EFEMERIDES CANARIAS
UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS
PERÍODO COLONIAL,
DÉCADA 1781-1880
CAPÍTULO
XLVIII-III
Eduardo Pedro García
Rodríguez
1873 Febrero 21.
Llega al puerto de Añazu n Chinech
(Santa Cruz de Tenerife) el correo procedente de la metrópoli que confirmaba
los rumores de proclamación de la Primera República en territorio metropolitano.
1873 Febrero 21.
Es sin duda el gobierno
republicano el organismo que más se adapta al progreso y dignidad de las
sociedades modernas; pero es necesario para ello que el pueblo donde se
implante sea digno por su ilustración política de recibir los' beneficios de
esta institución, sabiendo cumplir con sus deberes y obedeciendo los preceptos
legales que se le impongan. No estaba, la nación española en condiciones de
someterse al régimen libre y expansivo de la repúblíca. Tres siglos de
absolutismo y de atraso intelectual en todos los ramos del saber, la habían
colocado a una distancia muy considerable de las naciones más civilizadas del
continente europeo. De modo que, establecida la República, todos se
creyeron aptos para escalar el poder y sin obligación de respetar lo existente,
cual lazo de unión para enlazar el pasado con el porvenir. Como consecuencia de
estas ideas, ningún ministerio satisfacía las aspiraciones e impaciencias del
pueblo, ni la insaciable ambición de los advenedizos políticos que de todas
partes surgían, empujándose los unos a los otros para obtener empleos que les
permitieran vivir holgadamente sin trabajar ni servir al país. El ejército continuó
olvidándose de la disciplina, burlándose de sus jefes y negándose a acudir a
los campos de batalla donde el carlismo se enseñoreaba. No había hacienda, los
capitales se escondían y la bancarrota asomaba su fatídica cabeza por todos los
mercados extranjeros: Los motines y asonadas se sucedían en las provincias y el
estúpido cantón se imponía como panacea univeral.
En la metrópoli la crisis del
régimen político español, personificado en la reina Isabel, quedó intensificada
como consecuencia parcial del retraimiento iniciado por el partido Progresista
en 1863.
Desde entonces y hasta su caída
en septiembre de 1868, "manmilitari"; el régimen será combatido por
los partidos progresista y Demócrata, partidos que establecen, en julio de
1866, un pacto entre sí con el objeto de aunar esfuerzos. Con todo, la crisis
del régimen no viene exclusivamente provocada por la oposición activa de tales
partidos políticos.
Sobre su agravación, acelerada a
partir de 1866, influyen, también, la oposición frontal
de sectores cada vez más
numerosos de oficiales y generales.
Este cuadro doloroso, que
anunciaba una descomposición inevitable del cuerpo social, en la metrópoli
encontraba en las Canarias numerosos afiliados.
Hombres indoctos, ignorantes y
fanáticos, invadieron la mayor parte de los ayuntamientos y llevaron el
desconcierto a la administración con el pretexto de hacer economías.
Deteniéndose en puerilidades, no fijaron su atención en asuntos de verda- dero
interés y su gestión, queriendo ser radical y reparadora, fue, en general,
perturbadora y estéril.
La primera noticia de la
abdicación del rey en la metrópoli y de la proclamación de la República, llegó a las
islas de una manera vaga e indeterminada por conducto de los periódicos
extranjeros, noticia que se confirmó luego con la llegada del correo español a
Santa Cruz del 21 de febrero (1873).
Los republicanos, considerados
con manifiesta desconfianza por los llamados radicales y unionistas, alejados
sistemáticamente de los cargos oficiales y perseguidos hasta con saña en los
albores de la Revolución,
se creyeron vengados providencialmente y no vacilaron en echarse a las calles,
haciendo locas demostraciones de entusiasmo.
Después de estas primeras
expansiones seguidas de tumultuosas asambleas, en las que todos pretendían ser
y haber sido fervorosos republicanos, el nuevo gobernador civil español en la
colonia don Pedro Mariano Ramírez y el subgobernador del distrito oriental, don
Jerónimo Falcón, presidieron los festejos con que se proclamó en Santa Cruz y
Las Palmas la nueva forma de gobierno. En la capital tuvo lugar este acto en la
mafiana del 2 de marzo, con una aparatosa manifestación que fue acompañada de
numerosas comisiones de La
Laguna y Orotava, con estandartes, banderas y emblemas
democráticos.
