Documentos recopilados por
Eduardo Pedro García Rodríguez
1472 abril 18.
Diego de Sevilla (mercader, vesyno de Sevylla en la collación de Santa Maria) vende a Rodrigo de Andújar (vesyno de
la cibdad de Murcia,
que está presente)
una esclava canaria,
natural de Tenerife, que ha
nonbre Ysabel, de hedad de treinta años poco más
o menos; e más otro su esclavo negro,
natural de Guynea, de hedad
de quince años poco más
o menos, que ha nombre Lancarote. (F. S.
P., sin fol. j .
(Francisco Morales Padrón.Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en:
mdc)
1472 abril 19.
E1 bachiller Marcos de la Cuadra (vesyno
de Sevylla en la collación de
Sant Miguel) e don Juan Bermúdez (Deán de Rubicón, vesyno de Sevylla),
de mancomún e ambos a
uno, deben a Juan de Madrid (fijo de Mas de Madrid, vesym de
Sevilla en !a collación de Santa Catalina, qu'
está presente) 12 quintales de buen
aseyte de olivas, el qual es por maravedís que d'él rescibieron. de que
son pagados. (F. S. P.,-sin
fol.). (Francisco Morales Padrón.Canarias en el Archivo de protocolos de
Sevilla, en: mdc)
1479 abril 13.
Diego de Cabrera
(criado de [1] Pinelo, mercader ginovés,
estante en Sevilla)
vende a Juan
de Córdoba (hijo
de Ferrand González de
Córdoba, vecino de
Sevilla) una esclava
canaria, natural de la Grand Canaria, de
edad de cuarenta años, de color blanco,
por precio de 4.600
maravedís. .(P. A., 1441-1494, fol.
264).
(Francisco Morales
Padrón.Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1472 abril 18.
Diego de Sevilla (mercader, vesyno de Sevylla en la coliación de Santa Marla) vende a Rodrigo de Andújar (vesyno de la cibdad de Murcia, qu' está presente) una esclava canaria, natural de Tenerife, que ha nonbre Ysabel, de hedad de treinta años poco más o menos; e más otro su esclavo negro, natural de Guynea, de hedad de quince años poco más o menos, que ha nombre Lancarote ... (F. S. P., sin fol. j . (Francisco Morales Padrón.Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc).
1479 abril 22.
El licenciado Alfon González
de Guadalajara (recebtor de los
quintos pertenecientes al Rey y la
Reyna nuestros Señores
en estos sus reynos y señoríos
de Castilla, por virtud de poderes
que tiene de Sus Altezas y
por quanto dieron
su carta execu-
toria) otorga a Diego
de Ferrera, Señor de las
Yslas de Canaria, para yr
a executar en los bienes
y personas de quantos vecinos y
moradores de la Ysla de Lanzarote, que es en Canarias, o de otras personas vecinos de quier Yslas de Canaria, ciertos pesos de
oro (800) que se traen de la Mina de
Oro, y que las dichas personas devían a los Reyes, del quinto de una caravela de Portugal que en la
Ysla de Lanzarote fue
tomada por los vecinos
de la Ysla, segund
en dicha carta
executoria se contiene; dio
poder a Antón Verde, escrivano de la Ysla de Lanzarote, criado de Diego de Herrera,
para cobrar dichos
800 pesos de oro,
y da poder a Fray
Miguel, franciscano, capellán de los Reyes, para cobrar
de Antón Verde lo que tenga
cobrado y seguir cobrando, y para
pleitos en razón de dicho. (Francisco Morales Padrón.Canarias en el Archivo de
protocolos de Sevilla, en: mdc)
1480 febrero 4.
Toledo. -
Cédula de los Reyes
Católicos dando poder y
facultad a Pedro de Vera, Governador,
Capitán y Alcalde de la Ysla de la Gran Canaria, para
que proceda al repartimiento de tierras
y aguas de dicha Ysla, y para nombrar los oficios necesarios en la
misma. (Vid. Apéndice V). (M.
Q., 1509, fols. 676 v. a 677 v.). (Francisco Morales Padrón.Canarias
en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1480 agosto 21.
Pedro de Madrid
(mercader, vecino de Sevilla
en la collación de San Nicolás)
otorga a Juan de Herrera (vecino
de Sevilla, porque está preso
en la cárcel del Concejo de Sevilla Gonzalo de
Canaria, vecino de la Ciudad de Medina Sidonia, por deber 22.000 pesos)
que fía a Gonzaio de Canaria para que salga de la Cárcel y que volverá a
ella; y
caso de no volver,
pagará él los
pesos 'que debe, y
las costas. (P. A., 1441-1494, fol. 366 V.). (Francisco
Morales Padrón.Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1480 agosto 26.
Obligación de Pedro de Madrid
(mercader, vecino de Sevilla en la collación de San Nicolás) a Juan de Herrera, vecino
de Sevilla, de volver en
quatro meses a la cárcel
a Gonzalo de Canaria, vecino de la Ciudad de Medina Sidonia, salido
de ella por fianza de Pedro de
Madrid. (P. A., 1441-1494, fol. 372).
(Francisco Morales Padrón.Canarias en el Archivo de protocolos de
Sevilla, en: mdc)
1485 mayo 19.
Villa Real de Las Palmas.-Autos del Concejo de la
Ysla dela Gran Canaria, ayuntado dentro de la Yglesia de Sra. Sta. Ana, presente
el Gobernador Pedro de Vera, al
que requirieron el Concejo y
moradores de la dicha Ysla de Gran Canaria para que usara
de la facultad que Sus Altezas le
habían dado para repartir las tierras de
dicha Ysla, y las repartiera entre ellos; y mandamiento
del mismo ordenando se
nombraran nueve hombres,
por las villas
del Real de Las
Palmas, Agáldar y Telde, para que
procedieran a dicho repartimiento, juntos con
el Regidor Pedro García de Santo Domingo, a quien el Gobernador
Pedro de Vera designaba para que
asistiera, en su
nombre, al dicho repartixiento; y nombramiento y juramento de
los tales diputados, que fueron: por
los vecinos y moradores de la villa del Real de Las Palmas: Alonso Jaymes, Diego de Carrión y Martín de
Escalante, Regidores; por los de la villa
de Agáldar: Pasqual Tello, Juan
Suárez de Morón y Diego Ramírez; y por
la villa de Telde: Juan Vklez de
Valdevieso, Alonso de Zárate. (V. copia
en doc. de 1 de agosto de 1509. Apéndice
V). (M. Q., 1509,
f01~. 677 V.-679 V.). (Francisco
Morales Padrón.Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1485 julio 21.
Repartimiento a Pedro del Dotor, de una huerta en término de Agáldar en la Ysla de la Gran Canaria, lindera
con huertas de Juan Criado de Valdibia y de Juan de Badajoz, según
asiento en el libro de repartimientos de
tierras para huertas en la comarca
de Agáldar. {V. copia en doc. de
1 de agosto de 1509, en Apéndice V). (M. Q.,
1509,
fol. 696). (Francisco Morales
Padrón.Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1485 julio 24.
Repartimiento a Francisco López, vecino de la villa del Real de Las
Palmas en la Ysla
de la Gran Canaria, de un
pedazo de tierra en el camino que va de Agáldar a la Villa del Real de Las Palmas
y de otras cinco aranzadas de riego, (1)
En todos estos documentos en
que se
habla de Gáldar o Agáldar, en
realidad se refiere a
tierras que más bien pertenecen
en la
actualidad a la
jurisdicción de Guía (entonces no
nacida aún), desde el
Ingenio Blanco, Barranco de las Garzas, El Lomo, y entrando ya
en la jurisdicción de Gáldar,
el Barranco, La Vega, Montemayor, etc.
(Francisco Morales Padrón.Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en:
mdc)
1485 mayo 19.
Villa Real de Las Palmas.-Autos del Concejo de la
Ysla dela Gran Canaria,
ayuntado dentro de la Yglesia de Sra. Sta.
Ana, presente el Gobernador Pedro de Vera, al que
requirieron el Concejo y moradores de
la dicha Ysla de Gran Canaria
para que usara de la
facultad que Sus Altezas le habían dado para repartir las tierras de dicha Ysla, y
las repartiera entre ellos; y
mandamiento del mismo ordenando se nombraran
nueve hombres, por
las villas del
Real de Las Palmas,
Agáldar y Telde, para que procedieran
a dicho repartimiento, juntos con el Regidor Pedro García de Santo Domingo, a
quien el Gobernador Pedro de Vera designaba para que
asistiera, en su
nombre, al dicho repartimiento; y nombramiento y juramento de
los tales diputados, que fueron: por
los vecinos y moradores de la villa del Real de Las Palmas: Alonso Jaymes, Diego de Carrión y Martín de
Escalante, Regidores; por los de la villa
de Agáldar: Pasqual Tello, Juan
Suárez de Morón y Diego Ramírez; y por
la villa de Telde: Juan Vklez de
Valdevieso, Alonso de Zárate ... (V.
copia en doc. de 1 de agosto de 1509.
