, estas concesio­nes eran temporales y retornaban a ser propiedad del monarca tras el falleci­miento del concesionario.

El gobierno del territorio guanche se desarrollaba con un carácter here­ditario bastante peculiar. Los hermanos del rey fallecido, según el orden de naci­miento, gozaban de prioridad sucesoria sobre los hijos del fallecido y éstos sólo tenían la oportunidad del nombramiento después de reinar sus tíos.” (Pedro de las Casas, 1997: 62)

El tabor era la unidad de los guerreros del achimenceyato. Cada uno de estos sectores disponía de un espacio destinado a la concentración de sus fuer­zas. En Adeje existieron dos: uno llamado el Tabor, situado por encima del Pozo de la Reina, cerca de la Casa Fuerte y otro, llamado el Tabordo, entre Taucho e Ifonche, ubicado en el Topo Alto, por encima de la Boca del Paso.

PELINOR



Nombre atribuido por el poeta criollo Antonio de Viana al mencey que gobernaba el Menceyato de Adeje cuando la invasión española de quien fue aliado, su nombre guanche nos es desconocido ya que en los documentos coloniales sólo se cita el nombre que le fue impuesto por el rito católico don Diego de Adeje.

Una vez pactada las incumplidas por parte de los invasores paces de Los Realejos en 1496, Pelinor creyó estar a salvo de los desmanes de los invasores ya que él había contribuido a la invasión aliándose con los españoles. Poco tiempo tardó el ingenuo mencey en darse cuenta de error y del poco honor que daban los invasores a sus compromisos aunque estos hubiesen sido contraídos en nombre de su dios. Su menceyato fue uno de los primeros en ser victima de la insaciable sed de rapiña del mercenario esclavista Alonso de Lugo y su horda de mercenarios.

Tal como recoge Leopoldo de la Rosa Olivera: “Lo  único  que    podemos  asegurar es que más de una  vez  tuvo que sentirse arrepentido de la actitud que  adoptó.  Si las víctimas  de  la conducta  de Lugo  fueron  en  un  principio  las gentes  de su bando,  pronto  don  Diego  sufriría  en  su propia  carne  su  situación;  pese  a  lo  que pese,  de vencido.

La  antigua  condición  de  jefe  de un  pequeño  estado  pastoril,  con  todos  los  peligros  de  las  incursiones  piráticas  y  de  las  envidias y  luchas  con  los  otros bandos,  quedaría oscurecida  con  la  sumisión a  un conquistador  sin  escrúpulos  y  a  sus  desaprensivos  compañeros.”


Según Arribas. “Fué Adeje no solo uno de tantos Menceyatos que se formaron con motivo de la rebelión que mermó a Tinerfe el grande su poder omnímodo sino el centro mismo de éste. Quedó el gran Tinerfe reducido á este menceyato, pues su cuarto hijo Albitocazpeyel fué el único que no se rebeló, por lo que heredó pacíficamente el territorio; sucedióle su hijo Pelinor, que bautizado se llamó Diego de Adeje, siendo su padrino Don Diego de Muros, obispo de Canarias, quien en 1497 había estado en Tenerife, en visita pastoral circunstancia que aprovechó para impartir personalmente el bautismo a un determinado número de guanches. Su mujer apadrinada por el dicho Obispo tomó el nombre de Catalina Murillo.

Tubo repartos de tierras y además se le concedió Don y el escudo de armas siguiente: “En campo de oro dos palmas verdes cruzadas con una corona encima, de oro; aliado derecho una R y al siniestro una D; en la parte media del escudo dos rejas abiertas por medio y en cada lado tres ovejas blancas por la parte de adentro y al pié dos lobos blancos con collares rojos”. 1.-

Hubieron los hijos siguientes:

Fernando Díaz (alias Alonso) Príncipe Moreque,[2] fue uno de los que confirieron poder para no ir á Berbería por ante Vallejo en 1512 folio 715; 2.- siguió un pleito contra el Adelantado sobre la pertenencia de 200 cabras, que se tranzó. Véase para saber de esta familia, un documento de la partición de bienes entre sus hijos, ante Antón Martín en Garachico el año 1533 en 15 de Septiembre, como así mismo el testimonio de 1541 ante el referido escribano.

