Fernando Guanarteme el II
[Data 1.211-40. 29-X- 157]. Canari sobrino de Fernando Guanarteme (Thenesor
Semidan) y por tanto de estirpe regia, participó en la invasión de Tenerife con
la compañía de Maninidra, obtuvo numerosos repartos de tierras en diversos
lugares de la isla.
En
las datas de Tenerife, primeros documentos públicos coloniales generados a raíz de la invasión y conquista
de la isla aparece la figura de un
Fernando Guanarteme bajo diferentes grafías, según recoge don Elías Serra
Rafols en Las Data de Tenerife, libros I al IV de Datas originales, en
la 740-20. Figura como: Hernan Guanarted. En las datas: 184-26. 938-52. 940-40. 1290-14. 1.811-20, figura
grafíado como, Guadarteme. En las 17. 55. 222-5.313-40. 403-59. 434-12. 634-34.
aparece como Guanarteme. Además de otras grafías como: 740-20, Fernando
Guanarted. 800, Fernan Gonarteme. 1.211-40, Hernando Guarteme. 1.49-14,
Guadalteme. 1.879-42, Guarateme.
El
29 de octubre de 1507: “Una fuente q. en Tejyna
en Adex con sus cuevas para vuestro
ganado y otra majadas q. están en la Fortaleza de Adex
que se llama Abyyo [Ayyyo enmendado Abyyo]. Digo q. lo de la fuente sea si vos aprobechais el agua con
tal q. sea de los ganados q. quisieren beber y cuanto a lo de la cuevas y
majadas q. vos las do.”. “Medio c. bajo una fuente q. es entre Terasuy y (Tegueste, testado) Tequereste
en un barranco y el agua q. vos aprobecheis della con q. sea realenga y dejeis
un tiro de ballesta del lugar donde se abrevan los ganados de los vecinos, y
esto q. goceis principalmente por haber
[sido] primeramente poblador, y si alguno quisiere vivir allí, q. sea obligado
el q. allí viviere y se aprovechare del agua q. sea obligado a pagaros sueldo
por libra. Fecho 30-IX-1508.” .
Además obtuvo repartimientos en Icod
y Teno.
Fernando Guanarteme, Príncipe de la casa Real de Gáldar. Este fue
casado primeramente con Ana
Hernández, -la cual en 1504 era propietaria de unas tierras en Ycod-, y
después con María Fernández Vízcaina,
ambas de la nobleza Real de Gran Canaria, con las cuales no tuvo sucesión. María Fernández Vizcaína, aportó como dote al
matrimonio 3 esclavos guanches y una casa en Añazu (Santa Cruz) la cual conservaba aún en 1525.
El
28 de agosto de 1510, Fernando de Guanarteme, natural
de Gran Canaria, otorga su testamento. Manda que los
clérigos de Santiago, en Taoro, le
digan una vigilia de lecciones y misa de réquiem con sus nocturnos y letanías;
los frailes de San Francisco le digan dos treintenarios, uno abierto y otro cerrado. Dona a las iglesias y ermitas de la Isla una dobla a cada una; a los pobres 2.000 mrs. para repartir entre los más necesitados. Se paguen los contratos y deudas
que de verdad se deban. Se den al
menor Agustín, hijo de Juan Delgado, 170 cabrillas. Debe para la
Navidad que viene 145 cabrillas. A Jaime Joven 4.000 mrs. por
Navidad. Nombra albaceas a Juan Fernández, canario, marido de Catalina Gaspar,
y a Constanza Fernández, su hermana.
Manda que se dé la libertad a su
esclava Inés y a la hija de ésta,
Leonorcita, a quien reconoce como hija legítima y heredera universal del resto de sus bienes. Ts.: Alonso López
Juan Galán, Fernán Esteban y Francisco Vilches-Sin firma. (Protocolos de Hernán
Guerra. Fol. 302 r.)
La indicada María Vizcaíno segunda esposa de
Fernando Guanarteme testo en 1º
de Enero de 1550 ante Domingo Hernández, y dejó por
principal heredera a Leonor Hernández,
hija natura de su marido y en otro testamento
deja también por heredera, con Leonor
Hernández, a la madre de ésta
Inés Hernández Tacoronte. (Díaz
Dorta)
En 1564 Juan Alonso presenta la data de Abona para
su registro: “Hernando Guanarteme. 59 f . De ta. de s. En el Reino
de Abona e unas cuevas q. Se llama Hing.. (roto) Lindan con un barranco de la
moradas... rey de Abona e lindan con un mal país. Digo q. Do en nombre de sus
Majestades, 3 c. En el dho lugar. 20-VI-1522- 7-X-1564 PARECIÓ Juan Alonso, e
como marido de Leonor Hernández,
mujer que diz q. Es difunta, como
hija y heredera q. Dijo ser H.G. y por sus hijos y de la dicha L.H., su
mujer, presentó este título. Ts. Hernando Ortiz, Diego Gómez. Domingo
Angadura.”.
