UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS
PERIODO COLONIAL
1501-1600
DECADA 1501-1510
CAPITULO III-VIII
Eduardo
Pedro García Rodríguez
1504 septiembre 3.
Carta de quito
que otorga Pedro Rodríguez de Caravajal
(marido de Catalina López, vecino de Sevilla en la collación de Santiago)
a Tomás de Palenzuela
(mercader, vecino de Sevilla en la collación de Santa María
Madalena, que está presente) en razón de
todos los maravedís, doblas
y otras cosas
qualesquier que le deviere, asy de vendidas que le oviere fecho de tierras en la Ysla de Gran Canaria, como
de sueldos suyos y
de qualesquier personas de las
que oviere tenido poderes en qualquier manera, de todos los tiempos pasados;
hace renuncia de leyes a su favor y da
las seguridades acostumbradas ... /m
077 09 2-7
AA(F. nn., A. ,
LUZ. 5tULJ. (Francisco Morales Padrón, 1961)
1504 septiembre 3.
Pedro Rodriguez de Caravajal (marido de Catalina
López, vecino de Sevilla en la collación
de Santiago), en nombre y voz de
Francisco de Sevilla (vecino de Sevilla en la collación de San Martín, del que
tiene poder), vende a Tomás de Palenzuela
(mercader, vecino de Sevilla)
todas las tierras calmas pertenecientes a Francisco de Sevilla en el río
de Fyrgas, qu'es en la Ysla de la Gran Canaria , y le fueron dadas en pago de
ciertos sueldos que ganó el dicho Francisco
de Sevilla en servicio de Sus Altezas, en la conquista de la Gran Canaria ; las que posee en su nombre Pedro de
Santa María, abitante en la dicha Ysla y
vecino de Sevilla; por precio de diez mil maravedís que tiene
pagados ... (F. SE., 2.", fol. 402). (Francisco Morales Padrón, 1961)
1504 Septiembre 4.
162-4.-Pedro de Trujillo. 3 f . de r. en el Reyno de
Guydmad. 4-IX-1504.
163-5.-Ortega de Vega. 4 f . y media de r. q. son en el
Arutaba en Taoro q. an por linderos [blanco] donde no fuere dado. [s. f. pero
el Adelantado se titula además «capitán general en las partes de Africa desde
el cabo de Aguer fasta el cabo de Bogidor»].
1504 Septiembre 4.
940-54.-Diego de León. 3 f . en el valle de Ycode dende
una casa hacia las tas. de la mujer de Hernando de Guadarteme. q. digo q. lo
quiero ver y entretanto q. no se dará a nadie hasta q. yo lo vea e habiéndose
de dar no se vos quitará a vos por otro. 4-IX-1504. (Datas de Tenerife, libros
I al IV)
1504 Septiembre 7.
388-44.-Luis Alvares. Para vos e
vuestros fijos e para vuestro sobrino las cabezadas ds las tas. de vuestros
yernos q. son en Tacoronte en las tas q. tenía Alo Peres tejero e Pedrálvares y
así mismo las cabezadas de Ryfel Luys mi fijo. q. vos do la una de las
cabezadas de vuestro yerno, conviene a saber la de Pedrálvares, y la de Alonso
Peres tejero sea para vuestro sobrino si trae su mujer y sino será de quien yo
quisiere. 7-IX-1504. (Datas de Tenerife, libros I al IV)
1504 Septiembre 8.
961-75.-Pedro del Puerto. 2 c. a
la primera cruz del camino de Taoro, a las montañetas de García del camino de
Taoro para arriba lo q. pudiere alargar. 8-IX-1504. (Datas de Tenerife, libros
I al IV)
1504 septiembre 10
Martes.--Pedro
de Padilla (escudero, marido de
Juana de Merlo, vecino de Sevilla en la
collación de San Vicente) vende a
Fernando de Caravajal (trapero, vecino
de Sevilla en la collación de San
Andrés, que está presente) una su cabtiva
canaria, que ha nombre Beatriz y
30 años de edad, natural de
Tenerife, e asimismo a
Gonzalo Díaz (carretero,
vecino de Sevilla en la collación
de San Vicente) un su
cabtivo canario, de nonbre Juan y tres
años de edad, hijo de la dicha Beatriz,
nacido en Sevilla;
por precio de 11.500 maravedís la Beatriz y 4.000 el Juan, habiendo cobrado los 15.000 maravedís, de los que da
carta de pago,
con las firmas
y seguridades de
costumbre ... (F. SE., z.,
fol. 45).
