jueves, 19 de marzo de 2015

DOCUMENTOS RELATIVOS A LA HISTORIA COLONIAL DE CANARIAS-V



Recopilados por Eduardo Pedro García Rodríguez

1503 enero 24.
María  Canaria  (esclava que fue de Alfonso de Sevilla, alias "Miverga",  que Dios aya, vesina de Sevilla en la collación de Santa María)  otorga que ha recibido de  Jerónimo Fernández de Corcuera e de Gonzalo Martinez López (vecinos desta dicha cibdad, albaceas del  testamento  del  dicho Alfonso  de  Sevilla, presentes)  los  bienes  syguientes:  dos colchones  llenos de lana, e un par de sávanas, e una manta,  e  dos almohadas llenas de  lana, e una  c...,  que  le]  mandá  en  su testamento;  e más ha recibido d'ellos unos manteles de  lino de  tres varas, e más tres paramentos de cama, y un destajo de seda de ladrillejos,  e un cofre,  e  una caldera,  e una  azada,  e una  paleta  e  un  tajador  de palo; de dicho difunto  ...  (F. SE., 2."  fol.  222 v.).


1503 Enero 30.

Por Real cédula se dictaron  las primeras Ordenanzas de la Casa de Contratación, la Corona aparece preocupada por regular el comercio de las Canarias, pues por esta im-portante disposición ordenábase a los oficiales de la Casa que procurasen saber "con mucha astucia e diligencia las cosas que hay en las dichas islas de Canaria de que se puede facer provecho", en particular los azúcares) para tratar de establecer un comercio activo "con nuestros Reinos" y para conocer qué derechos podrían establecerse sobre las exportaciones, sin mengua de la prosperidad y desarrollo de aquellas comarcas recién conquistadas.

Encargaba esta disposición a los oficiales de la Casa seguir con respecto a las Canarias una política comercial análoga a la que se empezaba a practicar con las Indias Occidentales; es decir, monopolio y centralización mercantil, pues ordenaba "que en la forma del comprar las dichas mercaderias e mantenimientos e cargar e llevar a las dichas islas y en lo que de ellas se trujiere a la dicha Casa se tenga e guarde la misma forma e orden que por estas ordenanzas mandamos", o sea las relativas al comercio hispano americano.

Sin embargo, la resistencia de las islas a tan vejatoria imposición dejó sin efecto el monopolio y centralismo intentado, siguiendo en el disfrute de una libertad omnímoda comercial, como si se tratase el Archipiélago de una ampliación territorial de la metrópoli. (En: A. Rumeu de Armas, 1991)

1503 Marzo 8. En reunión del Cabildo de los invasores castellanos: “Platicaron los dichos señores cerca del pregón que ayer día se dió de los guanches horros desta ysla, que mandavan e mandaron que los guanches horros que han quebrantado las hordenanças fechas por el Cabildo desta tocantes a los dichos guanches, que sean executados en sus personas e bienes las penas contenidas en las dichas hordenanças.”.

1503 abril 1.
Antón  González  el Moso  (marido  de Ana Benítez, vecino de  la villa  del Puerto de Santa María)  por  sí, de una  parte, y  Juan de Moya (canario, natural de  la Ysla  de Tenerife), por  sí, de  la otra, otorgan que tienen pleito  entre ellos por decir Antón González que Juan de Moya  era su esclavo;  y  han  acordado  que Juan de Moya  sirva  a Antón González,  en  su  casa,  un  año  y medio,  y  si  se  fugare vuelva  a servir perdiendo el tiempo que hubiere servido, volviendo a contar el año y medio, dándole Antón González  de comer, beber,  vestir  y medicinas; y que al cabo del año y medio  sea Juan de Moya  libre  y quito  de cautiverio, y sus hijos y bienes horros, y volverlo al Licenciado Pedro de Maluenda, o a otro Juez, so pena de ocho mil maravedis; y para seguridad da por  sus  fiadores  a  Francisco  Núñez  y  Pedro  Alvarez,  carpinteros,  vecinos de Sevilla en  la collación de  San Salvador, los que a la firmeza  de esta escritura obligan todos sus bienes...  (F. SE., 1.5  fol. entre hoja 79).

