jueves, 29 de enero de 2015

EFEMÉRIDES DE LA NACIÓN CANARIA



UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS

PERIODO COLONIAL 1491-1500

CAPITULO I-XLII



Eduardo Pedro García Rodríguez


1497 Julio 26. Dto.  9.-Juan de las Casas y Fernando de Gran Canaria.-Do avos y a vos conquistadores que fuestei desta isla de Tenerife, un barranco, es a barlovento de Anaga que a por nombre Taganana que puede tener dos c. de senbradura ...» 26-VII-97.

1497 Agosto 17.
5.-Christóval Ramires y Juan de Peralta. Yo Al. de Lugo governador e capitán general de las islas de Tenerife e La Palma por el Rey e la Reina n. s. por esta presente digo que es verdad que yo vos di en repartimientos a vos e a vos vs. desta dicha isla de Tenerife un pedaço de ta. que está en Teguexte detrás de la fortaleza de Tegina que se entiende de barranco a barranco en la qual tierra avrá tres c. de senbradura e porque en algund tienpo vos no sea contrariada o enbargada por alguna persona vos di esta presente firmada de mi nombre fecha en diez e siete días andados del mes de agosto de milI e quatrocientos e noventa e siete. Al" de Lugo [Sigue traslado que permite completar el original borrado]. (Datas de Tenerife, libros I AL IV)


1497.
6.-Juan de Badajós. Como vecino y poblador unas cuevas en la montaña de San Francisco de Goymat para majada y cuadra. [S. f. pero acaso de 1497].

7.-Gonzalo Rodrigues. Señor: es verdad que yo le di quando V. M. se fue en Castilla a zapatero unas cuevas que están en par del puerto de Araguygo yendo a la mar a mano izquierda y tres pedaços de ta. que están al derredor dellas en que puede aver cinco c. de ta. y por ques verdad le di esta mi cédula.

Beso las manos de V. M. Francisco Sanches [Verso: Mando al escrivano que vos lo asiente. Al" de Lugo]. S. f. (Datas de Tenerife, libros I AL IV)

1497 Agosto 25. Medina de Campo (f. 22). Carta a los concejos, asistentes y demás justicias de Sevilla y de las ciudades y villas de su arzobispado y del obispado de Cádiz, y al gobernador de las islas de Canaria, ordenándoles que ninguna persona, salvo aquellas que tengan licencia real, coja orchilla de la tierra de Africa cuya conquista pertenecé a los reyes. El Rey y la Reina Almazán. . (E. Aznar; 1981)

1497 Agosto 26.
9;-Juan de las Casas y Fernando de Gran Canaria.-Do a vos y a vos conquistadores que fuestes desta isla de Tenerife, un barranco, es a barlovento de Anaga que a por nombre Taganana que puede tener dos c. de senbradura ...» 26-VIII-97.
9 bis.-Copia de 14. (Datas de Tenerife, libros I AL IV)
11.-Copia del anterior 10. (Datas de Tenerife, libros I AL IV)

1497 Agosto 27. Medina del Campo. Receptoría, a petición de Francisco Maldonado, vecino de Salamanca, para que las justicias de Sevilla, A vila, Osma, Palencia, Salamanca y de Gran Canaria y demás islas interroguen a los testigos que ha de presentar ante el Consejo en su apelación a: la sentencia dada en el pleito que sigue con Lope de Salazar, vecino de Gran Canaria, sobre ciertos esclavos que éste le reclama, para lo que se le concedió un plazo de seis meses a partir del 28 de agosto, so pena de 6.000 maravedís en caso de no poder demostrar lo que alega, ya condición de que dentro de los cuatro primeros días diese fianzas llanas y abonadas en vecinos de lugares de realengo y en los ocho días siguientes tomase la carta de receptoría. Johannes. Martinus. Antonius. Gundisalvus licenciatus. M ármol. . (E. Aznar; 1981)

1497 Septiembre 29

Sesión: Viernes xxix de setienbre dra de San [Miguel].

