EFEMÉRIDES DE LA NACIÓN CANARIA
UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS
PERIODO COLONIAL 1501-1600
DECADA 1521-1530
CAPITULO VI-XV
Eduardo
Pedro García Rodríguez
Número de esclavos en Tenerife durante el s.XVI y XVII:
Si tomamos
"porque
avemos sido ynformados que algunos particolares desas yslas van a hazer
entradas en Berbería por cobdicia de traer algunos moros os mandamos que de
aquí adelante ni dexeys ni consintays que ninguna persona vezyna ni natural
vaya a la dicha Verberia..."
; a pesar de ello, Felipe II
volvió a conceder licencias a los vecinos de Gran Canaria para hacer dos
entradas al año, para, finalmente, no ponerles ninguna limitación. Laguneros propietarios de esclavos:
En el s. XVI se comerciaba en los lugares de Castilla con esclavos, lo mismo que con cualesquiera otras mercancías; los poseedores de esclavos laguneros eran casi siempre personas de las consideradas de calidad o categoría, o por lo menos adineradas.
Analizando un grupo de 688 dueños de esclavos nos dan los siguientes resultados:
Entre labradores hay 22 esclavos.
Entre industriales (vestido, calzado, madera, etc.) hay 103 esclavos.
Entre funcionarios de la administración americana hay 26 esclavos.
Entre titulados académicos hay 90 esclavos.
Entre soldados, hombres de armas hay 19 esclavos.
Entre profesionales liberales hay 70 esclavos.
Entre religiosos hay 33 esclavos.
Entre comerciantes al por mayor hay 93 esclavos.
Entre transportistas hay 6 esclavos.
Entre nobles hay 59 esclavos.
Partiendo
de asientos de diversa procedencia, se podría dar con precisión el nombre de
alguno de los propietarios de esclavos de esta época. Como síntesis valgan los
siguientes:
"María de Soria, mulata, a quien su dueño, Pedro de Soria, regidor, había dado..".
"Francisco Alarcón, concede la libertad el 6-03-1575 a cambio de 15.000 mrs. A Alarcón, negro de 50 años de edad...".
"Juan, esclavo de Andrés Fonte, regidor, contaba...".
"Hernando, morisco, esclavo de Hernán González de Hinojosa...".
"Juan Alonso, guanche, bautiza a un hijo suyo cuya madre es Juana de Peña, esclava de Leonor de la Peña...".
"Simón Alvares, portugués, hace bautizar a una esclava llamada Juana...".
"Cornieles Van Enden, bautiza a tres criaturas hijas de María, su esclava".
"Pedro Rico, morisco, bautiza a siete esclavos...".
"Malgarida, criada que había sido se Simón Alvarez, hace bautizar a una esclava suya...".
"Baltasar Marrero y María Hernández, recibieron 106 ducados por liberar a su esclava Isabel Hernández, negra, de 40 años de edad...".
"Juan, esclavo de Francisco Pérez de Vitoria...".
"Gaspar, esclavo de Martín Sánchez...".
"Juan, hijo de Tomás Garvin y de Luisa su esclava...".
"Gonzalo Ianes bautiza a su hijo Domingos, fruto de sus relaciones con Isabel, su esclava...".
"Juan Alvarez de Fonseca dueño de Ana..."... etc.
En relación con los esclavos procedentes de la propia isla de Tenerife, se suponía sólo serían esclavizados aquellos que se opusieron a la ocupación, o sea, los "alçados" en armas, mas, sin embargo, según poder dado por Alonso de Lugo a sus socios en presencia del escribano público y testigos, éstos podrían
"pedir et demander en juisio a fuera
de él e recibir, e recobrar, en su nombre e para ellos, cualesquier esclavos e
ganados e otras cosas pertenecientes a la dicha conquista, que sean, asy en
poder de doña Veatriz de Bobadilla como de otras cualesquiera personas, asy
dados en guarda e en encomendados o hurtados...".
