Eduardo Pedro García Rodríguez
1708 Agosto 31.
El criollo Pedro Agustín del
Castillo pronunció un largo alegato sobre las exenciones y servicios de la
colonia Canarias en sesión del Cabildo,
mencionando las glorias militares de nuestras islas, y por lo que se refiere a
la jornada contra Jennings dice: «...retirándose el enemigo, conociendo su
peligro, hallandose siempre prevenidos y pronto los naturales destas Yslas para
estos casos con las armas en la mano y con las municiones posibles, por no
fabricarse en estas Yslas, haciendo el costo de todo lo referido de su pobreza,
quitándose para ello de la comida y pasando malos días y noches en las
continuas velas, rondas y centinelas que hacen en atalayas, puertos y caletas,
municionando, artillando y pertrechando sus castillos por no tener sus
Cabildos, particularmente el de esta Ysla, propios ni aun los que suplen los
salarios de sus ministros precisos que conociendo la mayor parte de los enemigos
en las presentes guerras y la poca de los caudales de los vecinos desta Ysla
para adelantar nuestras defensas, se sacó facultad de S.M. en 22 de Agosto de
1705 para valerse por 10 años del arrendamiento de las tierras baldias y
realengas etc, que por hallarse incultas y montuosas, ha tenido poco efecto
este arbitrio, y que corra por el mismo tiempo. el de 3 mrs en cada cuartillo
de vino sisado de que se ha de sacar el salario de la plaza de un S. Ministro
de esta R. Audiencia y de su Ejecutor; como a la ciudad consta, sin que en la
mayor parte de lo referido se ocasione costo ni gasto de la R. Hacienda en que
rinden a S.M. estas Yslas mayores tributos que las mas de las Provincias del
Reyno, considerado los muchos presidios que serian necesario para guarnecerlas...»
Este informe se hizo por haber
dispuesto el Gobierno un nuevo arbitrio sobre los vinos y el Alférez Mayor hizo
ver que las Canarias contribuían ellas casi solas a su defensa contra los
enemigos de la Corona
española.
La facultad Real que se cita, fue
otorgada al Cabildo de Gran Canaria el 22 de Agosto de 1705, para que el
importe del expresado arrendamiento durante diez años, de todas las tierras
baldías y realengas de la isla, fuese aplicado a fortificaciones. Dio este
arbitrio escaso resultado y fue necesario recurrir a donativos vecinales.
En un documento del archivo de
Acialcázar (Gran Canaria, legajo II), describiendo la ciudad de Las Palmas a
mediados del siglo XVIII, dice así: «En
el istmo está una ermita dedicada a Nuestra Señora de la Luz, con una gran casa que
sirve de recreo a los que alli van a divertirse. Junto a esta ermita, está un
gran Castillo, que es el principal, titulado de la Luz, bastante fuerte y bien
pertrechado. Otros dos hay en la misma Isleta que no son tan fuertes: uno mira
a la bahia del Confital que llaman CABRÓN, y el otro qe es un reducto qe llaman
SAN FERNANDO está cerca de la punta oriental. No se encuentra ni una fuente:
solo dos algibes, uno del Castillo de la
Luz y otro de la ermita. Los arenales llegan hasta los mismos
muros de la ciudad y muchas veces los han forzado entrándose dentro de ella no
poca porción. Tiene dos murallas y al comienzo de cada una de ellas hay un
castillo, que son el de Santa Ana y el de Salta Isabel, el primero en la
muralla Norte y el segundo en la del Sur, donde no hay mas que otro llamado de
San Cristóbal distante un cuarto de legua. Tiene la muralla del Sur dos
puertas: la de los Reyes y de San José. En la del Norte solo hay una puerta
llamada de Triana, es muy fuerte y está llena de estacadas y defendida, la
entrada por un buen reducto y por el castillo de Santa Ana que está cerca.
Desde la puerta corre la muralla al cerro y al final de ella, está el castillo
de Mata, y prosiguiendo lomo arriba hasta llegar a la parte superior donde está
el Castillo del Rey provisto de cañones donde se guardan todas las municiones y
pertrechos de guerra de la
Isla.» (En: José María Pinto y de la Rosa. 1996).
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