Aplazóse para el 16 del mismo mes
la proclamación en Las Palmas, que se celebró con salvas organizadas por los
Voluntarios de la Libertad,
enramadas, músicas y banquetes populares. Por la tarde hubo procesión cívica
que estuvo muy vistosa, recorriendo las plazas y calles principales de la
población.(A. Millares, t. 5, 1997)
1873 Mayo 12.
Es devuelto por el ejercito
español al Ayuntamiento del Puerto de la Cruz en Tenerife, el ex-convento de Santa
Catalina.
Llamado también de San Juan
Bautista, y fue de Monjas dominicas, situado frente a la parroquia. Por R.O. de
4 de Diciembre de 1872, se cedió el edificio provisionalmente al Ramo del
Ejército para depósito de prisioneros carlistas, redactándose el
Correspondiente inventario de entrega el 29 del mismo, que lo firma el Alcalde
Popular Sebastián Fernández, y recibe por el Cuerpo de Ingenieros Juan Gimeno,
haciéndose cargo por el Jefe del Depósito el Alférez D. José J. Pérez. El 12 de
Mayo de 1873 se devolvió al Ayuntamiento el citado edificio, donde estuvo
instalada esta corporación hasta que un incendio en el primer cuarto del siglo
xx lo redujo a cenizas desapareciendo los archivos y otros valiosos documentos.
Del inventario, que no copiamos
por carecer de interés, consta que la puerta principal da acceso al patio con
28 pilares de madera que sostienen la galería y una balaustrada con 14 de
éstos, existiendo en ella varias habitaciones. Un segundo patio con varias
dependencias, donde por la
Comandancia de Ingenieros se construyeron retretes y una
cocina. La escalera principal de madera conducía al piso alto compuesto de una
galería corrida con varias dependencias, y otra puerta principal mar- cada con
el número 2, a
la fachada de la Iglesia,
con varias dependencias en su cuerpo alto. (José María Pinto de la Rosa, 1996)
1873 Junio 9.
La oligarquía criolla
representante de la colonia en la metrópoli, firman un pacto para la división
de la colonia en dos sectores.
"Los que abajo suscriben,
diputados por Canarias, se comprometen previamente y antes de proceder por sorteo
a la designación del individuo que en nombre de aquella provincia ha de
representarla en la
Comisión Constitucional, a lo siguiente: El que resultare
elegido propondrá y sostendrá en el seno de la Comisión que, en la
político, el Estado de Canarias se subdivida en dos Sub-Estados, y en el caso
de que la Comisión
se
oponga a ello, que turne la dieta
entre las dos islas de Tenerife y Canaria. Madrid, junio
9 de 1873. N. Estévanez. F. León
y Castillo. Santiago Verdugo. L.
Benítez de Lugo. Eufemiano Jurado Domínguez".
Publicado luego en los periódicos
de la colonia este notable compromiso, cuya autenticidad se puso en duda por
algunos, produjo en Tenerife una impresión desagradable, pues se creyó que de
este modo se amenguaba la importancia de aquella isla, dirigiendo graves cargos
a sus representantes por haberlo aceptado. La fraternidad, pues, de que tanto
se alardeaba, retrocedía ante las viejas y nunca apagadas cuestiones de
antagonismo y rivalidad. Nos hemos ocupado de este incidente solo para recordarlo,
pues sabido es que muerta antes de nacer aquella monstruosa organización, no
llegó a tener efecto el compromiso ni a poner a prueba la lealtad de sus
firmantes.
1873 Junio 30.
Inventarios de la Torre de Santa Ana, Las
Palmas de Gran Canaria.
Inventario general de todas las
partes que constituyen la citada Torre con expresión de la puertas, ventanas,
herrages, etc., que hay en ella, cuya descripción particular y estado en el día
de la fecha es como sigue:
Númo I. Cuerpo de Guardia.- Se
entra en ella por cuatro escalones de piedra. Puerta de entrada de una hoja de
pino teoso en regular estado.
Dimensiones.- 1,24 mts por 2,01 metros
Herrages.- Cerradura y llave, una
armella de cerrojo y seis órdenes de clavos de cabeza redonda al exterior.