10.-Este dicho día se apregonó por mandado del dicho señor …..I a todas las [per] sonas que tienen vacas e ye[guas]…..I las echasen fuera so pena de 3 (Falta una línea)

Este dicho día se apregonó que ninguna persona non v i syn haz ello saber .en casa del Señor la pena de duzientos mrs.

fol.4 v. 11 de 101 puercos.

Este dicho día se pregonó que todas las personas que oviesen  puercos que non los traygan sueltos por la villa so pena de ma  targelos qualquier persona que quisiere. Alonso de la Fuente, escrivano público. (Acuerdos Cabildo colonial de Chinech (Tenerife)  v. I: )

1497 octubre 14.

Sábado.-Carta  de quito de Teresa Fernández (mujer de Diego Fernández,  difunto, vecina  de Sevilla en la collación de Santiago)  a Gómez de Córdoba (vecino de Sevilla en  la collación de San Estevan)  en  razón  de una  esclava  canaria,  que debia ovo comprado por seis mil maravedís.  (J. R. P.,  fol. 623 v.).

1497 Octubre 20.
375-33.-Alo de Córdova. Unas tas. entre las de Pedro García y el arroyo de los «zaozes» y fasta el camino de Taoro y unas cuevas que están facia la mar abajo de las cuevas de Juan de Duramas y Rodrigo el Coxo y unas cuevas que están abajo de Araguygo en el barranco. q. se le dé c. de sembradura donde demanda si no fuere dado y una cueva si no es dada. 20-X-1497. (Datas de Tenerife)

1497 Octubre 20. Se constituye el Primer Cabildo colonial europeo de la isla de Chinech (Tenerife) y se nombran 6 regidores, 2 jurados, 1 escribano mayor, 4 públicos y 1 de entrega. Así se inicia una constante en la colonia mantenida hasta la fecha, donde comparativamente el número de funcionarios españoles ha sido siempre desproporcionado al número de habitantes.

1497 Octubre 20. Acuerdase por parte de los invasores de Chinech (Tenerife) el nombramiento de las primeras autoridades europeas del gobierno colonial insular y dióse principio al reparto de las tierras y aguas como botín de guerra. Cristóbal Ponte en Daute, Alonso Hernández y el cura beneficiado (de la que luego fue párroco) de la nueva iglesia de la secta católica de La Concepción y Santa Cueva de Candelaria templo de la Diosa-Madre Chaxiraxi D. Hemando Alvarez, fueron los favorecidos.

1497 Octubre 20

Sesión: En viernes xx dias del mes de otubre de xcvll años. 2O-X-1497
12.-[Regido]res y jurados.

Este día estando el Governador Alonso de Lugo en las casas de su morada  entró en Cabildo con su teniente Fernando de Trosillo e su Alcalde Francisco Oorvalán  e dixo que por quanto hera necesario al servicio de Dios e de sus Altezas que en esta y sta oviese Regidores e Jurados y oficiales que mirasen  el servicio sobredicho y el pro común, que criava e crió por regidores  que son onbres tales que mirarán el servycio de Dios e de sus Altezas, Cristóval de Valdespyno ya Pero Mexía ya Ouillén Castellano y
a Lope Fernandes e a Pero Benítez e a Oerónimo de Valdés e por jurados a  Francisco de Albornoz ya Juan de Badajós, a los quales ya cada uno dellos el  dicho señor Governador les tomó juramento en forma debida que harían e cumplirían todo lo que fuese servicio de Dios e de sus Altezas.

13.-Secreto de los regidores e jurados de lo que pasa en Cabildo.

Y luego el dicho Señor Governador y los dichos señores socargo de….. ordenaron e mandaron que qualquiera que descubriese dellos sobre  el secreto que en Cabildo se ordenase hallende de perjuro paga…..  diez milI mrs. de pena para el reparo de las obras de la dicha ysla.