Hija fue Isabel Díaz; María de Lugo, tomando el apellido de su padrino el Adelantado, 3.- á la que dotó; casó primero con  Diego de Adeje[3] su tío y en segundas nupcias con Andrés de Llarena,4.- indígena de Güimar. Fueron hijos del D. Diego referido;  Alonso Díaz Llarena. Márcos Díaz.  Fernán Pérez.  Diego Díaz.  Juan de Regla que casó con Luisa Delgado. Isabel Pérez que casó con Juan Doramas e1 2º. -Hijos del segundo matrimonio ósea de Andres Llarena;  Andrés de Llarena e1 2º, casó con Margarita González.  María Diaz, casó con Juan Gaspar. 3er hijo fue Isabel Díaz y Pérez y fueron hijos;  Juan Díaz.  Estéban.  Alonso, casó con María Trujillo. -Anna Roquesa, casada con Pedro Hernández. Ángela Gómez. Melchora Bonilla. Julián Gómez.  Isabel Díaz, monja en Garachico. (C. Arribas y Sánchez, 1993: 131-2).

Fue por los españoles muy considerado y no por eso dejó de tener que ir á Berbería con sus parientes más cercanos, donde parece que murió. Con estas o similares palabras algunos autores pretenden imbuirnos de una supuesta afectividad de los invasores hacía don Diego de Adeje, empeñados en presentarnos la figura del “buen salvaje” en aquellos que no supieron ver a tiempo la verdadera cara del cristianismo, es lamentable que determinados canarios con cierta capacidad intelectual continúen empecinados en hacernos “comulgar con ruedas de molino”. De la documentación de la época se deduce que las relaciones entre sometedores y sometidos no fueron tan bucólicas como estos pretenden. Como ejemplo de lo dicho veamos uno de los documentos relativo a los ultrajes de que fue objeto don Diego de Adeje por parte el esclavista Alonso de Lugo, documento rescatado y publicado por Antonio Rumeu:
       El rey don Diego de Adeje se queja del gobernador Alonso de Lugo, quien pone cortapisas a su libertad y le tiene ocupada la hacienda. Comisión al go­bernador de Gran Canaria para que restablezca la justicia. 
Segovia, 5 de junio de 1505.
Comisión al govemador o jues de residencia de la ysla de la Grand Canaria. De don Diego, rey que fue de Adex.
Doña Juana, por la gracia de Dios, etc. A ves el que es o fuere mi governa­dor o corregidor o juez de residencia de la ysla de la Canaria, o a vuestro al­calde en el dicho oficio, salud e gracja. Sepades que don Diego, rey que fue de Adex, me fizo relación por su petición, que en el nuestro Consejo presentó, diziendo: que Alonso de Lugo, nuestro governador de las yslas de Tenerife e de La Palma, le tiene a él e a toda su hacienda por fuerça, non aviendo cabsa nin razón para ello, lo qual diz ques a cabsa que no venga a mi corte a se me quexar de las muchas ynjustigias e synrazones, de lo qual diz quél recibe mucho agravio e daño; e me suplicó e pidió por e merçed sobre ello le mandásemos proveer de remedio con justicia, mandándovos que le fiziésedes conplimiento de justigia, dexando salir a él e a sus parientes, con sus ganados e fazienda, a donde quesyese, pues que heran mis vasallos, por manera quél fuese libre e esento de las prysyones que asy le tenía, o como la mi merged fuese. Lo qual visto en el mi Consejo fue acordado que devíamos mandar dar esta mi carta en la dicha razón. E yo tóvelo por bien, e confiando de vos que soys tal persona que guardaréys mi servigio e el derecho de las partes, e bien e fiel e deligentemente faréys lo que por mí vos fuere encomendado e cometido es mi merçed de vos encomendar e cometer lo susodicho e por la presente vos lo encomiendo e cometo: por que vos mando que luego veades lo susodicho, lla­madas e oydas las partes a quien atañe, syn estrépitu nin figura de juizio, salvo solamente la verdad savida, libredes e determinedes çerca de lo susodicho lo que falláredes por justigia, por vuestra sentengia o sentengias, asy ynterlocutorias come definitibas. La qual o las quales, e el mandamiento o mandamientos que en la dicha razón diéredes e pronungiáredes, llevedes e fagades llevar a pura e devida execugión con efecto quánto e cómo con fuero e con derecho devades; e mando a las partes a quien lo susodicho atañe, e a otras qualesquier personas que entendiéredes ser ynformado e saber la verdad cerca de lo susodicho, que vengan e parezcan e se presenten ante vos, a vuestros llama­mientos e enplazamientos, e so las penas que vos de nuestra parte les pusyéredes e mandáredes poner, que yo por la presente las pongo e he por puestas. Para lo qual todo que dicho es por esta mi carta vos doy poder conplido, con todas sus ynçidengias e dependencias, anexidades e conexidades. E los unos nin los otros non fagades ende al, etc. Dada en Segovia, a çinco días del mes de junio de mili e quinientos e çinco años.=Joanes, episcopus cordobensys. = Liçengiatus Zapata. =Fernandus Tello. Liçengiatus de Caravaj al, = Liçençiatus de Santiago. = Yo Luis Peres de Medina, escrivano, etc. = Liçençiatus Polanco (rubricado)
(A.  S.: Registro del Sello. Fol. 58. En: A. Rumeu de Armas, 1975:474-5)
“El Consejo real de Castilla, al fallar el juicio de residencia, varias veces aludido, condenó al conquistador a indemnizar con 40.000 maravedíes “a los hijos del rey de Adeje” (seguramente por muerte de don Diego), para miti­gar las extorsiones padecidas.Carente de numerario el gobernador a la sazón, se hizo cargo del débito Bartolomé Benítez, su sobrino, aunque mediando las garantías oportunas.
El pertinente documento hipotecario aparece otorgado en El Realejo el 5 de octubre de 1508.” (A. Rumeu, 1975: 345)