Se entra en dicho Cuerpo de
Guardia subiendo tres escalones de piedra y su pavimento parte es enlosado y el
Testo empedrado entrefino. Tiene un armero para 12 carabinas, un camastro con
cabeceras sostenido por tres piés derechos, siendo sus dimensiones de 4,65 por 1,85
mts. Otro de1,80 por 0,90 mts ambos en mediano estado. Existe un poyo de
asiento que rodea parte del Cuerpo de Guardia.
Númo 2. Depósito de Efectos de
Artillería.- Puerta de entrada de dos hojas de tea en mediano estado. Gira
sobre quicialeras y las dimensiones de cada hoja son 2,08 por 0,60 mts; los
herrages son dos armellas de cerrojo, un candado con su llave y dos argollas.
Hay 5 pies derechos con 27
perchas para colocación de efectos de servicio de las piezas, y el pavimento
del local es enlosado. Un claro que queda en la explanada del muelle, con las
dimensiones de1,10 por 0,85 mts tiene un bastidor de tea y una reja de hierro
compuesta de 3 machos y 5 hembras.
Númo 3. Escalera que conduce á la Plataforma.- Está
formada por dos tramos de escalera uno de 3 escalones y el otro de 19. La
puerta de entrada á la primera meseta de la escalera con una hoja de tea del
país, de 1,88 por 1,22 mts que se halla en regular estado y no tiene herrages
ningunos.
Númo 4. Repuestos de Pólvora.-
Puerta de entrada de una hoja de pino del país de 1,54 por 0,92 mts. Herrages,
tres cerraduras y cerrojos con armellas en muy mal estado.
Núm° 5. Plataforma.- Abertura de
salida á la plataforma. Dimensiones 1,37 por 3,13 mts. Tiene un doble bastidor
de ángulo de pino del país y dos puertas correderas de id de 1,35 por 1,48 mts
cada una. Un asta de bandera con apoyos, tope y asa para sugetar la driza. Una
barandilla de madera de tea situada el O.E. compuesta de 16 machos y 2 hembras
apoyándose en dos pies derechos extremos. Pavimento de plataforma, enlosado.
Una abertura de 1,28 por 1,39 mts con bastidor de ángulo para la colocación de
la puerta de pino del país. Puerta de 1,39 por 1,28 mts de la misma madera en
mal estado. Esta tiene un reborde con el cual descansa sobre el bastidor. Reja
de madera que cubre también el citado claro compuesta de 6 machos y 7 hembras.
Dicha abertura se halla practicada en la bóveda del Cuerpo de Guardia.
Escusado.- Existe un escusado con
su poyo y asientos de madera en mal estado. No tiene puerta y el bastidor está
destrozado. Las Palmas 30 de Junio de I.873
RECIBI
ENTREGUÉ
Por la Plaza
Por el Cuerpo de Ingenieros
El Capitán Primer Ayudante El Celador de
Fortificaciones
Ventura Ruiz de Bustamante.
Eustaquio Aguirre.
(En: José María Pinto y de la Rosa. 1996)
1873 Julio 13. Nace
en San Andrés y Sauces, Benahuare (la
Palma). Antonio Martín González. Licenciado en Medicina y
Cirugía por la Facultad
de Medicina de Cádiz (España) en 1898.
Un médico activo, trabajador y eficiente que desempeñó
durante toda su vida, desde 1901, la plaza de Médico Titular de San Andrés y
Sauces, distinguiéndose siempre como un buen profesional y un hombre de bien
que ha dejado hondos recuerdos en aquella importante zona norteña.
Como buen médico rural, abarcó
muchas facetas de la profesión destacando en la asistencia a partos, por lo que
podemos decir que multitud de sauceros arribaron a este “valle de lágrimas” de
la mano hábil y experta de don Antonio Martín. Vivió siempre en aquella ciudad
y accedió a médico Titular muchos años antes de la guerra civil española. A1
producirse esta, fue como tantos otros compañeros represaliado por el régimen
fascista imperante emanado de la metrópoli y más tarde restituido a su cargo de
Titular que desempeñó hasta su jubilación y posterior fallecimiento el 21 de
Octubre de 1966.
Comendador de la Orden Civil de Sanidad.
En memoria, el Ayuntamiento de la localidad le rindió sentido homenaje,
nombrándole hijo predilecto y dedicándole una calle del centro de la ciudad.
