Recopilados por Eduardo Pedro García Rodríguez
1503 enero 24.
María Canaria
(esclava que fue de Alfonso de
Sevilla, alias "Miverga", que
Dios aya, vesina de Sevilla en la collación de Santa María) otorga que ha recibido de Jerónimo Fernández de Corcuera e de Gonzalo
Martinez López (vecinos desta dicha cibdad, albaceas del testamento
del dicho Alfonso de
Sevilla, presentes) los bienes
syguientes: dos colchones llenos de lana, e un par de sávanas, e una
manta, e
dos almohadas llenas de lana, e
una c..., que
le] mandá en su
testamento; e más ha recibido d'ellos
unos manteles de lino de tres varas, e más tres paramentos de cama, y
un destajo de seda de ladrillejos, e un
cofre, e
una caldera, e una azada,
e una paleta e
un tajador de palo; de dicho difunto ...
(F. SE., 2." fol. 222 v.).
1503 Enero 30.
Por Real cédula se dictaron las primeras Ordenanzas de la Casa de Contratación, la Corona aparece preocupada por
regular el comercio de las Canarias, pues por esta im-portante disposición
ordenábase a los oficiales de la
Casa que procurasen saber "con
mucha astucia e diligencia las cosas que hay en las dichas islas de Canaria de
que se puede facer provecho", en particular los azúcares) para tratar
de establecer un comercio activo "con
nuestros Reinos" y para conocer qué derechos podrían establecerse
sobre las exportaciones, sin mengua de la prosperidad y desarrollo de aquellas
comarcas recién conquistadas.
Encargaba esta disposición a los
oficiales de la Casa
seguir con respecto a las Canarias una política comercial análoga a la que se
empezaba a practicar con las Indias Occidentales; es decir, monopolio y
centralización mercantil, pues ordenaba "que
en la forma del comprar las dichas mercaderias e mantenimientos e cargar e
llevar a las dichas islas y en lo que de ellas se trujiere a la dicha Casa se
tenga e guarde la misma forma e orden que por estas ordenanzas mandamos",
o sea las relativas al comercio hispano americano.
Sin embargo, la resistencia de
las islas a tan vejatoria imposición dejó sin efecto el monopolio y centralismo
intentado, siguiendo en el disfrute de una libertad omnímoda comercial, como si
se tratase el Archipiélago de una ampliación territorial de la metrópoli. (En:
A. Rumeu de Armas, 1991)
1503 Marzo 8. En reunión del Cabildo de los invasores castellanos:
“Platicaron los dichos señores cerca del pregón que ayer día se dió de los
guanches horros desta ysla, que mandavan e mandaron que los guanches horros que
han quebrantado las hordenanças fechas por el Cabildo desta tocantes a los
dichos guanches, que sean executados en sus personas e bienes las penas
contenidas en las dichas hordenanças.”.
1503 abril 1.
Antón González
el Moso (marido de Ana Benítez, vecino de la villa
del Puerto de Santa María)
por sí, de una parte, y
Juan de Moya (canario, natural de
la Ysla de Tenerife), por sí, de
la otra, otorgan que tienen pleito
entre ellos por decir Antón González que Juan de Moya era su esclavo; y
han acordado que Juan de Moya sirva
a Antón González, en su
casa, un año y
medio, y
si se fugare vuelva
a servir perdiendo el tiempo que hubiere servido, volviendo a contar el
año y medio, dándole Antón González de
comer, beber, vestir y medicinas; y que al cabo del año y
medio sea Juan de Moya libre
y quito de cautiverio, y sus
hijos y bienes horros, y volverlo al Licenciado Pedro de Maluenda, o a otro
Juez, so pena de ocho mil maravedis; y para seguridad da por sus fiadores a
Francisco Núñez y
Pedro Alvarez, carpinteros,
vecinos de Sevilla en la
collación de San Salvador, los que a la
firmeza de esta escritura obligan todos
sus bienes... (F. SE., 1.5 fol. entre hoja 79).