1504 Septiembre 11. Medina del Campo. Emplazamiento a Guillén
Peraza y doña Inés Peraza, hijos del difunto Fernando Peraza, a petición de
Pedro García de Herrera, que solicita ser considerado como uno de los herederos
de los bienes de Diego Herrera y doña Inés Peraza, para que en un plazo de
ciento treinta días presenten sus pruebas en el pleito que siguen, junto a doña
Beatriz de Bobadilla y Alonso Fernández de Lugo, adelantado de las islas de
Canaria, con Sancho de Herrera, doña María de Ayala, condesa de Portoalegre, y
doña Constanza Sarmiento, vecina de Sevilla y mujer de Pedro Fernández de
Saavedra, sobre la posesión de las islas de Lanzarote, Fuerteventura, La Gomera y El Hierro, y para
que respondan a la demanda presentada por el dicho Pedro García de Herrera, que
acusa a Guillén Peraza de poseer injustamente la isla de El Hierro, ya que
dicha isla le fue concedida por carta de donación de Diego de Herrera y doña
Inés Peraza, firmada por Martín Rodríguez, escribano público de Sevilla.
Episcopus cartaginensis. Zapata. Tello. Moxica. Santiago. Suárez. Ruiz de
Castañeda. (E.Aznar; 1981)
1504 Septiembre 15.
57-19.-Pedro Mexía regidor. Mando
a vos Lope Fernández e a vos Guillén Castellano regidores e repartidores de las
tas. De s. q. deis a 10 c. en qualquiera lugar q. se hallare porque aquí en
esta conquista las sirvió e mereció. q. vos do 60 [rescrito] f. 15-IX-1504.
(Datas de Tenerife, libros I al IV)
1504 Septiembre 15.
182-24.-Juan d Almansa. En
Tegueste un pedazo linde con el barranco q. viene del puerto de Tegueste y Ala
Peres q. Dios aya, aguas vertientes. 15-IX-1504.
1504 Septiembre 16. Medina del Campo. Orden al gobernador y juez de
residencia de Gran Canaria, a petición de Alonso Fernández de Córdoba,
arrendador y recaudador mayor del tres por ciento, para que apremie a los
mercaderes apagar sus derechos en el momento que entran las mercancias en la
aduana. Cristóbal Suárez. Respaldada: Mayordomo. Zapata. Suárez. Polanco.
(E.Aznar; 1981)
1504 septiembre 18.
Bartolomé Rodríguez Negrete (maestre de la nao
nombrada la "Santísima Trinidad", surta
en el puerto de 'Las Muelas del río Guadalquivir, vecino de Sevilla en
la collción de San Vicente) debe
a Fernando de Lugo y Juan de Osorio (mercaderes, vecinos de Sevilla, presente
Fernando de Lugo) 8.750 maravedís, prestados para
fornecimiento, despacho y
bastimento del dicho na- vío, que van a
riesgo de los prestamistas hasta
llegar en viaje que va a hacer
a las Yslas de Canaria, de entrada, y
volver a
algún puerto de Andalucía; y se
obliga a pagar en SevilIa a
los diez días de la llegada en
tornaviaje ... (F. SE., 2.",
fol. 318). (Francisco Morales
Padrón, 1961)
1504 Septiembre 19. Medina del Campo. Presentación de Francisco
Sánchez Tocado, clérigo de la diócesis de Sevilla, para una ración de la
iglesia de Canaria, por vacante de Pedro de Hontiveros. Se ordena que el obispo
de Canaría le dé posesión y haga que le sean entregados los derechos y rentas
que le corresponden. El Rey. Grizio. Martinus. Tala vera. Polanco. (E.Aznar;
1981)
1504 Septiembre 20.
317-44.-Bartolomé Benites. Yo
hobe dado en repartimiento a vos B. B., mi sobrino, 300 f . de tas. de s. del
Barranco del Ahorcado hacia esta villa y agora los Cordoveses vos han entrado
en ellas y han allí hecho cosas y despensas y paréceme no es justo le sean
quitadas, yo vos do en repartimiento a vos el dho. B. B. 300 f . de tas. de s. q. son
del dho. Barranco del Ahorcada [sic] hacia Tahoro con el agua q. a la cabezada
tiene en el monte para abrevar ganado; son las dhas. tas. desde el dho. monte
q. se entiende el camino q. va a Tahoro hasta la mar en el espa~o questas dhas.