En  el  descargo  38  de  la  residencia  que  Lope  de  Sosa  le  siguió  a Lugo,  el procurador  de  éste  dice.  «no enpece  al dicho  señor Adelantado  lo  que  algunos  testigos  quisieron  decir  que  avía  tomado  ciertas  cabras  al Rey  de Adexe,  porque  sobre  lo  susodicho hay  proceso en  residencia  e  por  el  paresce  lo  contrario  e  como  el  dicho  llamado Rey  de Adexe  se  enbarcó  sus  cabras  e  se  aprovechó  dellas  e  hizo dellas  lo  que quiso». Aunque  no  conocemos  tal proceso,  seguramente a  lo  resuelto  en  el mismo  se refiere  la  condena  del Adelantado  a  pagar  a  los  hijos  del  rey  de Adexe,  ya  fallecido,  40 000  maravedís”

Don  Diego  debió morir  en  el verano  o a  comienzos  del  otoño del 1505, pues  en  el acta del  Cabildo de  17 de noviembre  de  tal  año  los regidores  se quejan de  la actitud de  los  “herederos del Rey  de Adexe”,  porque  incumplían  ordenanza  sobre  la carne. (Leopoldo de la Rosa Olivera, 1979: 175 y sgtes)

Para concluir estas breves notas en torno al Mencey Pelinor o don Diego de Adeje, vamos a reproducir el testamento de su hijo don Diego, debemos tener en cuenta que el encabezamiento de este tipo de documentos se hacía mediante un formulario fijo que usaban los escribanos de la época, con ligeras variantes en cuanto a las mandas pías.