1503 Abril 8. Alcalá de Henares. Citación a Guillén Peraza y doña Inés Peraza, hijos del difunto Fernando Peraza, ya sus curadores don Alonso Fernández y doña Beatriz de Bobadilla, su mujer, en el pleito que tratan con Sancho de Herrera y sus hermanas doña Maria de Ayala, condesa de Portoalegre, y doña Constanza Sarmiento, hijos todos de Diego Garcia de Herrera y de doña Inés Peraza, señores de Lanzarote, Fuerteventura, La Gomera y El Hierro; para que en un plazo de 100 días presenten los títulos con los que pretenden las islas de Lanzarote y Fuerteventura, que Sancho de Herrera y sus hermanas recibieron de doña Inés Peraza, a pesar de que ésta hubiese instituido el mayorazgo a favor de su hijo Fernando Peraza, y para que presenten, además, los títulos que tienen sobre La Gomera y El Hierro, islas que poseen en la actualidad y de las que Sancho de Herrera y sus hermanas reclaman una parte. Don Alvaro. Johannes licenciatus. Zapata. Te/lo. la Fuente. Carvajal. Santiago. Polanco. (E. Aznar; 1981)

1503 Abril 9. Alcalá de Henares. Orden al gobernador o juez de residencia de las islas de Canaria, para que secuestre los ingenios, esclavos y demás bienes raíces y semovientes de Francisco Palomar, mercader genovés, y para que le impida venderlos, hasta que se determine que el proceso que éstá incoado contra él. Se ordena que ninguna persona compre dichos bienes ni pague las deudas contraídas con Francisco Palomar. Don Alvaro. Joahnnes licenciatus. Zapata. La Fuente. Carvajal. Santiago. Ruiz de Castañeda. Polanco. (E. Aznar; 1981)

1503 Abril l0. Alcalá de Henares. Orden al dr. Alonso Escudero, juez de residencia de las islas de Canaria, para que ponga en secuestro las islas de Lanzarote y Fuerteventura, hasta que se determine en el pleito que siguen Sancho de Herrera, doña Maria de Ayala, condesa de Portoalegre, y doña Constanza Sarmiento, hijos de doña Inés Peraza, con los hijos del difunto Fernando Peraza y de doña Beatriz de Bobadilla, y con s.u curador Alonso Fernández de Lugo, adelantado de las islas de Canaria y actual marido de doña Beatriz de Bobadilla, sobre la posesión de dichas islas, que pertenecieron a la difunta doña Inés Peraza. Se concede al dr. Alonso Escudero un salario anual de 80.000 maravedís, aparte de sus derechos como juez de residencia, que ha de cobrar de las rentas de Lanzarote y Fuerteventura. Don Alvaro. Zárate. Moxica. la Fuente. Carvajal. Santiago. Polanco. (E. Aznar; 1981)

1503 Mayo 19.
926-40.-Pablos Martín. 4 c. en las cabezadas de Guillén Castellano, no en el primer camino sino en el otro más arriba, y son entre dos tagoros. 19-V-1503.

[Reverso: data original, contenida en traslado en 921-35: ] «Yo don, Alonso Ernandes de Lugo, Adelantado de las Islas de canaria y Governador de Tenerife y La Palma y de las Islas de la Gomera e del Hierro y Lanzarote e Fuerteventura, Capitán General de la costa de Bervería, do a vos Pablo Martín unas casas del Rey de Ycoden en un lugar se llaman Artaone (¿Artaore?) y más dos pedaços de tas. de s. frontero de las dhas. casas q. solía sembrar el dho. Rey de Yqcoden, una baxa y otra alta, q. entrarán en los 3 c., poco más o menos, y esto os doy por repartimiento e por vo, para siempre jamás, de lo qual podéis vender trocar y agenar como de cosa vuestra propia. q. digo q. se vos asienten 2 c. si no son dados». 16-V-1503. (Datas de Tenerife, libros I al IV)
1503 Julio 4. Presente Alonso de Escudero en Gran Canaria, como juez de residencia, fue nombrado alcaide de Santa Cruz y "gobernador de las Yslas de Canarias", el 4 de julio de 1503. A su cargo los rescates que "nos mandamos hacer, en Bervería e la Mar Pequeña e la torre de Santa Cruz". No le dio tiempo a visitar fortaleza y factorías, ordenando el caos que quedó a la muerte de Torres.