En cuanto a los esclavos llamados
"de las paces", por concesión de la Corona hecha efectiva en las
capitulaciones, pertenecían a don Alonso de Lugo, y entre ellos se encontraban
todos los canarios de Anaga, Adexe, y Abona; pues bien, el conquistador los
repartió con sus socios poniéndoles la condición de que no podían venderlos
fuera de los reinos de Sus Altezas y que la transacción se hiciera por
escritura ante escribano público y con anotación de precio, lo cual era debido
a que era de temer que, en un futuro próximo (como así sucedió), los Reyes
declarasen libres a los mencionados esclavos y obligasen en 1498 a devolverles
los bienes confiscados. Tal proceder, en Alonso de Lugo, era de lo más natural,
dado que era conocido como hombre de poca palabra; recuérdese, en la retirada
de Acentejo, cómo cometió la felonía de engañar y cautivar a un buen número de
indígenas auxiliares, vasallos del Mencey de Güimar, aliado suyo que le
proporcionó mantenimientos para el ejército, así como la información
valiosísima de la tierra que se proponía conquistar, y sin que tal proceder
creara problemas a su conciencia, los lleva a Valencia, donde fueron vistos
entre los días 5 al 9 de octubre de 1494 por el alemán Jerónimo Münzer, y,
vendidos en los diversos mercados esclavistas de la península, lo que confirman
los calificativos que él, o sea sobre Alonso de Lugo se hicieron de
"hombre de dudosa solvencia moral y de más dudosa fidelidad de
palabra" (Alonso de Lugo. Consejo Superior de Investigaciones
Científica. Pág.20), lo que reafirma haciendo esclavo al hijo del rey Bentor de
Taoro, para quien Lugo fue irrespetuoso y desalmado. Cierto (como dice Valencia
Castañeda) es que una Ley de estos reinos, si no prohibía la servidumbre, a lo
menos reconocía ser "contra razón de natura" y mandaba a los jueces a
que ayudasen a la libertad, mas, el Castilla del s. XVI se comerciaba en los
pueblos y ciudades con esclavos igual que con cualquier otra mercancía; por
ejemplo, el 27 de agosto de 1521, Juan Bizcaíno, criado del conde de Benavente,
cambió un esclavo negro y con una señal en el rostro, apreciado en 7.000
maravedís y por una mula tasada en el mismo valor, Bennassar en su tratado Valladolid
en el Siglo de Oro nos comenta la gran población esclava existente en la
ciudad en 1570, procedente, dice, de entre moriscos fundamentalmente, y luego
de negros de Angola y Mozambique, siendo sus propietarios la nobleza, los licenciados,
corregidores, algunos funcionarios, y empresarios, artesanos y hasta el propio
clero (ejemplo de canónigo de la Catedral de Santiago, Francisco Estaquero,
residente en Valladolid; Santiago López, canónigo de la Iglesia Mayor, entre
otros, poseían uno o varios esclavos.
(Autor: José Alvarez Fernández , en: Mgar.net)
1524. Septiembre, 2. Valladolid.
Emplazamiento a Hernán Sánchez, escribano real, para que entregue al conde de La Gomera un proceso sobre la
averiguación de cuentas entre éste y el Adelantado. Es sobrecarta de otra de 14
de julio de 1524. Carvajal. Aguirre. Cabrero. Acuña. Medina. Gaspar Ramírez.