1503 Abril 8. Alcalá de Henares. Citación a Guillén Peraza y doña
Inés Peraza, hijos del difunto Fernando Peraza, ya sus curadores don Alonso
Fernández y doña Beatriz de Bobadilla, su mujer, en el pleito que tratan con
Sancho de Herrera y sus hermanas doña Maria de Ayala, condesa de Portoalegre, y
doña Constanza Sarmiento, hijos todos de Diego Garcia de Herrera y de doña Inés
Peraza, señores de Lanzarote, Fuerteventura, La Gomera y El Hierro; para
que en un plazo de 100 días presenten los títulos con los que pretenden las
islas de Lanzarote y Fuerteventura, que Sancho de Herrera y sus hermanas
recibieron de doña Inés Peraza, a pesar de que ésta hubiese instituido el
mayorazgo a favor de su hijo Fernando Peraza, y para que presenten, además, los
títulos que tienen sobre La
Gomera y El Hierro, islas que poseen en la actualidad y de
las que Sancho de Herrera y sus hermanas reclaman una parte. Don Alvaro.
Johannes licenciatus. Zapata. Te/lo. la Fuente. Carvajal.
Santiago. Polanco. (E. Aznar; 1981)
1503 Abril 9. Alcalá de Henares. Orden al gobernador o juez de
residencia de las islas de Canaria, para que secuestre los ingenios, esclavos y
demás bienes raíces y semovientes de Francisco Palomar, mercader genovés, y
para que le impida venderlos, hasta que se determine que el proceso que éstá
incoado contra él. Se ordena que ninguna persona compre dichos bienes ni pague
las deudas contraídas con Francisco Palomar. Don Alvaro. Joahnnes licenciatus.
Zapata. La Fuente.
Carvajal. Santiago. Ruiz de Castañeda. Polanco. (E. Aznar;
1981)
1503 Abril l0. Alcalá de Henares. Orden al dr. Alonso Escudero,
juez de residencia de las islas de Canaria, para que ponga en secuestro las
islas de Lanzarote y Fuerteventura, hasta que se determine en el pleito que
siguen Sancho de Herrera, doña Maria de Ayala, condesa de Portoalegre, y doña
Constanza Sarmiento, hijos de doña Inés Peraza, con los hijos del difunto
Fernando Peraza y de doña Beatriz de Bobadilla, y con s.u curador Alonso
Fernández de Lugo, adelantado de las islas de Canaria y actual marido de doña
Beatriz de Bobadilla, sobre la posesión de dichas islas, que pertenecieron a la
difunta doña Inés Peraza. Se concede al dr. Alonso Escudero un salario anual de
80.000 maravedís, aparte de sus derechos como juez de residencia, que ha de
cobrar de las rentas de Lanzarote y Fuerteventura. Don Alvaro. Zárate. Moxica. la Fuente. Carvajal.
Santiago. Polanco. (E. Aznar; 1981)
1503 Mayo 19.
926-40.-Pablos Martín. 4 c. en
las cabezadas de Guillén Castellano, no en el primer camino sino en el otro más
arriba, y son entre dos tagoros. 19-V-1503.
[Reverso: data original,
contenida en traslado en 921-35: ] «Yo don, Alonso Ernandes de Lugo, Adelantado
de las Islas de canaria y Governador de Tenerife y La Palma y de las Islas de la Gomera e del Hierro y
Lanzarote e Fuerteventura, Capitán General de la costa de Bervería, do a vos
Pablo Martín unas casas del Rey de Ycoden en un lugar se llaman Artaone
(¿Artaore?) y más dos pedaços de tas. de s. frontero de las dhas. casas q.
solía sembrar el dho. Rey de Yqcoden, una baxa y otra alta, q. entrarán en los
3 c., poco más o menos, y esto os doy por repartimiento e por vo, para siempre
jamás, de lo qual podéis vender trocar y agenar como de cosa vuestra propia. q.
digo q. se vos asienten 2 c. si no son dados». 16-V-1503. (Datas de Tenerife, libros
I al IV)
1503 Julio 4. Presente
Alonso de Escudero en Gran Canaria, como juez de residencia, fue nombrado
alcaide de Santa Cruz y "gobernador de las Yslas de Canarias", el 4
de julio de 1503. A
su cargo los rescates que "nos mandamos hacer, en Bervería e la Mar Pequeña e la torre
de Santa Cruz". No le dio tiempo a visitar fortaleza y factorías,
ordenando el caos que quedó a la muerte de Torres.
Torres Fallecido el 14 de junio de 1504, le sucedió Lope
de Sosa. Continuaron los rescates y el comercio bajo la jurisdicción de la Casa de Contratación, pero se
introdujo en las Canarias el sistema fiscal de Castilla, para distinguir las
"islas" de las Indias colombinas. Suprimido el quinto, el gobernador
cobró sus emolumentos de la renta del "tres por ciento e tercias, de la Ysla de Canaria", que
recaudaba Alonso Fernández de Córdoba. (L. Al. Toledo)
1503 Julio 4. La metrópoli nombra gobernador colonial en Tamaránt a
Antonio Escudero, a quien recomendaba, en Real Cédula tomase a su cargo la
contratación de estas islas, Berbería y torre de Santa Cruz, trasladándose tan
pronto le fuera posible a esta última fortaleza y a otras partes donde fuera
necesaria su presencia, para que examinara las cuentas, levantase inventarios,
recaudase tributos y se entendiera en todo con los oficiales de la Casa de Sevilla.