300 f .
puedan entrar. q. digo q. vos do 300
f . de sembradura en las dhas. tas. con la dha. agua con
tal q. des estación para abrevar los ganados de todos los vecinos y pongáis
dornajos. 20-IX-1504. (Datas de Tenerife, libros I al IV)
1504 Septiembre 24.
1.-Fernando de Llerena y Juan de
Almasán. Vecinos y conquistadores. Dygo que por quanto vos F. de Ll., regidor,
e vos J. de A., beçinos desta ysla de Teneryfe, conquystadores que fuestes
desta ysla tenéys boluntad de trocar e cambyar 300 f . de ta. de r. que vos
los sobre dychos tenéys en el Arautaba, las quales vos fueron dadas en el
primer repartimiento, dygo que para ello yo vos do licencia para que lo podáys
facer de manera que las dychas heredades queden en el uno o en el otro y e por
byen pase el dycho troque o benta (tachado) del uno al otro y del otro al otro
y mando al escribano que vos faga carta de la dycha venta (tachado) troque y
asymesmo le mando que asyente ésta en el regystro. 24-IX-1504. El Adelantado.
En 24- V -1509 lo presentó Alonso
de Llerena y pidió se asiente. Digo que lo presentó Alonso de Llerena del
Concejo desta ysla. (Datas de Tenerife, libro V de datas originales)
1504 Septiembre 25. Medina del Campo. Confirmación del nombramiento
hecho por el concejo y justicia de Gran Canaria de Juan de Aríñes para el
oficio de escribano del número de dicha isla, en lugar del fallecido Gonzalo de
Burgos. El Rey y la
Reina. Torres. Zapata. Te/lo. Muxica. Santiago. Polanco.
(E.Aznar; 1981)
1504 Septiembre 26. Medina del Campo. Orden al gobernador o juez de
residencia de Gran Canaria para que determine en las demandas interpuestas por
Alonso Fernández de Córdoba, arrendador y recaudador mayor de las rentas del
tres por ciento de las tercias de Gran Canaria, Tenerife y La Palma , contra los concejos y
particulares que deben cantidades de dichas rentas, siendo sus sentencias
inapelables, salvo las definitivas ante los contadores mayores y en cuantía
superior a 3.000 maravedís, como dispone la ley de cortes de Toledo. Jiméncz.
Polanco. (E.Aznar; 1981)
1504 Octubre 1.
522-37.-Batista Ascaño, mi
alguacil mayor. 300 f .
encima de Heneto al pie de la montaña. q. os den 200 f . 1-X-1504. (Datas de
Tenerife, libros I al IV)
1504 Octubre 1.
857-36.-Conzalo del Puerto. Un
pedazo de ta. con una fuentecilla de agua q. es en el barranco de Tegeste,
sobre la mar. 1-X-1504. (Datas de Tenerife, libros I al IV).
1504 octubre 3.
Antón Romo
(portero, vecino de Sevilla en
la coliación de Santa Luzía) recibe
de Thomás de Palenzuela (mercader burgalés)
onze mil1 syetecientos maravedís,
que le debía por un albalá
firmado de su
nombre, de una
parte de tierra
de regadío y de sequero
que le había
vendido en la
Ysla de la Gran Canaria ,
y le otorga carta de pago. Firman: Antón Romo Portero, Tomás de
Palenzuela y Gómez Alvarez, escribano de Sevilla. (F. SE., 2."
fol. 561).
(Francisco Morales Padrón, 1961)
1504 Octubre 5. Medina
del Campo. El capitán Bartolomé de Estopiñán se queja del despojo por
parte de Alonso de Lugo de las tierras
que había recibido en repartimiento coma recompensa por sus importantes
servicios en la invasión y conquista d.e Tenerife. El Consejo real ordena al gobernador
de Gran Canaria que incoe la oportuna información sobre el particular,
remitiéndola para resolución al alto organismo.
Que ayan ynformación sobre lo que a servido.