1874. La
Montaña Sagrada de Argodey o “La Fortaleza”, en la Isla de La Gomera es uno de los
lugares donde el primitivo pueblo guanche llevaba a cabo sus cultos y ritos
religiosos. Las primeras referencias en la época moderna se las debemos al
Doctor Bethencourt Alfonso, en su 'Historia del Pueblo Guanche', seña1a cómo en
el año 1874 ya descubrió una serie de construcciones, "en parte
derruidas", de las que dejará una cumplida relación en un artículo
posterior publicado en el número 73 de la 'Revista de Canarias',
correspondiente a diciembre de 1881. En el mismo seña1a que en la superficie de
esta meseta "[...] se advierte un gran número como de pequeños corrales
hechos de piedra seca o sin argamasa, algunos de cantos rodados transportados
de los barrancos; ya de figura circular o elíptica, que, desde luego, revelan
su antigüedad [...] y una arquitectura extraña al pueblo actual".
Bethencourt, atendiendo a su "uso probable", los clasifica como:
"edificios que parecen haber servido de viviendas al hombre [...] de un
metro de espesor, que fueron todos circulares, sólidamente edificados, de tres
metros de diámetro, por uno y medio a dos metros de altura". En segundo
lugar, "corrales", que estima debieron servir para encerrar ganado.
El tercer grupo lo constituyen pequeños círculos de piedra, que él sospechó
sirvieron para recoger líquidos, a modo de cazoletas, y que "estaban
tapados como por una pequeña pirámide de piedra" y por último,
"monumentos que fueron verdaderos 'pireos'". En el mejor conservado,
destacó la pre-sencia de "trozos de huesos de cabra y de cabrito
calcinados, cuchillos de piedra, al parecer de fonolita, con los que
sacrificaban las reses; pedazos de carbón y leña casi carbonizada que juzgamos
son de brezo o tagasaste, y una piedra del tamaño de una naranja, redondeada
por la mano del hombre y medio quemada, que ignorarnos a qué uso se destinaría".
También será Bethencourt Alfonso
el primer autor moderno que conceda a esta fortaleza, dadas sus especiales
características, la consideración de "Montaña Sagrada". Lo cierto es
que este cúmulo domo, producto de una erupción volcánica, cuya lava se ha expandido
al final del conducto de emisión, y que posteriormente ha sido modelado por la
erosión, constituye un hito paisajístico que define este sector suroeste de la Isla. Un espacio que, sin
duda, constituyó un lugar de especial significación para los antiguos gomeros.
La antigua Argodey: Las
referencias de las fuentes etnohistóricas nos hablan de un lugar en el que se
desarrollaron unos hechos, realizando una descripción que nos acerca a lo que
hoy conocemos como Fortaleza de Chipude y que los gomeros llamaban Argodey.
Así, el ingeniero Leonardo Torriani, en su 'Descripción de las Islas Canarias',
señala cómo "[...] reunieron todos los isleños, los cuales hallaron a los
cristianos aislados del mar y en medio de la batalla; y los obligaron a retirarse
a un sitio alto, que en lengua antigua se dice Argodei, que significa
'fortaleza', por estar formada por un risco muy alto, la cual [...] tiene
entrada por un solo lado". En términos similares se expresarán Abreu
Galindo y Marín y Cubas, en torno a este episodio que refiere la entrada de
Fernando de Castro, y que los historiadores modernos sitúan cronológicamente
entre 1424 y 1425.
Las especiales características de
este espacio arqueológico, han llevado a diversas interpretaciones, no siempre
próximas a la realidad observable. Es el caso de H. Nowak, que habla de
altares, betilos y destaca una oquedad en la roca, cerca de la entrada, a la
que otorga el carácter de "abertura de libaciones", apreciaciones que
serán rechazadas por el profesor Elias Serra Ráfols, que las considera "sensacionalistas", dando válida
la completa descripción realizada por el ya mencionado Bethencourt Alfonso.
Las prospecciones y excavaciones
realizadas en los últimos años han permitido sacar a la luz nuevos datos que
vienen a transformar notablemente la visión del pasado precolonial de La Gomera.