14.-Asy mesmo este dia ordenaron e mandaron que fasta en fin [ del]  mes de otubre todos o qualquier personas que en esta ….. ganado vengan declarallo quantas cabecas de ganado tienen e de que marca asy vacuno como cabruno y ovejuno lo qual a de  [no ]tificar a Pero Mexía que es alcalde de la mesta y a Juan Delgado  …..que el que asy no veniere yncurra en pena de seys cientos ….. para las obras públicas desta ysla.

15.- ….. ordenaron e mandaron que ninguna persona non sea I [osado de ma]tar
ningund ganado salvaje syn licencia del señor ….. so pena quel que lo matare ge 1o demandarán por de herrete.

fol. 5 r. 16.-Del ayuntamiento de loS viernes en Cabildo e de la cuenta de los deputa
dos e jurados.

Asy mesmo ordenaron e mandaron que, todos los viernes, todos los susodichos señores se juntasen en Cabildo, juntos con el señor Governador, para ver y determinar lo que sea servycio de Dios y de sus Altezas, y asy mesmo este dicho viernes vengan los deputados e jurados a dar cuenta de lo que se ha fecho.

170-EI pelar la carne, a como

Asy mesmo ordenaron y mandaron que se pese la carne de carneros y cabrones castrados y puerco y vaca y ternera a siete mrs. la libra, y la cabra y oveja a seys mrs.
(Acuerdos Cabildo colonial de Chinet (Tenerife)  v. I: 3-4)

376-34.-Pedro de Vergara, mi alcalde mayor. 20 c. linde Juan Venites y Pedro de Isasaga q. son en ...te yendo por el camino de Tacoronte a la mano ...dar en el camino de Taoro. 50 f. en el dho. lugar. Digo q. si sembrades 100 f. ...50 f. q. se asiente ...[roto] 21...

1497 Octubre 20.
662-3.-Diego Mançanufyo. « y o Alonso de Lugo, governador de las islas de Tenerife y San Miguel de la Palma, do a vos D. M. unas tas. q. son sobre el ruoque junto con las montañetas de la Matanza y fasta las cuevas questán en barranco de la Matanza y las cuevas questán sobre el roque y otras q. son mías y de Juan Delgado questán en el barranco de Fanfan cerca de la ta. de ygoymad porq. así q. vos las do vos do este alvalá firmado de mi nombre fecho xx días de mes de otubre de xc y siete años y estas cuevas questán sobre el roque son para mí y Pero García. Dénsele 3 c. de senbradura donde demanda. Alonso de Lugo». 20-X-1497. [Traslado adjunto, de  López de Azoca, escribano mayor]. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1497 noviembre 22. 
Miercoles.-Testamento  de Juan  de  Guarzanaro  (hijo de Juan de Guarzanaro y de Catalina Despos, naturales de Tenerife y  vecinos  que fueron  de  Fuerteventura)  estando  enfermo  de bubas y queriendo yr  sobre  las Yndias de Antilla.=Debe  a la  Sra. D." Ynés de Peraza, señora de  las Yslas de Canaria, un ducado de oro que hoy día vale  575 maravedís,  de préstamo  que  le prestó  por  le  hacer merced  y buena obra; manda  que  lo paguen  sus albaceas, de sus bienes.=Débele Guillén Francis ochocientos maravedís desta moneda que se agora usa, de préstamo que  le prestó en la Ysla de Palma, por le hacer amor y buena obra; manda  a sus albaceas lo cobren dél y de sus bienes.=lEancia  SU ánima a Dios, y que lo entierren en Santa María la Mayor, en la sepoltura que le fuere dada; que le digan de cuerpo presente tres misas de  requiem una cantada y dos rezadas, con la ofrenda de pan y vino que sus albaceas quieran.=A  las mandas forzosas,  cinco maravedís. Y  si falleciere en las Yndias, donde va. que Lope de Salazar y  su mujer Beatriz de Párraga, su tía, le hagan lo susodicho, y le entierren en  la villa o lugar de la isla donde fuere  vecino.=Manda  a Ntra. Sra. del Mal Paso, qu'es  en las  dichas Yslas de Canaria, cuatro libras de cera y un quartijo de aceite; y manda …
(En: Francisco  Morales Padrón) 