Don Fernando e doña Y sabel, etc.
A vos el nuestro governador de la isla de Gran Canaria, salud e gracia. Sepades
que Bartolomé de Estopiñán, vecino de Xerez de la Frontera , nos hizo
relación por su petición: que Alonso de Lugo, adelantado que agora es de la
ysla de la Grand Canaria ,
estando en la conquista de la ysla de Tenerife fue desbaratado por los canarios
e le mataron ciertos onbres e le echaron fuera de la dicha ysla; e quél se pasó
a la dicha ysla de Gran Canaria, e de
allí enbió a pedir socorro al duque de Medina Sidonia, el qual dicho duque, por
servicio de Dios e nuestro, le envió a socorrer con mill onbres a pie e
cinquenta de cavallo enbió al dicho Bartolomé de Estopyñán de la dicha gente,
con la qual el dicho adelantado e él tornaron a la conquis- ta de la dicha
ysla, e estovieron en ella dos años hasta que se acabó de ganar la dicha ysla,
peleando muchas vezes por batallas con los dichos canarios, de manera que,
después de Dios, por lo mucho quél trabajó quedó la ysla ganada; e que por lo
quél trabajó le fue señalado por el dicho adelantado una parte de tierras, con
su agua para regar los cañaverales que en dichas tierras se aviesen de sembrar,
e asymismo agua para el yngenio; e que estando el dicho asyento señalado por
suyo en su nombre, e aun no seyendo tanto ni tal segund la quél trabajó, agora
el dicho adelantado, syn ninguna cabsa, le ha quitado las dichas tierras e
agua, non dándole ni señalándole otras ningunas, de lo qual recibía agravio; e
nos suplicó e pidió por merced non diésemos lugar quél fuese agraviado, e le
mandásemos hazer merced no solamente de aquello que hera suyo, más de otro
mucho más; e que para que mejor fuésemos ynformados dello Inandásemos a vos, el
dicho nuestro govemador, que oviésedes ynformac;ión de todo lo susodicho e
viésedes dende las dichas tierras e agua; asymismo oviésedes ynformación de lo
quél trabajó e syrvió en ja dicha conquista; e la ynformación avida de todo
ello, la enbiásedes ante nos o como la nuestra merced fuese. E nos tovímoslo
por bien: por que vos mandamos que, llamadas e oydas las partes a quyen atañe,
ayáys información e sepáys la verdad cerca de lo susodicho, e asy por los
testigos que las partes quisyeren presentar como por los que vos de vuestro
oficio vierdes que se deven recibir para mejor saber la verdad; e la
ynformac;ión avida e la verdad sabida, concluso el negocio para sentenc;ia
difinitiva, e escrito en limpio e firmado de vuestro nombre e cerrado y sellado
en pública forma e en manera que faga fee, lo enbiad ante nos al nuestro
Consejo, para que en él visto se provea lo que fuere justicia. Para lo, qual
todo que dicho por esta nuestra carta, vos damos poder cumplido, con todas sus
yncidencias e dependencias, anexidades e conexidades. E no fagades ende al.
Dada en la villa de Medina del Campo, cinco días del mes de octubre año del
nascimiento del nuestro señor Jhesu Christo de mill e quinientos e quatro años.
=doctor.=Archiepiscopus deTalavera.=Licenciatus Zapata.= Franciscus Tello,
licenciatus. =Licenciatus Moxica. =Licenciatus de Santiago. = Johanes,
doctor.=E yo Alonso del Mármol, escrivano de cámara del rey e de 1a reyna
nuestros señores, la fize escrevir por su mandado, con acuerdo de los del su
Conseio. =Licenciatus Polanco (rubricado).
1504 Octubre 10.
172-14.-Jayme Joven. 100 f . en las cabezadas de
Tacoronte. ..y si no las oviere q. las podáis tomar allí mismo en la montaña de
mi fuente a la parte otra del camino. Digo a los repartidores den otras 50 f . complimiento a 100 en
las dhas. cabezadas de
Juan Delgado o de Ferrandes de
las Islas. 10-X-1504.