La casa real de Galdar
también estuvo presente en Tenerife en una hermana de Fernando Guanartme el
II, Francisca
Fernández Guadarteme, da a luz a la niña Inés Fernández en Gran Canaria de una
relación carnal con Álvaro Serrano; casa, luego, en Tenerife con el portugués
Fernando Castro –no hay descendencia de este matrimonio-, e Inés Fernández se
convierte en la hijastra de Fernando de Castro; Inés Fernández casa con Pedro
del Pros, y nacen 2 hijos, fray Miguel y Francisca Fernández Guadarteme;
Francisca Fenández Guadarteme –con el mismo nombre que su abuela- casa, en
1542, con uno de los hijos del conquistador
Francisco Albornoz, Juan Perdomo; de este matrimonio nace un sola hija en 1549,
Inés Fernández –homónimo de su abuela-, que casa con el portugués Amaro Borges.
(José Melchor Hernández Castilla).
Hernán Martín d Espinal
[Data 1295-19.].
Fernando Martín de Espinar en los protocolos de
Hernán Guerra
En 23
de agosto de 1510, al folio 157 v., otorga poder general al
bachiller Alonso de las Casas y a Diego Martín de
Espinar, su hermano. Revoca todos los poderes dados
a otros prs. Ts.: Diego Barba y Alonso Martín.—Fernán de
Espinar
Es
mencionado como acreedor en el testamento del guanche Juantegina otorgado ante
Hernán Guerra el 30 de agosto de 1510 al fol. 330 r., “ Pedro Guantejina,
natural, otorga testamento. Dispone que los clérigos
de esta isla, que se hallaren presentes, le digan sendas misas y el cura de réquiem con sus nocturnos y letanías; le digan un treintenario abierto y se les pague lo que es costumbre. Manda que paguen las deudas conocidas por testigos y escrituras públicas. Que den a Nuestra Señora de Candelaria 4 doblas y a Nuestra Señora Santa Ana otras 4 doblas, a Nuestra Señora María de Gracia 1
dobla, al Señor Santo Espíritu otra dobla, al Señor San Francisco 2 doblas, a Nuestra Señora de Guadalupe otra dobla. Que den a Bartolomé, su sobrino, criado de la mujer de Enrique de Morales, 60 castrados para ayuda de su rescate. Del ganado que tiene en esta isla, deja la mitad a Bartolomé y la otra mitad a Inés Fernández, su mujer. Nombra albaceas a Juan Perdomo y Guillen
Castellano. Nombra herederos universales a su mujer y a su sobrino Bartolomé
“que es mi primo, hijo de hermanos”; las casas en donde mora serán para su
mujer, pues no entran en la partija. Manda que den a Alonso
de Bonilla 1 dobla y 2 reales, a Bastían, su criado, 3
doblas que le debe; a Don Diego, hijo del rey de
Anaga, 3 doblas menos 1 real; a Sebastián de Anaga 1 dobla; a Andrés Francés 68 cabrillas de un año por San Juan de junio venidero. Le debe Pero Báez, peguero, 44 reales de queso que le vendió; Gaspar Guanche 27 quesos, y más tiene que darle 25 quesos de
la renta del ganado de Andrés. Paguen a Alonso de Bonilla 4 reales. Manda que den un asno a su mujer. Confesó deber a Fernán Martín
de Espinar 13 reales y 13 mrs., y a Don Diego, «sabrador», 3 reales, y se pague a Alonso de Abona 4 reales. Debe Gaspar 17 quesos que ha de recibir la de Gaspar por su hermano. Ts.: García de Alcubillo,
Alonso Velázquez, Gonzalo, levador, Fernán Esteban Cárdeno y Pedro de Aday de Güímar.—Fernán Esteban Cárdeno.”