1497 Noviembre 29.
571-38.-Diego Alcántara, conquistador. En miércoles 29 de noviembre de 1497 el teniente Fernando de Trujillo y Francisco Corvalán, alcalde mayor, vos dieron un pedazo de ta. q. está encima de la sierra redonda de La Laguna por donde van a Tegueste desde el dho. camino toda la ta. q. pudiéredes aprovechar encima de la llanada desde el camino fasta el otro de Tegueste, lo cual vos dieron por virtud del poder q. de mi tenían; ts. Luys Alvares, Niculao Angelate e Jorge de Medina. E así mismo el dho. alcalde ...por virtud de un mi alvalá ...30 f. de ta. q. alindan con Gonzalo Rodrigues zapatero, de la parte de hacia Anaga e así mismo se os dio una cueva junto con las tas. lo cual vos dio por virtud del poder q. de mi tenía; ts. Fernando de Lerena alguacil, Alvaro de Solís, Jorge de Medina. Así mismo en viernes, 9 de febrero de 98 años yo mismo os di un pedazo de tas. q. son en el valle de Tegueste a la cabezada de las tas. de Segovia donde vos el dho. D. A. teníades comenzado a poner sarmientos; ts. Luys Alvares, el teniente e otros. Así mismo se os dio un pedazo de ta. por virtud de un alvalá q. yo envié a Alo de la Fuente, escribano público, por la cual mandaba q. vos diese unas tas. q. son en Daute aguas vertientes hacia La Gomera con el agua q.en ellas moviere y con todo lo q. en ellas se pudiere aprovechar q. ha linderos del arroyo donde mataron a Andrés de Jacomar. Así mismo vos di 150 . de s. para hacer vuestra sementera, las cuales están asentadas en el registro a 3 de julio de 1499 q. han por nombre las de regadío Taborto e Abada e es el agua media azada, las cuales os do. ..
Yo Antón de los Olivos, escribano público fice este mío signo a tal en testimonio de verdad [Todo traslado]. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1497 Diciembre 12.
901-15.-Juan de Cartaya y Pedro Madalena. 2 c. en el lomo de Tafursase (¿Tafuriast?) linderos el camino real debajo y tas. de Alonso de Córdova, darriba mis tas. 12-XII-1497. (Datas de Tenerife, libros I al IV)

1498. Se nombra al invasor Jerónimo Valdés, sobrino del Adelantado, Teniente gobernador; y alcalde mayor á D. Francisco de Albornóz; hiciéronse reparto de tierras y casóse Lugo en la Gomera con  Beatriz de Bobadilla, viuda de Hernán Peraza, ajusticiado por los gomeros á fines del año de 1486, según unos y primeros de 1487 según otros, como consecuencia de su insufrible despotismo.

1498 Enero 4.

En Domingo IIII de henero 1 de xcviil años.

Este día se apregonó todo 1o susodicho por Juan, pre[gonero], en presencia de todos los vezinos que asy se fallaron ….my, Alonso de la fuente, escrivano público.


1498 Enero 26.

Sesión: Vyernes xxvi de henero de xcviil años.

18.-Cablldo.

Este dia se juntaron en Cabildo, en la yglesia que es en la villa de San Cristóval, el señor Governador Alonso de Lugo e el teniente fernando de Trosillo e alcalde francisco de Gorvalán e Cristóval de Valdespyno e Lope Fernandes e Juan de Badajós, todos con el dicho señor Governador e en presencia de mi, Alonso de la fuente, escrivano público, e lo que ordenaron e mandaron este día es 1o syguiente:

190 que acogen a los guanches alçados y dan de comer (buena).