Sepan  quantos  esta  carta  de  testamento  e  mandas  e  postrimera  voluntad  vieren  como  yo  Diego  Dias,  guanche,  natural  de  la  isla  de  Tenerife,  otorgo  e  conosco  que  fago  e  hordeno  este mi  testamento  e mandas  e  postrimera  voluntad  al  servicio  de  Dios  e  paz  e  tranquilidad  de mis  herederos,  creyendo  como  creo  firmemente  en  la  Santysima  Trenidad,  Padre  e  Fijo  e  Espíritu  santo,  que  sea  tres  persvnas  e  Un solo Dios  verdadero,  que bive  e  reyna  por  sienpre  sin  fin,  encomendándome a  Nuestra  Señora  Santa  María,  madre  de  Nuestro  Señor,  virgen  antes del  parto,  en  el  parto  e  después  del parto  y  a  toda  la  corte  de los  San-
tos  e  Santas.

Primeramente  mando  mi  anima  a  Nuestro  Señor,  que  la  conpró  e redimió  por  su  presciosa  sangre y  el  cüerpo  a  !a  tierra  de  fue  formado e  mando  que  si  a  Dios  pluguiere  de me  llevar  desta  vida  presente  que mis  osequias  se  digan  en  la Yglesia  de Nuestra  Señora  de  la  Concebición  e me  digan  una  misa  de  requiem  cantada, ofrendada  de pan  e vino e  cera  y  ocho misas  rezadas  a  cunplimiento  de  novenación  ofrendadas.

Mando  a  la  Santa  Cruzada  diez  maravedis  e  a  la  redención  de  catyvos  diez maravedís e  a Nuestra  Señora de la Merced  diez maravedís  e para  la obra  de Nuestra  Señora de la Concebición  un  real para  su obra.

Mando  que  paguen  a  Fernand  López,  cuñado  que  fue  de mi  hermano  don  Pedro,  dobla  e  media  que  yo  le  devo.

Yten  que paguen  a Ruy Blas  una  dobla  que  le  devo.

Mando  que  paguen  e  den  de  limosna  a  Nuestra  Señora  Candelaria una dobla.

Mando  que  paguen  a  Alonso  de  Jaén  quatro  doblas poco  más  o  menos  que  se  an  de  pagar  a  San  Juan  primero  que  viene  en  el  año  de veynte.

A  Juan Mendes  siete  reales  que  le  devo.

E mando  que  paguen  todo  lo  que mas  paresciere  que  yo  deva.

Mande  que  cobren  de  Gaspar  Fernandes  un  cahís  de tierra  que  me es obligado  a  dar  en  el  pago  del  Peñol,  porque  dizen  que me  pertenescia  por  escriptura  de  obligación  y  repartimiento.

Mando  que  cobren  de  Francisco  Ximenes  la  guarda  de  quinze  meses  que  le  guardé  veynte  e  una  cabrillas  que  se montaron.

Yten  mando  que  cobren  todo  lo  otro  que me  fuere  devido.

Yten  mando  que  paguen  a Martín  Núñez  treynta  cabras  de  prencipal,  con  la  renta  de  tres  años,  que  son  a  real  cada  cabra,  el  qual arrendamiento  conmencó  a  correr  dende  San  Juan  de  junio  que  paso deste  año  de  quinientos  e  diez  e  nueve  en  adelante.

Yten  mando  que  paguen  dozientas  e  veinte  cabrillas  a  María,  mi sobrina,  hija  de  Fernando  Dias,  desta  navidad  primera  que  viene  en un  año,  lo  qual  tenía  a  cargo  como  tutor.

Yten  digo  que  yo  soy  tutor  de  mis  sobrinos  hijos  de  mi  hermano don  Pedro  e  digo  que  arrendé  a  Pedro  Delgado  y  Alonso  Sanches  noventa  y  siete  cabras,.de  lo  qual  ay  contrato  ante  Segundo  Piamontes, escribano  del  Realejo,  mando  que  aquel  arrendamiento  se  guarde.  Mas  arrendé  quarenta  cabrillas  a  Alonso  Dias,  mi  primo,  de  los  dichos menores,  de  lo  qual  ay  contrato  ante  dicho  escribano, mando  se  guarde el  arrendamiento.