Apéndice V). (M. Q., 1509, f01~.
677 V.-679 V.). (Francisco Morales Padrón. Canarias en el Archivo de
protocolos de Sevilla, en: mdc)
1485 octubre 19.
Villa del Real de Las Palmas.-Repartimiento a Francisco Peña, conquistador
de la Ysla de la Gran Canaria,
por los
repartidores nombrados por orden
del Gobernador de dicha Ysla Pedro de Vera, de un pedazo de tierra de regadío,
de cinco aranzadas, junto al que se había dado a Francisco Zópez. (V.
copia en doc. de 1 de agosto de
1509, en Ap6ndice V). (M.
Q., 1509, fol. 680 v.).
(Francisco Morales Padrón. Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en:
mdc)
1485 octubre 19.
Villa del Real Las Palmas.-Repartimiento a Ferrando de Montemayor, conquistador
de la Ysla de Gran Canaria, por los repartidores nombrados por orden del
Gobernador Pedro de Vera, de una suerte
de tierra de regadío de cinco aranzadas,
qu'es desde donde …Francisco López en
Agáldar. (V. copia en doc. de 1 de agosto de 1509, en Apendice V). (M. Q.,
1509, fol. 680 v.). (Francisco
Morales Padrón. Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1487 agosto 19.
Villa del Real de Las Palmas. -Escritura de
venta que hace Juan Sánchez
Roldán (vecino de la villa de
Agáldar) a micer Batista de Riberol
(mercader ginovés, vecino de la
villa del Real de Las ,Palmas en la Ysla de Gran Canaria) de dos
suertes de tierra de huerta en el
término de Agáldar, linderos con huertas de Alonso de Arauz y de Pedro
del Dotor, el acequia
y la madre del
río, siendo testigos
Diego de Cabrera y Juan de
Ceverio, Regidores y vecinos de la villa del
Real de Las Palmas, y Juan
Rodríguez de Lucena y Sancho de Vargas,
vecinos de la de Agáldar, ante
~Diego de San Clemeynte, escribano público que signa este testimonio. w. copia en
doc. de 1 de agosto de 1509, en Apéndice V). (M. Q., 1509,
fols. 701v.-702). (Francisco
Morales Padrón. Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1487 noviembre 25.
Escritura de venta otorgada por
Francisco López. (albañil, vecino del
lugar de Agáldar en la
Ysla de la
Gran Canaria) a F'rancisco
de Porras (Regidor y vecino de la
villa del Real de Las Palmas) de una huerta de
tierra de regadío, lindante con tierra de Fernando de Montemayor y montaña de Agáldar un pedazo, y otro con tierra de Francisco Peña y la madre
del río, por 6.000 maravedís,
siendo testigos Juan de
Sanlúcar y Francisco de Salteras, vecinos de dicha villa, ante Diego
de San Clemente,
escribano público de dicha Ysla
de la Gran Canaria,
que signa este tras.lado. (V. copia en
doc. de 1 de agosto de 1509, en Apéndice V). (&l.
Q., 1509, fols. 681-683). (Francisco Morales Padrón.
Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1489 noviembre 7.
Juan Fernández
de Alzoba (cómitre del Rey
Nuestro Señor, vecino de
Sevilla en la collación de Santa
María en la Cestería, maestre de nao
que está en el puerto de Las Muelas de la Torre del Oro en esta Ciudad) debe a Alfonso
Martínez (agujetero, vecino de Sevilla
en la collación de San Salvador) 3.000 maravedís que ha
recibido prestados para fornecimiento y despacho del navio, que van a riesgo de Alfonso Martínez, sobre el navío, en el viaje que va a
hacer a Canarias. (L. G. C., fol. 17 v.).
1489 noviembre 10.
Pedro García
el Mozo (marinero, marido de Aldonza Díaz, vecino de Triana) debe a Alonso Martínez
(agujetero, vecino de Sevilla en la collación de San Salvador) 5.500
maravedís prestados para comprar
mercaderías que lleva en el navío que está en el puerto de Las Muelas en la Torre del Oro de esta
Ciudad, maestre Juan Fernández de Alzoba, que van a
riesgo, y se obliga
a pagar a los
ocho das de llegar al puerto de Las
Muelas de tornaviaje del que hace ahora
a las Yslas de Canaria. (L.
G. C.,
fol. 25). (Francisco Morales
Padrón. Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1489 noviembre 20.
Alfonso Fernández
Almirante (vecino de Sevilla en
la collación de San Salvador) debe a Sancho de Escalante (vecino de
Sevilla en la collación de Santa Maria Madalena) tres
quintales y siete arrobas de buen aceite de olivas, nuevo, limpio y
claro, los cuales recibió en nombre del
Deán de Canaria, de cierta aceituna que
d'él tovo arrendadas, y se obliga a
pagarlos en Sevilla, horro de diezmo,
por todo el mes de diciembre de este
año en que estamos. (L. G. C.,
fol. 265). (Francisco Morales Padrón. Canarias en el Archivo de
protocolos de Sevilla, en: mdc)
1490 septiembre 12.
Villa del
Real de Las Palmas en
Isla de Gran Canaria.-Escritura de venta otorgada por Pedro
del Dotor, vecino de la villa de Agáldar en la Ysla de Gran Canaria, a Batista de Riberol, genovés,
vecino de dicha Ysla, de una huerta de
regadío, cercada,
con parras y árboles, en el término de la villa de
Agáldar, ,que linda con huertas de Batista de Riberol y de Juan de
Badajoz, por precio de 5.000 maravedís
moneda de Canaria, siendo testigos Juan
de Meneses, alcalde mayor desta villa
del Real de Las Palmas, y Ruy González Verde. vecino de dicha Ysla, ante el
escrivano público Diego de San
Clemeynte, que signa este testimonio. (V. copia íntegra en doc. de 1 de agosto de 1509, en Apéndice V). (N. Q.,
1509, fols. 696-699).
(Francisco Morales Padrón.
Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1491 marzo 28.
Vila de1 Real
de Las Palmas.-Repartimiento a
Gonzalo de la Rojana,
por el Gobernador Pedro de Vera, de un pedazo de tierra,
qu'es encima de
las suertes de
Fernando de Montemayor, Francisco Peña y Francisco de Porras, de
regadío, en la "Tierra Blanca",
en dos pedazos: a un cabo y otro
del arroyo, lindando con tierra de Sancho de Vargas. (V. copia en doc. de
1 de agosto de 1509, en Apéndice
V)+ (M.
Q., 1509, fol. 680 v.).
(Francisco Morales Padrón.
Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1491 diciembre 14.
Villa de Santiago de Agaldar.-Escritura de
venta otorgada por Gonzalo de la Coruña (vecino de la villa de Santiago de Agáldar
en la Ysla
de la Gran Canaria) a
Francisco Peña y Fernando de
Montemayor (vecinos de dicha villa) de un cercado de tierras de regadío que
tiene encima de las tierras de los
compradores, en término de Agáldar, que
linda con tierras realengas y con tierras de Sancho de Vargas, por precio
de treynta fanegas de trigo y una burra con su cría, que tiene
recibidos. Fueron testigos Sebastián de Arrona, vecinos de dicha villa,
ante Alonso de Herrera, escribano público de la dicha villa, que signa este
testimonio. (V. copia íntegra en doc. de 1 de agosto de 1509, en Apéndice V). (M. Q.,
1509, folios 699-701 V.).
(Francisco Morales Padrón.
Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1492 abril 9.
Villa del Red de Las Palmas.-Escritura de venta otorgada por Francisco de Porras
(Regidor y vecino de la Ysla de la Gran Canaria)
a Batista de Riberol (vecino
de la dicha Ysla) de una suerte de
tierra de regadio en
término de Agáldar, que linda
con tierra de Fernando de Montemayor y
la montaña de Agáldar, tierra
de Francisco de la Peña y el río, por veynte y
siete arrobas de azúcar blanco, siendo testigos Bartolome de Cardela,
correero, y Alonso de las Predias,
aserrador, ante Diego de San Clemeynte,
escribano público de la Ysla de Gran Canaria, que
signa este testimonio. (V.
copia en documento
de 1 de agosto de 1509, en Apéndice V). (M.
Q., 1509, fols. 683-685 v.). (Francisco Morales Padrón.
Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1492 abril 28
Villa del Real de Las Palmas en la. Ysla G.