Al
fol. 279 r., de fecha 5 de abril de 1511, concierta contrato de arrendamiento
de ganados con el mercader Pedro García:
“Pedro
García, mercader, y Fernán Martín de Espinar, vs., se conciertan de manera que el primero da a partido al segundo 12 vacas
de hierro y una becerra de 6 ó 7 meses, por 3 años, a partir
de esta Navidad pasada. Se entiende que son 11 vacas del
hierro de García, y la vaca y la becerra no están herradas y es bragada. Por
razón de todo ello Pero García le tiene que dar el
tercio de lo que se multiplicare, y Fernán Martín las ha de guardar todo el tiempo con las multiplicaciones, dándole cuenta de ellas; las han de repartir cada año. Al final de los 3 años las tiene que entregar en un corral en la laguna, por lo que no le ha de
llevar salario alguno; además ha de guardar los machos y las hembras que también parieren, y Pero García partirá el tercio con Martín de Espinar, sacado el diezmo del montemayor. Se
añade al final que los 3 años corren desde este mes de marzo.
Con
fecha 26 de junio de 1511 al fol. 311r., concierta contrato como acreedor: “Pedro Fernández, cerrajero, v°., reconoce deber a Fernán Martín de Espinar 1.200 mrs. por una burra que le compró; pagará la mitad del día de la fecha en 3 meses, y la otra mitad por Navidad,
en dineros de contado. Ts.: Diego Fernández Amarillo y Diego Riquel.—Sin firma.
También
actúa como testigo en un contrato otorgado ante Hernán Guerra al fol.445 r., de
fecha 6 de septiembre de 1511: “Tomás
de Morales, v°., arrienda a Gonzalo Yanes, v°., un pedazo de viña, en Taganana, por tiempo de 3 años desde
esta Navidad. Ha de darle una azada, rozadera y
podón, y Yanes ha de hacer en la viña todos los beneficios
que se requieran, amojonarla, limpiarla y poner un pedazo
que está por poner, además de hacer un lagar, a vista de
maestro, que pagará Tomás de Morales, según tasaren
2 personas. La renta es de 2.000 mrs. cada año, por el día de Santa María de septiembre, en dineros de contado. Ts.: Alonso de Morales, Fernán Martín de Espinar y Fernán Esteban Cárdeno.—Fernán Esteban Cárdeno.”
El 12 de
noviembre de 1511, ante el mismo escribano suscribe contrato con Asencio Gómes,
al fol., 669 r. “Asensio Gómez, v°., reconoce deber a Fernando Martín de Espinar, v°., 1.300 mrs. porque se los debía Pero Alvarez, portugués,
y Asensio Gómez a Pero Alvarez; le pagará en dineros de contado, en agosto de 1512. Ts.: Rodrigo Alonso, gallego, Pero López, carpintero, Juan Fernández y Fernán Esteban Cárdeno, vs. y ests.—Asensio Gómez y Fernán Esteban.
Pero
Alvarez, est., reconoce deber a Asensio Gómez, v°., 1.300 mrs. porque se obligó por él a Fernando de Espinar; ha de pagarle en dineros de contado, el primero de agosto de 1512; hipoteca
toda la hacienda que tiene en Taganana. Ts.: Diego Fernández Amarillo y Juan Navarro, v°.—Sin firma.”
Diego Lopes
[Data1372-10]
Diego
López en los documentos de la escribanía
de Hernán Guerra
El 17
de abril de 1510, al fol. 249 r., recibe poderes como procurador de causas: “Alonso Pérez, cantero, v°., otorga poder general a Diego López, pr. de c. Ts.: Diego Amarillo y Lope de Carvallar.—Alonso Pérez.”
Con fecha 17 de marzo de 1511 cede en guarda unos animales
conforme se recoge en el fol. 273 r.,: “Cristóbal Carrasco, v°., dice que tiene de
Diego López 2 yeguas mayores, 2 potrancas,
una de tres años y otra de dos años, y 2
potrancos, uno de tres años y otro de dos años; se podrá servir de las yeguas y potros, pero no las puede arrendar
a persona alguna hasta que Diego
López mande hacer con ellas lo que quisiere, estando a riesgo de Diego López;
Cristóbal Carrasco estará obligado a
darle cuenta cuando Diego López la pidiera. Ts.: Pero Negrín, Fernán Esteban Cárdeno y Juan Galán.—Fernán
Esteban Cárdeno.”.