Mas  arrendé  quarenta  cabrillas  de  mi  sobrino  Marcos  a  Pedro  de Vargas, hay contrato que paso ante Pedro Angel, Escribano de Adeje.

Yten  arrendé  a  Francisco  Tacoronte,  mi  suegro,  de  los  dichos  menores,  quinze  borregas.  No  ay  contrato,  remítolo  a  su  juramento  lo  que pasó  acerca  dello  e  aquello  que  declarare  cunpla  e  pague.

Yten  arrendé  a  Juan  Castellano  e  Francisco  López  sesenta  cabrillas de  los  dichos  menores.  Ay  contrato  ante  Alonso  de  Llerena,  escribano publico  Mando  que  se  cunpla  el  contrato.

Otras  cabras  que  sobraron  y  ovejas  de  los  dichos  menores  e  asnos quedan  y  están  en  su  poder  e  de  su  madre María  de  Lugo,  mujer  de Andrés  de  Guídmad  e mas  un  buey.

Mando  más  a  Nuestra  Señora  la  Candelaria  para  su obra media  dobla,  porque  lo  susodicho  que  le mando  dar  se  lo  devo.

Mando  al monesterio  del  Espíritu  Santo media  dobla.

Mando  a  todas  las  otras  yglesias,  monesterios,  espitales  desta  ysla cinco  maravedis  para  sus  obras

Mando  que me  digan  en  el  monesterio  de San  Francisco  dos  treyntanarios  abiertos  e  se  pague  lo  acostumbrado.

Mando  que  paguen  al  canónigo  Diego  de  Herrera,  por  mi  hermano Fernando  Dias,  dos  doblas  que  se  le  deven.

Mando  que  paguen  a  mi  sobrina  Isabel  cierto  resto  de  cabrillas  que le  devo,  de  que  tiene  noticia María  de Lugo,  muger  de Andrés  de Guidma,  la  qual  lo  declare  e  aquello  se  resciba  en  dinero,  porque  no  tengo cabrillas  de  que  cunplir,  rescibiéndose  en  quenta  seis  doblas  y  media que  tengo  pagado  por  mi  hermano  Fernando  (padre  de  la  susodicha  al  (-testado-),  su  tío  [de]   la  susodicha,  mi  hermano  y  ase  poner  a  la cuenta  de  la menor  Isabel.

Mando  que  se  cunpla  e  pague  a  mi  mujer  Luysa  de  Vera  todas  las cabrillas  e  tierras  e  otras  cosas  que  recibí  con  ella  en  dote  e  casamiento,  con  todo  lo  que  le  pertenece  de  la  mitad  de  lo  multiplicado  desde que  nos  casamos  hasta  oy  e  oviere  hasta  que  a Dios  plega  de me  llevar desta  presente  vida  y  todos  los  bienes  remanentes,  así  muebles  como rayzes  y  derechos  e  aciones  los  hereden  mis  fijos  e  fijos  de  Luysa  de Vera, mi  legítima  muger,  Perico  y  Juanico  e Hernandico,  todos  tres por iguales  partes,  tanto  el uno  como  el  otro.

Mando  que  sea  tutora  de  mis  hijos  la  dicha  mi  muger  mientras  no se  casare  y  si  se  casare  que  lo  sea  mi  primo  Juan  Delgado  e Marcos, mi  sobrino  y  de  los  otros  menores  cuyo  tutor  yo  so,  la  Justicia  les  dé su  tutor.

Mando  que  sean  mis  albaceas  e  testamentarios  deste  mi  testamento e  mandas  e  postrimera  valuntad  la  dicha  mi  muger  Luisa  de  Vera  e Francisco  Tacoronte, mi  suegro  e Martín  Núñeze,  a  los  quales  e a  cada uno  dello concedo  poder  bastante  para  que  de todos mis   bienes,  asi en  rayzes  como  en  muebles,  los  quales  vendan  e  rematen  e  dellos  de  su valor  cunplan  este  mi  testamento  e  mandas  e  postrimera  voluntad  e revoco  todos  los  otros  testamentos  e  mandas  e  postrimera  voluntad  e cobdecillos  que  yo  aya  fecho,  en  publico  o  en  secreto,  para  que  no  tengan  tuerca  ni  vigor,  sino  este  que  valga  por  mi  cobdecillo  e  su  no en aquella mejor manera que de derecho haya lugar.Hallare  por  mi cobdecillo  valga  por mi  postrimera  voluntad  y  en  aquella  mejor  manera  que  de  derecho  aya  logar.