Canaria.-Escritura de troque y cambio, por la que Batista de
Riberol (ginovés, vecino de la Ysla de Gran Canaria) da una suerte de regadío en término de Agáldar (lindera con tierras de
Pedro el Rey y de Rodrigo de Vera, el
camino real y el exido) y un molino de pan moler con la tierra y agua
que le pertenece (que compró de Juan Sánchez el Mozo) a
Fernando de Montemayor,
vecino de dicha Ysla, que le da en
cambio una tierra de regadío en
término de Agáldar (que linda con
tierras de Batista de Riberol y de Francisco Peña, el exido y el Barranco) y otra que
compró de Gonzalo de la Coruña, de secano ésta;
siendo testigos Fray Juan de Agáldar,
Lope de Salazar y Pedro de Xerez, vecinos de dicha Ysla, ante Gonzalo de Burgos, escribano público y del Cabildo de dicha Ysla, que signa este testimonio. (V. copia integra en doc. de 1 de agosto de 1509, en Apéndice V). (M. Q.,
1509, fols. 689 v.-693).
(Francisco Morales Padrón. Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en:
mdc)
1492 agosto 20.
Pedro de Cales e Johan de Medina e Andrés Sánchez e
Pedro de la Gomera
e Juan de Sevilla e Marcos e Pedro de
Moguer e Diego López e Rodrigo Alvarez e Juan Garrido e Diego Cherino e Juan de Jerez e Pedro de Frías e Martín de
Rota e Diego Navarrete e
Pedro de Baeca e Fernando de
Córdova e Miguel de Córdova e Francisco
de Sevilla e Francisco de Flandes e Pedro de Gibraltar e Pedro de
Narchena e Pedro
del Alhóndiga e Pedro
Fernández e Juan de Castilla e
Pedro Escudero e Bartolomé de
Triana e Francisco de Palos,
canarios de la Gomera; e Cristóval Delgado
e Pedro García, canarios de la Grand Canaria: otorgan que fasen pleito
e postura con el Capitán Alonso de Lugo
que está presente, en tal manera
qu'ellos se an obligado de yr a servir por peones lanceros, con sus dardos c espadas, en la conquista que el Rey e la
Reyna ... han mandado
faser a los canarios de las yslas de La Palma e Tenerife; e que
están prestos a faser el dicho servicio quando, por el dicho Capitán fueren
llamados, e estén en el dicho servicio un año; e se á obligado el dicho Capitán
a les dar mantenimiento desde
el día que partyeren al
dicho servicio del Puerto de
Sauta María; e que no
se puedan partir dei servicio fasta que sea el dicho
tiempo conplido, salvo
si la dicha conquista
se acabare antes.
E por razón del dicho servicio
cada uno d'ellos tendrá una parte según
se diere a los otros peones
lanceros castellanos e canarios que estovieren
fasyendo el dicho servicio; e que el dicho Capitán se á obligado a poner los dichos canarios… el dicho tiempo o syendo acabada la dicha conquista, en
tierra del Rey Nuestro Señor; e
otorgan e prometen de se no partir ... E
el dicho Capitán, seyendo presente,
otorgó e rescibió
en sí la
estipulación deste
contrabto.. . Otro tal pleito e postura
otorgó por .ballestero Pedro de Toledo, criado de Pedro Coronado, estante en
Sevilla, con el dicho Capitán Alonso de
Lugo, por el dicho tiempo e prescio
e ccndiciones e penas e posturas...
(J. C., Sol. 454). (Francisco Morales
Padrón. Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1492 agosto.
Leonor Suárez [Gallinato] (muger de Pedro del Algaba, Governador que fue de las Islas
de Canaria, difunto que Dios aya, vezina
de Sevilla en la collación de Santa María) otorga que da todo
su libre e llenero e conplido
poder, según 'que lo ella ha de derecho
e más deve valer, al Jurado Martín
Fernández, camarero que fue del . señor
Adelantado Don Pedro Enríquez
especialmente para que por ella e en
su nombre pueda pedir e
sacar libramiento del Rey e
de la Reina o de los sus Contadores mayores, de los 20.000 maravedis que ella
tiene de Sus Altezas de juro en
cada un año, situados señaladamente
en las
rentas del almojarifazgo desta cibdad de Sevilla. .. (J. G.,
fol. 456 v.).
(Francisco Morales Padrón.
Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1494 agosto 27.
Villa del Real de Las Palmas en G. Canaria.-Escritura de troque y cambio, por la que Francisco Peña
da una suerte de tierra de regadío en
término de la villa de Santiago de Agáldar
(de la que es vecino) (que linda con tierra de Batista de Riberol, el
camino real y el Barranco) y otra tierra
que compró de Gonzalo de la
Coruña (con cuevas
donde Gonzalo, difunto, vivía), a Batista de Riberol, que le da en cambio una suerte de tierra, puesta de
cañas, en término de dicha villa de Santiago, lindante con tierra de
Juan Rodriguez de la Caña y de Christóval Rodríguez, el camino real y el
Barranco, siendo testigos Francisco de Miranda, Regidor y vecino de la villa del Real de Las Palmas, y Francisco Padilla, estante en
la Ysla de Gran Canaria, ante el escribano público Diego de San Clemente, que
signa este testimonio. (V. copia íntegra
en doc. de 1 de agosto de 1509, en
Apéndice V). (M. Q., 1509, folios 685 v.-689 v.). (Francisco Morales Padrón. Canarias en
el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1495 febrero 10.
Madrid. Cédula de los Reyes Católicos al
Bachiller Alonso Fajardo, Contino de la Real Casa y Gobernador y
Capitán de la Ysla de Gran Canaria, dándole poder y
facultad para repartir las tierras de dicha Ysla que estuvieren sin
repartir, y para hacer a los ve cinos de
la misma cumplimiento de justicia
For los agravios que hubieren recibido en
anteriores repartimientos. (V. Apéndice
V: B, 10 a). (M. Q.,
1509, Iois. 693 v.-694 v.
j. (Francisco Morales Padrón. Canarias en el Archivo de protocolos de
Sevilla, en: mdc)
1495 agosto 26.
Alonso Salvago
(mercader, vecino de la villa de Palos) debe a
Jácome de Sopranys (mercader, ginovés, estante en Sevilla) mill arrovas
de azúcar blanco de pilones, tal que sea
"de dar e de
tomar entre
mercaderes", las quales son por
valor de los paños que dé1 recibió, los quales son en su poder; a pagar en la Ysla de la
Gran Canaria, en los yngenios en que se suele moler e fazer azúcar; la
mitad fasta fin de abril próximo que verná de 1496, y la otra mitad en el mes de mayo de dicho año de 1496, so pena del doblo en cada paga; y
a dicho pago obliga sus bienes,
en especial miil cinquenta arrovas
de azcar
que le debe en dicha
Ysla de Graand Canaria Pedro de Omas vecino de dicha Ysla, e
450 arrovas Diego de Cabrera, Regidor y
vecino de dicha Ysla, y la
muger de Alonso Jaymes,
difunto, vecino de dicha Ysla,
doscientas, por escrituras públicas de debdo,
las quales entrega a Sopranys,
con poder, para cobrarlas; y
Jácome de Sopranys las recibe. (F.
SE., fol. 214). (Francisco
Morales Padrón. Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1495 septiembre 15.
Cristoval Gutiérrez (marinero,
vesyno de Triana, guarda e
collación desta cibdad de Sevilla, maestre del navío que se nombra "Santyago", ,que ... está en el puerto
de Las Nuelas del río de Guadalquivir ...) debe
a Alonso Diaz (escribano
de letra de obra, vesyno desta dicha cibdad en la
collación de Sanct Martin, que está
presente) 6.000 maravedís desta moneda
que agora se usa, los quales
son de préstamo, que le
prestó por le faser amor
e buena obra, e para
fornescimiento e despacho del
dicho su navyo, para este
viaje que agora ha de faser a la vela a las Yslas de
Canaria, entrada e salida
... (F. SE., fol. 307). (Francisco Morales Padrón.
Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1496 enero 6.
Pablo Mateos (vesyno de Fuerteventura) deve a
Juan de Soto (clérigo de la diócesis de Burgos, estante en Sevilla, que
está presente) 4.000 maravedís
desta moneda que se agora usa, 1os quales son de préstamo que le prestó por le faser amor e buena obra. (F. SE., fol. 7
v.). (Francisco Morales Padrón. Canarias en el Archivo de protocolos de
Sevilla, en: mdc)
1496 marzo 26.