(E. Aznar et. al. 1991)
1524 Septiembre 2. «S.C.C. Mag.a El
Consejo de Gran Canaria besamos las manos y pies reales de V. M., a la cual
entendemos suplicar por nuestro mensajero más largarnente cosas convenientes a
su servicio y al estado desta isla, y entretanto nos parece que v. M. se debía
informar que en los tiempos pasados este obispado ha padecido en lo
eclesiástico mala gobernación por algunos de los prelados pasados, y después de
la provisión del reverendo in Cristo, padre don Luís Vaca, que nombró por su
vicario al venerable don Martín Jiménez, chantre desta iglesia, que asimismo
vino provehido por inquisidor, avemos visto en la jurisdicción obispal tanto
recado e tan buenas ejecuciones de justicia, que tenemos que Dios N. S. y V. M.
han sido muy servidos porque ha avido muchos castigos de hechizos en que estas
islas estaban muy pervertidas en grandes y diversas especies de hechicerías, donde
intervenían hurtos del Santísimo Sacrarnento y del Oleo Santo, y parte de las
aras de todos los más altares desta ciudad y otras abominaciones, y tarnbién se
ha refrenado mucha resolución de amancebados públicos y de malas contrataciones
usurarias que en esta isla se acostumbraban así de los clérigos de corona;
muchos han sido hasta agora castigados, antes favorecidos en los excesos que
han querido cometer, y como que de semejantes ejemplos y rectitud de buena
justicia, así como se goza y alegran los buenos y virtuosos, se entristecen e
mormuran los injustos, algunas personas a quienes ha tocado estas correcciones
se han atrevido á buscar calores para lo impedir, diciendo que el dicho chantre
ha excedido en estos casos usurpando la jurisdicción Real, porque estos
castigos se han hecho por las calles acostumbradas y por las prisiones de
algunos destos delincuentes, y en estos ha intervenido principalmente un
personero desta isla y un canónigo, Juan de Troya, comisario de la Santa Cruzada ,
movidos por querer el dicho chantre justamente ocurrir a muchas extorsiones
injustas y cohechos que el dicho comisario suele llevar y lleva de los vecinos
destas islas, y porque después de se lo haber amonestado familiarmente, le
sacaron de su casa por mandado del dicho chantre una manceba que había muchos
años que tenía públicamente, en que tenía muchos hijos, así como si por ley lo
pudiera hacer y el dicho personero porque se procedía contra él por conjuras,
porque retenía a su marido una mujer casada y porque podía ser que por la
importunidad desto se inclinase a los jueces de v. M., que están en esta isla y
estorbase el buen celo e propósito del dicho chantre, suplicamos aV. M. que
mande que sea favorecido y ayudado en manera que libremente pueda reformarse
semejantes malas costumbres y Dios Nuestro Señor y V. M. sean servidos.
Prospere N. S. felizísimamente la
Real persona que V. M. con acrecentamiento de mayores
estados. Fecho en la ciudad Real de Las Palmas que es en la isla de Gran
Canaria, a dos días de septiembre de 1524 años.-Licenciado, Hernando de
Aguayro.-EI bachiller Pedro Góngora.-Pedro de Peñalosa.-Juan de Escobedo.-
Diego de Narváez.-Bernardino de Lezcano.- Antón de Zerpa.-Juan de Aríñez,
escribano mayor del Cabildo».
1524. Septiembre, 7. Valladolid.
Remisión al presidente y oidores de la Audiencia de Granada del pleito entre don Guillén
Peraza y el Adelantado por la tutoría del primero. .Deben ver "el proceso
firmado por Hernán Sánchez y sentenciarlo. Se da a petición del conde de La Gomera. Carvajal.
Polanco. Aguirre. Acuña. Vázquez. Gaspar Ramírez. (E. Aznar et. al. 1991)
1524. Septiembre 10. Valladolid.
Comisión al gobernador de Gran Canaria, para que dé cumplimiento de justicia a
Francisco de Herrera, mercader estante en dicha isla. Reclama los esclavos berberiscos
que compró en Fuertenvetura y le fueron tomados por Ximón de Pieres, Ximón de
Morales y otros regidores de Fuerteventura diciendo que los había comprado en
el puerto y los podían tomar por el tanto; sin embargo, nunca le pagaron y
Hernán Arias de Saavedra, señor de la isla, no le quiere hacer justicia.