E  porque  esto  sea  cierto  e  firme  e  no  venga  en  duda,  otorgué  esta carta  ante  escribano  e  testigos  de  yuso  escripto,  la  qual  rogué  a  los presentes  firmasen  por  mi,  porque  yo  no  se  escribir.

Fecha  la  carta  en  la  villa  de  San  Christóval,  en  el  escritorio  de  Antón  de Vallejo,  escribano  público  e  del  Concejo  de  la  ysla  de Tenerife, en  veynte  días  del mes  de  agosto  año  del  nascimiento  de  Nuestro  Señor  Ihesucristo  de mil1  e  quinientos  e  diez  e  nueve  años.

Testigos  que  fueron  presentes  a  lo  que  dicho  es  Luis  Alvares,  Juan de  la Mar,  Gerónimo  Joven,  Juan Ruvio  e  Juan Luis  e Pero  Luis  y Diego  Alvares  e Diego  Cionzales  e  Alonso  de  Carmona  e  otros  muchos  vecinos estantes en la dicha Ysla.

Por  testigo,  Juan  de  la Mar  -  Alonso  de Carmona  -  Por  testigo  Gerónimo  Joven  -  Juan  Hernández. (AHP,  leg.  9,  fols.  860  r.  y  sigs.)


NOTAS:

1.- Las Datas que obtuvo Don Diego de Adeje fueron las siguientes:
Don Diego de Adexe. “Otorgamos y conocemos Jirónimo de Valdés y Gyllén Castellano y Francisco d Espinosa y Andrés Suares Gallinato, todos cuatro a mancomún a bos de uno, cada uno el todo, q. damos y prometemos a vos don Diego, natu­ral de Tenerife, q. fuestes Rey d Adexe en la isla de Tenerife, de daros 30 f. de ta. con su agua ellas, y si por la ventura desta alguna ta. en algún tiempo desta alguna ta. se quitare, q. no sea ninguna parte de la del dho. don Diego; y estas dhas. 30 f. son en la ta. y agua del río de Chasna, q. es en el Reino d Adés, adonde se par­ten los caminos con Abona; y para la seguridad desto firmamos aquí nuestros nonbres; ay condición en dar las dhas. 30 f. q. a de aver al dho. don Diego q. a de aver en la dha. ta. y en sus hanegas y agua para regalías, y si más huviere de aver al respeto, y si más no a de aver más de las dhas. 30 f.; fecho a xi de julio de mil y quinientos y cuatro años». [Signaturas autógrafas. A la vuelta dice]: «Q. digo q. confirmo todo lo desta otra parte contenido a vos don Diego por cuanto sois de acuerdo de aver cada uno lo q. le cupiere; así q. he por bien q. se vos den todo como está acor­dada por todos los sobredichos, lo qual mando al escribano q. lo asiente en el registro; fechos a xi de marco de M d v años. El Adelantado”. ll-VII-1504 y 11-111-1505. (En: Elías Serra Rafols, 1978: 172)

Don Diego Rey. “Yo don Alonso Fernandes de Lugo, Adelantado de Canaria e Governador de Tenerife e de San Miguel de La Palma, doy a vos Don Diego, Rey q. érades de Adexe, un barranco q. se llama Masca con todas sus tas.y aguas para vuestros ganados e para q. fagáis vuestras heredades salvado 3 f. q. di a Pedro Talabera, y lo demás de estas 3 f. vos do y vos fago merced dello e más os do 100 f. de sembradura de s. q. es en Taxo abajo Arjo, y por ésta os do para vos y para vuestros here­deros e supsecores y al escriuano mando q. lo siente en el regis­tro. Fecha a v días de otubre de M diij años. Q. mando q. se vos asiente si no es dado. El Adelantado”. (En: Elías Serra Rafols, 1978: 172)