Marco de la Palma (vesyno del
lirgar de Trigueros, lugar del Duque de Medina), por sy e en nombre e en voz de todos los peones
que con él quedaron e murieron en la
conquista de Tenerife (fasta ser ganada
la Ysla, por
los quales fase bos e cabción ), otorga que ha resibido, e rescibió
en su poder, de Alonso de Lugo (Governador de la
dicha ysla de Tenerife, que
estava ausente.. .), 15.000 maravedís
d'esta moneda que se agora usa, los quales son de todo el servicio que
él e
los dichos peones que llevó
a la dicha Ysla
fizieron en la dicha
conquista, desde todos 1os tiempos que estovieron en la dicha Ysla fasta
que de ella vinieron e la ganaron
; los dichos 1.5.000 maravedir
son en su poder. Por ende, otorga
que da por libre e por quito al Gobernador
e al señor Duque de Medina Sydonya, e les fase fin e quitamiento e libramiento, agora e para
siempre jamás, de guisa
e de manera que
contra el dicho Duque ni contra
el dicho Governador. ni contra sus bienes ni herederos les non quedó debda ni
demanda ni derecho ni bos ni rasón ni
abción ni otra cosa alguna que se aya de dar
ni complir sobre rasón de lo
que se aya de dar ni complir
sobre rasón de lo que dicho es;
e otorga e
promete qu'él ni los
dichos peones qu'él asy
llevó a la dicha conquista farán demanda sobre esta dicha razón, e sy la fizieren
o a pleyto o a contienda
de justicia los troxeren,
que les non valan
en esta razón; sobre lo qual dio
poder complido n la Justicia
... (J. M., fol. 64 v.).
(Francisco Morales Padrón. Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en:
mdc)
1496 marzo 28.
Alonso de Lugo
(Governador de la ysla de Tenerife, vezino de Sevilla en la collación
de Sant Andrés) otorga que da su poder a
Luys Carrasco (vezino desta cibdad en la dicha collación, qu'está
presente) para que
por él e en su
nombre pueda demandar
e recabdar . e cobrar
de Pedro de Castellanos (vezino
de la cibdad de Baca) o
de sus bienes, treynta
e dos esclavos canarios
de la dicha Ysla de Tenerife, los quales 61
le ovo dado para que los llevase a la Corte para
dar a Sus Altezas e a otros cavalleros de la dicha su casa e corte; e para que
los pueda rescebir en su poder, e otorgar carta de pago
las que complieren; e para que
pueda parescer ante qualesquier alcaldes e juezes (J. Bf., fois. 71-71 v.j. (Francisco Morales
Padrón. Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1496 abril 11.
Francisco de Riberol
{mercader genovés, estante en Sevilla,
habitante en Triana) otorga
que ha recibido
de la
Señora Doña
Violante de Cervantes, muger de Sancho
de Herrera, vecino de Sevilla, 18.000 maravedís, que le debía por
escritura pública que
pasó ante Francisco de Segura en
12 de agosto de 1495. (F. SE., fol. 120). (Francisco Morales Padrón.
Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1496 mayo 5.
Juan de
Lugo (-vecino de SevilIa
en la collación de Omnium
Santorum) debe a Rodrigo
Baeza (trapero, vecino de la Ciudad de Sevilla en la
collación de Santa María) nueve mili e dosyentos maravedís, que son los que
le debe pagar como fiador del
Governador Alfón de Lugo. (F. SE.,
fol. 163 v.). (Francisco Morales
Padrón. Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1496 junio 7.
Uartes.-Alfonso González
de Santolalla (escrivano de1 Rey, vecino de Sevilla en la
collación de Santa María), en nonbre y
voz de Marina López,
su muger (por virtud del
poder que della tiene
que fue otorgado ante Bernai
Gnzáiez, escrivano píi'aiico de Seviiia, en 8 de agosto de 1493), otorga y da poder a Cristóbal Gómez (vecino de
Sevilla en
dicha collación) para
cobrar de Ynés
de Pera, muger
del mundo, estante en Gran Canaria, treynta y
ocho reales y medio y
dos maravedís, que debe a la
dicha Marina López, y para otorgar los
documentos necesarios en
razón de dicho cobro. (F. SE.,
fol. 234 v.). (Francisco Morales Padrón. Canarias en el Archivo de
protocolos de Sevilla, en: mdc)
1496 junio 7.
Juan de la Mezquita
(hijo de Luis Rodriguez de la Mezquita, vecino
de Triana, maestre del navío
"Santi Spiritus", que está agora surto en el puerto de Las
Muelas del Río de Guadalquivir) afieta a
Pedro Sánchez de Arévalo (barbero, vecino de Sevilla
en la collación de San
Andrés) y a Rodrigo Alfón (cerrajero, vecino de Seviila en la coliación de Santa María
Madalena) dicho navío para cargar todas
las mercaderías que
quisieren para las Yslas
de Canaria, debiendo estar cargado
el navío en ocho días, y se obliga a salir en los tres siguientes en el primer buen tiempo, e yr
derechamente a la Ysla
de Lanzarote: e estar allí
de demora quatro días; e de allí
que vaya a Pozo Negro en Fuerteventura, y esté ende otros
cinco días; e de allí que vaya a la Gran Canaria, al
Puerto de Las Ysletas, y esté ende
quatro días; e sy quisieren que con las
dichas mercaderías vaya el dicho maestre a La Caleta (l),
que sea obligado de yr allá, e esté ende, dando la dicha carga
que asy lievare, hasta cinco días; e sy estando en el
Puerto de Las Ysletas no fyziere tienpo
para yr al dicho puerto de La Caleta, que no sea obligado a yr. E deve aber
de fletes los precios siguientes: por cada una jarra
llenas… e por un quintal de pan viscocho, cinquenta
maravedis de la moneda de Canaria; e por
cada vaso de loza menuda, diez maravedis de la
dicha moneda; e por cada vaso de ladrillos, treynta maravedís de
la dicha moneda; e todas las otras
mercaderías que cargare, que las pague de flete
a la costunbre de Canaria; e que de
las cosas de mercaderías, que el dicho
maestre les faze gracia del quarto del flete
dello; e que los maravedís
que montare el dicho flete, le debe ser pagado en qualquier de las dichas
YsIas que descargare, dentro de los quinze días de la descarga, so
pena del doblo. (F. SE.,
fol. 235). (Francisco Morales Padrón. Canarias en el Archivo de
protocolos de Sevilla, en: mdc)
1496 junio 15.
Villa del Real de Las Palmas.-Asiento del
repartimiento de tierras hecho por Alonso Fajardo, Gobernador y
Capitán general y Reformador de los repartimientos de tierras de la Ysla de Gran Canaria, dando a Batista de Riberol, en
compensación de tres suer-
tes de tierra que tiene en término de Agáldar (en el
Valle de las Garzas, que había comprado de Fernando de Montemayor, de
Francisco Peña y de Francisco
de Porras), otras que fueron dadas primeramente a Bartolomé Muñoz y a Martín de Santibáñez, y además un asiento de tierra para un ingenio en el otro cabo, en la
"Tierra Blanca", y otro pedazo de
tierra en el valle, junto con la
dicha "Tierra Blanca",
para hacer una
huerta para
servicio de dicho yngenio.
(V. copia en documento de 1 de
agosto de 1509, en Ap6ndice V).
(M. Q., fol. 695). (Francisco
Morales Padrón. Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1496 junio 16.
Andrés Suárez
[Gallinato] (fijo de Pedro
del Algava, difunto que Dios aya, e de
Leonor Suárez [Gallinato] su muger,
vezino de Sevilla en la collación de Sant Andrés) deve a Ruy Pérez de Es-quivel (vesyno de Sevilla
en la collación de Sant Juan,
qu'está presente) 6.365 maravedis desta moneda que se agora usa,
los quales son de resto de una
mula de color prieta que dél
rescibió e conpró la qual dicha mula está en su poder; los quales dichos maravedís
le ha de dar e pagar desde oy día
de la fecha ...
fasta 15 días primeros
siguientes, so pena del doblo. E porque más seguro sea de
ser mejor pagado, dale por ellos
en enpeños un esclavo canario de
Tenerife, que ha nombre Juan, de hedad de 17 años poco más o menos, en tal
manera que sy al
dicho plaso no le diere e pagare estos
dichos maravedis se quedará
con él (J. M., fols. 197 v.-198). (Francisco Morales Padrón.
Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1496 junio 26.
Pedro Canario (vesino de Sevilla en la colla- ción de Santa ivíaría la =ancaj hace su poder a Diego r"i=iiAiidez
(escrivano de Sevilla, vesino desta dicha Ciudad) .
. . para
los pleitos movidos o por
mover... (J. M., fol. 221 v.). (Francisco Morales Padrón.
Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1496 julio 9.