Actúa
como testigo en una transacción entre Juan Benítez y Gonzalo Báez, recogida en
el fol. 314 r., con fecha 28 de junio de 1511: “Juan Benítez, est., reconoce deber a Gonzalo
Báez, v°., 7.500 mrs. por resto de 2 caballos, uno morcillo y
otro castaño claro, con sus aparejos; los pagará en dineros de contado, 5
doblas a fines de septiembre y las 10 restantes a fines de
enero de 1512. Hipoteca los caballos y da por fiador a Pedro
Gallego, almo-crebe. Si no pagara en el plazo estipulado,
Juan Benítez devolverá los caballos con sus
tachas buenas y malas. Ts.: Diego López y Fernán
Esteban.—Sin firma.
En 3 de
septiembre de 1511, Gonzalo Báez hace traspaso a Alonso
de Morales de 10 doblas. Ts.: Rodrigo Alonso y Diego Riquel.—Sin
firma.
En 14 de
octubre, Alonso de Morales traspasa a Jaime Joven 9
doblas, obligándose al saneamiento de ellas y al mismo tiempo le da poder. Ts.: Alonso García, Martín Lucena y Lope de Arceo. Sin
firma.·
1620-25].-
Diego del Castillo. Ver si está raLacionado con Guillen Castellano
Pedro de Isasaga:
[Data 168-10].
Pedro de Isasaga en los protocolos de Hernán Guerra
Interviene como testigo en la liberación de un vaquero encarcelado tal
como esta regisrado al fol. 323 r., de fecha 23 de mayo de 1510.: “Juan
Afonso, vaquero, Juan Hernández, carretero, y Juan Martín, vaquero, dicen que
Alonso, vaquero, está preso en la cárcel pública del Concejo a petición de muchos vecinos, y especialmente de Antón de los Olivos y Gregorio Tabordo, que lo
acusaban de que les debía ciertas vacas.
Los otorgantes se comprometen a ser fiadores de Alonso para que sea puesto en
libertad. El alcalde mayor da su
consentimiento. Ts.: Pedro Isasaga, Lope de Carvallar y Diego de Maldonado, vs.—Lope de Carvallar.”
En el folio 379 r., de fecha 12 de agosto de 1510, reconoce deuda al
mercader Jaime Joven: “Pedro Isasaga, v°., reconoce deber a Jaime Joven, mercader, 60 arrobas de azúcar, blanco y lealdado, por 30 arrobas que le debía, más otras 30 que paga por Juan de Berres, de remates de cuentas que éste debía a Jaime Joven. Las pagará a fin del mes de abril de 1511, puestas en un ingenio de la isla de Gran Canaria, que es en El Palmital o en Moya. Ts.: Lope de Aguirre y Pero de Goycoría, vs. y ests.—Isasaga.”.
En 1510
el 19 de agosto, según consta al fol. 357 r. bis. Compra un esclava negra: “Pedro Gómez del Camino, v°., vende a Pedro Isasaga, ausente, y a
María de Cervantes, su mujer, una esclava de color negro, que se llama María, que tiene una hija que se llama Leonor, a la que hizo libre de toda servidumbre. El precio de la esclava es de 34 doblas de oro. Ts.: Juan Ruiz de Requena y Benito Sánchez de Buenrrostro.—Pedro
Gómez del Camino.”.
De
nuevo aparece como testigo el 10 de febrero de 1511, al fol. 75 r., “Fernán Yanes, vaquero, guarda
de las dehesas de esta Isla, reconoce deber a Sebastián Páez,
esc. púb., 5.500 mrs. de la moneda de Tenerife por un potro de
color castaño que le compró. Los pagará en dineros de contado y no en otra cosa
a final de junio. Ts.: Pero Isasaga y ... (roto).—Pero Isasaga.”.
Según el
fol. 199 r., de 2 de septiembre de 1510, recibe poder de Hernando de Orma: “Hernando de Ormán da poder
especial a Pedro Isasaga para que le haga su testamento, tome
sus bienes y pague las deudas que debiere, conforme a una
memoria que deja en casa de Leonor Núñez. Da poder a Hernán Guerra juntamente
con el dicho Pedro Isasaga. Ts.: Manuel de Gibraleón
y Fernán Esteban Cárdeno.— Sin firma.”.
Reconoce
deuda al herrador Martín Sánchez, el 7 de febrero de 1511, al fol. 93 r.,: “Pedro Isasaga, v°., reconoce deber a Martín Sánchez, herrador, 26 arrobas de azúcar blanco porque las debía a Fernán Gómez, v°. de Moguer, y las ha de cobrar Martín Sánchez; a entregar en La Orotava ,
a finales de marzo de este año de la fecha. Ts.: Alonso Manuel y Juan
Galán.—Pedro Ysasaga.”.