Torres Fallecido el 14 de junio de 1504, le sucedió Lope de Sosa. Continuaron los rescates y el comercio bajo la jurisdicción de la Casa de Contratación, pero se introdujo en las Canarias el sistema fiscal de Castilla, para distinguir las "islas" de las Indias colombinas. Suprimido el quinto, el gobernador cobró sus emolumentos de la renta del "tres por ciento e tercias, de la Ysla de Canaria", que recaudaba Alonso Fernández de Córdoba. (L. Al. Toledo)

1503 Julio 4. La metrópoli nombra gobernador colonial en Tamaránt a Antonio Escudero, a quien recomendaba, en Real Cédula tomase a su cargo la contratación de estas islas, Berbería y torre de Santa Cruz, trasladándose tan pronto le fuera posible a esta última fortaleza y a otras partes donde fuera necesaria su presencia, para que examinara las cuentas, levantase inventarios, recaudase tributos y se entendiera en todo con los oficiales de la Casa de Sevilla.

Al mismo tiempo y con la propia fecha comunicaba la reina este nombramiento a aquella oficina, con objeto de que no se interrumpiera un momento tan importante servicio.

Escudero vino provisto de algunas otras cédulas obtenidas en la Corte por el mensajero Bartolomé Ramírez, de las cuales hay una que establecía reglas sobre el cambio de cereales entre las islas; otra por la cual se disponía no se permitiese a los deudores sustraerse a los fallos judiciales, refugiándose en Agüimes, como feudo de la Cámara Episcopal; ni en otras iglesias o santuarios de la diócesis, y por último, señalando para propios del municipio la mancebía (prostíbulo) pública, el bodegón y dos tiendas que existían ya en Las Palmas, cuyos productos se aplicaban a los gastos del Consejo.

La cuestión siempre subsistente y con tenacidad defendida ante los reyes respecto a la defectuosa y arbitraria distribución de terrenos usurpados en Gran Canaria, dio ocasión a que de nuevo se dictara otra orden a Escudero, con fecha 14 de mayo, para que volviera a examinar las diligencias instruidas por sus antecesores, revisando los títulos de propiedad y enviando relación justificada que sirviese de base para una resolución definitiva.

Escudero, al llegar a Las Palmas en agosto o septiembre de 1503, venía resuelto, como buen legista, a concluir con aquella interminable serie de delaciones y consultas que traían perturbada la colonia e interrumpido el adelanto de la riqueza agrícola con la incertidumbre de la posesión, y a este fin intentó cortar los litigios sin atender a la antigüedad del título ni al derecho de prescripción, y aún menos a los trabajos y gastos de roturamiento y cultivo que muchos alegaban. Como en tales casos sucede, pocos fueron los satisfechos con los fallos del doctor y muchos los descontentos que atribuían a parcialidad y engaño todo aquello que perjudicaba sus particulares intereses. En medio de esta deshecha borrasca, que amenazaba concluir con el crédito y honradez del gobernador, vino la muerte a sorprenderle en Las Palmas al año siguiente (1504), dejando siempre indecisa, y tal vez más embrollada, la cuestión de revisiones. (Agustín Millares Torres; 1977; t. III: 54)

1503 Julio 4. Alcalá de Henares. Orden al dr. Alonso Escudero, gobernador de las islas de Canaria, pára que tenga a su cargo los rescates y contratación de Berbería, Mar Pequeña y Torre de Santa Cruz, en sustitución del difunto Antonio de Torres, conrino real, guardando en ello las órdenes de los oficiales de la casa de contratación de las Indias, en Sevilla, a los que ha de acudir con las rentas de dichos rescates y de los que recibirá las mercancías necesarias para los mismos, y para que informe de las mercancías que Antonio de Torres confió a ciertas personas. Toma razón de esta carta Juan López, secretario y contador real. La Reina. Grizio. Señalada: don Alvaro. Polanco. (E. Aznar; 1981)

1503 agosto 2.
Miércoles.-Juana  Canaria (natural  de  la Ysla de La Palma, criada que dixo que es de Gonzalo Sánchez, Jurado y vecino de la villa de Aicaiá de Gazuies, estante en Sevilla otorga que da  poder a  Johan de Peñafiel (vecino de Sevilla en  la collación de San Lloreynte) para parecer ante el Asistente Conde de Cifuentes, y sus Lugartenientes, y  ante los Alcaldes y  Jueces  de  la Ciudad de Sevilla, y pueda  reclamar y pedir  su libertad, por cuanto es horra y  libre, sin cargo de esclavitud alguna, y  ganar mandamiento  de  libertad  y  ahorramiento  a  su favor.. .
(F. SE.,  (?),  fol 61  v.).