1504 Octubre 10.
932-46.-Ruy BIas, el padre. Un
pedazo de ta. en las fajanas de Ycode, lindes Juan Correa, el camino q. agora
viene de la sierra e Juan d Ebora, acima los riscos, 3 f . y 1/2 hasta 4, os doy para
q. podáis dar a un sobrino, si quiserdes. q. digo q. demás de las 2 f . q. yo vos hove dado y vos
las dais a vuestro sobrino, yo le doy una f. q. está junto con ella para viñas.
3-X-1504. (Datas de Tenerife, libros I al IV)
1504 Octubre 11. Medina del Campo. Citación a Sancho de Herrera,
doña María de Ayala, condesa de Portoalegre, y doña Constanza Sarmiento, mujer
de Pedro Fernández de Saavedra, vecino de Sevilla, a petición de Pedro García
de Herrera, hijo de Diego de Herrera y de doña Inés Peraza, que solicita ser
considerado como uno de los herederos de los bienes de éstos, para que en un
plazo de cuarenta días presenten sus pruebas en el pleito que siguen con
Guillén Peraza y doña Inés Peraza por la posesión de las islas de Lanzarote,
ffierteventura, La Gomera
y El Hierro. Episcopus cartaginensis. Zapata. Moxica. Carvajal. Santiago. Ruiz
de Castañeda. Suárez. (E.Aznar; 1981).
1504 octubre 12.
Testimonio (signado,
firmado y rubricado por Diego de San Clemente,
escribano publico, de poder otorgado en
la villa del Real de Las Palmas, que es en la Ysla de
Grand Canaria, por
Cristóbal de Aponte (genoves,
vecino de la Ysla
de Tenerife, una de las Yslas de
Canarias) a Pedro de Vergara (alcalde mayor y vecino de la Ysla de Tenerife),
especialmente para obligar a Francisco
de Riberol (genovés, vecino de Sevilla,
o a las personas que éste quisiere o por
bien tuviere) en las contías de maravedís que vos
quisiéredes, para los dar e cunplir e pagar en
la Ysla de Tenerife al plazo o plazos que por vos
bien visto fuere, y para otorgar contratos y obligaciones con las fuerzas, firmezas y penas que le pidan, que
él se obliga a cumplirlos
...; y que pueda atributar a
Riberol, o a otro, un yngenio de moler caña con todos sus
aparejos de cobre y casas e las otras cosas del dicho yngenio
anexas e pertenecientes con todas
las tyerras de regadío al dicho
yngenio pertenecientes, que yo el dicho
Christoval de Aponte oy día tengo et poseo en la dicha Ysla de Tenerife en
término de Daute, qu' es en la dicha
Ysla de Tenerife, a censo perpetuo o ynñteutyco, o por vida o por
la manera que vos quisyeredes e
por bien tuvieredes, e por el precio de
maravedís e azúcares que
a vos bien visto
fuere, y para
otorgar los documentos
necesarios. Testigos
que fueron presentes al otorgatniento: Iñigo… (Francisco Morales Padrón, 1961)
1504 Octubre 14.
166-8.-García Díaz Picaço,
regidor de la cibdad de Medina. 6
f . de r. con el agua q. les pertenesce por su dula en el
término de Aguymar 14-X-1504.
1504 Octubre 14.
167-9.-García Díaz Picao, regidor
de la cibdad de Medina Sidonia. 150
f . en Tacoronte. Fecho en El Realejo, 14-X-1504. q. digo
al escrivano q. vos asiente 80
f .
1504 Octubre 14.
749-30.-Pedro Madalena. Una
fuente q. es en ta. de Abona q. llaman los guanches la fuente Taçofote, q. es
encima del puerto de los Abrigos, con más unas cuevas q. están juntas para
ganado, y do vos la dha. fuente para q. podáis hacer un parral con una huerta.
14-X-1504. (Datas de Tenerife, libros I al IV)
1504 Octubre 15.
165-7.-Ortega de Vega. 6 f . de r. en Goymard. q. digo
q. son 6 f .
de senbradura de r. en Guyma, cerca de lo de García Paes y su hermano.
15-X-1504.
1504 Octubre 16.
560-27.-Diego de Badajós.
Repartidores: dad a D. de B. la cabezada de su ta. q. tenía de antes por q. lo
de abajo, des q. se fue y es tobo tres años en Gran Canaria, la ta. dila a
Pícar. 16-X-1504. [Autógrafo del Adelantado]. (Datas de Tenerife, libros I al
IV)
1504 Octubre 17.
88.-Poder.