Mayor Micer (vecina de Sevilla en la
collasicion de S= A_rk)
dehe E la Jurada Ynés Qiixada
(mujer del Jurado Juan de Lugo,
vecina de Sevilia en la collación de Santa María) tres mil
quinientos maravedis, de seis mil
quinietos que era obligada
a dar y pagar
al Tesorero García de Castillo por auto público que Diego Micer, su hermano, le hizo al
Tesorero por ella; y se obliga a pagarlos antes de fin de diciembre próximo; y le
da en prenda unas casas junto a las del
hospital del Amor de Dios. (L.
G. C.,
fol. 258). (Francisco Morales Padrón. Canarias en el Archivo de
protocolos de Sevilla, en: mdc)
1496 julio 9.
Poder del Tesorero García de Castillo a la Jurada Ynes Quixada
(mujer del Jurado Juan de Lugo, difunto, vecina
de Sevilla en la collación de Santa María) para
cobrar de Antón Reyna y de Diego Wiiiio, su hijo, vecinos de Xerez de la Frontera tres mil
rnaravedis, de tres mil
quinientos que le debían a cumplimiento de seis mil quinientos ...
(L. C. C., fol. 259 v.).
(Francisco Morales Padrón.
Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1496 agosto 2.
.Leonor Suárez
[~Gallinato] (muger de Pedro
AJgay~, &finte ve
Einr =ya, yegna de Seviga en 1ª collacion de
Sant Andrés) otorga que da su
poder a Jerónimo de Valdés (su fijo,
mostrador desta carta) especialmente
para que por ella e en su nombre
pueda sacar de los
Señores Contadores mayores del Rey e de la Reyna ... un
libramiento de 20.000 maravedís que la Reyna le mandava dar cada un año en la
renta del almojarifazgo desta cibdad
... (J. M., fol. 309).
(Francisco Morales Padrón.
Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1496 noviembre 9.
Constanza Espinosa
(vecina de Sevilla en
la collación de Santa María)
vende al Bachiller Luis de
Herrera, vecino de Sevilla,
una esclava canaria de color lora, de nombre Beatriz,
de edad de veynte años y natural
de la Ysla de La Palma,
por precio de
tres mil maravedís, que
declara haber recibido. (L.
G. C., fol. 542 v.). (Francisco
Morales Padrón. Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1496 septiembre 28.
Ynés de
Limpias (mujer de Alfonso Jayme, Regidor y vecino que fue de
la villa del Real de Las Palmas en la
Ysla de Grand Canaria,
difunto, vecina de Sevilla en la
collación de Santa Catalina) debe a los herederos de Alonso López (vecino que fue
de la Higuera, lugar de Sevilla cerca de Frexenal) once mil
setecientos cincuenta y
cuatro maravedis, que son
los que el
dicho Alonso López dio en garda
a ella y al dicho su marido, y se obIiga a pagarlos donde se los pidan
hasta en fin del mes de mayo
próximo que viene, so pena del
doblo.. . (L. G.
C., fol. 482 v.). Canarias en el Archivo
de protocolos de Sevilla, en: mdc).
(Francisco Morales Padrón
Canarias en el Archivo de
Protocolos de Sevilla
En: Anuario de Estudios
Atlánticos, nº 8, año 1962, pags. 355-492)
ALGUNOS DE LOS ESCLAVOS GUANCHES VENDIDOS EN SEVILLA-II
Recopilados por Eduardo Pedro
García Rodríguez
1497 noviembre 22.
Testamento de Juan de Guarzanaro (hijo de Juan de Guarzanaro y de Catalina Despos, naturales de Tenerife y vecinos que fueron de Fuerteventura) estando enfermo de bubas y queriendo yr sobre las Yndias de Antilla.=Debe a la Sra. D." Ynés de Peraza, señora de las Yslas de Canaria, un ducado de oro que hoy día vale 575 maravedís, de préstamo que le prestó por le hacer merced y buena obra; manda que lo paguen sus albaceas, de sus bienes.=Débele Guillén Francis ochocientos maravedís desta moneda que se agora usa, de préstamo que le prestó en la Ysla de Palma, por le hacer amor y buena obra; manda a sus albaceas lo cobren dél y de sus bienes.=lEancia SU ánima a Dios, y que lo entierren en Santa María la Mayor, en la sepoltura que le fuere dada; que le digan de cuerpo presente tres misas de requiem una cantada y dos rezadas, con la ofrenda de pan y vino que sus albaceas quieran.=A las mandas forzosas, cinco maravedís. Y si falleciere en las Yndias, donde va que Lope de Salazar y su mujer Beatriz de Párraga, su tía, le hagan lo susodicho, y le entierren en la villa o lugar de la isla donde fuere vecino.=Manda a Ntra. Sra. del Mal Paso, qu'es en las dichas Yslas de Canaria, cuatro libras de cera y un quartijo de aceite; y manda (Francisco Morales Padrón, 1961).
1497 mayo 14.
E1 Gobernador Alonso Fajardo, en la
villa del Real de Las Palmas, de la YsIa de la Gran Canaria, recibió por vecino desta Ysla a Batista de Riberol, y le señaló
por su vecindad una cavallería de
tierra de regadío
en el lugar
de Agáldar, debaxo de
la acequia, se consta en el libro de repartimientos de la Ysla hecho por los
Gober- nadores. (V. copia en doc. de 1 de agosto
de 1509, en Apéndice V). (M.
Q., 6509, fols. 695 y v.).
Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1497 mayo 20.
Juana de Morales (mujer de Andrés de Yévenes, vecina
de Sevilla) vende a Alfonso Martínez de Arroya
y a María Ruiz
(su mujer, ambos vecinos de
esta ciudad) una
esclava canaria, de
nombre .. . y
edad .
. ., natural de Tenerife. (G. B.
B., sin fol.). Canarias en el
Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1497 mayo 27.
Gonzalo de Ocaña (hijo de Gonzalo de Ocaña, difunto, vecino de Sevilla en la
collación de San Vicente) debe a Ruy García (mercader, vecino de Sevilla en la
collación de Santa María) dos mil seiscientos veinte maravedís, de préstamo
para fornecimiento,
abastecimiento y despacho
del navio de Alonso Martín de la Gordia,
vecino de la villa de Palos, en que lleva sus mercadurias para el próximo viaje que van a hacer a las Yslas de Canaria; van a riesgo y ventura
de Ruy Garcia, sobre el dicho navio, y
fletes y aparejos, desde el puerto en
que está a las dichas Yslas
y cada una de ellas, y tornaviaje
al puerto de Las Muelas del río
de Guadalquivir, hasta 24 horas de echar la primer ancla, y
a pagar dentro de los
ocho días primeros de la llegada
aquí a salvamento.. . (J. R. P.,
fol. 255). Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1497 julio 27.
Poder de Ynés de Linpias (muger de Alfonso Jayme,
difunto, vecina que fue de la
Ysla de Gran Canaria, y que
ahora lo es de la villa de Niebla, villa del Sr. Duque de Medina
Sydonia), por sí y
en nombre de Marina, Diego y
Francisco, su hija e hijos
legí- timos y herederos de su marido
(como tutora y curadora por
oficio de Juez competente), a
Juan Diaz (zapatero, vecino de la dicha Ysla de Gran Canaria, en el lugar de Las Palmas) especialmente para que en nombre de sus hijos pueda cobrar de cualquier personas, los
pedazos de tierras cañaverales de
azúcares, que ella y el dicho su marido han y tienen
en término del dicho Real de
Las Palmas, enfrente del ingenio de
Constantino [Cairasco], vecino
de dicha Ysla; que ha por linderos,
de la una parte,
dicho ingenio; que
pueden haber en
los dichos dos
cañaverales cuatro aranzadas,
poco más o menos, los cuales están hoy rematados en el
dicho Costantín por mandamiento de cierto Juez; y poder para pleitos en razón de el10 ... (J. R. P., fol. 423).
(Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1497 octubre 3.
Tomás de Palencuela
(mercader burgalés, estante en esta cibdad de Sevilla) otorga que
da su poder conplido a Rodrigo . de Castro
(mercader burgalés, estante en la
cibdad de Sevilla, mostrador desta presente carta de
poder) especialmente para que por él o
en su nombre pueda protestar e proteste a
Pedro Martines (clérigo e vezino
de .la villa de Almonte) qualquier
cantidades de axeyte que me
deve. (J. R. P., fol. 594).
(Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1497 octubre 14.
Carta de quito de Teresa Fernández {mujer de Diego Fernández, difunto, vecina de Sevilla en la collación de Santiago) a Gómez de Córdoba (vecino de Sevilla en la collación de San Estevan) en
razón de una esclava
canaria, que della ovo comprado
por seis mil maravedís. (J. R. P.,
fol. 623 v.). (Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1497 noviembre 4.