Primeramente ordenaron e mandaron que a qualquier persona que se le provase que esclavo alçado esté en su hato e le dió de comer e non lo tomare, que se busque el dicho esclavo a su costa; e que, si non pareciere que lo pague al dueño del dicho esclavo.

20.- pan a los vecinos (nichil).

Yten ordenaron y mandaron que no pueda valer más la fanega] de a duzyentos mrs.; ésto se entiende es para con los vecinos de la [ysla,.a  los de fuera vendan cómo quisieren.

21.-Yten que se venda el alçumbre de la leche a ocho mrs. e no más…. seys cientos mrs.

22.-1 Este día entraron en Cabildo….. Belmonte e Batista Ascanio e Fernando de Trugillo e Alonso de...... la pena de los DC mrs. la tercia parte al acusador y 1o al a los propios

23.-[Esecu]tor Ríos

Yten ordenaron e mandaron que fuese fiel ese[ cutor ] de jurar e le tomava juramento en presenl;ia de ….. de todos.

24.-Precio del Pescado (nichil). fo1. 5 v.

Asy mesmo ordenaron e mandaron que ninguna persona no sea osado dé vender pescado ninguno a ojo, syno por peso: la sama a seys mrs. y pexe rey y bicuda y brequas a seys mrs. e todo pescado de vara a syete mrs. e abadexos a quatro mrs. e el caçón a cinco; e abaxo, en la villa de Santa Cruz, un maravedí menos, todo ésto por libra.

25.-Los pynares, sobre la pez e cortar madera (nichil).

Asy mesmo ordenaron e mandaron que todos los pynares desta ysla fuesen dehesa, para que todos los que quisieren entrar en ellos a hazer p[ ez ] que paguen cinco mrs. de cada quintal para los propios desta ysla. E asy mesmo que ninguno sea osado de cortar madera para levar fuera de la ysla syn su licencia e mandado del dicho Oovernador, ésto entiéndese dende oy en adelante que se pregonaren, e quel que viniere a cortarla demande licencia a Gerónimo de Valdés. E que qualquiera que la cortare syn la dicha licencia a pena seyscientos mrs. e que, después de cortada la madera, dentro de veynte
dias primeros siguientes la saque del monte, e más que la aya perdido.


26.-[Puer]cos para herrar (nichil).

Asy mesmo ordenaron e mandaron que todas e qualesquier personas que tovieren puercos los traygan aquí a esta villa se San Cristóval para los herrar en los hocicos, para el domingo primero que verná que se contarán IIII días de hebrero, so pena que si se allaren de allí en adelante algund puerco syn el dicho hierro pagarán cien mrs. de pena e las  que le puedan matar el dicho puerco sin pena ninguna. (Acuerdos Cabildo colonial de Chinet (Tenerife)  v. I: 3-4)

1498 Enero 22. Alcalá de Henares. Carta a los gobernadores de Gran Canaria y de Tenerife y La Palma, ordenándoles que no permitan a persona alguna recoger las conchas que se rescatan en la Mina de Oro, salvo a Antonio de Peñalosa, contino real, encargado por el rey de su recaudación, quien ha de registrarlas ante dichos gobernadores o ante escribano público y llevarlas a Portugal a la persona a quien el rey de dicho país encargare de rescatarlas por oro en la Mina, debiendo registrarlas de nuevo ante dicha persona y enviar ambos registros para que den fé de la cantidad recaudada, concediéndosele poder para cobrar el importe de dichas conchas, conforme al asiento hecho con los reyes de Portugal, y entregarlo a Alonso Morales, tesorero de lo extraordinario, de quien recibirá carta de pago, que junto al traslado de esta carta hará que le sea recibido en cuenta. El Rey y la Reina. Almazán. Aco.rdado. Mercado.  (E. Aznar; 1981)