Yo el Adelantado don A. F. de L.,
Adelantado de las y slas de Canaria, etc.,digo que por quanto yo ove dado e di
mi poder a vos Guillén Castellano e Lope Fernández, vecinos, regidores de la
ysla de T., para que fuésedes mis sustitutos repartydores en nombre del
Reye de la Reyna , nuestros señores, e
en mi lugar, para que las tierras de sequero, as y de Tacoronte como de otros
cualesquier términos de esta ysla, repartáys... porque estavan mal repartydos
asy por yerro de los que las repartyeron como por otras cabsas que a ello me
movieron, e yo queriendo remediar lo susodicho, haziendo cerca de ello aquello
que sea justicia e poblar la ysla de T., vos di el dicho poder para que
viésedes las tierras personalmente e las midiésedes por lo que por mis alvalaes
paresciere, por quanto los repartydores que yo puse años pasados no las
midieron por hanegas, salvo por pasos y pedazos, e que esto que asy hallásedes
lo testades anulásedes ya las mismas personas les repartiésedes en ello por
hanegas conforme a mis alvalaes; e mandoos que se lo midiésedes con una vara en
que avía tres varas de medir y una cuarta, e que por cien fanegas diésedes
treynta varas oficialmente como a vosotros les pareciese y esto se entendió y
yo os mandé que fuese asy en lo repartydo como en lo por dar e repartyr , e por
virtud de lo que dicho es vosotros los susodichos usaste de ello e mediste as y
desde la suerte de Juan de Liria, que es la postrera fuente sobre el Cabzalejo,
hasta el barranco de Guayonza por el camino adelante e de allí por el dicho
camino comenzado desde la suerte de Alonso Váez, portugués, hasta la suerte de
Antón de Vallejo, escribano público, que es frontero del Peñol, con la dicha
medida dando por mis alvalaes las 30 varas por las 100 f . e de aquí al respebto.
Otrosy vos mandé que las cabezdas de estas tierras repartiésedes e diésedes a
las personas que por mis alvalaes pareciesen medido con la dicha medida en esta
forma que desde la suerte de Juan de Liria hasta el barranco de Guayonza
echásedes por medio de las dichas tierras o en menos o en más como a vosotros
bien visto fuese ya los demás diésedes de la linde abaxo hasta la mar , ya los
otros de la linde arriba hasta el
camino de Taoro, medido por la dicha medida, e desde el barranco de Guayonza
fuese otra linde en la misma forma hasta la dehesa e lo e donde la dicha linde
lo de abaxo hasta el camino que va a Tacoronte diésedes a unos, y dende la linde
diésedes a otros hasta el camino (borroso) y esto pues... se oviese dado porque
los vecinos y pobladores de la ysla de Tenerife vienen en mucha suma se les
diese tierra y poblasción, esto porque la... de estas tierras estavan por
romper, y herrado y mal repartydo, e porque es servicio de Dios y de sus
altezas, por ende todo lo susodicho yo lo confirmo e apruevo por bien hecho, e
todas las tierras que as y avéys repartydo en la forma que dicha es yo lo do
por bien repartydo con la dicha medida; e agora de nuevo vos do todo mi poder
bastante para que todo aquello que por mis alvalaes paresciere se reparta por
vosotros en las dichas cabezadas, medido con la dicha medida, dándolo y
entregándolo a la persona o personas contenidas en mis alvalaes, e en todos los
otros términos de la ysla que tierras ayáys de repartyr las midáys por la dicha
medida e porque ysa repartyr ya véys de ir y vayais a Dabte como a Taoro ya Güydmar ya Heneto ya
Tagana e Tegueste, términos de esta ysla, que es lexo de lo poblado donde moráys,
que podáys llevar y Ilevéys justo e devido salario que devades aver, e por la
presente vos relievo de todo aquello que con derecho e justicia devades llevar
por vuestros trabajos e por lo medido lo subrayado figura tachado) y hacer
medir. Hecho a 17- X- 1504. El Adelantado.
E yo Antón de Vallejo, escribano
público e del Concejo dela ysla de Tenerife, que este traslado hize sacar cuyo
oreginal está en mi poder e por ende hize aquí este mío syno a tal en
testimonio de verdad. (Datas de Tenerife, libro V de datas originales)
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