La excavación y estudio del
yacimiento que llevó a cabo el Departamento de Arqueología de la Universidad de La Laguna en 1973 determinó la
presencia de siete tipos de estructuras, que responderían a las categorías de
cabaña circular, redil, conjunto de cabañaredil, cabaña abrigo y hogar. En
cuanto a la datación por Carbono 14 en una muestra de carbón vegetal, dio un
cronología de 470+!-60 después de Cristo. No obstante, la inexistencia de estratigrafía
no permite establecer que no se utilizara con anterioridad, aunque sí aparece
clara su reutilización posterior.
En la tradición oral de la Isla aparece esta montaña,
según recoge Antonio Tejera en su obra 'La religión de los gomeros', como un lugar
"destinado para cerrar los tratos y los compromisos matrimoniales. Pero
era, sobre todo, el punto en el que la gente se reunía un día determinado del
año a adorar a la Diosa",
tradición que se repite en "La Fortaleza de A1ajeró, pero sobre todo en los
altos de Garajonay". A su vez Juan Francisco Navarro propone que la
antigua Argodey "debió reunir una variada gama de funciones", entre
las que se encontraría el asentamiento estacional de pastores, fortaleza en
caso de peligro y un lugar donde se practicaron ritos semejantes a los
efectuados en la mayor altitud de la
Isla: Garajonay.
En la actualidad, el estado de
este yacimiento, muestra las secuelas de su inadecuado uso, habiéndose
modificado las estructuras originales para crear nuevos elementos como círculos
concéntricos y espirales de piedra, supuestamente destinados a determinados
cultos, dañando así de forma irreversible este espacio patrimonial. Contribuye
a ello el que se haya popularizado este lugar, como un destino al que acuden
numerosos excursionistas, que no siempre se muestran respetuosos con los
valores patrimoniales que alberga. Cabe señalar que, además de su interés
arqueológico, la Fortaleza
está catalogada como Monumento Natural protegido, donde alberga interesantes
endemismos botánicos amenazados y constituye un espacio de singular interés
geológico y, sin duda, paisajístico. (José Miranda Valerón, 2007)
1874. Las clases dominantes de la metrópoli estaban cansadas de
experiencias políticas inestables y deseaban volver a la situación anterior,
querían un sistema político que garantizara sus intereses y su dominio. El
pronunciamiento del general Martínez Campos en Sagunto pone fin a la
experiencia revolucionaria nacida en Septiembre de 1868, y proclama la Restauración de los
Borbones en el trono español en la persona del hijo de Isabel II, Alfonso XII.
Esta nueva intervención militar
en la política española a la que tan aficionados son los mandos españoles
carecía de apoyos sociales y no contaba con las simpatías de las élites
políticas, por ello el político español Cánovas del Castillo se apresuró a
formar el primer Gobierno monárquico-alfonsino y dio los pasos oportunos para
montar un nuevo sistema cuyos objetivos garantizaran el orden social y la
estabilidad política. Cánovas intenta la formación de un bloque de poder más
coherente y más amplio que en las etapas anteriores para que su acción llegue a
toda metrópoli y garantice la deseada estabilidad política, por ello inicia
gestiones para lograr un pacto entre los representantes de los sectores
dominantes de las diferentes regiones españolas, incluyendo una representación
en la Junta de
Notables encargada de organizar el «nuevo» sistema político. Es elaborada
rápidamente una nueva Constitución y se inician las tareas precisas para organizar
dos partidos que se turnen en el poder y garanticen su funcionamiento.
El pacto de Estado se puso de manifiesto en las elecciones
de 1875. Para poner en mar-
cha el sistema, el Gobierno de Cánovas convoca elecciones a
Cortes: de acuerdo con la legislación electoral vigente, todos los hombres
mayores de veintiún años tenían derecho a voto.
Estas elecciones se prepararon
con sumo cuidado por el Ministerio de la Gobernación español, y pusieron en marcha el
pacto entre las élites regionales incluidas las colonias y la Junta de Notables con el
Gobierno para establecer las bases del nuevo sistema político. Uno de estos
notables explica claramente la situación:
“Estamos caídos pero solicitados, como bien puede figurarse, por los
elementos libera-
les del Gobierno: Cánovas, Romero y Ayala, que buscan nuestro apoyo a
todo trance y con mucha necesidad para resistir la avalancha de los moderados
que se les viene encima... ¿Dónde se preguntarán ustedes se realizará la
alianza de los elementos constitucionales con los de Cánovas? En las Cortes
frente a la oposición moderada...