2.- Los invasores conquistadores europeos, Canariis y nobles guanches, fueron requeridos con los villanos por Alonso de Lugo á alistarse para ir de expedición á Berbería, bajo el temor de sublevarse por el descontento general que existía, además por el reparto de tierras, viéndose algunos nobles de la isla en la precisión de ir; más otros elevaron queja ante la corte castellana diciendo, que al pactar la paz, no podían hacerlos salir de la isla, darles tierras y que serían libres en todo y por todo y esto no se cumplió, ni respetó por 1o que concedieron un poder para ante la Corte, ante el escribano Antón Vallexo en 1512, Fo. 715, firmado por los siguientes guanches; Pedro Guanchefira, Diego Ibaute  Diego Guañameñe, Alonso Diego ex-mencey de Adeje, Gaspar Hernandez ex-mencey de Abona, Ximon de Guimar, Juan Soria, Alonso de Soria, Hernando de Ibaute hermano de Diego, Francisco Tacoronte hijo del ex-mencey de Tacoronte, Juan Alonso, Pedro Sebastián, Alonso Guil1én, Antonio Hernández hijo del ex-mencey de Tacoronte, Sebastián Imoba abuelo de Agustín Rs, Juan de Guimar, Juan Texena, Francisco Pedro Constantín, Pedro Asano, Diego Andrés Hernández, Diego Guidama, Andrés Guidama y Fernando.

3.- Tal como nos narran los hechos los cronistas, trasmiten la impresión de que el jefe de los invasores Alonso de Lugo albergó algunos sentimientos fraternales hacía la familia de don Diego de Adeje llegando incluso a apadrinar cristianamente a la hija del mencey, que sería llamada María de Lugo, dotándola además con unas tierras en Tijoco, actitud que chocaba frontalmente con el consabido desprecio que siempre mostró el invasor por el pueblo sometido. La verdad es que un invasor sobrino político de Alonso de Lugo violó tanto a la mujer del mencey don diego como a su hija, ante las quejas de don Diego de Adeje y contando este con la protección de la corona al ser de los bandos de paces, al Adelantado no le quedó más remedio que tratar de poner remedio a la felonía de su sobrino para evitar que el escándalo llegase a conocimiento del Consejo de Castilla lo que probablemente, le hubiese costado la gobernación de las islas Benahuare y Chinech, por ello trató de contentar a los ultrajados preemitiéndoles el uso de una fracción de las tierras que les había usurpado, método habitual en Lugo para pagar sus deudas, compromisos  y favores.

Cuando  en  abril  del  1506  el Licenciado  Juan Ortiz  de Zárate,  con el  título  de  reformador  de  los  repartimientos  de  las  islas  de  Gran Canaria, La  Palma  y  Tenerife,  recibió  declaración  a  diversos  testigos  en  la  villa  capital  de  esta  última  isla  sobre  extremos,  en  tantos casos,  que  nada  tenían  que  ver  con  su  misión,  por  suerte  para  la curiosa  posteridad,  el  regidor  Lope  Fernández,[4] de cuya  amistad  con el  Adelantado  no  puede  dudarse,  dijo,  entre  otras  cosas,  que  “Gerónimo  de Valdés  forçó  una  fija  del  rey  de Adexe  e  a  otra  e  otras dos, por  la  qual dixo  el dicho Gerónimo  de Valdés  que  se iba  a Berbería,  porque  este testigo  estaba  allá a  la  saçón”, y  por  ello  lo  supo, y  Francisco  de  Albornoz  afirmó  que  “Gerónimo  de Valdés,  sobrino que  se dice  del Adelantado,  que  forçó  a  una  moça  guanche,  fija  de1 rey  de  Adexe  e  que  oyó  dezir  que  sobre  esto  el Adelantado  lo  avía desterrado  a  Berberías”.