Gonzalo de
Segura (zapatero, marido de Leonor
González, vecino de
Sevilla en la
collación de San
Ysidro) debe a Martín Alimán y a Juan Alimán, trapero,
su hermano (vecinos de Sevilla en
la collación de San Bartolomé), tres mil seiscientos veinte maravedís de la moneda que corre en
las Yslas Canarias, de préstamo, que va a riesgo de las mercaderías que lleva Gonzalo de Segura en el navío de Alfonso García el Viejo, que va a
las dichas Yslas de Canaria, y se obliga a pagar en la Ysla de Gran Canaria, a los veinte días de la llegada en salvo a dicha Ysla ... (J. R.
P., fol. 695 v.).
(Canarias en el Archivo de
protocolos de Sevilla, en: mdc)
1497 noviembre 22.
Poder de
Juan de Guarzanaro (hijo de Juan de Guarzanaro y de Catalina
Despos, su mujer, difuntos), natural de la Ysla de fuerteventura, que
ahora está en la Ciudad
de Se-
vilia, a Lope de Salazar, vecino
de la Ysla de
Gran Canaria, para cobrar, en
juicio y
fuera de él de cualesquier personas,
todos los bienes suyos, y como heredero de su padre y de su madre y de Francisco de Guarzanaro, su hermano, vecino de la Ysla de Lanzarote, difunto;
y todos
los frutos y rentas. (J- R. p-,
f~l- '714.). (J. R. P.,
fol. 695 v.). (Canarias en el
Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1497 noviembre 22.
Testamento de Juan
de Guarzanaro (hijo de Juan de Guarzanaro y de Catalina
Despos, naturales de Tenerife y
vecinos que fueron de
Fuerteventura) estando enfermo
de bubas y queriendo yr sobre
las Yndias de Antilla.=Debe a la
Sra. D." Ynés
de Peraza, señora de las Yslas de
Canaria, un ducado de oro que hoy día
vale 575 maravedís, de préstamo
que le prestó por
le hacer merced y
buena obra; manda que lo paguen
sus albaceas, de sus bienes.=Débele
Guillén Francis ochocientos maravedís desta moneda que se agora
usa, de préstamo que le prestó en la Ysla de Palma, por le hacer
amor y buena obra; manda a sus albaceas lo cobren dél y de sus
bienes.=Envia su ánima a Dios, y que lo
entierren en Santa María la
Mayor, en la sepultura
que le fuere dada; que le digan de cuerpo presente tres misas de requiem:
una cantada y dos rezadas, con la ofrenda de pan y vino que sus
albaceas quieran.=A las mandas forzosas, cinco maravedís. H si falleciere en las Yndias, donde va. que Lope de Salazar y su mujer Beatriz de Párraga, su tía, le hagan lo susodicho, y le entierren
en la villa o lugar de la isla donde fuere
vecino.=Manda a Ntra. Sra. del
Mal Paso, ques en las dichas
Yslas de Canaria, cuatro libras de cera y un quartijo de aceite; y manda
a Santa Catalina, de la Ysla de Gran Canaria, dos
libras de cera. Y manda a sus albaceas
compren, de sus bienes, cinco mil
mravedís de ropas de axuar y atavíos de
casa, y, así comprados, se les dé a una moza huérfana que más lo haya menester para que ruegue a Dios por su ánima; y
con otros cinco mil mrs. saquen
un cautivo de los de tierra de moros, enemigos de la Sta. Fe Católica, para que ruegue a Dios por su
ánima.=Y manda a sus albaceas que le paguen a toda persona que jure que le debe hasta cien maravedís abaxo, para descargo de su
ánima e conciencia; y que le digan desde
que falleciere una remembranza con su misa de requiem cantada, con su vigilia, cumpliendo según se suele
hacer a un hombre llano 11).
Nombra heredera en el remanente
de sus bienes a Beatriz de Párraga, su
tía, mujer de
Lope de Salazar, vecinos de la
Ysla de Gran
Canaria, con cargo de cubrir la
sepultura de sus padres y hermano todos los días de su vida, según es uso y costumbre. Nombra alsbaceas a Lope de Salazar y Beatriz de Párraga, a los que da el poder
necesario. .. (J. R. P.,
folios 715 v.-716 V.). (Canarias en el Archivo de protocolos de
Sevilla, en: mdc)
1498 enero 8.
Batista de Riberol
(mercader ginovés, vecino de la Gran Canaria) face su personero, para pleitos, a Juan
Ortega, vecino de Sevilla. (F.
SE., fol. 267 v.). (Francisco Morales Padrón. Canarias en el Archivo de
protocolos de Sevilla, en: mdc)
1497 noviembre 22.
Testamento de Juan
de Guarzanaro (hijo de Juan de Guarzanaro y de Catalina
Despos, naturales de Tenerife y
vecinos que fueron de
Fuerteventura) estando enfermo
de bubas y queriendo yr sobre
las Yndias de Antilla.=Debe a la
Sra. D." Ynés
de Peraza, señora de las Yslas de
Canaria, un ducado de oro que hoy día
vale 575 maravedís, de préstamo
que le prestó por le hacer merced
y buena obra; manda que lo
paguen sus albaceas, de sus
bienes.=Débele Guillén Francis
ochocientos maravedís desta moneda que se agora usa, de préstamo que le prestó en la Ysla de Palma, por le hacer
amor y buena obra; manda a sus albaceas lo cobren dél y de sus
bienes.=Envia su ánima a Dios, y que lo
entierren en Santa María la
Mayor, en la sepultura
que le fuere dada; que le digan de cuerpo presente tres misas de requiem:
una cantada y dos rezadas, con la ofrenda de pan y vino que sus
albaceas quieran.=A las mandas forzosas, cinco maravedís. H si falleciere en las Yndias, donde va. que Lope de Salazar y su mujer Beatriz de Párraga, su tía, le hagan lo susodicho, y le entierren
en la villa o lugar de la isla donde fuere
vecino.=Manda a Ntra. Sra. del
Mal Paso, ques en las dichas
Yslas de Canaria, cuatro libras de cera y un quartijo de aceite; y manda
a Santa Catalina, de la Ysla de Gran Canaria, dos
libras de cera. Y manda a sus albaceas
compren, de sus bienes, cinco mil
mravedís de ropas de axuar y atavíos de
casa, y, así comprados, se les dé a una moza huérfana que más lo haya menester para que ruegue a Dios por su ánima; y
con otros cinco mil mrs. saquen
un cautivo de los de tierra de moros, enemigos de la Sta. Fe Católica, para que ruegue a Dios por su
ánima.=Y manda a sus albaceas que le paguen a toda persona que jure que le debe hasta cien maravedís abaxo, para descargo de su
ánima e conciencia; y que le digan desde
que falleciere una remembranza con su misa de requiem cantada, con su vigilia, cumpliendo según se suele
hacer a un hombre llano 11).
Nombra heredera en el remanente
de sus bienes a Beatriz de Párraga, su
tía, mujer de
Lope de Salazar, vecinos de la
Ysla de Gran
Canaria, con cargo de cubrir la sepultura
de sus padres y hermano todos los días
de su vida, según es uso y
costumbre. Nombra alsbaceas a Lope de
Salazar y Beatriz de Párraga, a los que
da el poder necesario. .. (J. R. P.,
folios 715 v.-716 V.). (Canarias en el Archivo de protocolos de
Sevilla, en: mdc)
1498 julio 26.
En Triana, Ysabel de las Casas
(mujer del Jurado Pedro de Lugo,
difunto, vecino de Triana, guarda y collación de Sevilla)
hace su personero a Garcia de
Castilla (procurador, vecino de Sevilla) para todos
los pleitos movidos y por mover.
(L. G. C., fol. 85 v.).
(Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1497 noviembre 22.