De todo esto deducirás tú que el actual Gobierno no nos combatirá,
antes bien nos ayudará en los distritos”.
Este es el funcionamiento real
del sistema, el monarca nombra un Gobierno que se encarga de hacer unas
elecciones para contar con la doble confianza del rey y del electorado, según
recoge la
Constitución. El papel de los electores es enteramente pasivo
porque no son los resultados electorales los que conforman las Cortes, y por
tanto al Gobierno, sino al revés.
El Gobierno tras los acuerdos pertinentes con los notables regionales, provinciales y coloniales hace las
elecciones, es decir las convoca sabiendo de antemano el resultado, el papel
del electorado es en gran medida meramente formal.
Cánovas del Castillo para evitar
algunos problemas planteados en las etapas anteriores como el exclusivismo de
algunas fuerzas políticas, el pronunciamiento militar como forma de acceder al
Gobierno o el desgaste de la
Corona al participar activamente en la política, decide
organizar un sistema bipartidista:
“lo que hay que desear es que los partidos llamados de gobierno, que
necesariamente han de turnar en la gobernación del Estado, estén lo menos
distantes que sea posible los unos de los otros porque, si no, si hubiese entre
ellos abismos, el advenimiento de cada partido equivaldría a una revolución”.
El pluralismo político debía
quedar reducido a dos partidos monárquicos que se alternaran en el poder. Así
la política española obtendría la estabilidad deseada, la monarquía
constitucional se consolidaría y la burguesía podría contar con un sistema
político acorde con sus intereses:
“El logro de una sociedad burguesa, como diagnostica Jover, en la que
al pueblo, como tal, le corresponde un papel de subordinación teñida de
marginación, sin más salvación posible que el ascenso individual a la
'sociedad' por antonomasia: una sociedad burguesa que sirva valores
utilitarios, que proclama valores aristocráticos”.
La movilización política del
electorado no interesa, sólo así se puede asegurar el predominio de la
oligarquía y el funcionamiento del sistema sin graves problemas y sin fisuras
importantes.
Aunque ello significara subvertir
las ideas recogidas en la
Constitución y limitar en los primeros años del
funcionamiento del sistema las libertades formales incluido el derecho
electoral: sólo el 5% de la población podría votar y no se modificaría este
principio hasta 1890 en que nuevamente se instaura el sufragio universal aunque
se falsean sus resultados de forma sistemática, porque conforme el sistema se
consolida se pueden ir introduciendo cambios. Algunas libertades formales van a
ser reguladas aunque luego no se cumplan o se limiten con otras normas.
Es abolida la esclavitud, se
reconoce la libertad de imprenta, se regulan las asociaciones o se implanta el
sufragio universal masculino.
Bajo la Restauración, señalan
Solé Tura y Aja, “se acabó de perfilar la estructura estatal puesta en pie por
los moderados del periodo isabelino, se completaron las instituciones entonces
esbozadas, y se coronó la edificación del Estado centralista y burocrático
concebido más en función del horizonte mental y del interés corporativo de la
oligarquía agraria y financiera que de las exigencias de un capitalismo dinámico
y monopolista».
Ese fue el telón de fondo que presidió el desarrollo de los
aparatos y de las instituciones del Estado hasta la República española, y lo
fue porque los sucesivos proyectos políticos de diversas fracciones de las
clases dominantes no consiguieron cambiar su signo fundamental. La Constitución de 1876
y el sistema creado por Cánovas tuvieron una larga vigencia. (Maria Teresa
Noreña Salto; 1991)
1874. Nace en Teguise,
Titoreygatra (Lanzarote) Ángel Guerra, Pseudónimo de José Betancort Cabrera.
Estudia en el Seminario Conciliar y en el Colegio San Agustín, en Winiwuada n
Tamaránt (Las Palmas de Gran Canaria). Periodista y narrador, colabora en
numerosos periódicos de la metrópoli e hispanoamericanos. En 1908 es
corresponsal en París de La
Correspondencia de España. Diputado por Titoreygatra
(Lanzarote) desde 1913 hasta 1923, ocupa la Dirección General
de Prisiones durante la segunda República española. Entre 1936 y 1939 residió
en Francia. Como literato cultivó la poesía, la narrativa, el ensayo y escribió
dos zarzuelas. Felleció en Madrid (España) en 1950. Obras: Una hoja de mi álbum (1890), poesía. A bordo
(1901), narraciones La última (1901), zarzuela La copla (1902),
zarzuela Allá (1904), poesía Mar afuera (1907), narraciones A
merced del viento (1912), narraciones La casta de los Luzardos
(1927), narraciones La lapa (1927), narraciones. 84-87137-16-4
[1989], 84-376-0138-X [1989], 84-87021-92-1 [2002].