1498 Enero 26. Prefacio de: Las Islas del Mundo, de Benedetto Bordone dirigido al Exmo. Sr. Cirujano Baldassaro Bordone sobrino suyo. “No obtante entre todas las operaciones humanas sobrino  mío queridisímo  el no hacer daño a los otros  apreciado, que es mucho más de aquellos que sean digno de laudo que pongan cada cuidado y solicitud  y de enseñar a aquellos que no hacen  que sus metas tienen ganas de aprender  y las cosas que de ello entendidas nos son y fue  preso de algunos filosofos, firme opinion,  que no fueron de ser buenos aquellos que a los otros hicieron injurias, si no aquellos que con cada estudio  y diligencia  esfozavan la misma de poner ellos los mismos giovamento, con el cual  alguna digna contemplación, sus mentes elevar pudieran por la cual cosa, yo de tal autoridad movido en la mente mía  deliberé de buscar algunas cosas dignas de laudo reecontrar pudiera, que  a los lectores no tanto  sirva de beneficio  cuanto en sus mentes algunos agradables  divertimentos ellos reciban, y nada reecontrado del cual los escritores antiguos y modernos no hayan plenamente noticias dado que de las islas del mundo, de las cuales yo entiendo de razonar al cuando mas copiosamente que ellos no han hecho e cojído la preferente fatiga, por eso que no sólo de toda aquella, que en el Océano Occidental, y mar mediterráneo, y océano oriental  puestas son poco escribieron, y sin orden, y confusamente, faltando de razonar de sitios y lugares, y por cual  una y la otra mas que por sus nombres que al presente es casi todos  cambiados son y más de aquel que en tiempos nuestros se han vuelto a encontrar, de las cuales alguna noticia no pudieron tener, por eso que  las navegaciones de ellos  no influyeron más allá que  sus antiguos encontraron escrito, como han hecho los hombres de tiempos nuestros, que con grandísima perdida de sus facultad, y todavía de su propia vida, no han de buscar el mundo en cada parte  perdido el circuito de la tierra  investigando, de muchos errores que los antiguos  a posteriori dejado habían, la verdadera y optima cognición nos han aportado. Y ciertamente “en esto” a los antiguos tanto de gloria ellos forzaban, cuanto la edad nuestra a aquella de miseria supera. Entonces a mi parece de hacer cosa  muy beneficiosa si de todas las islas y penínsulas del mundo con sus nombres antiguos y modernos, y con cada otra cosa que aquella pertenecen yo are entender, si de la historia  que de aquellas escrita son, como todavía de sus fábulas, y en cual parte del mar yacen, y de varias costumbres  que todo  navegante  conoce, y bajo cual paralelo, y en cual clima son puestos donde yo así haciendo, pienso, de hacerlos, que así como nosotros con los ojos del cuerpo, con diligencia visto  habréis , y ahora mi  escribir  reduciéndose a la memoria, tenga que   vuestro nuevo placer, llamándole a la memoria, haya de encender  en el alma nuestro nuevo placer, llevándole a la memoria los honores, que sobre las potentes armadas de señores Venecianos y del católico rey, habéis recibido, navegando todo el mar mediterráneo, de tantos magnánimos señores y valerosos caballeros. Y  de cuantas angustias y peligros.

...que la menor es de circunferencia de 90 millas, pero  aquellas, que habitan los infieles son de muchos mayores, e de pueblo más abundante, y sobre todas las otras la Gran Canaria, en la cual se encuentra alrededor de ocho mil almas, mas o menos, y después de esta Tenerife, después sigue la Palma, que poca gente conoce no obstante isla bellísima, y todas tres son fortidimas, de manera que no temen de ser de alguno tomada.