Testamento de Juan
de Guarzanaro (hijo de Juan de Guarzanaro y de Catalina
Despos, naturales de Tenerife y vecinos que fueron
de Fuerteventura) estando
enfermo de bubas y queriendo yr sobre
las Yndias de Antilla.=Debe a la
Sra. D." Ynés
de Peraza, señora de las Yslas de
Canaria, un ducado de oro que hoy día
vale 575 maravedís, de préstamo
que le prestó por
le hacer merced y
buena obra; manda que lo paguen
sus albaceas, de sus bienes.=Débele
Guillén Francis ochocientos maravedís desta moneda que se agora
usa, de préstamo que le prestó en la Ysla de Palma, por le hacer
amor y buena obra; manda a sus albaceas lo cobren dél y de sus
bienes.=Envia su ánima a Dios, y que lo
entierren en Santa María la
Mayor, en la sepultura
que le fuere dada; que le digan de cuerpo presente tres misas de requiem:
una cantada y dos rezadas, con la ofrenda de pan y vino que sus
albaceas quieran.=A las mandas forzosas, cinco maravedís. H si falleciere en las Yndias, donde va. que Lope de Salazar y su mujer Beatriz de Párraga, su tía, le hagan lo susodicho, y le entierren
en la villa o lugar de la isla donde fuere
vecino.=Manda a Ntra. Sra. del
Mal Paso, ques en las dichas
Yslas de Canaria, cuatro libras de cera y un quartijo de aceite; y manda
a Santa Catalina, de la Ysla de Gran Canaria, dos
libras de cera. Y manda a sus albaceas
compren, de sus bienes, cinco mil
mravedís de ropas de axuar y atavíos de
casa, y, así comprados, se les dé a una moza huérfana que más lo haya menester para que ruegue a Dios por su ánima; y
con otros cinco mil mrs. saquen
un cautivo de los de tierra de moros, enemigos de la Sta. Fe Católica, para que ruegue a Dios por su
ánima.=Y manda a sus albaceas que le paguen a toda persona que jure que le debe hasta cien maravedís abaxo, para descargo de su
ánima e conciencia; y que le digan desde
que falleciere una remembranza con su misa de requiem cantada, con su vigilia, cumpliendo según se suele
hacer a un hombre llano 11).
Nombra heredera en el remanente
de sus bienes a Beatriz de Párraga, su
tía, mujer de
Lope de Salazar, vecinos de la
Ysla de Gran Canaria, con cargo de cubrir la sepultura de sus
padres y hermano todos los días de su
vida, según es uso y costumbre. Nombra
alsbaceas a Lope de Salazar y Beatriz de Párraga, a los que da el poder
necesario. .. (J. R. P.,
folios 715 v.-716 V.). (Canarias en el Archivo de protocolos de
Sevilla, en: mdc)
1499 diciembre 28.
Poder de Fernando Portocarrero (vecino de Sevilla en la collación de San
Miguel) a Juan de Arévalo (barbero,
vecino de Sevilla en la collación de San Andres) especialmente para demandar de Juan de Melo,
ferrero, e de Diego Amarillo, su suegro, vecino de la Gran Canaria, cinco
mil1 maravedis (que le deve por recabdo
público que pasó ante Diego de San Clemente, escrivano público de Gran Canaria),
e asimismo de Gonzalo
de Córdova (estante en dicha Ysla) dos albalaes de quinientos maravedís que le debe; y para cobrar, y
para hacer toda
clase de diligencias, y pleitos,
en razón de tales
cobranzas: (F. SE., 1500, l., fol.
11).
(Canarias en el Archivo de protocolos
de Sevilla, en: mdc)
1497 noviembre 22.
Testamento de Juan
de Guarzanaro (hijo de Juan de Guarzanaro y de Catalina
Despos, naturales de Tenerife y
vecinos que fueron de
Fuerteventura) estando enfermo
de bubas y queriendo yr sobre
las Yndias de Antilla.=Debe a la
Sra. D." Ynés
de Peraza, señora de las Yslas de
Canaria, un ducado de oro que hoy día
vale 575 maravedís, de préstamo
que le prestó por le hacer merced
y buena obra; manda que lo
paguen sus albaceas, de sus bienes.=Débele Guillén Francis ochocientos maravedís desta
moneda que se agora usa, de préstamo
que le prestó en la Ysla de Palma, por le hacer
amor y buena obra; manda a sus albaceas lo cobren dél y de sus
bienes.=Envia su ánima a Dios, y que lo
entierren en Santa María la
Mayor, en la sepultura
que le fuere dada; que le digan de cuerpo presente tres misas de requiem:
una cantada y dos rezadas, con la ofrenda de pan y vino que sus
albaceas quieran.=A las mandas forzosas, cinco maravedís. H si falleciere en las Yndias, donde va. que Lope de Salazar y su mujer Beatriz de Párraga, su tía, le hagan lo susodicho, y le entierren
en la villa o lugar de la isla donde fuere
vecino.=Manda a Ntra. Sra. del
Mal Paso, ques en las dichas
Yslas de Canaria, cuatro libras de cera y un quartijo de aceite; y manda
a Santa Catalina, de la Ysla de Gran Canaria, dos
libras de cera. Y manda a sus albaceas
compren, de sus bienes, cinco mil
mravedís de ropas de axuar y atavíos de
casa, y, así comprados, se les dé a una moza huérfana que más lo haya menester para que ruegue a Dios por su ánima; y
con otros cinco mil mrs. saquen
un cautivo de los de tierra de moros, enemigos de la Sta. Fe Católica, para que ruegue a Dios por su
ánima.=Y manda a sus albaceas que le paguen a toda persona que jure que le debe
hasta cien maravedís abaxo, para
descargo de su ánima e conciencia; y que le
digan desde que falleciere una remembranza con su misa de requiem
cantada, con su vigilia, cumpliendo
según se suele hacer a un hombre llano 1).
Nombra heredera en el remanente
de sus bienes a Beatriz de Párraga, su
tía, mujer de
Lope de Salazar, vecinos de la
Ysla de Gran
Canaria, con cargo de cubrir la
sepultura de sus padres y hermano todos los días de su vida, según es uso y costumbre. Nombra alsbaceas a Lope de Salazar y Beatriz de Párraga, a los que da el poder
necesario. (J. R. P., folios
715 v.-716 V.). (Canarias en el
Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc) (1)
Es extraño que sus padres sean naturales de Tenerife ;Proceden de
los cautivados por Diego de
Herrera ? El es natural de Fuerteventura y rico.
1531 noviembre 27.
Rodrigo de Aroche (vecino de la villa de Zafra) vende al Reverendísimo y magnífico Señor Don Luys, Obispo de la Ciudad de… y Administrador perpetuo del priorazgo de Canaria, una esclava de color blanca, nombrada Blanca, de diez y acho años, con una niña, su hija, llamada Polonia, de año y medio de edad, por precio de cuarenta y cinco ducados de oro de justo peso, de a 375 maravedís cada uno, que ha recibido de Su Señoría. (D. T., fo-lio 184.). (Francisco Morales Padrón. Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1492 agosto 20.
Pedro de Cales e Johan de Medina e Andrés Sánchez e Pedro de la Gomera e Juan de Sevilla e Marcos e Pedro de Moguer e Diego López e Rodrigo Alvarez e Juan Garrido e Diego Cherino e Juan de Jerez e Pedro de Frías e Martín de Rota e Diego Navarrete e
Pedro de Baeca e Fernando de Córdova e Miguel de Córdova e Francisco de Sevilla e Francisco de Flandes e Pedro de Gibraltar e Pedro de Narchena e Pedro del Alhóndiga e Pedro Fernández e Juan de Castilla e Pedro Escudero e Bartolomé de Triana e Francisco de Palos, canarios de la Gomera; e Cristóval Delgado e Pedro García, canarios de la Grand Canaria: otorgan que fasen pleito e postura ... con el Capitán Alonso de Lugo que está presente, en tal manera qu'ellos se an obligado de yr a servir por peones lanceros, con sus dardos c espadas, en la conquista que el Rey e la Reyna.. han mandado faser a los canarios de las yslas de La Palma e Tenerife; e que están prestos a faser el dicho servicio ... quando .., por el dicho Capitán fueren llamados, e estén en el dicho servicio un año; e se á obligado el dicho Capitán a les dar mantenimiento desde el día que partyeren al dicho servicio del Puerto de Sauta María; e que no se puedan partir del servicio fasta que sea el dicho tiempo conplido, salvo si la dicha conquista se acabare antes ...
E por razón del dicho servicio cada uno d'ellos tendrá una parte según . . . se diere a los otros peones lanceros castellanos e canarios que estovieren fasyendo el dicho servicio; e que el dicho Capitán se á obligado a poner los dichos canarios, en navios qu e se uvieren para acabado e1 dicho sservicio en el dicho tiempo o syendo acabada la dicha conquista, en tierra del Rey Nuestro Señor; e otorgan e prometen de se no partir
E el dicho Capitán, seyendo presente, otorgó e rescibió en sí la estipulación deste contrabto. Otro tal pleito e postura otorgó por .ballestero Pedro de Toledo, criado de Pedro Coronado, estante en Sevilla, con el dicho Capitán Alonso de Lugo, por el dicho tiempo e prescio e ccndiciones e penas e posturas... (J. C., Sol. 454). (Francisco Morales Padrón. Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1496 marzo 26.