1874. Nace en Teguise, Titoreygatra (Lanzarote) José Betancort
Cabrera -verdadero nombre del autor que se ocultaba bajo el seudónimo de Ángel
Guerra- y que con el paso del tiempo se ha convertido en uno de los hitos de
la literatura canaria del siglo XX. La
historia de Martín “La Lapa”
y su hermana Candela es la historia viva de la isla de Titoreygatra
(Lanzarote). El sentimiento de la tierra, de las costas y del océano se
refleja hondamente en los personajes de la novela de Ángel Guerra. Los
múltiples personajes de La Lapa sufren los
vaivenes de los vientos de mar y de tierra y se asoman, sin buscarlo, a lo más
íntimo y universal de la naturaleza humana, mostrando sus miserias y grandezas
de manera franca y desnuda. Martín. Veamos uno de sus poemas dedicado al
verdugo Alonso Fernández de Lugo:
El lustre y los blasones de tu gloria
con sangre de traición están manchados;
el hierro con que matan tus soldados
es digno pedestal de tu memoria!
Hoy se yergue mi espíritu altanero
para decirte, a nombre de vencido,
con temple y lealtad de caballero,
que en la lucha llevabas escondido
debajo de la cota de guerrero,
el corazón infame de un bandido.
1875. S e establece una nueva logia esta vez en
Arrecife, Titoreygatra (Lanzarote), con el nombre Atlántida Nº 92, levanto
columnas en la primavera de 1875, gracias a la gestión de los dirigentes de
Teide Nº 53, bajo los auspicios de la obediencia portuguesa. Por otro lado,
aparte de los talleres de obediencia lusitana, también existió en Tenerife,
entre 1873 y 1874 una logia que con el nombre de Fe Masónica, Nº 91, desarrolló
su actividad bajo los auspicios del Grande Oriente de España.
1875. Hasta este año la denominada desamortización de Mendizabal
que se prolongó con cierta intensidad en la colonia y supuso la liquidación a
precios muy bajos de una extensa superficie de tierras públicas que habían
servido como áreas de pastoreo comunal y de abasto de leña para los pueblos. No
existe todavía un estudio general en la colonia sobre la procedencia social de
este grupo terrateniente que se benefició de la fase final de la
desamortización pero los estudios realizados para Tamaránt (Gran Canaria
señalan que se produjo una importante concentración de propiedades y que esta
acumulación de tierras favoreció sobre todo a la antigua terratenencia colonial
nobiliaria ya la burguesía criolla de nuevo cuño que ha alcanzado cotas
importantes de poder y riqueza en el siglo XIX a partir de las actividades
mercantiles y agrarias o de su simple posición en la Administración de
la metrópoli.
La liberalización de los sistemas
de propiedad de la tierra para adaptarlos al desarrollo del capitalismo agrario
no sólo pasaba por la liquidación de la antigua propiedad amortizada ostentada
por los municipios y especialmente por el clero y la extinción de los antiguos
derechos comunales de disfrute de las tierras públicas, sino que significaba
además la abolición de sistemas de propiedad feudal que permitían la existencia
de derechos coincidentes de propiedad y usufructo sobre la tierra. La figura
más característica de dominio compartido sobre la tierra era sin duda el censo,
figura jurídica que sancionaba una división de derechos sobre la tierra, según
la cual el cultivador directo poseía el usufructo y controlaba su empleo de la
tierra como medio productivo, mientras que se reconocía al mismo tiempo la
existencia de un dominio superpuesto correspondiente al señor de la tierra, que
percibía una serie de rentas en reconocimiento de este derecho de propiedad.
En la colonia Canaria la
imposición de rentas sobre las tierras llegó a alcanzar gran importancia, sobre
todo en las islas de Chinech (Tenerife), Gomera y Benahuare (La Palma).