Al mismo tiempo y con la propia
fecha comunicaba la reina este nombramiento a aquella oficina, con objeto de
que no se interrumpiera un momento tan importante servicio.
Escudero vino provisto de algunas
otras cédulas obtenidas en la
Corte por el mensajero Bartolomé Ramírez, de las cuales hay
una que establecía reglas sobre el cambio de cereales entre las islas; otra por
la cual se disponía no se permitiese a los deudores sustraerse a los fallos
judiciales, refugiándose en Agüimes, como feudo de la Cámara Episcopal ;
ni en otras iglesias o santuarios de la diócesis, y por último, señalando para
propios del municipio la mancebía (prostíbulo) pública, el bodegón y dos
tiendas que existían ya en Las Palmas, cuyos productos se aplicaban a los
gastos del Consejo.
La cuestión siempre subsistente y
con tenacidad defendida ante los reyes respecto a la defectuosa y arbitraria
distribución de terrenos usurpados en Gran Canaria, dio ocasión a que de nuevo
se dictara otra orden a Escudero, con fecha 14 de mayo, para que volviera a
examinar las diligencias instruidas por sus antecesores, revisando los títulos
de propiedad y enviando relación justificada que sirviese de base para una
resolución definitiva.
Escudero, al llegar a Las Palmas
en agosto o septiembre de 1503, venía resuelto, como buen legista, a concluir
con aquella interminable serie de delaciones y consultas que traían perturbada
la colonia e interrumpido el adelanto de la riqueza agrícola con la
incertidumbre de la posesión, y a este fin intentó cortar los litigios sin
atender a la antigüedad del título ni al derecho de prescripción, y aún menos a
los trabajos y gastos de roturamiento y cultivo que muchos alegaban. Como en
tales casos sucede, pocos fueron los satisfechos con los fallos del doctor y
muchos los descontentos que atribuían a parcialidad y engaño todo aquello que
perjudicaba sus particulares intereses. En medio de esta deshecha borrasca, que
amenazaba concluir con el crédito y honradez del gobernador, vino la muerte a
sorprenderle en Las Palmas al año siguiente (1504), dejando siempre indecisa, y
tal vez más embrollada, la cuestión de revisiones. (Agustín Millares Torres;
1977; t. III: 54)
1503 Julio 4. Alcalá de Henares. Orden al dr. Alonso Escudero, gobernador
de las islas de Canaria, pára que tenga a su cargo los rescates y contratación
de Berbería, Mar Pequeña y Torre de Santa Cruz, en sustitución del difunto
Antonio de Torres, conrino real, guardando en ello las órdenes de los oficiales
de la casa de contratación de las Indias, en Sevilla, a los que ha de acudir
con las rentas de dichos rescates y de los que recibirá las mercancías
necesarias para los mismos, y para que informe de las mercancías que Antonio de
Torres confió a ciertas personas. Toma razón de esta carta Juan López,
secretario y contador real. La Reina. Grizio. Señalada: don Alvaro. Polanco. (E.
Aznar; 1981)
1503 agosto 2.
Miércoles.-Juana Canaria (natural de la Ysla de La Palma , criada que dixo que es de Gonzalo Sánchez, Jurado y vecino de la
villa de Aicaiá de Gazuies, estante en Sevilla otorga que da poder a
Johan de Peñafiel (vecino de Sevilla en
la collación de San Lloreynte) para parecer ante el Asistente Conde de
Cifuentes, y sus Lugartenientes, y ante
los Alcaldes y Jueces de la Ciudad de Sevilla, y
pueda reclamar y pedir su libertad, por cuanto es horra y libre, sin cargo de esclavitud alguna, y ganar mandamiento de
libertad y ahorramiento
a su favor.. .
(F. SE., (?),
fol 61 v.).