Tenerife es la más alta isla del mundo, de la cual con tiempo sereno se puede ver  a setenta leguas de distancia en el mar, que son millas doscientas cuarenta, y tiene en el medio un monte, en forma de una punta echo, altísimo, la cual continuamente arde, y así se afirma de aquellos que la han visto, y además dicen que aquel monte tenía de altura millas seis por tres islas o sea la Gran Canaria, Tenmeriffe, y la Palma, tienen por número nueve señores, los cuales por la fuerza se hacen, y por  tales tiranías, grandísima guerra entre ellos se cometen, no ya con armas, por que son de aquellas del todo privados, pero con piedras, y mazas de madera, a sus guerras imponen el fin, y por eso todos desnudos son, en el matarlos hacen  admirable operación, no obstante alguno de pieles de cabras sean cubierto, y similmemente algunos otros, para ampararlo no tanto de las guerras, cuanto del frio “no obstante poco o nada  haga “  de cebo de pico y con zumo de hierba hacen de ello una composición, con la cual se untan, para hacer su piel gruesa. Habitan en la cuevas de las montañas, y sus víveres es el pan  de cebada, carne y leche de cabra. Tienen vino y higos abundantemente y las cosechas es  de Marzo y de Abríl. Viven sin alguna religión, que el sol, y que la luna y que otra cosa como ellos  más es  disgusto, adoran. Y entre ellos las mujeres no son comunes, pero cada uno tantas coge, cuantas a él le gusta.

Haría alguno “por víl que sea” que alguna de aquella fue mujer a casa condujera si con el señor suyo no fuese  virgen, eso que  a grandisima  vergüenza con tal cosa se tendría, esto dormir que hace la mujer con el señor grandisimo honor se tiene. Y además de aquella costumbre, hay otra que esta echa de esta manera, que creado el señor, y en la señoría puesto sin otro impedimento, habrá, algunos de sus subditos a su señoría la presenta, y a aquella para onorar la fiesta se ofrece de si mismo matar, y pòr tal cosa ver, o sea el efecto de la ofrenda echa todo el pueblo se reune en un cierto valle profundisimo, y aquello, que de morir  por  el señor mismo se ofrece, a altisima rupe accede, y despues de algunas semonias echas, y alguna palabra en laude de su señor dichas, subido en de aquella rupe altisima  se tira, por aqella  no queda nada más que en el fondo del aquel Valle en pedazos combertido, donde despues del pueblo es encontrado, y el señor por tal efecto, a sus parientes de mucho agradecido le queda. Estos isleños son buenisimos saltadores, y una piedra con mano trayendo, donde más le gusta la ponen. Sua carnes con zumos hiebas pintan, esta sus pinturas son de diferentes colores echas, o sea verde, amarillo, y bermellon, con muchos bellos animalitos, y además de follaje, y otras  cosas. Y son en el medio del segundo clima  en el paralelo sexto y el más largo es de horas trece y medio. Verlo ostro es en el seno  de orilla de una isla, que dentro es puesta así dicho, no obstante manera de encontrar en cual parte del mar yace cada isla primeramente es de ver el nombre del mar donde yace la isla de la cual quiere tu saber el lugar  el cual en la siguiente tabla verás escrito, y derecho el nombre de la isola verás el número o la letra  con el cual irás en el mar donde está puesta la isla y encontrado el signo o sea el propio nombre en el aquel lugar la isla yace.

1498 Enero 26. Este día se juntaron en Cabildo los invasores colonos en la yglesia que es en la villa de San Cristóval, en Eguerew n Chinech (La Laguna-Tenerife) “el señor Governador Alonso de Lugo e el teniente fernando de Trosillo e alcalde francisco de Corvalán e Cristóval de Valdespyno e Lope fernandes e Juan de Badajós, todos con el dicho señor Governador e en presencia de mi, Alonso de la fuente, escrivano público, e lo que ordenaron e mandaron este día es 1o syguiente: que acogen a los guanches alzados y dan de comer (buena).

Primeramente ordenaron e mandaron que a qualquier persona que se le provase que esclavo alzado esté en su hato e le dió de comer e non lo tomare, que se busque el dicho esclavo a su costa; e que, si non paresciere, que lo pague al dueño del dicho esclavo.”


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