En parte, ello era debido a la
distribución de grandes propiedades en pequeños lotes para su explotación
mediante contratos de censo enfitéutico; en otros casos, los tributos impuestos
sobre las propiedades derivaban de la venta de rentas impuestas sobre sus
propiedades por parte del propietario alodial primitivo, que adquiría así el
compromiso de abonar una renta con cargo a su propiedad a cambio de un préstamo
ocasional o para satisfacer una deuda ya contraída. A estas dos modalidades de
renta se unía además la frecuente imposición de mandas piadosas, tales como
misas de aniversario de difuntos, dotaciones perpetuas en favor de santos e
iglesias católicos, etc., que llevaban a que una misma propiedad pudiese estar cargada
con diferentes tipos de renta, de origen diverso.
La imposición de rentas y
tributos sobre las tierras llegó a ser tal que no son raros los casos en que el
valor de las rentas igualaba la renta líquida de las propiedades cuando los
precios de los productos agrarios bajaban de forma alarmante, o se producía una
coyuntura de malas cosechas. No obstante, el peso agobiante de estas rentas
sobre la agricultura colonial comienza a resultar extremadamente grave a fines
del siglo XVIII, coincidiendo con una larga depresión vitivinícola en la que
los precios de los caldos ca-
narios y la merma en el volumen
de las vendimias ya no dan para satisfacer muchas de estas pensiones. La
liquidación de estos gravámenes sobre la tierra era una condición
imprescindible si se quería motivar la inversión en la agricultura.
Por una parte resultaba
impensable que el campesinado buscase la mejora de su explotación agobiado como
estaba por estas cargas que limitaban su ya escasa capacidad de inversión.
Asimismo, en el caso de que el propietario del dominio útil tuviese algunos
recursos para afrontar la mejora de las tierras, era improbable que realizase
inversiones en ellas, mientras no consiguiese la plena propiedad de las mismas,
ya que se arriesgaba a la pérdida de la propiedad y de las mejoras introducidas
en la misma cuando una mala coyuntura económica o una sucesión de cosechas
desastrosas le impidiesen abonar la renta.
Ya a fines del siglo XVIII
comienza a plantearse la abolición de estos gravámenes que pesaban sobre las
propiedades, pero es en 1805 cuando el gobierno de la metrópoli dicta la
primera disposición sobre la redención de censos, medida aplicable para todo el
conjunto de la metrópoli y que apenas si tuvo alguna trascendencia en la
colonia Canaria debido a que la redención debería abonarse en vales reales,
títulos de deuda pública que habían circulado muy poco en las islas. La
redención consistía en la liquidación del censo o tributo mediante una
operación patrocinada por el Estado y destinada a amortizar la deuda nacional
acumulada. El poseedor del dominio útil debería abonar el capital del tributo
en vales reales declarándose extinguida la renta en tanto que el perceptor del
tributo era compensado provisionalmente con un rédito anual equivalente al 3%
del capital. Si esta medida tuvo escaso efecto ello se debía a la compleja
distribución de ambos derechos sobre la tierra en la sociedad colonial Canaria.
Sólo el campesinado y el clero
estaban claramente alineados en contra y a favor de la redención de censos; sin
embargo, la burguesía rural y la terratenencia tradicional se encontraban en
una situación ambigua, pues eran poseedores de tierras sujetas a censo y de
censos sobre propiedades. La liquidación de los censos en uno y otro sentido
implicaba el reconocimiento del pleno dominio en favor de un sector concreto y
la pérdida de la propiedad para los colonos o para los señores del dominio
directo y fuera cual fuese la interpretación legal sobre quién debería redimir
los censos y concentrar en sus manos la plena propiedad de las tierras la
terratenencia perdería el control de una parte de sus propiedades.
Al mismo tiempo la capitalización
de los tributos, es decir la determinación de la cantidad a abonar para
liquidar un censo, resultaba problemática ya que el derecho consuetudinario
local establecía un precio muy bajo para redimir las rentas en especie, lo que
llevaba a suprimir rentas de alto valor económico (en una época de alza de
precios del grano) por un precio irrisorio. Es comprensible por lo tanto que esta
medida para la abolición de los gravámenes que pesaban sobre las propiedades
quedase sin aplicación debido a la oposición de los cabildos de las islas que
representaban los intereses de la clase terrateniente. (Juan Ramón Núñez Pestano1991)
No hay comentarios:
Publicar un comentario