El 22
de febrero de 1511, al fol. 121 r., figura como acreedor de Jerónimo de Valdeés,
sobrino del Adelantado: “Jerónimo
de Valdés, v°., reconoce deber a Alonso Donaire, v°., 26
arrobas de azúcar, que debía a Pero de Isasaga, y éste a Donaire. Las pagará en un ingenio de La Orotava , a final del mes de marzo. Ts.: Pero Negrín y Juan Galán.—Jerónimo de Valdés.”.
En
1511 el 8 de agosto otorga poder al procurador de causas Lope de Arceo: “Pedro
Isasaga, v°., otorga
poder general a
Lope de Arceo, pr. de c. Ts.: Fernán Esteban
y Alonso López, ests.—Sin firma.”.
Tubo
casa en La Laguna
según se desprende de una escritura de venta otorgada por Diego Pérez al
fol.448 r., de fecha 17 de agosto de 1511: “Diego Pérez de Turiel, v°., y Catalina de Cabrera, venden a Pero
Martínez, v°., unas casas con un solar y un pozo junto, en esta villa de San Cristóbal, que lindan con casas de Pero Isasaga, con la laguna, por precio de 4.000 mrs. de la moneda de Tenerife, que dicen recibir. Ts.: Gonzalo Martín, levador, Fernán Esteban Cárdeno, Sancho de Omerando y Alonso López.—Diego Pérez de Turel.”.
Figura
debiendo azúcar en escritura de 21 de agosto de 1511 al fol. 522 r.: “Agustín Leardo, mercader, est., otorga poder especial a Juan Núñez,
v°., para cobrar de Pedro Isasaga 16 arrobas y media de azúcar; de Diego
de Saya 11 arrobas y 22 libras; y de Fernando Yanes 9 panes de azúcar. Ts.:
Fernán Esteban y Gonzalo García.— Agustín
Leardo.”.
Luís de Niebla
[Data 295-22]. Figura como lindante de una casas en Gran Canaria, bienes de los
menores de huérfanos de María Rodríguez, como se recoge en los protocolos de
Hernán Guerra al fol, 450 r., de fecha 4 de agosto de 1511.: “Ante Gonzalo Muñoz, teniente de gobernador, y
en presencia de Hernán Guerra, esc. púb. y ts., Alonso
Manuel, pr. de c. y padre de los huérfanos, dice
que unos cuatro o cinco años atrás María Rodríguez, mujer
que fue de Bartolomé Gutiérrez de Porcuna,
presente, tuvo a Bartolomé y a Ana, hijos legítimos de María Rodríguez y Bartolomé Gutiérrez de Porcuna, que son menores de 25 años y mayores de 12 años; como Bartolomé y Ana están en poder de su padre después del fallecimiento de su madre, les conviene que se les nombre un tutor para administrar sus personas y bienes; por tanto, pide que sea nombrado tutor Bartolomé, su padre, y le sea concedida la tutela y administración de sus bienes. Se acepta tal petición a favor de Bartolomé Gutiérrez, marido de María Rodríguez, y padre de los herederos de ésta, y nombra como fiador a Diego Fernández Amarillo quien aceptó.
Luego
Bartolomé Gutiérrez de Porcuna, ante el señor gobernador,
hace inventario de los bienes de los dichos menores: 25 fs.
de tierra de sequero, en el valle de Araguijo,
que lindan con Sebastián Ormán; unas casas que están en
esta villa de San Cristóbal, que lindan con Juan Ruiz de Berlanga; 2 burras,
una mohína-prieta y la otra mohína-parda, cada una con
su burro; 6 aranzadas de tierra de regadío que tiene en
Gran Canaria, en la aldea de Nicolás; la 1/2 de unas casas que
asimismo tiene en Gran Canaria, que lindan con Blas Déniz y Luis
de Niebla. Bartolomé Gutiérrez se obliga a dar cuenta de los
bienes cada vez que el juez se lo pidiere. Ts.: Alonso Manuel,
Fernán Esteban y Juan Fernández, vs. y ests.—Sin firma.”.
Sancho de Vargas
[Data 296.23. 27-VII- 1506].
Este
colono probablemente vendió las tierras concedidas una ves pasado el plazo de
cinco años exigidos a los datados, a juzgar por un serie de escrituras de
compra venta y arrendamientos otorgadas ante Hernán Guerra las cuales hacen se
refieren a las tierras de Sancho de Vergara en Tegueste.