1503 Octubre 5.
856-35.-Don Diego Rey. «Yo don
Alonso Fernandes de Lugo, Adelantado de Canaria e Governador de Tenerife e de
San Miguel de La Palma ,
doy a vos Don Diego, Rey q. érades de Adexe, un barranco q. se llama Masca con
todas sus tas.y aguas para vuestros ganados e para q. fagáis vuestras heredades
salvado 3 f .
q. di a Pedro Talabera, y lo demás de estas 3 f . vos do y vos fago merced dello e más os do
100 f .
de sembradura de s. q. es en Taxo abajo Arjo, y por ésta os do para vos y para
vuestros herederos e supsesores y al escriuano mando q. lo siente en el
registro. Fecha a v días de otubre de M diij años. q. mando q. se vos asiente
si no es dado. El Adelantado».
Documentos relativos
a la historia colonial de canarias, recopilados por Eduardo Pedro García
Rodríguez
1503 Agosto 13.
262-19.-Alo de la Sierra. Por cuanto yo
había dado a A. de la S.,
agora cinco años 6 c. en Acentejo e se le perdió el alvalá, q. agora de nuevo
se las torno a dar. Son a la mitad del camino donde sembró Rodrigo Yanes,
encima e abajo del camino. q. digo asientes 5 c. si no son dados. 13-VI11-1503. . (Datas de Tenerife,
libros I al IV)
1503 Agosto 13. Dto. 707-49.-Alonso Bentagaira,
marido de Juana Sanches. 3
f . a la cabezada de Lope Fernandes, el camino q. va por
do va el agua a las tas. de Albornós, con un día de agua de 20 en 20 días. O.
digo q. vos den de dos en dos meses después q. sea puesto, q. luego se riegue y
después venga a los dhos. dos meses hasta tanto q. muelan los ingenios y
después q. no se vos dé ninguna si alguno no vos la quisiere dar. 13-VIII-1503.
1503 Agosto 13. Dto. 708-49 bis.-Alonso Bentagayre,
marido de Juana Sanches. 3 c. de ta. de s. q. lindan Pablo (?) Sánchez y
Sancho Cosme y la fuente donde ha de bever el ganado; las tas. son donde sembraba el Rey de Ycode encima de
las tas. de Diego de Mesa. q. vos den 2 c. lunes 13-VIII-1503.
[Reverso, el mismo documento con
las variantes que van subrayadas: donde nasció Benytomo como pasan el barranco
hazia el Realejo en medio de dos barrancoes ...fecha xxx de Agosto de Mdj
años.=Q. digo q. vos do dos cayses de sembradura donde desys Con tal q. no sea
de lo myo=Alo de Lugo.]
1503 Agosto 13. Dto. I708-49 bis.-Alonso
Bentagayre, marido de Juana Sanches. 3 c. de ta. de s. q. lindan Pablo
(?) Sánchez y Sancho Cosme y la. fuente donde ha de bever el ganado; las tas.
son donde sembraba el Rey de Ycode encima de las tas. de Diego de Mesa. q. vos
den 2 c. lunes 13-VIII-1503.
1503 Agosto 13.
636-36.Catalina Gaspar. Doy a vos
c.G; e a vuestra Francisca, criada de Antón Sanches, 6 c. de ta. de s., las 3
para vos e las 3 para la dha. vuestra hija, encima de las cuevas q. di a María
Hernández e a Rodrigo el Coxo q. dicen en Tihaiga q. es en aquel lomo por donde
vuestra Señoría subió para Dabte hacia la mar. q. digo q. se vos asiente para
vuestra hija F. 20 f .
e para vos e para vuestro marido un c. 13-VIII-1503. [Reverso, relación más
breve del mismo texto, no firmada]. (Datas de Tenerife, libros I al IV)
1503 Agosto 13.
707-49.-Alonso Bentagaira, marido de Juana
Sanches. 3 f .
a la cabezada de Lope Fernandes, el camino q. va por do va el agua a las tas.
de Albornós, con un día de agua de 20 en 20 días. q. digo q. vos den de dos en
dos meses después q. sea puesto, q. luego se riegue y después venga a los dhos.
dos meses hasta tanto q. muelan los ingenios y después q. no se vos dé ninguna
si alguno no vos la quisiere dar. 13-VIII-1503. (Datas de Tenerife, libros I al IV)
1503 Agosto 13.
708-49 bis.-Alonso Bentagayre, marido de Juana
Sanches. 3 c. de ta. de s. q. lindan Pablo (?) Sánchez y Sancho Cosme y
la fuente donde ha de bever el ganado; las tas. son donde sembraba el Rey de
Ycode encima de las tas. de Diego de Mesa. q. vos den 2 c. lunes 13-VIII-1503.
(Datas de Tenerife, libros I al IV)
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