Marco de la Palma (vesyno del lirgar de Trigueros, lugar del Duque de Medina), por sy e en nombre e en voz de todos los peones que con él quedaron e murieron en la conquista de Tenerife (fasta ser ganada la Ysla, por los quales fase bos e cabción ...), otorga que ha resibido, e rescibió en su poder, de Alonso de Lugo (Governador
de la dicha ysla de Tenerife, que estava ausente.. .), 15.000 maravedís d'esta moneda que se agora usa, los quales son de todo el servicio que él e los dichos peones que llevó a la dicha Ysla fizieron en la dicha conquista, desde todos 1os tiempos que estovieron en la dicha Ysla fasta que de ella vinieron e la ganaron ; los dichos 1.5.000 maravedir . . . son en su poder. Por ende, otorga que da por libre e por quito al Gobernador e al señor Duque de Medina Sydonya, e les fase fin e quitamiento e libramiento, agora e para siempre jamás, de guisa e de manera que contra el dicho Duque ni contra el dicho Governador . .. ni contra sus bienes ni herederos les non quedó debda ni demanda ni derecho ni bos ni rasón ni abción ni otra cosa alguna que se aya de dar . ni complir sobre rasón de lo que se aya de dar ni complir sobre rasón de lo que dicho es; e otorga e promete qu'él ni los dichos peones qu'él asy llevó a la dicha conquista farán demanda . . . sobre esta dicha razón, e sy la fizieren o a pleyto o a contienda de justicia los troxeren, que les non valan en esta razón; sobre lo qual dio poder complido n la Justicia. (J. M., fol. 64 v.). (Francisco Morales Padrón. Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1496 noviembre 9.
Constanza Espinosa (vecina de Sevilla en la collación de Santa María) vende al Bachiller Luis de Herrera, vecino de Sevilla, una esclava canaria de color lora, de nombre Beatriz, de edad de veynte años y natural de la Ysla de La Palma, por precio de tres mil maravedís, que declara haber recibido. (L. G. C., fol. 542 v.). (Francisco Morales Padrón. Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1497 mayo 20.
Juana de Morales (mujer de Andrés de Yévenes, vecina de Sevilla) vende a Alfonso Martínez de Arroya y a María Ruiz (su mujer, ambos vecinos de esta ciudad) una esclava canaria, de nombre .. . y edad . . ., natural de Tenerife. (G. B. B., sin fol.). Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1497 octubre 14.
Carta de quito de Teresa Fernández {mujer de Diego Fernández, difunto, vecina de Sevilla en la collación de Santiago) a Gómez de Córdoba (vecino de Sevilla en la collación de San Estevan) en razón de una esclava canaria, que della ovo comprado por seis mil maravedís. (J. R. P., fol. 623 v.). (Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1497 noviembre 22.
:Poder de Juan de Guarzanaro (hijo de Juan de Guarzanaro y de Catalina Despos, su mujer, difuntos), natural de la Ysla de fuerteventura, que ahora está en la Ciudad de Se-
vilia, a Lope de Salazar, vecino de la Ysla de Gran Canaria, para cobrar, en juicio y fuera de él de cualesquier personas, todos los bienes suyos, y como heredero de su padre y de su madre y de Francisco de Guarzanaro, su hermano, vecino de la Ysla de Lanzarote, difunto; y todos los frutos y rentas. (J- R. p-, fol- '714.). (J. R. P., fol. 695 v.).
(Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
1497 noviembre 22.
Testamento de Juan de Guarzanaro (hijo de Juan de Guarzanaro y de Catalina Despos, naturales de Tenerife y vecinos que fueron de Fuerteventura) estando enfermo de bubas y queriendo yr sobre las Yndias de Antilla.=Debe a la Sra. D." Ynés de Peraza, señora de las Yslas de Canaria, un ducado de oro que hoy día vale 575 maravedís, de préstamo que le prestó por le hacer merced y buena obra; manda que lo paguen sus albaceas, de sus bienes.=Débele Guillén Francis ochocientos maravedís desta moneda que se agora usa, de préstamo que le prestó en la Ysla de Palma, por le hacer amor y buena obra; manda a sus albaceas lo cobren dél y de sus bienes.=Envia su ánima a Dios, y que lo entierren en Santa María la Mayor, en la sepultura que le fuere dada; que le digan de cuerpo presente tres misas de requiem: una cantada y dos rezadas, con la ofrenda de pan y vino que sus albaceas quieran.=A las mandas forzosas, cinco maravedís. H si falleciere en las Yndias, donde va. que Lope de Salazar y su mujer Beatriz de Párraga, su tía, le hagan lo susodicho, y le entierren en la villa o lugar de la isla donde fuere vecino.=Manda a Ntra. Sra. del Mal Paso, ques en las dichas Yslas de Canaria, cuatro libras de cera y un quartijo de aceite; y manda a Santa Catalina, de la Ysla de Gran Canaria, dos libras de cera. Y manda a sus albaceas compren, de sus bienes, cinco mil mravedís de ropas de axuar y atavíos de casa, y, así comprados, se les dé a una moza huérfana que más lo haya menester para que ruegue a Dios por su ánima; y con otros cinco mil mrs. saquen un cautivo de los de tierra de moros, enemigos de la Sta. Fe Católica, para que ruegue a Dios por su ánima.=Y manda a sus albaceas que le paguen a toda persona que jure que le debe hasta cien maravedís abaxo, para descargo de su ánima e conciencia; y que le digan desde que falleciere una remembranza con su misa de requiem cantada, con su vigilia, cumpliendo según se suele hacer a un hombre llano 11).
Nombra heredera en el remanente de sus bienes a Beatriz de Párraga, su tía, mujer de
Lope de Salazar, vecinos de la Ysla de Gran Canaria, con cargo de cubrir la sepultura de sus padres y hermano todos los días de su vida, según es uso y costumbre. Nombra alsbaceas a Lope de Salazar y Beatriz de Párraga, a los que da el poder necesario. .. (J. R. P., folios 715 v.-716 V.). (Canarias en el Archivo de protocolos de Sevilla, en: mdc)
(1) Es extraño que sus padres sean naturales de Tenerife. ¿Proceden de los cautivados por Diego de Herrera? El es natural de Fuerteventura y rico.
1502 febrero 11.
Viernes.-Contrato de soldada de Juan Canario, natural de la Ysla de Thenerife, estante en Sevilla, con Alfonso de Alcázar, escudero, vecino de Sevilla en la collación de San Alfonso, para servirle por seis años cumplidos. (Hoja muy maltratada y rota). (J. R. P., hoja suelta). (Francisco Morales Padrón, 1961)
1524.
Contraen matrimonio por el rito católico los guanches don Juan Gaspar y doña Juana Pérez, ésta era hija de don Pedro Miguel (fallecido antes de 1574) y de doña María Hernández (que testó ante Urtarte el 3 de marzo de 1574), y nieta paterna de don Miguel de Güímar, guanche principal de dicho bando, y de doña Isabel, hija del mencey de Abona. Doña Juana murió antes de 1574.
Fuente:
(Francisco Morales Padrón
Canarias en el Archivo de
Protocolos de Sevilla
En: Anuario de Estudios
Atlánticos, nº 8, año 1962, pags. 355-492)
Hola a todos, quiero usar este medio para agradecer al Dr. Obodubu Monday, un gran lanzador de hechizos por ayudarme a recuperar mi relación con mi ex amante cuando terminó y se volvió hacia mí durante bastante tiempo (hace 6 meses). realizó un hechizo para mí y dentro de las 48 horas posteriores a la realización del hechizo recibo un mensaje de texto de mi ex diciendo que lamenta los dolores y las lágrimas que me había causado y que no me volverá a hacer tal cosa en su la vida. Me sorprendió, pero luego lo volví a aceptar. Cualquier persona que esté en la misma línea de problema o en una diferente que quiera contactar a un lanzador de hechizos debe comunicarse felizmente con el Dr. obodubu el lunes ahora en esta dirección de correo electrónico: babadoctorobodubuspiritualhome@gmail.com o puede contactarlo a través de su línea de whatsapp +2349058774809
ResponderEliminarI was so surprised when I was told that my herpes result is negative. Last year in July I was infected with herpes with no solution, I was unable to work and also losing lots of money for medication, but one faithful day when I went online, I saw lots of testimonies about this great man Dr Ajayi. I decided to give it a try and to God be the glory he did it, he cured my herpes. I am so happy to Write about him today. You may need his assistance too on how to treat. Email him at ajayiherbalhome@gmail.com or you can as well call WhatsApp his mobile number +2348154724883 or link his website https://ajayiherbalhome.weebly.com and get your healing. He has cures for other deadly diseases like Diabetes, Hepatitis, Lupus, Cancer and many more.
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