El
4 de marzo de 1511 al fol. 283 r.,: “Diego Afonso, v°., arrienda a Diego Díaz y a Cristóbal Díaz una huerta, en Tegueste, que era de Sancho de Vargas, una viña,
una burra y 6 puercas, por 2 años. Le tienen que
pagar 6.500 mrs. cada año, la mitad en el mes de agosto y la
otra mitad en Navidad. Al final del arrendamiento
le han de devolver las puercas, burra y la huerta muy
bien reparada con los árboles que ahora tiene. Ts.: Alonso López, Alonso Manuel y Fernán Esteban Cárdeno, vs. y ests.—Por no saber FernánSancho de Vargas en los protocolos de Esteban
Cárdeno.”.
En 17
de julio de 1511 al fol. 327 r., Alonso
Báez, v°., reconoce deber a ... (roto) de Vargas 8.000 mrs. por resto del precio de unas tierras que le
compró de Gonzalo de Castañeda, en Tegueste; pagará 5.000 mrs. en trigo
luego, a 2 reales y 1/2, 2.000 mrs.
en dineros de contado a final del mes de agosto, y los otros 1.000 mrs. por
Navidad que viene, en esta villa de
San Cristóbal. Ts.: Alonso Manuel y Fernando Lis-bona.—Sin firma.
Pedro
Almonte da medias un majuelo, según contrato otorgado ante Hernán Guerra al
fol. 398 r., con fecha 4 de agosto de 1511:
“Pero de Almonte, v°. de La Gomera , est., da a partido
a Cristóbal Díaz un pedazo de majuelo, en Tegueste, que linda con Alonso de Astorga y con Diego Afonso, que tuvo de Sancho de Vargas, por tiempo de 2 años. Cristóbal Díaz tiene que hacer en el
majuelo 3 labores cada año, podar, aderezar, reponer algunos de ellos, reparar muy bien la cerca y todos los otros beneficios. Además ha de poner un pedazo de tierra en la que pueden caber hasta 2.000 sarmientos en estos 2 años; hará la cava y los cercará de manera que no reciban daño, los cuales ha de dar presos y han
de quedar entre sarmiento y sarmiento unos 8 pies. Pero de
Almonte le pagará por cada sarmiento que pusiere 4 mrs. en el primer año, y 1 mrs. en el segundo; se obliga a darle la mitad de los mrs. cuando haya puesto la mitad de los sarmientos, y la otra mitad al acabar de ponerlos; además le tiene que dar 8.000 mrs. por curar los sarmientos: 4.000 mrs. cada año en sus tercios. Crstóbal Díaz ha de gozar de ellos durante 2 años, y en el primer año se obliga a dejar las varas necesarias, de manera
que no sea en perjuicio del majuelo. Para que esté más seguro Pero de Almonte, Cristóbal Díaz pone como fiador a su hermano
Diego Díaz. Pero de Almonte pagó de los 8.000 mrs., 1.800 mrs., Ts.: Fernán Esteban y Antón de los Olivos.—Pero de Almonte.”.
El 10 de marzo de 1511 al
fol. 247 r. Juan de Castañeda, v°., vende a Afonso Báez, v°., un pedazo de tierra,
en el valle de Tegueste, en las
tierras que fueron de Sancho de
Vargas, v°. y regidor de la Isla ,
unas 7 fs. de tierra, y linda con un
majuelo suyo, con tierras de Alonso de Astorga, con el barranco del agua y el camino real. Se las vende por precio de 8
doblas de oro, que declara haber recibido. Lope de Arceo en nombre de Sancho de Vargas se obliga a
hacer sanas las dichas tierras. Ts.:
Miguel Martín y Juan Galán—Lope de Arceo y Juan de Castañeda.
Con
fecha 7 de septiembre de 1511 conforme esta registrado en fol. 427 r.: Gonzalo Sánchez, v0., vende a
Antón de los Olivos, v0., una viña, en el
valle de Tegueste, que linda con
viña de Antón de los Olivos, el camino real y el barranco; y
un pedazo de tierra que fue de Sancho de Vargas, v0.,
que está en la parte de arriba del camino real,
según lo tenía y poseía Sancho de Vargas. El precio es de 17.000 mrs. de la moneda canaria. Ts.: Alonso de la Garza , Gonzalo García y Juan Márquez, vs.—Gonzalo Sánchez.
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