Haridian
Cristal Pérez Almeida
Alumna
de 4º de Licenciatura de Historia (UCM)
Resumen.
En este artículo se analizan las
características y peculiaridades de las monedas que circulan en las Islas
Canarias desde la conquista por parte de los castellanos y la implantación de
su sistema monetario a finales del siglo XV hasta el siglo XVII. También se
plantean los problemas monetarios, a través de las pragmáticas reales referidas
a este aspecto.
Abstrac: This article
analyzes the characteristics and peculiarities of the coins circulating in the Canary Islands since the conquest by the Spaniards and
the implementation of their monetary system in the late fifteenth to the
seventeenth centuries. It also studies its monetary problems trough royal
legislation.
Palabras clave: moneda, Islas
Canarias, trueque, época Moderna, resello, bambas.
Key words: coin, trade, Canary Islands , barter, Modern Age, restamping,
bambas.
Para
citar este artículo: PÉREZ ALMEIDA,
Haridian Cristal, “Moneda y medios de pago en las Islas Canarias durante los
siglos XVI y XVII”, en MUÑOZ SERRULLA, María Teresa (Coord.), Estudios de
Historia Monetaria, Ab initio, Núm. Extraord. 1 (2011), pp. 69-91,
disponible en www.ab-initio.es
I.
INTRODUCCIÓN
La conquista de las Islas Canarias supuso para éstas,
además de la adopción y asimilación de factores de índole social, religioso y
político, la introducción de la moneda metálica. Hasta ese momento las
poblaciones que vivían en las Islas basaban su economía en un sistema de
trueque y de objetos con valor de “moneda”1. El carácter geográfico especial de
las Islas las llevó a ser un punto de intercambio y comercio importante a la
vez que repercutía negativamente a la hora de controlar el circulante en
cantidad y calidad. Aunque el sistema que se impuso fue el castellano, con
diferentes patrones según las cecas, también circularon monedas aragonesas y
extranjeras como, por ejemplo, de Portugal. De esta forma, en las Islas hubo
una gran variedad de monedas con sistemas de valor que no fueron homogéneos, ya
que no todas las monedas circularon de la misma forma en todo el archipiélago
llegando a tener el uso más fuerza que la ley confundiéndose con ella2. Este
“uso” o la costumbre han sido fuentes de Derecho desde la Edad Media. La Primera Partida
de Alfonso X así lo había considerado, siempre que favorecieran el bien
común3.
II.
ANTECEDENTES HISTÓRICO-GEOGRÁFICOS
Las
Islas Canarias constituyeron un importante enclave para el desarrollo y el
avance del descubrimiento de los territorios americanos y, posteriormente, para
el comercio de la Península
con América. Para poder comprender algunas de las singulares circunstancias que
en las Islas se dieron respecto al numerario circulante y al comercio, debemos
de tener en cuenta la propia condición de islas y lo que ello conlleva. El
Archipiélago canario es parte de la región natural de la Macaronesia , su clima
es tropical oceánico con modificaciones según altura y vertiente norte o sur,
dando lugar a una gran diversidad climática, incluso dentro de una misma isla.
El punto más próximo a África dista 95 kilómetros, por lo que gozan de una
situación geográfica excepcional, próxima a tres continentes: Europa, África y
América4; favorecida además por los vientos alisios, su situación puede verse
en la siguiente imagen5: Ab Initio, Núm. Ext. 1 (2011) Haridian
Cristal Pérez Almeida Moneda y medios de pago en las Islas Canarias… 71
Desde la Antigüedad, hay referencias a las Islas en
relatos de tipo mitológico como Los Campos Elíseos y El Jardín de las
Hespérides, pero el primer documento escrito que hace alusión a ellas
explícitamente es el de Plinio el Viejo, un historiador romano que vivió durante
los años 23 y 79. Plinio el Viejo describe el viaje del Rey Juba II de
Mauritania a las Islas Canarias en el 40 a.C., refiriéndose a ellas como “Islas
Afortunadas” (Fortunatae Insulae). Tras estas alusiones, las Islas
cayeron en el olvido, hasta que en 1313 el noble genovés Lancelloto Malocello
redescubrió el Archipiélago, iniciando con ello, un largo proceso de conquista
y dominación que concluiría en 1496, año en el que en todas las Islas Canarias
se implantarían las instituciones castellanas. Este proceso no fue homogéneo
para todas las islas, produciéndose una división de las mismas en dos grupos:
Islas de Señorío (Lanzarote, Fuerteventura, Gomera y Hierro) e Islas de
Realengo (Gran Canaria, La Palma
y Tenerife), también llamadas Islas Mayores, que fueron conquistadas ochenta
años más tarde que las de Señorío. Esta división dio lugar a importantes
diferencias en cuanto a la organización administrativa local en cada grupo de
islas, en función de su dependencia del señor territorial o de la Corona. Sin embargo,
en todas ellas se implanta un modelo municipal único: el Cabildo o Concejo, con
jurisdicción tanto en lo público como en lo económico sobre todo el territorio
insular6.
Desde la
Antigüedad , hay referencias a las Islas en relatos de tipo
mitológico como Los Campos Elíseos y El Jardín de las Hespérides,
pero el primer documento escrito que hace alusión a ellas explícitamente es el
de Plinio el Viejo, un historiador romano que vivió durante los años 23 y 79.
Plinio el Viejo describe el viaje del Rey Juba II de Mauritania a las Islas
Canarias en el 40 a.C., refiriéndose a ellas como “Islas Afortunadas” (Fortunatae
Insulae). Tras estas alusiones, las Islas cayeron en el olvido, hasta que
en 1313 el noble genovés Lancelloto Malocello redescubrió el Archipiélago,
iniciando con ello, un largo proceso de conquista y dominación que concluiría
en 1496, año en el que en todas las Islas Canarias se implantarían las
instituciones castellanas.
Este proceso no
fue homogéneo para todas las islas, produciéndose una división de las mismas en
dos grupos: Islas de Señorío (Lanzarote, Fuerteventura, Gomera y Hierro) e
Islas de Realengo (Gran Canaria, La Palma y Tenerife), también llamadas Islas
Mayores, que fueron conquistadas ochenta años más tarde que las de Señorío. Esta
división dio lugar a importantes diferencias en cuanto a la organización
administrativa local en cada grupo de islas, en función de su dependencia del
señor territorial o de la
Corona. Sin embargo, en todas ellas se implanta un modelo
municipal único: el Cabildo o Concejo, con jurisdicción tanto en lo público
como en lo económico sobre todo el territorio insular6.
Notas:
2
LOBO CABRERA, M., Monedas, Pesas y Medidas…, p. 7
3
Real Academia de la Historia ,
Las Siete Partidas del Rey don Alfonso el Sabio, Tomo I, Título II, Ley
I, II, Madrid 1807, p. 29.
4
VV.AA., Historia de Canarias Vol. II, siglos XVI-XVII, en La Provincia ,
Diario de Las Palmas, Las Palmas de Gran Canaria, 1995, p. 241.
5
GARCÍA DE CORTÁZAR, Fernando, Atlas de Historia de España, Barcelona,
2005, p. 264.
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