Carvajal. Polanco. Cabrero. Acuña. Martínez. Medina. Salmerón. (E. Aznar et.
al. 1991)
1524. Septiembre, 10. Valladolid.
Comisión al gobernador o juez de residencia de Gran Canaria para que determine
en la demanda presentada por Lucano Espindola, genovés, contra ciertos vecinos
de las islas que fueron a las que él tiene arrendadas en Cabo Verde,
especialmente a la de Buenavista, y le robaron mucho ganado cabruno, valorado
en más de cuatro mil ducados, y lo llevaron a Lanzarote y Fuerteventura, donde
vendieron el sebo, corambre y carne. Carvajal. Polanco. Aguirre. Acuña.
Vázquez. Medina. Salmerón. (E. Aznar et. al. 1991)
1524. Septiembre, 13. Valladolid. Al
gobernador de las islas de Canaria, para que dé cumplimiento de justicia a
Lucano Espíndo1a, genovés. Este reclama a Hernán Arias, señor de Lanzarote y
Fuerteventura, trescientos ducados del concierto que hizo con él sobre el sebo
y corambre que le Compró a unos ladrones que le habían robado ganado de una
isla que tenía arrendada en el reino de Portugal. Carvajal. Cabrero. Acufia.
Guevara. Vázquez. Salmerón. (E. Aznar et. al. 1991)
1524. Septiembre, 21. Valladolid.
Licencia a la isla de La Palma, para que pueda echar por sisa o repartimiento
hasta quinientos mil maravedís, con el fin de terminar el muelle que hacen. Se
da a petición de Fernando de Ponferrada, procurador de la isla, que alegó que
el muelle que hacen es muy bueno y en él se acogen barcos que van a las islas
ya Indias; que acrecienta las rentas reales, dado que loS barcos no van a
tierra del señorío Como solían; y que en él se han gastado quinientos mil
maravedís concedidos en penas de cámara, cien mil de los que hubo merced para
repartimiento, y ochocientos ducados que la isla tomó prestados y gastos de los
propios, Como aparece por la cuentas tomadas por el doctor Lebrija, teniente de
gobernador. Carvajal. Santiago. Aguirre. Cabrero.
Acuña.
Campo. (E. Aznar et. al. 1991)
1524. Septiembre, 22. Valladolid.
Comisión al gobernador o juez de residencia de Gran Canaria, para que haga
ejecutar las cantidades que son debidas a Gaspar de Santa Cruz y Francisco
Fernández Coronel, recaudadores mayores de las rentas de dicha isla en 1520 y
1521, ya Hernando de Berlanga, su factor. La Rúa. Gutiérrez. Galindo. (E. Aznar
et. al. 1991)
1524. Septiembre, 24. Valladolid.
Comisión a Pedro de Madrid, contino real, para que haga pagar a Lope de Urueña
y Juan de Figueroa, vecino y regidor de Valladolid, la cantidad que les fue
librada en las rentas de Gran Canaria de 1523, para pagar las guardas. Juan de
Almorax, receptor de dicha renta, ha enviado ciertas sumas a ciertas personas
en cédulas de cambio a la ciudad de Sevilla, pero ellos no las han recibido.
Gutiérrez. Gutiérrez (sic). (E. Aznar et. al. 1991)
1524. Septiembre, 28. Valladolid.
Comisión al gobernador de Gran Canaria, Tenerife y La Palma, para que ejecute
la obligación de Francisco Ximénez, vecino de Tenerife, de pagar el
encabezamiento de las rentas de La Palma. Este las tiene arrendadas del concejo
de dicha isla por diez años y con cien doblas de prometido -de las que quiere
hacer dejación-por lo que se ha mandado una persona de la corte, con una dobla
por día, para cobrar los atrasos. Se da a petición de la isla que resulta
perjudicada. La Rúa. Gutiérrez. Galindo. (E. Aznar et. al. 1991)
1524. Septiembre, 30. Valladolid. Orden
para que haya ocho regidores en la isla de La Palma y que su salario sea igual
al de los de Tenerife. Se da a petición de Fernando de Ponferrada, escribano
público y procurador de la isla, quien informó que existían quince regidores
para tan sólo 400 vecinos, además, eran conquistadores y personas a quienes se
había hecho merced. El Rey. Cobos. Arzobispo Santiago. Aguirre. Cabrero.