1503 Octubre 5.
856-35.-Don Diego Rey. «Yo don Alonso Fernandes de Lugo, Adelantado de Canaria e Governador de Tenerife e de San Miguel de La Palma, doy a vos Don Diego, Rey q. érades de Adexe, un barranco q. se llama Masca con todas sus tas.y aguas para vuestros ganados e para q. fagáis vuestras heredades salvado 3 f. q. di a Pedro Talabera, y lo demás de estas 3 f. vos do y vos fago merced dello e más os do 100 f. de sembradura de s. q. es en Taxo abajo Arjo, y por ésta os do para vos y para vuestros herederos e supsesores y al escriuano mando q. lo siente en el registro. Fecha a v días de otubre de M diij años. q. mando q. se vos asiente si no es dado. El Adelantado».

Documentos relativos a la historia colonial de canarias, recopilados por Eduardo Pedro García Rodríguez

1503 Agosto 13.
262-19.-Alo de la Sierra. Por cuanto yo había dado a A. de la S., agora cinco años 6 c. en Acentejo e se le perdió el alvalá, q. agora de nuevo se las torno a dar. Son a la mitad del camino donde sembró Rodrigo Yanes, encima e abajo del camino. q. digo asientes 5 c. si no son dados. 13-VI11-1503. . (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1503 Agosto 13. Dto. 707-49.-Alonso Bentagaira, marido de Juana Sanches. 3 f. a la cabezada de Lope Fernandes, el camino q. va por do va el agua a las tas. de Albornós, con un día de agua de 20 en 20 días. O. digo q. vos den de dos en dos meses después q. sea puesto, q. luego se riegue y después venga a los dhos. dos meses hasta tanto q. muelan los ingenios y después q. no se vos dé ninguna si alguno no vos la quisiere dar. 13-VIII-1503.

1503 Agosto 13. Dto. 708-49 bis.-Alonso Bentagayre, marido de Juana Sanches. 3 c. de ta. de s. q. lindan Pablo (?) Sánchez y Sancho Cosme y la fuente donde ha de bever el ganado; las tas. son donde sembraba el Rey de Ycode encima de las tas. de Diego de Mesa. q. vos den 2 c. lunes 13-VIII-1503.

[Reverso, el mismo documento con las variantes que van subrayadas: donde nasció Benytomo como pasan el barranco hazia el Realejo en medio de dos barrancoes ...fecha xxx de Agosto de Mdj años.=Q. digo q. vos do dos cayses de sembradura donde desys Con tal q. no sea de lo myo=Alo de Lugo.]

1503 Agosto 13. Dto. I708-49 bis.-Alonso Bentagayre, marido de Juana Sanches. 3 c. de ta. de s. q. lindan Pablo (?) Sánchez y Sancho Cosme y la. fuente donde ha de bever el ganado; las tas. son donde sembraba el Rey de Ycode encima de las tas. de Diego de Mesa. q. vos den 2 c. lunes 13-VIII-1503.

1503 Agosto 13.
636-36.Catalina Gaspar. Doy a vos c.G; e a vuestra Francisca, criada de Antón Sanches, 6 c. de ta. de s., las 3 para vos e las 3 para la dha. vuestra hija, encima de las cuevas q. di a María Hernández e a Rodrigo el Coxo q. dicen en Tihaiga q. es en aquel lomo por donde vuestra Señoría subió para Dabte hacia la mar. q. digo q. se vos asiente para vuestra hija F. 20 f. e para vos e para vuestro marido un c. 13-VIII-1503. [Reverso, relación más breve del mismo texto, no firmada]. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1503 Agosto 13.
707-49.-Alonso Bentagaira, marido de Juana Sanches. 3 f. a la cabezada de Lope Fernandes, el camino q. va por do va el agua a las tas. de Albornós, con un día de agua de 20 en 20 días. q. digo q. vos den de dos en dos meses después q. sea puesto, q. luego se riegue y después venga a los dhos. dos meses hasta tanto q. muelan los ingenios y después q. no se vos dé ninguna si alguno no vos la quisiere dar. 13-VIII-1503. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1503 Agosto 13.
708-49 bis.-Alonso Bentagayre, marido de Juana Sanches. 3 c. de ta. de s. q. lindan Pablo (?) Sánchez y Sancho Cosme y la fuente donde ha de bever el ganado; las tas. son donde sembraba el Rey de Ycode encima de las tas. de Diego de Mesa. q. vos den 2 c. lunes 13-VIII-1503. (Datas de Tenerife, libros I al IV)







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