Tres  años  después,  en  marzo  de  1509,  en  el  juicio  de  residencia que  se siguió  a  Fernández  de Lugo,  en  uno  de  los  capítulos  del memorial  de  descargos  del Adelantado,  éste  dice,  al  responder  a  acusación  de  Alonso  Sánchez  de Morales,  “Menos  enpece  al  dicho  mi parte  lo  que  el  dicho  Alonso  Sánchez  quiso  decir  de  lo  de  la Reyna de Adexe,  que  se  avía  venido  a  auexar  su marido  de  Gerónimo  de Valdés,  seyendo  theniente  la  avía  tomado  por  fuerca  e  lo  avía  thenido  preso  dos  días  e  lo  avía  suelto... porque  el  dho  Adelantado, siendo theniente  el  dicho  Gerónimo  de Valdés  por  esto  se podía  abstener  de  le  castigar, no  enbargante  esto,  le  quitó  la  vara  e  lo  tuvo preso,  por  sólo  el  dicho  de  la  gente  e  que  aunque  esto  no  se provó  lo  desterró  a  Tagaoz, donde  estuvo  más  de  ocho meses”. 

4.- Andrés  de Güímar,  que cautivado  fue esclavo del regidor Fernando  de  Llerena,  con  cuyo  apellido  fue  también  conocido. Ahorrado gracias la herencia que para tal fin le dejó una tía suya,  parece  ser  que  Alonso  de Lugo  volvió  a  esclavizarlo,  por  lo que,  al  tomar  Lope  de  Sosa  la  residencia  al Adelantado,  Andrés  se querelló  en  su  contra  y  Lugo  fue condenado  al pago  de 50.000  maravedís,  en que  se había  tasado  “el rescate  e premio  e  todo  lo  demás que  diz  que perdiste  en  ganar”. Don Alonso  apeló  de  la  sentencia  y una  Cédula  de  emplazamiento  a Andrés  de Güímar,  de 9  de  diciembre  de  1508, para  que  se personase  en  la  apelación  nos  permite  conocer  el  resultado  de  la  sentencia lo.  Como  es  sabido,  este  guanche se  casó  con una hija de don Diego de Adje, María de Lugo, viuda de don Pedro de Adeje, su tío,  siguió  manteniendo  buenas relaciones  con  su  antiguo  dueño,  Fernando  de  Llerena,  pero  continuaría  defendiéndose  del Adelantado  y  defendiendo a  los de sus raza y,  para  evitar  las  represalias  de  Lugo,  hubo  de  solicitar  y  obtuvo una  carta  de seguro  en el 1515.






[1] En el actual municipio de La Guancha se conserva el topónimo Barranco del Chaurero, dicho topónimo fue adoptado como apellido, estando documentado en Tenerife hasta 1877, mediante el acta matrimonial de Baldomero Isidro Oramas, que casó dos veces. El primer matrimonio fue en Realejo en 1877 con María Dolores Herminia González Chaurero y Vasconcelos, hija de Cristóbal González Chaurero y María Vasconcelos. De este matrimonio tuvo a Santiago, Herminia, Vicente (embarcados para Cuba). Este apellido guanche está actualmente ampliamente difundido en América, especialmente en la Republica Bolivariana de Venezuela.




[2] En la actualidad un complejo hotelero de Costa Adeje lleva el nombre guache de este Príncipe.
[3] D. Pedro de Adeje, este infante en el mes de noviembre de 1502 por fútiles cuestiones, cuando fue puesto en libertad, con el beneplácito de los regidores, para que contri­buyera a reducir a los guanches alzados, teniendo en cuenta su experiencia y conocimiento de la comarca de Adeje (“el qual sabe la tierra del reyno de Adexe, do andan los alçados...”).

[4] Recordemos que Lope Fernández de la Guerra, fue uno de los inversores de la invasión, vendiendo para ello su hacienda de Tamarant, siendo recompensado con las tierras del actual Valle de Guerra.

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