Guevara. Acuña. Martínez. (E. Aznar et. al. 1991)
1524. Septiembre, 31. Valladolid.
Emplazamiento contra Francisco Ximenez, vecino de La Palma, para que comparezca
ante el Consejo, en seguimiento de la apelación del concejo de dicha isla
contra una sentencia del Adelantado, sobre el arrendamiento de las rentas de la
isla. La Rúa. Gutiérrez. Gallardo. (E. Aznar et. al. 1991)
1524. Octubre, 1. Valladolid. Al
gobernador de Gran Canaria para que remita a la Chancillería de Granada la
información que hizo sobre los excesos del licenciado Alfaro en la ejecución
del pleito entre el Adelantado y el Conde de La Gomera, ya que el Consejo ha
remitido a la Chancillería el proceso entre ambos. Se da a petición de Alonso
de Ocampo, procurador del citado conde. Gaspar Ramírez. (E. Aznar et. al. 1991)
1524. Octubre, 7. Valladolid. Al
gobernador o juez de residencia de La Palma, para que persiga a los malhechores
con las penas de cámara. Se da petición de Fernando de Ponferrada, procurador
de la isla, porque hay muchos malhechores que roban y asaltan a los caminantes
y no los puede prender por ser tierra fragosa y carecer de propios para
perseguirlos. Santiago. Aguirre. Guevara. Vázquez. Medina. (E. Aznar et. al.
1991)
1524. Octubre, 7. Valladolid. Licencia
al concejo de La Palma para conocer las apelaciones hasta 20.000 mrs. de moneda
de Castilla, como si fueran hasta los 3.000 mrs. que establecieron las leyes de
las Cortes de Toledo. La isla ya tenía licencia para conocer hasta 10.000 mrs.,
y la nueva petición se debe a la concesión hecha en 1523 a los concejos
castellanos para conocer hasta 6.000 mrs. A petición de Fernando de Ponferrada.
Arzobispo Santiago. Aguirre. Guevara. Santiago. Acuña. Vázquez. Medina. Campo.
(E. Aznar et. al. 1991)
1524. Octubre, 7. Vallladolid. Licencia
a la isla de La Palma para poder sacar el vino que produjere, una vez
abastecida la isla. Se da a petición de Fernando de Ponferrada, quien alegó que
en 1523 se perdieron 30.000 arrobas de vino, por no haber permitido el
gobernador su exportación, excepto a algunas personas. Arzobispo Santiago.
Santiago. Aguirre. Guevara. Acuña. Vázquez. Medina. Campo. (E. Aznar et. al.
1991)
1524. Octubre, 7. Valladolid. Al
gobernador o juez de residencia de La Palma, para que dé cumplimiento de
justicia a Fernando de Ponferrada, procurador de dicha isla. Pide que se
aplique la pragmática contra quienes se alzan con hacienda propia, y que, el
gobernador y regidores, hagan ordenanzas contra quienes den de comer o acojan a
los alzados, puesto que muchos criadores de ganados y trabajadores se alzan en
la isla, que es muy fragosa. Arzobispo Santiago. Santiago. Aguirre. Acuña.
Vázquez. Medina. Campo. (E. Aznar et. al. 1991)
1524. Octubre, 7. Valladolid. Al
gobernador o juez de residencia de La Palma, para que los jueces, alguaciles,
escribanos y porteros de la justicia de dicha isla lleven sus derechos por el
arancel dado a Gran Canaria, ya que los gastos en dicha isla son más crecidos
que en Castilla y los derechos que establecen las leyes del reino son
insuficientes. Arzobispo Santiago. Aguirre. Guevara. Acuña. Vázquez. Medina.
(E. Aznar et. al. 1991)
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